El ocaso de los dominios valencianos de los Medinaceli

Tekst
0
Recenzje
Przeczytaj fragment
Oznacz jako przeczytane
Czcionka:Mniejsze АаWiększe Aa

Este libro constituye una parte de la tesis doctoral presentada en noviembre de 2015 en la Universitat Jaume I de Castelló, con el título «Declive y liquidación de los dominios valencianos de la Casa de Medinaceli». Su elaboración ha supuesto una larga travesía no exenta de problemas, en la que los consejos, sugerencias, discusiones, críticas y, en definitiva, apoyos, han acabado siendo fundamentales. Por esa razón, resulta imprescindible el agradecimiento a las personas que siempre han estado ahí, cerca, para hacer transitables los momentos y las decisiones más complejas.

En primer lugar, debo manifestar el inestimable apoyo y amistad del director de la tesis, el profesor Vicent Sanz Rozalén, que ha seguido con gran interés el desarrollo de un trabajo tan largo en el tiempo y en no pocas ocasiones tedioso. Sus conocimientos sobre el tema de investigación, el rigor en la crítica y, sobre todo, su buen talante, han permitido salvar las dificultades y llegar a puerto. Especial reconocimiento debo a los doctores Rosa Congost, Pedro Ruiz y Bartolomé Yun por haber aceptado formar parte del tribunal de la tesis y haberme dedicado un tiempo y atención que ha permitido mejorar sensiblemente el trabajo original. El reconocimiento a Bartolomé es doble, primero por orientarme certeramente en la ineludible labor de «poda» de un material excesivamente amplio, más tarde, por redactar un prólogo que enriquece el libro. A Pedro debo agradecerle el análisis crítico de la obra y la insistencia para que terminara publicándola en la Universitat de València.

No es menor mi reconocimiento al personal de los distintos archivos visitados. Al del Reino de Valencia, con sus inconmensurables fondos, en especial a Vicent Giménez Chornet y Sergio Urzainqui, pero también a todos los compañeros investigadores, siempre dispuestos a solucionar dudas o compartir informaciones. Al del Colegio de Corpus Christi de Valencia, donde –a pesar de las lamentables instalaciones y medios disponibles– el personal encargado permite seguir investigando. Al del Archivo Ducal de Medinaceli en su sede toledana del Hospital de Tavera, y aquí sí muy especialmente a Juan Larios, que siempre puso todos sus conocimientos y tesón para intentar optimizar mis visitas al Archivo en las muy contadas ocasiones en las que se encontraba abierto. Mucho más fácil fue el acceso a la sede valenciana del mismo Archivo, sita en Segorbe, donde Marian aceptó adecuar los horarios a mis posibilidades. El trato también fue excelente en la sede catalana del Archivo de Medinaceli, ubicado en el Monasterio de Poblet. E inmejorable en el Municipal de Segorbe, donde la amistad de Carlos y Rafa me facilitaron muchísimo las cosas. Al final, la profesionalidad y buena voluntad de muchas personas permite sobrellevar con mejor brío la demoledora frase de Cajal: «investigar en España es llorar».

No puedo olvidar al Ayuntamiento de Segorbe, que me concedió por esta obra el XIX Premio de Investigación Histórica María de Luna y ha permitido que se coedite con la Universitat de València. Y a Vicent Olmos, por su excelente labor como editor.

En el ámbito personal, a los miembros del Instituto de Cultura del Alto Palancia (ICAP), que desde una comarca pequeña y rural, sorprendentemente, siguen manteniendo viva una institución cultural y un conjunto de publicaciones envidiables, máxime si observamos el galopante desierto cultural al que nos enfrentamos. Con ellos he compartido proyectos, desvelos y, sobre todo, el compromiso de investigar el pasado de nuestras tierras para conformar un futuro más libre y justo. Particularmente a Juan, Patxi y Vicente, por tantos años de fecundas controversias, complicidades y defensa de causas, en su mayor parte imposibles. Por último, a mis amigos, que han soportado estoicamente este largo peregrinaje y me han expresado constantemente su cariño. Y a los que más debo, mi familia, por los valores transmitidos, apoyo y confianza permanente. Especialmente, a mis hijos y mi mujer. Jorge y Paloma han sido puntales básicos de este trabajo, por haber servido como auténticos «porteadores» de libros desde sus facultades, pero, sobre todo, por la comprensión del tiempo no vivido con ellos. Mayor compromiso tengo contraído con Pilar, por su infinito apoyo, cariño y amor; por ayudarme a que este momento, por fin, llegara.

1 Papel curioso dado al Rey don Phelipe Vº por el Exmo. Señor Duque de Medinaceli, en que se hallan varias noticias genealogicas, BNM, ms. 3.482, ff. 6v-7v. El subrayado es nuestro.

2 Cfr. Pedro Ruiz Torres: «La aristocracia en el País Valenciano: la evolución dispar de un grupo privilegiado en la España del siglo XIX», en Les noblesses européennes au XIXe siècle, Roma, 1988, pp. 137-163.

3 Para la Casa de Osuna en Valencia, Isabel Morant Deusa: El declive del señorío. Los dominios del Ducado de Gandía, 1705-1837, Valencia, 1984. En el caso de Altamira, Pedro Ruiz Torres: Señores y propietarios. Cambio social en el sur del País Valenciano, Valencia, 1981.

4 Sobre el notable volumen de trabajos y publicaciones del régimen señorial valenciano, son muy expresivas las palabras de Gregorio Colás: «una evidencia parece imponerse por encima de cualquier otra consideración, sólo en Valencia el señorío como tal se ha configurado como tema específico. Su estudio parece haberse constituido en una empresa colectiva en la que han participado distintas especialidades y departamentos». Gregorio Colás Latorre: «La historiografía sobre el señorío tardofeudal», en Eliseo Serrano y Esteban Sarasa (eds.): Señorío y feudalismo en la Península Ibérica (siglos XII-XIX), Zaragoza, 1991, vol. I, p. 52.

5 Enrique Soria Mesa: «La nobleza en la España Moderna. Presente y futuro de la investigación», en M.ª José Casaus Ballester (ed.): El Condado de Aranda y la nobleza española en el Antiguo Régimen, Zaragoza, 2009, pp. 228-230.

6 León Álvarez Santaló y Antonio García-Baquero: «La sociedad española del siglo XVIII: nobleza y burguesía (una revisión historiográfica)», en Coloquio Internacional Carlos III y su siglo. Actas, Madrid, 1988, tomo I, p. 362.

7 Isabell Moll, Javier Palao, Mariano Peset, Pedro Ruiz y Pegerto Saavedra, prólogo a «Senyories i propietat», Afers, 65, 2010, p. 10.

8 Sirva como ejemplo el estado señorial de Alcalá, perteneciente a los Medinaceli y situado en el suroeste andaluz. Administrativamente se englobaban en este estado nueve pueblos de señorío cuya jurisdicción correspondía al duque, pero también incluía ocho pueblos de realengo y otros cinco pertenecientes a distintos señores en los que la Casa ducal poseía importantes fincas rústicas. Véase Antonio M. Bernal Rodríguez: La lucha por la tierra en la crisis del Antiguo Régimen, Madrid, 1979, pp. 59-62.

9 Eva Serra i Puig: Pagesos i senyors. La Catalunya del segle XVII. Baronia de Sentmenat, 1590-1729, Barcelona, 1988, p. 279.

10 Jorge Catalá Sanz: Rentas y patrimonios de la nobleza valenciana en el siglo XVIII, Madrid, 1995, p. XI.

11 Bartolomé Yun Casalilla: «Consideraciones para el estudio de la renta y las economías señoriales en la Corona de Castilla (siglos XV-XVIII)», en La gestión del poder. Corona y economías aristocráticas en Castilla (siglos XVI-XVIII), Madrid, 2002, p. 12.

12 Miguel de Cervantes: Don Quijote de la Mancha, Madrid, 2005 (1.ª ed., 1605), p. 512.

13 Advierte Santiago Aragón que no podemos establecer una relación directa entre absentismo señorial y la negligencia en el aprovechamiento y la conservación de las propiedades. Pudieron tener niveles de ingresos similares aquellos patrimonios nobiliarios que se administraron directamente y aquellos otros donde se delegó su gestión. Como expresa Santiago Aragón, «el foco de atención debe desplazarse hacia la eficacia de los mecanismos, no hacia la constatación quejumbrosa del absentismo, de la dejadez». Por otra parte, hay que tener en cuenta la enorme dispersión patrimonial de las grandes casas nobiliarias. En ese sentido, Juan Carmona se pregunta «cómo lograba esta aristocracia terrateniente maximizar sus ingresos agrarios cuando sus fincas se hallaban desperdigadas por 10 o 20 provincias, con distintos cultivos, costumbres, regulaciones o contratos. Naturalmente, dado el sistema de transportes existente en aquella época el absentismo no era una opción sino la única forma de explotación posible». Y no olvidemos las reformas administrativas que llevaron adelante las grandes casas nobiliarias durante el siglo XVIII, buscando centralizar la información, agilizar la toma de decisiones y reducir los gastos de gestión. Como resultado de todo ello, afirma Jorge Català: «la vida en la Corte y el absentismo de los dominios cobraron una nueva lógica desde la óptica de la racionalización económica de los señoríos, ya que la creciente conexión de los mercados y la mayor facilidad para obtener información sobre precios agrícolas y operaciones financieras hacían aconsejable vivir en Madrid». Véanse Santiago Aragón Mateos: El señorío ausente. El señorío nobiliario en la España del Setecientos, Lleida, 2000, p. 38; Juan Carmona Pidal: Aristocracia terrateniente y cambio agrario en la España del siglo XIX. La Casa de Alcañices (1790-1910), Ávila, 2001, pp. 25-26; Jorge A. Català Sanz: «La nobleza valenciana y la monarquía borbónica», en La nobleza valenciana en tres momentos de la historia del Reino de Valencia, Madrid, 2014, pp. 79-80.

 

14 Bartolomé Yun Casalilla: «Economía moral y gestión aristocrática en tiempos del Quijote», Revista de Historia Económica, 23, 2005, pp. 45-68, cita p. 45.

15 Antonio Domínguez Ortiz: El régimen señorial y el reformismo borbónico, Madrid, 1974, p. 11.

16 Pedro Ruiz Torres: «Patrimonios y rentas de la nobleza en la España de finales del Antiguo Régimen», Hacienda Pública Española, 108-109, 1987, pp. 293-310.

17 Siguiendo a Congost, Planas, Saguer y Vicedo, entendemos bajo el concepto campesinado «las distintas categorías sociales que tienen como elemento común el hecho de cultivar directamente la tierra desde una racionalidad no estrictamente empresarial, incluidos los pequeños propietarios, rabasaires, masovers y demás tipos de agricultor familiar». Rosa Congost et al.: «¿Quién transformó la agricultura catalana? Los campesinos como actores del cambio agrario en Cataluña, siglos XVIII-XX», en R. Robledo (ed.): Sombras del Progreso. Las huellas de la historia agraria, Barcelona, 2010, p. 173.

18 Christian Windler: «Reformismo señorial y reformismo monárquico en Andalucía (c. 17601808)», en Francisco Andújar y Julián Díaz (coords.): Los señoríos en la Andalucía Moderna. El Marquesado de los Vélez, Almería, 2007, pp. 126-127.

19 M. Concepción Quintanilla Raso: «Propiedades y derechos en los señoríos nobiliarios cordobeses de la Baja Edad Media. Nuevas interpretaciones», Historia. Instituciones. Documentos, 24, 1997, p. 382.

20 Cfr. Enrique Soria Mesa: Señores y oligarcas: los señoríos del reino de Granada en la Edad moderna, Granada, 1997, pp. 238-255.

21 Ya abordamos extensamente esta cuestión para la ciudad de Segorbe en nuestra tesis de licenciatura. Véase Vicente Gómez Benedito: Conflicto antiseñorial y abolición del régimen feudal en Segorbe, Segorbe, 2009.

22 Mariano Peset observaba que no podemos «adjetivar al señorío valenciano como de gran dureza, en comparación con el realengo o con otros señoríos peninsulares […] La marcada variedad de los señoríos valencianos exige mucha prudencia a la hora de sentar conclusiones sobre la dureza o la opresión señorial». Mariano Peset Reig, prólogo al libro de José L. Hernández y Juan Romero: Feudalidad, burguesía y campesinado en la Huerta de Valencia, Valencia, 1980, p. 20. Dos breves y esclarecedoras síntesis sobre esta polémica historiográfica en Pedro Ruiz Torres: «Los señoríos valencianos en la crisis del Antiguo Régimen: una revisión historiográfica», EHCPV, 5, 1984, pp. 39-51; J. Catalá: Rentas y patrimonios…, pp. XI-XIX.

23 Para el caso catalán, Rosa Congost llama la atención sobre el doble sentido de la enfiteusis, silenciada siempre por la ideología pairalista, que conduce a una clara tergiversación de la historia, «perquè és tergiversar la historia posar en un mateix sac la gallina que pagava el señor Puig i Padrola al señor directe d’un dels seus masos i la meitat de l’oli que produïen les terres d’un pobre jornaler [subenfiteuta] que, malgrat esdevenir, gràcies a l’emfiteusi, quasi-propietari, havia de continuar essent jornaler». Rosa Congost i Colomer: Els propietaris i els altres, Vic, 1990, p. 66.

24 Julián Casanova: «Resistencias individuales, acciones colectivas: nuevas miradas a la protesta social agraria en la Historia Contemporánea de España», en Manuel González de Molina (ed.): La Historia de Andalucía a debate I. Campesinos y jornaleros. Una revisión historiográfica, Granada, 2000, p. 299.

25 Jesús Millán: «Moviments de protesta i resistència a la fi de l’Antic Règim (1714-1808): cap a una integració de les actituds i les trajectòries socials», en R. Arnabat (ed.): Moviments de protesta i resistència a la fi de l’Antic Règim, Barcelona, 1997, p. 8.

26 B. Yun: Consideraciones para el estudio…, p. 39.

27 S. Aragón: op. cit., p. 19.

28 G. Colas: op. cit., p. 57.

29 Sobre esta cuestión nos remitimos a las palabras de Christian Windler: «El hecho de que en España se acepte generalmente la época comprendida entre 1808 y la década de 1830 como un límite entre dos épocas distrae la atención de los importantes elementos de continuidad, pero también de la trascendencia de los cambios producidos antes de 1808». Christian Windler: Élites locales, señores, reformistas. Redes clientelares y Monarquía hacia finales del Antiguo Régimen, Córdoba-Sevilla, 1997, p. 420.

1. LOS DOMINIOS VALENCIANOS EN EL PROCESO DE FORMACIÓN DE LA MAYOR CASA NOBILIARIA DE ESPAÑA

Previo al estudio del proceso histórico de declive de los dominios valencianos de los Medinaceli, resulta imprescindible señalar la composición y características de cada uno de los estados valencianos y conocer las circunstancias que provocaron su incorporación a la Casa ducal de Medinaceli. En este primer capítulo se analiza el proceso de agregación a la Casa ducal de los estados valencianos de Segorbe, Dénia, Aitona y Cocentaina, iniciada a mediados del siglo XVII y que no concluirá hasta los albores del siglo XIX. Un proceso de agregación que consideramos muy complicado de explicar si no se enmarca adecuadamente en el contexto general de la Casa de Medinaceli. Ahora bien, la propuesta planteada no pretende ser una mera reconstrucción genealógica del linaje de los titulares de los diferentes estados, cuestión que ya ha sido tratada en las obras de una dilata lista de genealogistas, sino que el interés se centra en los orígenes medievales del patrimonio de cada uno de los linajes y su ampliación durante la época moderna. Pero para poder llegar a entender la evolución patrimonial, también es necesario reconocer la intervención de los miembros de estas familias en las tareas de gobierno, las relaciones que mantuvieron con los monarcas y su capacidad de influencia y control social.

1. GÉNESIS Y CONSOLIDACIÓN DE LA CASA DE MEDINACELI

Medinaceli, uno de los más importantes títulos de la aristocracia española, se constituye como un caso paradigmático del complejo proceso de renovación nobiliaria que supuso la revolución trastámara. El infante de Castilla Enrique de Trastámara se vio precisado a recompensar con honores, títulos y donaciones, las conocidas como mercedes enriqueñas, a sus partidarios en la guerra civil que libró a mediados del siglo XIV contra su hermanastro, el entonces rey Pedro I de Castilla. Entre los favorecidos por las donaciones del futuro Enrique II se encontraba Bernal de Béarn, hijo bastardo del noble francés Gastón de Foix, a quien entregó en 1368 con el título de conde la villa de Medinaceli y sus 107 aldeas.1 Pero la ayuda y protección del monarca a la nueva Casa nobiliaria no se limitó a la concesión del título de Condado de Medinaceli, Enrique II facilitó la unión matrimonial de Bernal de Béarn con el último vástago del preclaro linaje de los de la Cerda, descendientes directos del rey Alfonso X de Castilla. En 1370 Bernal contraía matrimonio en Sevilla con Isabel de la Cerda, heredera de los señoríos de la recompensa y del señorío del Puerto de Santa María, verdadera joya de la Casa ducal durante varias centurias. Previamente, en 1366 Enrique de Trastámara había confirmado a Isabel en las posesiones del linaje de la Cerda. De este modo, el Condado de Medinaceli aumentaba considerablemente sus rentas y, sobre todo, su prestigio, al emparentar con la Casa real castellana por su ascendencia regia.

La incorporación del linaje de la Cerda al Condado de Medinaceli supuso una profunda renovación de aquella ilustre estirpe castellana2 y a la jovencísima Casa de Medinaceli le permitió encumbrarse en la cúspide del estamento nobiliario, futura Grandeza de España. A partir de ese momento, la concentración de la base territorial, hasta entonces muy diseminada, se constituirá en el objetivo primordial de la Casa nobiliaria y la mayoría de los señoríos pasarán a convertirse en meros dominios accesorios, sirviendo a través de la permuta o la compraventa para la adquisición de otras posesiones más próximas a Medinaceli.3 A mediados del siglo XV esta política de concentración territorial, a la que también coadyuvaron las mercedes regias y los enlaces matrimoniales, presentaba unos resultados más que evidentes. En esos momentos, ya pueden considerarse conformados los tres grandes núcleos territoriales que compondrán la Casa de Medinaceli hasta los inicios del siglo XVII.4 El primero, un extenso estado señorial con más de 2.500 km2, con cabecera en la villa de Medinaceli y desarrollado por el sur de la actual provincia de Soria y el norte de la de Guadalajara. Otro estado muy cercano, en el noroeste de Guadalajara, con centro en la villa de Cogolludo.5 Y, por último, el más reducido en extensión pero el más valioso y floreciente, el señorío del Puerto de Santa María, en Cádiz, calificado por Domínguez Ortiz como la avanzadilla marítima de una casa nobiliaria de sólida raíz meseteña.6 Estos dos últimos estados venían a suponer, en conjunto, cerca de 2.000 km2.

El periplo de la Casa condal de Medinaceli concluía con su quinto conde, Luis de la Cerda. Hombre de carácter marcadamente renacentista, Luis de la Cerda destacó en el último tercio del siglo XV por su intento de asumir la Corona de Navarra y por el decidido apoyo a Cristóbal Colón en la gestación de la empresa del descubrimiento de América. Pero para la Casa de Medinaceli la relevancia de Luis de la Cerda estriba en la transformación del condado en ducado, concedido por los Reyes Católicos en el año 1479. El título ducal era el reconocimiento al papel que el V conde de Medinaceli había desempeñado en la complicada y convulsa política peninsular que desarrollaron los Reyes Católicos. Luis de la Cerda no fue un guerrero, a diferencia de muchos de sus antepasados, pero supo estar al lado de los príncipes Isabel y Fernando en la Guerra de Sucesión castellana y, posteriormente, acatar las disposiciones que se le plantearon, algunas de ellas poco favorables para su persona, como la renuncia a sus aspiraciones a la Corona de Navarra.

Medinaceli entraba en el siglo XVI como una de las principales casas nobiliarias, con tratamiento de Grandeza de España, perteneciendo a un reducidísimo grupo con un notable peso político y social que las distinguía dentro un estamento nobiliario marcadamente heterogéneo.7 Se considera que en 1520 existían solo 25 títulos de Grandeza de España, que recaían en 20 familias o linajes españoles. Esta auténtica élite aristocrática no presentaba, sin embargo, profusos signos que la diferenciaran del resto de la nobleza, pero los que se reconocían encerraban un potente simbolismo y abrían un gran abismo social. Destacaba el tratamiento de primos que les aplicaban los monarcas españoles, reflejo de la ascendencia regia que tenían algunos de los integrantes de esta antigua Grandeza. La Casa de Medinaceli justificaba su descendencia del príncipe Fernando de la Cerda, realce que aumentará cuando Medinaceli se agregue el Ducado de Segorbe, heredero de la Casa Real de Aragón.

 

Pero estos privilegios no pasaban de ser mero formulismo y el poder y la capacidad de influencia de la élite aristocrática no podía sustentarse en cuestiones de mera etiqueta, aun cuando estas pudieran tener gran trascendencia para la época. La principal misión de la nobleza desde su configuración como estamento había sido la militar, pero a finales del siglo XVI la consolidación del Estado moderno le había privado de esa función. Los diferentes linajes que habían ido conformando la Casa de Medinaceli obtuvieron una parte importante de sus señoríos, títulos, cargos y honores como recompensa del auxilium proporcionado a la Corona. Ahora, transfigurado su papel guerrero en cortesano, la élite aristocrática debía intentar aprovechar de la mejor forma posible su otra obligación vasallática para con el monarca, el consilium.

La Grandeza comenzó a desplazarse hacia la Corte, con el ánimo de conseguir el favor del rey para mantener su posición económica y social porque su poder político había quedado notablemente mermado por la creciente concepción autoritaria de la monarquía. Como expresa Antonio Domínguez, «la grandeza asimiló la lección y, comprendiendo la inutilidad de cualquier tentativa armada, se aprestó a reconquistar su influencia indirectamente, como auxiliares y súbditos predilectos de sus reyes».8 Y el resultado fue notorio: en España, a diferencia de lo que venía ocurriendo en Francia o Inglaterra, no se produjeron revueltas aristocráticas, aunque, como señala Antonio Morales,9 la domesticación de la nobleza no derivó en una disminución de su dominio, reforzado por el incremento de los títulos concedidos y por la ocupación de cargos públicos, por lo que se puede hablar con propiedad en la época de los Austrias menores de una apropiación del Estado. El linaje de la Cerda obtuvo continuas distinciones y cargos de relevancia política, que culminarían con el nombramiento del VIII Duque como primer ministro entre los años 1680 y 1685.

Pero a diferencia de lo que había ocurrido en el último tercio del siglo XIV y el siglo XV, el crecimiento de la Casa de Medinaceli no se iba a producir por la cercanía a la monarquía y a los cargos, honores y mercedes que de ella pudiera conseguir. En los años finales del siglo XVI y, sobre todo, durante el siglo XVII, en más de una ocasión las embajadas, virreinatos peninsulares u otros servicios encomendados por el rey supusieron a la Casa enormes dispendios económicos y parcos beneficios. En el siglo XVII, la espectacular progresión de la Casa de Medinaceli tuvo como razón última los sucesivos enlaces matrimoniales no exentos de fortuna. No obstante, como señala Enrique Soria, «la fortuna, analizada estadísticamente, no es otra cosa que la probabilidad».10 Y en la España de la época moderna la posibilidad de extinción de linajes nobiliarios no era ciertamente escasa. La plena consolidación del mayorazgo como institución que preservaba prácticamente íntegro el patrimonio de la familia y las prácticas matrimoniales, en su mayoría de obligada homogamia, facilitaron la desaparición de un número importante de casas nobiliarias cuyas posesiones pasaron a engrosar extraordinariamente el patrimonio de otras casas en continuo ascenso.

Todas las grandes casas nobiliarias españolas tuvieron en la institución del mayorazgo el principal instrumento para acumular nuevos patrimonios en la línea troncal, gracias a los enlaces matrimoniales entre iguales, en los que ambos cónyuges eran poseedores de mayorazgos o estaban en condición de alcanzarlos si se extinguía la sucesión directa de sus respectivas casas nobiliarias. Así crecieron en títulos y patrimonio, en algunos casos hasta la desmesura, los Alba, Alburquerque, Medina Sidonia, Villahermosa o, en especial, Osuna. Expansión que se desarrolló, en buena medida, entre los siglos XVIII y XIX, pero en el caso de Medinaceli el proceso fue mucho más precoz, y se consumaron los matrimonios más relevantes en el siglo XVII y la primera mitad del XVIII.

Hasta el año 1639, fecha en la que se agregó la Casa ducal de Alcalá de los Gazules, su situación no había sido tan brillante. Durante el siglo XVI y primer tercio del siglo XVII, de entre las veintiuna casas ducales castellanas, Medinaceli ocupaba el decimoquinto lugar en la percepción de rentas. La preeminencia del linaje de la Cerda no había venido acompañada de una situación económica pareja. Resulta significativo comprobar cómo la Casa de Alcalá de los Gazules, transformada en ducado en el año 1558 y titulada como Grandeza de España de Segunda Clase, disponía del doble de rentas que Medinaceli.11 Por ello, podemos considerar trascendental para la Casa de Medinaceli su unión con Alcalá de los Gazules, al permitirle incrementar de una forma muy significativa sus rentas y patrimonios, y haciendo bascular hacia el sur peninsular el centro de su poder económico. Este desplazamiento geográfico hacia Andalucía, definitivo con la agregación en los decenios siguientes de las casas de Comares y Priego, no solo tuvo un carácter económico, sino que también supuso una fuerte identificación de la Casa ducal de Medinaceli con este territorio y, en especial, con la ciudad de Sevilla.

Pero la incorporación de nuevos dominios no iba a centrarse exclusivamente en Andalucía; en el proceso de expansión emprendido resultarían decisivas las anexiones de varias casas nobiliarias pertenecientes a la Corona de Aragón y, entre ellas, algunas de las valencianas más significadas. A ellas dedicaremos la atención en los siguientes epígrafes.