Desenfrenada lujuria

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En este sentido, para efectos de esta propuesta, la categoría de heteronormatividad permite identificar un conjunto de representaciones sociales, de aparatos estatales y de mecanismos sociales de coerción, orientados a la instauración de las relaciones monogámicas y la heterosexualidad como única forma posible y obligatoria de relacionarse amorosa, afectiva y sexualmente entre las personas.

Esta perspectiva requiere distinguir dos aspectos que, aunque interconectados, pueden diferenciarse. Por un lado, las representaciones y los aparatos estatales que buscan instituir la heterosexualidad obligatoria y las relaciones monogámicas como única expresión válida de relacionamiento erótico y afectivo. Por otro, las representaciones sociales y los mecanismos de coerción social que, en el devenir de las sociedades, se han tejido para el control y regulación del cuerpo, el deseo y el sexo. Es decir, no existe necesariamente una coincidencia entre los aparatos de represión estatal, los modos en los que socialmente fue regulada la sexualidad y las representaciones sociales que circularon en torno a esta.

Este asunto es fundamental para el análisis de la heteronormatividad pues si bien ha sido una matriz estructural en el desarrollo de la modernidad occidental, no por ello ha sido ni homogénea ni monolítica. Por tanto, los marcos normativos y las instituciones a las que ha dado lugar, no se han comportado del mismo modo que las representaciones sociales y las prácticas cotidianas. Un ejemplo de ello es su despenalización en el siglo xix. En Colombia, el primer código penal republicano, que entró en vigor en 1837, no incluyó la sodomía como un delito, pero esto no significó necesariamente que las representaciones sociales y las prácticas de disciplinamiento social que negativizan estos deseos y sexualidades hayan cesado. Tanto así que, a finales del siglo xix, encontramos de nuevo posturas que buscaron penalizar este tipo de relaciones, como efectivamente ocurrió cuando en el Código de 1936 se incluyó el denominado Delito de Acceso Carnal Homosexual.20

En Occidente, la institución de la heterosexualidad obligatoria comenzó en el Imperio romano, para desaparecer después de su caída. Emergió de nuevo en la conceptuación de los pensadores cristianos sobre la idea de lujuria y de pecados de la carne, visión que creció conforme se consolidó el poder de la Iglesia Católica y su proyecto de instituirse como faro moral de las gentes. Estas visiones se vieron materializadas en los distintos corpus legales de las monarquías europeas, formadas después de las invasiones germanas, en los cuales los pecados de lujuria o de la carne eran crímenes objeto de persecución judicial.21

La experiencia americana fue distinta. La heteronormatividad se instauró con la colonización y se imbricó con los órdenes de género y las culturas sexuales americanas. La idea de que los pueblos americanos eran herejes, caníbales y sodomitas fue extendida como forma de legitimación de la ocupación europea en América. La heterosexualidad obligatoria se instituyó por la fuerza, al igual que las instituciones y los modos de vida hispánicos. De manera que el surgimiento de las sociedades latinoamericanas, entendidas como el territorio híbrido donde se cruzaron conflictivamente distintas culturas americanas, africanas y europeas, estuvo determinado por la instauración de la heteronormatividad.22

Este estudio no se concentra en ello, pero habrá que entender mejor la forma en la que se establecieron las relaciones, generalmente conflictivas, entre estas distintas formas de imaginar el cuerpo y la sexualidad durante la colonización. Por lo pronto, es posible reconocer que la heteronormatividad es una “matriz de opresión”, en términos de Patricia Hill Collins,23 que se ha expandido a través del proyecto colonizador europeo, haciendo parte de lo que María Lugones denomina sistema moderno colonial de género.24 De lo que se desprende que, en la experiencia latinoamericana, la heteronormatividad o la heterosexualidad obligatoria ha estado directamente imbricada con las trayectorias de la expansión del capitalismo, el racismo y la colonialidad.

Entre placer y pecado: la sodomía a finales del periodo colonial

Reconocer la trayectoria histórica de la heteronormatividad, desde el Medioevo hasta hoy y en los distintos lugares donde la colonización se instauró, requiere reconocer que se han construido múltiples objetos en su camino para hacer aprehensibles aquellas prácticas y sujetos sobre los cuales se buscó ejercer un dominio. Los discursos y las conceptuaciones orientadas a la institución de la heterosexualidad obligatoria han sido distintos, y han estado determinados por las condiciones de posibilidad específica de cada territorio y momento histórico. La categoría sodomía ha sido uno de los objetos que se han construido en el desarrollo histórico de la heteronormatividad.

La sodomía fue el artefacto que construyó la escolástica medieval para referirse a las prácticas sexuales que atentaban contra la creación de Dios.25 Esta categoría no hacía referencia unívoca a la “homosexualidad”, pues también llegó a definir otras prácticas como las relaciones sexuales anales entre hombres y mujeres, por lo que sodomía y homosexualidad no describen lo mismo. La sodomía fue definida como un pecado de lujuria al igual que otras prácticas como las molicies, el bestialismo y el sacrilegio,26 y se consideró tan grave como la herejía y los delitos de lesa majestad. La gravedad de este pecado-delito residió en que orientaba la cópula sexual hacia fines contrarios a la propagación de la especie, considerado en últimas su fin natural.27 Sin embargo, a pesar de su gravedad, sus definiciones fueron controversiales por lo cual fue un campo de disputa de sentidos entre teólogos, juristas y eruditos. Para el periodo que se analiza, “las principales doctrinas temprano modernas convinieron en definir al fenómeno de la sodomía como el concúbito entre personas del mismo sexo”28, aunque nunca estuvo exenta de debates y confusiones.

De tal manera, la categoría medieval de sodomía guarda una relación con la categoría moderna de homosexual, aunque no describen el mismo objeto. Varios trabajos se han ocupado de analizar cómo se construyó el objeto decimonónico homosexualidad.29 Sin embargo, han sido menos los que se han interesado por la producción del objeto sodomía, lo que permitiría un mejor análisis de las continuidades y discontinuidades entre estos. La distinción tácita que hace Michel Foucault entre “identidad” y “acto”, o entre “sujeto” y “práctica”, ha sido vista como la diferencia sustancial entre la categoría de sodomía y la de homosexualidad. En palabras de Michel Foucault: “La sodomía —la de los antiguos Derechos Civil y Canónico— era un tipo de actos prohibidos; el autor no era más que su sujeto jurídico. El homosexual del siglo xix ha llegado a ser un personaje: un pasado, una historia y una infancia, un carácter, una forma de vida; asimismo una morfología, con una anatomía indiscreta y quizás misteriosa fisiología. El sodomita era un relapso, el homosexual es ahora una especie”.30 De tal manera, según Foucault, antes de la emergencia de los discursos modernos decimonónicos no existieron definiciones identitarias en torno a las prácticas sexuales.

Así, antes de las transformaciones ocurridas entre el siglo xviii y xix los deseos homoeróticos no fueron vistos como el producto de una naturaleza sexual diferenciada, sino como una acción voluntaria pecaminosa y punible. Por lo tanto, el uso de las categorías homosexual o heterosexual es un anacronismo para el periodo anterior a fines del siglo xix. Ahora, si bien es cierto que los discursos de poder no se inventarán a un sujeto visto como especie hasta el siglo xix, también lo es que antes de ese periodo ya existían debates teológicos, jurídicos, filosóficos y también de la cultura popular en torno a la “naturaleza” de este delito-pecado y de quien lo cometía. Los límites de esta transición no son tan claros.

En las conceptuaciones medievales y en los discursos que dieron forma a los procesos judiciales que aquí se estudian pueden identificarse rasgos que mantuvieron siempre a la sodomía en una tensión, que oscilaba entre ser reconocida como una práctica transitoria, al tiempo que era vista como la expresión del vicio de un ser esencialmente degradado, de un sujeto continuamente volcado hacia la lujuria desenfrenada. Estas disputas por la determinación del significado de la sodomía son indicativas de la existencia de tensiones y conflictos en su definición, y en sus mecanismos de control y castigo en los expedientes estudiados de finales del periodo colonial. De manera que, habrá que interpretar este tránsito ocurrido entre el siglo xviii y xix como un proceso microscópico donde se imbricaron saberes eruditos, médicos, ilustrados, teológicos y populares, en los que circularon distintas representaciones sobre sobre estas sexualidades.

Ahora, existió una brecha muy amplia entre lo que se decía en la legislación sobre la sodomía y lo que ocurría en el ejercicio de la represión y el castigo, fenómeno no solo identificable en el Nuevo Reino de Granada, sino también en Iberoamérica, en las colonias inglesas y en gran parte de Europa para la época estudiada.31 Sobre este tema en particular llama la atención la radicalidad de los marcos normativos en comparación con la laxitud de las prácticas de penalización en la época que se estudia.

Este aspecto ha dado lugar a un amplio debate en la historiografía acerca de la sodomía en el periodo colonial en distintas regiones de Hispanoamérica.32 Muchos de los primeros trabajos que se acercaron al tema en el país y en otros contextos latinoamericanos enfocaron sus análisis en el estudio de la represión. En parte, esta visión se formó por el lugar protagónico que tuvieron los expedientes judiciales y la legislación en el estudio de este tema. En estos análisis, resaltó el nivel de gravedad que tuvo la sodomía en la sociedad hispanoamericana basado en gran parte “en el discurso teológico y en las reacciones oficiales de la Iglesia Católica [frente] al sexo fuera del matrimonio”.33 También habrá que señalar que esta perspectiva ha sido heredera de las corrientes críticas que han buscado develar las relaciones de poder que históricamente se han desarrollado en torno al gobierno del cuerpo, el placer, el deseo y la sexualidad.

 

No obstante, estas miradas enfocadas en los modos de la represión también han oscurecido la presencia y el lugar de múltiples sujetos que en el periodo colonial no se ajustaron por completo al canon hegemónico del género y la sexualidad. Estas mismas, al enfatizar en la represión y en los mecanismos de control y castigo han dado a pensar que en la sociedad colonial del siglo xviii y xix hubo muy pocas personas con subjetividades y formas de identificación no ajustadas a los parámetros hegemónicos. Del mismo modo, ha dado a entender que pocos se atrevieron a dar rienda suelta a sus placeres a través de la experimentación de prácticas sexuales prohibidas, cuando podríamos afirmar que ocurrió lo contrario. En ese mismo sentido, se ha pensado que las relaciones homoeróticas coloniales se redujeron solo a relaciones de tipo sexual, opacando que en aquel periodo existieron múltiples relaciones afectivas que tuvieron permanencia en el tiempo, relaciones en las que incluso se compartió lecho y techo, como este trabajo lo evidencia. Ahora, habrá que señalar también que quienes mantuvieron relaciones sodomíticas no eran necesariamente héroes o heroínas. Esta no podrá ser la historia heroica de sujetos que se resistieron a la heteronormatividad o el orden patriarcal. También hubo relaciones de maltrato y de violencia. Casos de mujeres que entregaron a sus compañeras a las autoridades, de varones que violentaban a sus esposas para luego correr a los brazos de su amante, de hombres adultos que abusaron de niños y jóvenes, al igual que de curas o militares que usaron su poder para coercionar a quienes consideraron de sus “afectos”.34

Así, al imaginar las prácticas sodomíticas como acciones absolutamente marginadas y borradas del paisaje cotidiano de las relaciones sociales coloniales, se ha invisibilizado la existencia de redes de personas que desarrollaron estrategias individuales y colectivas para generar formas de encuentro sexual, afectivo y/o amistoso en medio de la coerción de las instituciones coloniales y de la vindicta pública.35 Este es el caso, por ejemplo, de las redes de varones “sodomitas” que en la Hispanoamérica colonial se desplegaron en distintos centros urbanos y rurales, dando lugar a lo que Zeb Tortorici ha llamado Geografías nefandas con lo que se refiere a “espacios sociales donde había la oportunidad de participar de encuentros sexuales con miembros del mismo sexo, oportunidad posibilitada a partir de una variedad de factores incluyendo interacciones sociales, económicas, festividades populares y espacios sociales de género”36 como es el caso de los barcos de la Carrera de Indias, los conventos tanto masculinos como femeninos, los ejércitos o los centros de enseñanza, por nombrar algunos.

Ahora, si bien es cierto que un gran número de estas experiencias ocurrieron en la penumbra, también es cierto que muchas de estas relaciones fueron de público conocimiento. Hubo también “varones” afeminados y “mujeres” masculinizadas que eran reconocidos e hicieron parte del paisaje cotidiano colonial.37 Incluso, en algunos contextos como en México, se llegaron a desarrollar formas particulares de identificación y autonombramiento, usando categorías como la de putos en el caso de los varones.38

Si bien, por la naturaleza de las fuentes, esta investigación no avanza en el desarrollo de este aspecto en el caso del Nuevo Reino de Granada, el reconocimiento de estos espacios y estas dinámicas de relacionamiento entre “sodomitas” pudieron dar lugar a la construcción de subjetividades comunes que antecederían a la categoría “homosexual” decimonónica, momento en el cual la historiografía ha fechado el surgimiento de una identidad colectiva basada en la sexualidad. Resaltando que, de todos modos, no es posible afirmar aún que estos espacios hayan dado lugar a la ideación de proyectos políticos comunes basados en esa identidad, como ocurrió en el siglo xx con los movimientos sociales lgbt; aunque, sí permite pensar en el papel que los espacios de encuentro movidos por el deseo han tenido en el desarrollo de las subjetividades y las construcciones identitarias comunes que materializaron ya en el siglo xx estas formas de movilizacion política.

Escribir la sodomía o la disputa de un sentido

Tomando como punto de partida las discusiones que se han esbozado, esta investigación se propone seguir las huellas de las discontinuidades y contradicciones que dan cuenta del carácter “inventado” —parafraseando a Mark Jordan— de la categoría sodomía. Este interés puede verse materializado en el primer capítulo de este trabajo, en el cual se analiza la invención de la sodomía en el pensamiento escolástico. Este análisis enfatiza en el carácter construido de la categoría, dando cuenta de algunos desencuentros y “ajustes” que fueron necesarios para que esta noción tomara la forma que adquirió ya para el siglo xv, momento en que de forma violenta se implantó en América a través de la mal llamada Conquista. Así mismo, se plantea un seguimiento detallado a partir de la legislación castellana y sus jurisconsultos, en relación con la apropiación de esta categoría en los derechos penal y procesal castellanos.

El segundo objetivo de esta investigación era analizar el funcionamiento de la justicia colonial en el ejercicio de represión y castigo de estas prácticas sexuales, es decir, la puesta en práctica del marco jurídico sobre el cual se soportó la criminalización de estas sexualidades en la América hispánica. Esta vía de análisis cobra especial sentido si se tiene en cuenta la tensión ya expresada entre la radicalidad de los marcos normativos frente a la laxitud de la represión y el castigo. A pesar de que este fenómeno es visible en diversos aspectos de la sociedad colonial, me interesaba analizar el funcionamiento específico de la justicia neogranadina frente a estas sexualidades, haciendo un análisis sobre la apropiación de la categoría sodomía en América, su uso en los expedientes criminales a finales del siglo xviii y principios del xix, la estructuración y funcionamiento de las instituciones de justicia frente a estos casos, el papel de la jerarquía socioracial en el proceso judicial y, finalmente, el ejercicio del castigo. Este grupo de aspectos conforman el segundo capítulo de este trabajo.

Por último, consideraba insuficiente un análisis de las instituciones y los marcos normativos que no dieran cuenta del papel de las relaciones sociales cotidianas y que permitieran explicar los márgenes de tolerancia que en relación a estas sexualidades se identifican en la sociedad de finales del periodo colonial. En las relaciones y los arreglos de poder del día a día se disputaron las interpretaciones, representaciones sociales, significados de la sexualidad y las formas de regulación social que fueron mucho más allá de las instituciones, y que no se recogen en fuentes tales como las legislaciones. Por eso, en el capítulo tercero se propone una interpretación de las las formas de regulación de la sexualidad subyacentes en los procesos judiciales aquí analizados, buscando desentrañar esos marcos de tolerancia y el papel de los conflictos locales e interpersonales en estas denuncias. En el cuarto capítulo se trata de aventurar algunos análisis, hipótesis inconclusas y caminos posibles de investigación, para analizar las transformaciones en el orden sexual y de género visibles en el cambio de las representaciones y mecanismos de disciplinamiento de la sexualidad ocurridos durante la transición del periodo colonial al republicano.

Para la construcción de esta reflexión tomé como punto de partida los estudios sobre la historia colonial que trataban sobre las prácticas sexuales homoeróticas. Sin embargo, al adentrarme en esta literatura, así como en las fuentes de la época, encontré que las investigaciones existentes en Colombia eran insuficientes. A la fecha, se habían escrito algunos trabajos de historiadores como Jaime Borja, Pablo Rodríguez, Max Hering y de autoras como Leidy Torres Cendales y Carolina Giraldo, quienes se han dedicado de manera más profunda a analizar el tema.39 Muchas de estas investigaciones no pusieron su foco analítico en las prácticas sexuales homoeróticas, sino en la sodomía como una categoría más dentro de un inventario mayor de formas de transgresión a la moral sexual colonial, compartiendo lugar con prácticas como el adulterio o la prostitución. Si bien una mirada amplia sobre las distintas trasgresiones al orden permite analizar la formación de una moral sexual mayor, desde mi perspectiva esta vía de análisis también ha representado una limitación, en tanto ha aislado a estas sexualidades del proceso histórico de construcción de la homofobia en Occidente. Esta limitación, notable en muchas de estas investigaciones, se hace evidente, por ejemplo, en la ausencia de un diálogo fluido entre estas perspectivas y las trayectorias teóricas y metodológicas que, desde la historia de las sexualidades, las teorías feministas, los estudios gais/lésbicos y la teoría queer, se han generado para explicar el devenir histórico de la heterosexualidad obligatoria.

Estos trabajos tienen en común, al igual que este, el uso de la documentación judicial del Fondo Criminal del Archivo General de la Nación. Pero estas fuentes pocas veces son contrastadas con otros corpus documentales como la legislación castellana, que fue una de las más amplias en Europa en torno a la criminalización de estas prácticas, o de otras disposiciones que hicieron parte de la estructuración del estado colonial como las disposiciones militares o eclesiásticas. Entre otras, porque la mayoría de estos trabajos no han mantenido un diálogo con las corrientes internacionales que se han configurado en el estudio de estas sexualidades, por lo menos desde la década de 1970. Pero, sobre todo, las historias han sido apartadas de las tensiones y las relaciones de poder local, que dan pistas de gran valor sobre las actitudes de la gente del común hacia este tipo de relaciones que terminan por dar mejores pistas sobre las imágenes que se tenían de estas sexualidades, más allá de las autoridades y de la oficialidad de la ley y las instituciones del estado colonial.

Es importante resaltar que investigaciones como las adelantadas por Jaime Borja, Pablo Rodríguez y Carolina Giraldo, fueron pioneras en el campo y respondieron a un momento histórico, tanto político como historiográfico, donde se buscó la visibilización de otros sujetos en la historia, de allí que los trabajos sean mucho más descriptivos y más ajustados sean mucho más orientados a la descripción de casos de expedientes criminales, con excepción del trabajo Deseo y represión. No obstante, el costo de esta perspectiva fue que las prácticas sexuales aparecieron en la historia del país como un aditamento más para agregar a los periodos históricos, sin dar cuenta de la relación estructural existente entre ámbitos como la sexualidad y el Estado colonial, o la sexualidad y la construcción del Estado nación.

Ahora, interpretativamente, durante los primeros años de esta investigación usé continuamente las nociones de sexualidades no-normativas y sexualidades no-heteronormativas. Aún quedan huellas de esa perspectiva. Sin embargo, a pesar de la capacidad crítica de estas categorías, resultaban más útiles y operativas en el quehacer de la movilización política que en campo de la investigación histórica. No existe una relación directa que permita establecer que las prácticas sexuales homoeróticas, per se, constituyeran sexualidades fuera de la norma. Las prácticas sexuales homoeróticas pueden ser normativas como es el caso de la mercantilización de las identidades gay contemporáneas, que no ha constituido una interpelación directa al orden sexual hegemónico. Que ciertos aspectos de la subjetividad, la identidad o la cultura se consideren gay, lésbico o trans, no por ello dejan de reproducir la heterosexualidad obligatoria. Es por esto por lo que, en contra de mi deseo, debí admitir que estas categorías no eran adecuadas en el contexto colonial y que su uso iba en detrimento de mi interés por una historización de las sexualidades.

En relación a las las perspectivas que se han desarrollado al calor de la movilización social, se identifican varias líneas enfocadas en la comprensión de la heteronormatividad y la producción de “sexualidades otras”. En nuestro país, dos de ellas han sido particularmente extendidas: el identitario y el de la diversidad sexual y de género. La primera de estas se ha visto materializada en la categoría LGBTI, acrónimo internacionalmente aceptado, producto de la alianza intersectorial histórica entre personas gais, lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales, la cual ha tenido mucho sentido y potencial dentro del campo de los movimientos sociales, y del reconocimiento y garantía de derechos de estos sectores poblacionales. Pero como perspectiva de análisis resulta insuficiente, anacrónica y esencialista para el periodo estudiado. Partir de una perspectiva identitaria para analizar prácticas homoeróticas en el siglo xviii iría en contravía de una historia contraesencializante de los sistemas de ordenamiento del género y la sexualidad, porque instala formas contemporáneas de representar la identidad y la sexualidad, que no dan cuenta de las discontinuidades que justamente se buscan analizar aquí.

 

La segunda perspectiva es la de diversidad sexual y de género. Esta categoría ha sido usada por los movimientos sociales y en los espacios académicos porque, a diferencia de la sigla lgbti, que nombra unas experiencias identitarias específicas, puede ser útil para hacer hincapié en el carácter fracturado y “diverso” de las múltiples formas de experimentar y significar la sexualidad y el género, formas que desbordan lo que las perspectivas más identitarias logran representar. Ahora, a pesar de hacer evidente la multiplicidad de experiencias, la noción de diversidad en sí misma no hace visibles las relaciones jerárquicas de poder que condicionan la experiencia de la diversidad, produciendo lugares desiguales con valencias diferenciadas. Es decir, no es posible afirmar “todos somos diferentes” dando por sentada la diversidad, sin siquiera explicar los mecanismos de diferenciación, donde la diferencia y la identidad han cobrado determinados sentidos. De manera que, un trabajo como este, está más interesado en analizar las formas a través de las cuales se construyó una hegemonía en torno al cuerpo, el sexo y el deseo que a visibilizar la existencia de “otras” sexualidades en la historia

Ahora, algunos estudios históricos, como aquellos vinculados a los llamados gay and lesbian studies en los años ochenta, construyeron una historia de la homosexualidad orientada a dar cuenta de la existencia de personas gais y lesbianas a lo largo de la historia.40 Construir este relato sirvió para cohesionar y legitimar los nacientes movimientos lgbt. Sin embargo, el efecto de esta perspectiva ha sido la esencialización de estas identidades, invisibilizando que estas son el producto de las relaciones de poder que han buscado la instauración de la heterosexualidad obligatoria. Por esta razón, este trabajo se interesa en comprender el periodo donde finalmente se consolidó la idea de una sexualidad hecha identidad. Para ello se concentra el análisis de las últimas décadas del periodo colonial neogranadino, pues fue en la transición del siglo xviii al siglo xix en que se dieron estas transformaciones; momento que, en el caso colombiano, se enmarcó en el declive del periodo colonial y en la emergencia de los proyectos republicanos independentistas.

Finalmente, habrá que develar el lugar de enunciación propio, pues la historia la escribimos desde puntos de vista particulares. Aunque he procurado realizar una aproximación amplia a la noción de sodomía, en la cual se estudian relaciones entre hombres y entre mujeres, es evidente, a lo largo del análisis, la preeminencia de aspectos relacionados con la sodomía masculina. Hay tres explicaciones posibles: primera, mayor escasez de expedientes judiciales y de otras fuentes que permitan profundizar en las relaciones entre mujeres; segunda, menor existencia de investigaciones enfocadas en el estudio de las relaciones entre mujeres durante este periodo; y tercera, mi propia mirada que inevitablemente devela mi lugar de enunciación como varón (hasta ahora). Una historia de las relaciones entre mujeres requiere marcos de interpretación y métodos de aproximación distintos, al menos en algunos aspectos que dialoguen de manera más profunda sobre el devenir histórico de las mujeres. De tal manera, a través de este texto podrán encontrarse desarrollos en torno a las relaciones entre mujeres, pero hay que reconocer la necesidad de mejores interpretaciones para su abordaje.

1. Para un análisis de la identidad travesti ver: Analú Laferal, “La identidad travesti como una posibilidad no binaria: relevancia del pensamiento de Lohana Berkins para el pensamiento queer latinoamericano (cuir)” (Ponencia presentada en l Foro de Feminismos Alternos, Medellín, 2019).

2. Miguel Arrázola F., “Sal de Sodoma”, video de Youtube, 54:57, publicado por “MIGUEL ARRAZOLA” el 23 de octubre de 2015, https://www.youtube.com/watch?v=3JyWAL8rV6o&t=845s.

3. “Intervención completa Procurador en Foro sobre Matrimonio Igualitario en el Congreso”, video de Youtube, 25:55, publicado por Tibanica el 7 de abril de 2013, https://www.youtube.com/watch?v=3O6D-9PGdY8.

4. Anne Fausto-Sterling, Cuerpos sexuados. La política de género y la construcción de la sexualidad (Barcelona: Editorial Melusina, 2006). Ver también Londa Schiebinger, ¿Tiene sexo la mente? Las mujeres en los orígenes de la ciencia moderna (Madrid: Ediciones Cátedra, 2004) y Thomas Laqueur, La construcción del sexo. Cuerpo y género desde los griegos hasta Freud (Madrid: Ediciones Cátedra, 1994).

5. Gayle Rubin, “Tráfico de mujeres: notas para una economía política del sexo”, en ¿Qué son los estudios de mujeres? (Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 1998), 17.

6. Kate Millett, Política sexual (Madrid: Ediciones Cátedra, 1995); Shulamith Firestone, La dialéctica del sexo (Barcelona: Editorial Kairós, 1973).

7. Joan Scott, “El género, una categoría útil para el análisis histórico”, en Género e historia (Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica, 2011).

8. Jeffrey Weeks, Lenguajes de la sexualidad (Buenos Aires: Editorial Nueva Visión, 2000), 123. Ver también: Adrienne Rich, “Heterosexualidad obligatoria y existencia lesbiana”, DUODA Revista d’Estudis Feministes, no. 10 (1996): 13-37; Monique Wittig, El pensamiento heterosexual y otros ensayos (Madrid: Editorial Egales, 2006); Ochy Curiel Pichardo, La nación heterosexual. Análisis del discurso jurídico y el régimen heterosexual desde la antropología de la dominación (Bogotá: Brecha Lésbica, 2013).

9. Weeks, Lenguajes de la sexualidad, 123.

10. Ibid.

11. Michel Foucault, Historia de la sexualidad I. La voluntad de saber (Ciudad de México: Siglo XXI Editores, 2011). Ver también: Michel Foucault, Historia de la sexualidad II. El uso de los placeres (Ciudad de México: Siglo XXI Editores, 2011), Michel Foucault, Historia de la sexualidad III. La inquietud de sí (Ciudad de México: Siglo XXI Editores, 2010).

12. David Halperin, Before Sexuality. The Construction of Erotic Experience in the Ancient Greek World, eds. David M. Halperin, Froma I. Zeitlin and John J. Winkler (Princeton, NJ: Princeton University Press, 1990).