La Tradición Constitucional de la Pontificia Universidad Católica de Chile

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CAPÍTULO II

JAIME GUZMÁN ERRÁZURIZ (1968-1991): CONSTITUCIONALISMO REVOLUCIONARIO

En este capítulo analizo la contribución del profesor Jaime Guzmán Errázuriz, abarcando el periodo 1968-1991. El capítulo comienza entregando algunos antecedentes biográficos sobre Guzmán (1), para luego continuar en el estudio del contexto político e institucional de la Constitución de 1980. Destaco la temprana tesis refundacional que impulsa como asesor del régimen militar, las alternativas que se enfrentarán sobre la Constitución, entre la refundacional propuesta por la CENC y la reformista de Jorge Alessandri que lidera desde el Consejo de Estado, para terminar describiendo el proyecto político-constitucional que elabora Guzmán y que es posible extraer a partir de sus trabajos más importantes sobre esta materia (2). Desde la perspectiva del profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Católica, destaco sus primeros años de académico en la Facultad, sus influencias intelectuales, planteamientos sobre el profesor universitario y su labor formativa, y los testimonios de sus colegas y alumnos. Concluyo examinando la naturaleza de su contribución entre la política y el mundo de las ideas (3). Enseguida profundizo en sus contribuciones a reflexionar los temas fundamentales del constitucionalismo, esto es, la idea de Constitución, el Estado de derecho, los derechos constitucionales, la soberanía y sus límites, la democracia, el régimen de gobierno, y la revisión judicial de la ley (4). Luego analizo su análisis de las ideas e instituciones relevantes de la tradición constitucional UC, esto es, la dignidad de la persona humana; la naturaleza social del hombre, incluyendo reflexiones sobre la subsidiariedad y el bien común; el derecho de asociación; la libertad de enseñanza; el derecho de propiedad; la autonomía comunal; y el estatuto de la Iglesia Católica (5). A continuación, a modo de evaluación, examino su contribución a la tradición constitucional de la UC, profundizando en tres elementos que a mi juicio dan cuenta del proceso de ramificación que importa el nacimiento de la “Escuela Guzmán” al interior de esta tradición intelectual; su concepción controversial acerca del principio de subsidiariedad y la democracia, y su “constitucionalismo revolucionario” (6). Finalmente, en la sección final analizo distintos aspectos de la vida de la Facultad en el periodo 1973-1985. Así, desde una perspectiva crítica analizo la defensa jurídica del golpe de Estado y del régimen militar por parte de las autoridades de la Facultad, incluyendo la declaración de profesores respecto de la convocatoria al plebiscito constitucional de agosto de 1980; la contrarreforma curricular y organizacional que se emprende en estos años; describo la vida intelectual de los publicistas, describiendo las Jornadas de Derecho Público, las revistas de derecho y los libros con mayor impacto; y, concluyo dando cuenta, sobre la base de las ideas de Jorge Millas, del ambiente de la Universidad “vigilada” de entonces, incluyendo una revisión al intercambio entre él y Jaime Guzmán acerca de la autonomía universitaria (7).

1. ELEMENTOS BIOGRÁFICOS

Jaime Guzmán Errázuriz nació en Santiago el 28 de junio de 1946. Cursó su enseñanza básica y media entre 1951 y 1962 en el Colegio Sagrados Corazones de Santiago, que pertenecía a los Padres Franceses, destacando en términos académicos, en el que se le reconocían “una inteligencia superior”, una vocación literaria –llegando a ser presidente de la Academia Literaria del establecimiento-, y un liderazgo (político) temprano.431 Forma parte desde los 13 años de la Juventud Conservadora, la que presidirá a los 16.432

En 1963, ingresa a la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, teniendo como alternativa la Universidad Católica de Valparaíso.433 Entre sus compañeros de generación se encontraban José Joaquín Brünner, Alberto Cardemil, Hernán Felipe Errázuriz, Gonzalo Ibáñez Santa María, Andrés Lecaros Concha, Jovino Novoa y José Joaquín Ugarte.434 Obtuvo en 1968 su grado de Licenciado, con distinción máxima. Su memoria de grado, Teoría sobre la Universidad, realizada junto a Jovino Novoa, fue dirigida por el profesor Julio Philippi.435 Obtuvo los premios Monseñor Carlos Casanueva y el del Instituto de Ciencias Penales.436

En la UC, fundó oficialmente en marzo de 1967 el Movimiento Gremial Universitario, corriente que un año más tarde accede por primera vez a la presidencia de la Federación de Estudiantes (FEUC).437 Desde 1968 y hasta el día de su muerte, desempeñó funciones docentes en la misma casa de estudios, como profesor de Teoría Política y Derecho Constitucional, dejando, en todo caso, pocos trabajos o publicaciones académicas o científicas.438 Entre 1975 y 1985, fue profesor de Ciencia Política de la ANEPE.439

En 1970, en medio de la elección presidencial, profundiza su relación con el expresidente Jorge Alessandri, de quien será muy cercano hasta su muerte en 1986, y quien será su gran referente político.440 Fue un férreo opositor al gobierno de la Unidad Popular liderado por el presidente Salvador Allende (1970-1973), participando del grupo de extrema derecha Patria Libertad, el que abandona cuando este comienza a propiciar la lucha armada contra la UP.441 Asimismo, comienza a destacarse como panelista estable del importante programa político de televisión “A esta hora se improvisa”, y comienza una larga trayectoria como redactor y columnista en diversos diarios (El Mercurio, La Tercera y La Segunda) y revistas nacionales (como Realidad y luego Qué Pasa y Ercilla).442

Entre finales de septiembre de 1973 y octubre de 1978, convocado por la Junta militar, formó parte de la Comisión de Estudios de la Nueva Constitución (CENC o también “Comisión Ortúzar” por su Presidente), encargada de estudiar y proponer un anteproyecto de nueva Constitución Política que, en definitiva, será la base de la Constitución de 1980. Fue, además, asesor del régimen en materias jurídico-políticas entre 1973 y 1983, e integró la Comisión Asesora de las Leyes Orgánicas Constitucionales entre 1983 y 1989.443 Su participación y rol de “ideólogo” o “cerebro gris” de la dictadura, ha sido objeto de permanente crítica y cuestionamiento.444 A pesar de ello, se le reconoce haber enfrentado a la cúpula del órgano de inteligencia (DINA) y promover su disolución, haber enfrentado a los sectores nacionalistas o “duros” del régimen, e intercedido ante las autoridades para salvar la vida de numerosas personas.445 Una vez dado a conocer el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, en 1991, no cuestionará la evidencia de las violaciones masivas y sistemáticas a los derechos humanos ocurridas en el periodo 1973-1990, pero sí el marco histórico interpretativo de los hechos, que a su juicio buscó atenuar la responsabilidad del gobierno de la UP como causante principal de “la situación de guerra civil a la cual fuimos arrastrados”.446

Fue fundador del partido político de derecha Unión Demócrata Independiente (UDI) y su presidente entre 1983 y 1987, el que, tras una frustrada fusión de menos de un año con otros movimientos de derecha para fundar Renovación Nacional entre abril de 1987 y marzo de 1988, incluyendo la expulsión de Guzmán de RN, se reconstituye posteriormente como UDI. En 1989 fue electo Senador de la República por la circunscripción Santiago Poniente.

Fue amante de la buena mesa, del fútbol –especialmente, del Club Deportivo Universidad Católica–, de dirigir partidos como árbitro y del Festival de Viña del Mar, que frecuentaba.447 Asimismo, sus dos libros favoritos serán El Principito de Saint-Exupéry, y El Estado y la Revolución de Lenin.448 “Detestará por sobre todas las cosas”, “el odio, el cinismo y el marxismo”. 449 También es importante destacar en un plano personal que, desde muy joven, quiso consagrar su vida al sacerdocio, vocación que cambió por la de la política en los años universitarios. Con todo, son diversos los testimonios de sus últimos años en que reflexionaba con sus cercanos la posibilidad de retomar su primera vocación; en efecto, “su vida entera fue una búsqueda de caminos de conjugación entre lo político y lo religioso”, y, en sus propias palabras, sus causas más profundas las del “catolicismo y de Chile”.450 Así, entendió que la vida lo fue llevando hacia la docencia y la política, “entendidas ambas como una manera de ejercer el apostolado”.451

El 1 de abril de 1991, cuando abandonaba el Campus Oriente de la Pontificia Universidad Católica de Chile luego de impartir su clase de Derecho Constitucional, fue asesinado por el Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR). Una semana antes de su muerte, votó en contra de una reforma constitucional que otorgó al Presidente de la República la facultad para indultar terroristas. En ese momento, era considerado la figura más importante de la oposición.452 En su funeral, Juan de Dios Vial Correa, Rector de la UC, y hablando en representación de esta, se preguntaba respecto de este “horror”, de esta “injusticia”, reivindicando su legado.453 La Fundación que lleva su nombre, creada tras su muerte, tiene por objeto promover su ideario, especialmente en las generaciones más jóvenes. También ha tenido un rol fundamental en la búsqueda de justicia por su asesinato.454

2. EL CAMINO REFUNDACIONAL, LA CENC Y LA CONSTITUCIÓN DE 1980

2.1. La temprana tesis refundacional de Guzmán

Ya en los primeros días posteriores al golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, la Junta de Gobierno, compuesta por el general Pinochet, el almirante Merino, el general Leigh y el general Mendoza, y sus respectivos asesores legales, comienzan a esbozar los lineamientos en torno a lo que será la arquitectura jurídica del régimen. Las preguntas respecto de la vigencia de la Carta de 1925, el ámbito de atribuciones de la Junta, el ejercicio del poder constituyente y legislativo por parte de esta, entre otras, comienzan a sucederse, y tempranamente a encontrar respuestas.455 El “legalismo” del régimen parecía ser un temprano sustituto de la legitimidad.456

 

Son días de total incertidumbre. Las comunicaciones a la población de las decisiones y “nuevas reglas” de la Junta provienen de bandos.457 Luego, serán reemplazados por decretos leyes. Así, el DL N° 1, de 18 de septiembre de 1973, establece el Acta de Constitución de la Junta de Gobierno, y cuyos tres considerandos desarrollan de manera sintética las justificaciones del rol al que se siente llamada la misma.458

Más importante para nuestros propósitos resulta el Decreto Ley N° 128, de 16 de noviembre de 1973 que “Aclara el sentido y alcance del artículo 1° del DL N° 1, de 1973”, que dispone: “La Junta de Gobierno ha asumido desde el 11 de septiembre de 1973 el ejercicio de los Poderes Constituyente, Legislativo y Ejecutivo” (artículo 1°).459 Destacan también el DL N° 527, de 26 de junio de 1974, Estatuto de la Junta de Gobierno, que precisa sus potestades constitucionales, legislativas, ejecutivas y otras, y su ejercicio;460 y el DL N° 788, de 2 de diciembre de 1974, que “Dicta normas sobre el ejercicio del Poder Constituyente”, disponiendo que los decretos leyes ya dictados tienen el carácter de normas modificatorias, expresa o tácitamente, total o parcialmente, de la Carta de 1925, en cuanto sean contrarios o se opongan a estas (artículo 1°) y que, respecto de los decretos leyes futuros, bajo las mismas hipótesis, la modificarán “en lo pertinente solo si de manera explícita se señala que la Junta de Gobierno lo dicta en el ejercicio de la Potestad Constituyente que le corresponde” (artículo 3°).461 Como veremos más adelante, bajo este contexto de creciente institucionalización jurídica del régimen, pero de desconstitucionalización y falta de certeza acerca de las reglas constitucionales, es que surgen las actas constitucionales.462

Esta dimensión estrictamente jurídica de la arquitectura del nuevo régimen no debe, claro está, esconder u opacar las definiciones políticas que se tomaban. En efecto, distintos sectores políticos estimaban que se trataba de un régimen transitorio, teniendo como fecha “horizonte” de “devolución” del poder a los civiles, noviembre de 1976, esto es, el término del periodo para el cual el presidente Allende había sido electo.463 Como señala Cea, sin perjuicio de que, tras un breve lapso inicial de “confusión o incertidumbre”, sobre la base de interpretaciones de algunos de los primeros bandos que apuntan a la restauración de la institucionalidad quebrantada, “por el solo lapso en que las circunstancias lo exijan”,464 potencialmente indicativo de reinstaurar la Carta de 1925, la Constitución de 1980 fue “concebida, estudiada, redactada y aprobada con propósito de reemplazar a la Carta Fundamental precedente”, no habiendo duda de que “el Gobierno de la época tuvo siempre presente la idea de implantar una nueva Constitución”.465

Bajo este contexto, cabe preguntarse acerca de la génesis de una tesis refundacional en esta materia. ¿Por qué una nueva Constitución? Ya hemos visto cómo Godoy nos ha planteado que lo peculiar de la Carta de 1980 es que, por primera vez, y a diferencia de las cartas de 1833 y 1925, demuestra la contradicción entre varias de sus reglas e instituciones con los esenciales constitucionales chilenos, con la “metaconstitución”.466 O, como ha observado lúcidamente y de manera más reciente Fontaine, si para el golpe del 11 de septiembre de 1973, ambos bandos defienden su accionar sobre la base de la Carta de 1925, ¿no es lo lógico en ese momento reformar, perfeccionar para reinstaurarla, retomarla desde ese punto? ¿No es la actitud o disposición natural de un conservador, como Guzmán, la de reformar para conservar, pero no la de refundar?467 O, siguiendo a Ossa, ¿no es acaso lo opuesto al espíritu conservador, el proponer un camino revolucionario, constructivista, carte blanche, como criticaría duramente Burke a los revolucionarios franceses?468

Un temprano memorándum “La junta y su opción como destino histórico. Implicancias próximas”, cuya autoría es del denominado “Comité Creativo”,469 entrega las primeras respuestas.470 Su autor material es Jaime Guzmán, quien había ingresado tempranamente al nuevo gobierno en condición de asesor jurídico-político en los días posteriores al golpe,471 lo que a su juicio era “la actitud que debía adoptar un demócrata”, con “sentido patriótico”, luego de haber “propiciado la intervención militar del 11 de septiembre”.472

El referido memorándum comienza señalando en la sección I “La Junta y su opción como destino histórico. Implicancias próximas”, que “la imagen exacta que haya que proyectar de la Junta”, estará directamente relacionada “con lo que sea su opción como destino histórico”, y que “está absolutamente claro que el actual Gobierno es transitorio”, porque “Chile es un país democrático y, al cabo de algunos años de tomar la tarea de reconstrucción moral, institucional y económica, deberá volver a la democracia”. Sin perjuicio de lo anterior, y del hecho de que “las autoridades políticas volverán a ser elegidas a través del sufragio universal, canalizado por medio de partidos políticos y corrientes independientes de opinión”, en lo que “la Junta ha sido explícita desde el primer momento”, será la “nueva Constitución” la que “depurará a nuestro sistema político de los vicios institucionales que facilitaron su destrucción”. 473

Luego, el memorándum precisa que lo anterior refleja el “esqueleto jurídico” de la problemática. Lo relevante, con todo, es “determinar las características del cuerpo vivo que habrá de hacerlo operante”, determinación que se propone como alternativas binarias: o bien, “la Junta se limita a ser un paréntesis histórico en la vida nacional, restituyendo luego el Poder a la lucha entre los mismos conglomerados partidistas que existían antes del 11 de Septiembre, exceptuados oficialmente los marxistas”, o “la Junta asume la misión de abrir una nueva etapa en la historia nacional, proyectando su acción en un régimen que prolongue por largo tiempo la filosofía, el espíritu y el estilo de las Fuerzas Armadas, todo ello a través de un nuevo movimiento cívico que sea el vehículo de respaldo futuro al actual Gobierno y de expresión de la mayoría ciudadana cuando el país retorne a la democracia”. Así, continúa el memorándum, la primera opción fue tomada por la revolución militar argentina reciente; en cambio, “la gestión de Portales y el proceso constitucional de 1833 en Chile, constituye una muestra de la segunda”.474

Para promover la segunda alternativa y evadir el “paréntesis histórico”, “cuyos actos van a ser juzgados relativamente pronto de acuerdo a criterios democráticos”,475 sostendrá que “la necesidad de corregir males preexistentes no es nunca argumento suficiente para justificar medidas de esa envergadura conflictiva [“bombardeo de la Moneda”, “suicidio de Allende”, “numerosas ejecuciones dictadas por consejos de guerra”, entre otros ejemplos que se dan]. Es la creación nueva lo único que puede darles sentido suficiente, a la vez que modificar los criterios con arreglo a los cuales se enjuician los hechos”.476 Finaliza esta parte, señalando que “[e]n la perspectiva de abrir duraderamente un nuevo periodo histórico, la Junta no debe temer a la dureza sino, por el contrario, considerar a esta como su mejor clave de éxito”.477

No se debe olvidar que, a comienzos de 1969, Guzmán escribía sobre el miedo, el temor, del ciudadano a discrepar en forma pública, abierta y personal frente al poder estatal, síntoma que aquejaba la realidad político-social chilena.478 A la base de ese miedo, diagnostica Guzmán, se encuentra el estatismo, el que “ha ido invadiendo y controlando progresivamente los más variados campos de la actividad nacional… De ahí al miedo colectivo no hay sino una mínima distancia”.479 Lo más interesante es la solución que propone: “Alguien podría pensar que gran parte de la solución reside en el cambio del actual gobierno [DC]. Pero ello no es sino una parte muy limitada de la solución… Más que eso, aun cambiando el gobierno, la amenaza de una nueva aventura de miedo colectivo –acaso todavía peor– seguirá latente”. En consecuencia, prosigue, “solo el abandono del camino estatista puede solucionar el problema por su misma base. El gran desafío del desarrollo es el de no buscarlo a costa de la libertad. Y el “subsidiarismo estatal” parece ser la expresión contemporánea de esa libertad. Por eso, el éxito en dicho desafío depende de la alternativa que se escoja para el futuro, en cuanto a la relación Estado-individuo”.480

Así, de la esencia de “corregir males preexistentes” y la “creación nueva” que abra “una nueva etapa en la historia nacional”, es la creación de una “Comisión Constituyente”, para que estudie y redacte una propuesta de “nueva Constitución”.481 Por lo demás, ya en la primera sesión de la Junta se había informado que Jaime Guzmán lideraba un grupo de estudio en este sentido.482

2.2. Alternativas enfrentadas: la propuesta refundacional de la CENC vs. la reformista de Jorge Alessandri

A menos de dos semanas de producido el golpe, el 24 de septiembre, se reúne la “Comisión Constituyente” por primera vez, integrada por Enrique Ortúzar, Sergio Díez, Jorge Ovalle y Jaime Guzmán,483 eligiéndose al primero como Presidente, con su abstención.484 En la primera sesión, se discutió respecto del objetivo de la comisión, reformar la Carta de 1925 o estudiar una nueva.485 Se sumarán, el 9 de octubre del mismo año a la Comisión, el profesor Enrique Evans de la Cuadra, y el presidente del Colegio de Abogados y destacado constitucionalista, Alejandro Silva Bascuñán –ambos vinculados a la Democracia Cristiana–486 y Gustavo Lorca.487 El Decreto Supremo N° 1.064, de 25 de octubre de 1973, la crea oficialmente: “Designa comisión para que estudie, elabore y proponga un anteproyecto de una Nueva Constitución Política del Estado”.488 El Secretario de la Comisión será Rafael Eyzaguirre, y como Prosecretario y Secretario subrogante se designa a Rafael Larraín. Posteriormente, con fecha 21 de diciembre de 1973, se designó también como comisionada a Alicia Romo.489

La Comisión de Estudios de la Nueva Constitución Política del Estado (CENC o “Comisión Ortúzar” por su Presidente), nombre que adoptará en septiembre de 1976 para precisar su naturaleza asesora,490 desarrolló su trabajo en 417 sesiones entre finales de septiembre de 1973 y mediados de octubre de 1978,491 por regla general, en sesiones privadas.492 Para unos, lo hizo con “considerable autonomía” respecto de la Junta, la que no le fijó ni un plazo de término ni definió contenidos sustantivos o procedimentales;493 para otros, Pinochet tenía “la más plena tuición de las tareas emprendidas” por la Comisión.494

La CENC estableció tempranamente sus reglas de funcionamiento, definió diversas subcomisiones de trabajo para desarrollar estudios preparatorios: Derecho de propiedad, Poder Judicial, Estatuto de los medios de comunicación social, Sistema electoral y estatuto de los partidos políticos, Régimen Administrativo Interior y Descentralización Administrativa y Regional, y otro sobre materias contencioso administrativas.495

Asimismo, resolvió tempranamente escuchar las opiniones de profesores de derecho público y expertos de otras materias especializadas, concurriendo, en definitiva, más de veinte, así como también representantes de la sociedad civil.496 Sus deliberaciones dan cuenta de que se trataba de un grupo que hablaba desde sus calidades de juristas y constitucionalistas,497 aunque también cumplían un rol político, como da cuenta el viaje de la “comisión de juristas”, con algunos miembros de la CENC, por diferentes lugares de Europa en diciembre de 1973, para reunirse con autoridades, políticos, colegios de abogados y académicos, comunicando a la comunidad internacional los sucesos recientes en Chile, justificando el golpe y el rol de la CENC. No será un viaje fácil; a la comisión se le tratará en Madrid de “asesinos como Franco” o enfrentará la protesta de cientos de personas en París pidiendo su salida del país. Los contactos del profesor Silva Bascuñán en París permitieron reuniones con algunos publicistas de prestigio (Burdeau, Drago, Chapsal o Cadart), quienes usualmente pedían su presencia sin acompañantes, y también fueron recibidos en el Trinity College de la Universidad de Cambridge.498

Con todo, como veremos más adelante, al poco andar del trabajo de la CENC comenzarán las tensiones respecto de expandir su rol inicial limitado a la elaboración de una propuesta de nueva Constitución, hacia una asesoría regular al régimen respecto de los decretos leyes constitucionales, primero, y las actas constitucionales, después.499

 

Por su composición, resulta evidente que, por un lado, desde la perspectiva de los paradigmas jurídico-constitucionales, destacan el significativo número de profesores de la UC (Evans, Silva Bascuñán, Díez y Guzmán) y, por el otro, desde la mirada político-intelectual, se trataba de juristas de derecha o de centro –de la posición conservadora de la Democracia Cristiana–, y en consecuencia, la crítica de una composición poco plural tanto en la cosmovisión jurídica como en la política, es certera.500 Para Cea, a pesar de que se recogieron testimonios de expertos constitucionalistas y de otros ámbitos (especialmente, el económico), “es difícil ignorar que las opiniones así oídas fueron seleccionadas, sobre todo ideológicamente, quedando valiosos punto de vista, por lo común disidentes, omitidos de los anales”.501 Por lo demás, la composición del grupo era indicativa del tipo de alianza política que se iba perfilando entre ciertos grupos de civiles y las Fuerzas Armadas.502

La publicación del DL N° 1.697, el 12 de marzo de 1977, que dispone la disolución definitiva de los partidos políticos que, tras el golpe, habían quedado en “receso”, importó la salida de los comisionados Evans y Silva Bascuñán.503 Dos meses más tarde salía Ovalle.504 En su reemplazo, en una ceremonia realizada el 9 de junio, con la presencia de Pinochet, fueron designados Luz Bulnes, Raúl Bertelsen y Juan de Dios Carmona.505

Un hito relevante en el trabajo de la CENC es el Oficio de “orientaciones” de Pinochet dirigido al presidente de la misma, con fecha 10 de noviembre de 1977,506 entregado algunos días más tarde cuando visitó a la comisión.507 Redactado por Guzmán, recoge las bases del “Plan de Chacarillas” dado a conocer el 9 de julio del mismo,508 dando cuenta de que la comisión “no podría limitarse a una mera Reforma Constitucional”, como su nombre y el decreto de su creación lo indican, sino preparar un anteproyecto de Nueva Constitución, “cuya concepción del Estado y del ejercicio de la soberanía preserve a la Nación de una nueva infiltración del marxismo-leninismo”, “desaliente los vicios demagógicos que prevalecieron en los últimos decenios”, y configure “una nueva democracia, cuyos caracteres más importantes he sintetizado bajo los términos de autoritaria, protegida, integradora, tecnificada y de auténtica participación social”.509 Tanto este oficio, como el discurso de Chacarillas, fueron redactados por Guzmán.510

El 16 agosto de 1978, la CENC envía a Pinochet el informe final que recoge la fundamentación e ideas precisas del anteproyecto de la nueva Constitución propuesta,511 de 301 carillas. Carecía de articulado “y tenía el aspecto de un ensayo de derecho constitucional”.512 Posteriormente, en medio de las críticas de que dicho informe debía tener la forma de articulado, la CENC envía el 18 octubre de ese año a Pinochet un nuevo documento, ahora bajo el formato de un anteproyecto de articulado. Contiene un preámbulo, 123 artículos distribuidos en catorce capítulos, y uno final de disposiciones transitorias (de once artículos).513 Esta última versión es enviada al Consejo de Estado,514 liderado por el expresidente Jorge Alessandri,515 que se avocó a su estudio entre noviembre de 1978 y julio de 1980, en 57 reuniones a puertas cerradas, sobre la base de actas reservadas,516 que solo de manera relativamente reciente han sido dadas a conocer.517 El Consejo elaboró un proyecto de nueva Constitución alternativo, con diversas e importantes modificaciones al anteproyecto de la CENC,518 que entregó a Pinochet y a la Junta el 1 de julio de 1980, siendo difundido ante los medios de comunicación el 9 de julio.519 Estaba compuesto de 120 normas permanentes incluidas en catorce capítulos más uno de disposiciones generales, y veintisiete disposiciones transitorias, incluyendo el “periodo de transición”. Este último fijaba en cinco años la continuidad de Pinochet como Presidente de la República y el de los miembros de la Junta, designándose inmediatamente un Congreso, nombrándose alcaldes, entre otros.520

En paralelo a la revisión por parte del Consejo de Estado, la Junta de Gobierno había comenzado a estudiar el anteproyecto de la CENC. Con todo, fue desde julio de 1980, en “sesiones maratónicas” que duraron un mes, en que el grupo de trabajo que conformó la Junta de ocho personas (el “grupo de los ocho”),521 principalmente militares y los ministros Sergio Fernández (Interior) y Mónica Madariaga (Justicia), se abocó a “zanjar” entre la propuesta más “conservadora” de Alessandri y el Consejo de Estado –por su apego a la Carta de 1925, “con menor acento en los aspectos doctrinarios y más afín a lo que significaba una reforma constitucional” y con una transición “corta” de 5 años–522, y la “refundacional” de la CENC. El grupo de trabajo elaboró un proyecto que se acercaba más a este último.523 No existen actas públicas hasta el día de hoy de esta labor.524 Una consecuencia relevante de la opción que, en definitiva, siguió Pinochet y la Junta, fue la renuncia de Alessandri al Consejo de Estado. El expresidente se habría sentido “atropellado”, al estudiar el proyecto definitivo de la Junta, y la distancia con su propuesta en aspectos sustantivos.525 Guzmán, por su parte, sostendrá que habría preferido el modelo de transición “corto” de Alessandri.526 Y es que la nueva transición propuesta por la Junta no se parecía en nada a la “corta” de Alessandri, pero tampoco a la de Chacarillas.527

El 10 de agosto de 1980, Pinochet anunciaba al país, que la Junta, en el ejercicio de la potestad constituyente, había aprobado la nueva Constitución (mediante DL N° 3.464), convocando a la ciudadanía a plebiscito el día 11 de septiembre con el objeto de ratificarla (DL N° 3.465),528 dando cuenta, una vez más, de por qué se había optado por una nueva Constitución y no una reforma constitucional, explicando por qué ello no desconocía nuestra tradición constitucional, sino que, más bien, la revitalizaba en su sentido esencial,529 y tenía como fin último garantizar la libertad, la seguridad, el progreso y la justicia.530 Asimismo, se propone el camino a una “nueva democracia”, estableciendo un régimen de gobierno sobre la base de la elección “de autoridades políticas a través del sufragio universal como método predominante, aunque no excluyente”, y con la aceptación de “diversas ideologías y tendencias en la generación del poder”, excluyendo “solo aquellas de signo totalitario, violentista o anárquico” incompatible con “la propia democracia, y más allá de eso, con la esencia de la chilenidad”. Adicionalmente se destaca el bien común como fin de la acción estatal, “desprendiéndose de ello el carácter subsidiario del Estado frente al individuo”.531 La pluma de Guzmán es, nuevamente, evidente. En paralelo, el 12 de agosto terminó de redactar Alessandri su renuncia al Consejo de Estado, pidiéndole al secretario del Consejo que la entregara al día siguiente del plebiscito, si triunfaba el apruebo, como ocurrió.532

En el plebiscito del 11 de septiembre se aprobó por amplia mayoría la Nueva Constitución; la opción apruebo superó el 67% de los sufragios, incluido el 1,3% de votos en blanco. El rechazo llegó al 30%.533 La Constitución de 1980 fue promulgada el 21 de octubre de 1980 en el Salón de Plenarios del Edificio Diego Portales. Luego fue oficiado un Tedeum por el cardenal Raúl Silva Henríquez, Arzobispo de Santiago. En el recién reconstruido y restaurado Palacio de La Moneda tuvo lugar la ceremonia de juramento de la nueva Carta Fundamental.534