Arauca: Una Escuela de Justicia Comunitaria para Colombia

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En tercer lugar, nuestra labor es la de aportar en el posicionamiento de las herramientas comunitarias. Su fortaleza y su impacto están marcados por su capacidad de incidir gracias al apoyo que reciben y a los canales mediante los cuales actúan. Entonces, como equipo académico tenemos una tarea de interlocución mediante la cual acompañemos la producción de capital social comunitario y construyamos puentes para generar condiciones para una interacción horizontal y un diálogo de saberes también con los diferentes actores presentes en el territorio, incluidos los operadores jurídicos.

Nuestra labor se dirige entonces a procurar el diálogo con actores e instancias situadas en espacios subalternos o marginales que, aunque no aparecen en los libros de historia, en los discursos políticos ni en los programas oficiales, cimentan algún nivel de convivencia y son lo más importante para que allí pueda continuar la vida en común. Más allá en las comunidades cuentan con muy poco. A esa escala, los códigos y las instituciones oficiales tienen muy poca o nula incidencia en la gestión de los conflictos y el orden social; mientras el uso directo de la fuerza, estatal o no, por basarse primordialmente en la intimidación, puede causar fractura en la comunidad y solo tiene un impacto limitado en el tiempo y en el espacio. Resulta evidente que las respuestas comunitarias a las necesidades de justicia son las que logran impactos sostenibles, y generalmente son las que llegan y resultan creíbles en cada sitio.

Con la misma perspectiva deben leerse los programas de acceso a la justicia que el Estado ha adelantado en este y otros territorios similares en el país. Lo que se ofrece son unas figuras que son sucedáneas de la justicia estatal, que cuentan con menos recursos, menos exigencias formales, casi nulo respaldo institucional y menos alcances para atender casos. En ellas no se ve la intención de incluir y recoger los procesos y las instancias puntuales existentes. Por ello, tampoco resultan creíbles y logran un impacto muy reducido. De hecho, pueden llegar dando palos de ciego al desconocer las prioridades en las necesidades de justicia que tiene la gente en cada lugar. Los irrisorios recursos que se les asignan4 no les permiten continuidad ni en el territorio —porque casi solo alcanzan la zona urbana de municipios rurales— ni en el tiempo —son inversiones episódicas, sin sostenibilidad financiera—, mientras que los actores y las instancias comunitarias están presentes todos los días, en lugares mucho más cercanos física, social y culturalmente para sus factibles usuarios.

LA ESCUELA EN ARAUCA

Llegar a una zona con una oferta insostenible de justicia causa un daño peor que la ausencia generalizada del Estado, porque genera unas expectativas que deslegitiman lo logrado por la comunidad a través de sus propias instancias o procedimientos y transforman intereses en pretensiones jurídicas que probablemente las instancias oficiales no van a poder garantizar. El acceso a la justicia, entendido como la finalidad de mejorar las condiciones de convivencia y garantía de los derechos, tiene mucho más sentido si se construye sobre lo que la comunidad misma prodiga, reconociendo sus limitaciones y sus alcances, sus ventajas y sus desventajas, sus carencias y sus aportes. La gestión de los conflictos y la convivencia puede avanzar mucho, incluso en los programas oficiales, si se apalanca en las capacidades comunitarias y se dirige a trabajar de la mano con sus propias instancias para superar los problemas que tienen.

Y en esa dirección se inscribe la labor de la Escuela de Justicia Comunitaria de la Universidad Nacional. Como actor externo, a través del diálogo y el análisis conjunto con los actores locales, la Escuela apunta a fortalecer en la comunidad la respuesta a las necesidades de justicia que se le presentan y a transformar la experiencia colectiva con la normatividad y los conflictos. Como equipo universitario, no solo aportamos saberes y herramientas que puedan ser apropiadas críticamente en nuestros escenarios directos de acción, sino que procuramos identificar y abstraer los elementos y aprendizajes que pueden favorecer a otros grupos humanos, a través de la gestión de conocimiento dirigido a obras escritas o a la labor pedagógica nuestra o de entidades colegas.

Es en ese sentido que encontramos en esta región una escuela para el país. En conjunto con los actores del Sarare hemos hecho aprendizajes sobre la justicia comunitaria que pueden irrigarse al resto del país para mejorar la respuesta a la conflictividad y la administración de justicia, cohesionarnos desde la diversidad, construirnos como nación desde los diferentes rincones del territorio y convivir pacíficamente en todas las escalas, estableciendo condiciones para que los conflictos sean tramitados adecuadamente desde los espacios más próximos.

En cuanto a lo primero, por la necesidad que tiene la comunidad de unos mínimos de armonía, es prioritario que la gestión comunitaria de los conflictos se realice con integralidad, sobre todo en estas zonas, donde la fortaleza interna de las instancias se funda sobre el propósito implícito de evitar que los conflictos desborden a la comunidad como condición para la sobrevivencia incluso física. En la comunidad puede conocerse el contexto de cada conflicto y los factores que inciden en su desarrollo o tratamiento. Para avanzar en esa gestión integral, debe contarse con herramientas —capacitación específica, recursos y respaldo— que eleven la calidad de las actuaciones y las decisiones e impactar positivamente en los factores que causan los conflictos y los escenarios en los que se generan. Tales herramientas deben afinarse para lograr ampliar progresivamente el espectro de asuntos frente a los que las instancias comunitarias han de actuar en sus diferentes momentos y complementarlas con una coordinación horizontal con la oferta de justicia que hace el Estado.

En cuanto a lo segundo, para prosperar o al menos convivir desde la diversidad de vectores sociales y culturales que confluyen en cada espacio, donde requieren de estructuras de relacionamiento, reglas de asignación, formas organizativas y pautas de comportamiento social, es necesario que la comunidad desarrolle conciencia sobre la existencia, los alcances y los límites de sus normas frente a las imposiciones de actores externos. Allí debe desarrollarse capacidad crítica para identificar las pautas de comportamiento que participan de la violencia cultural o estructural, y de esa forma discernir lo que ha de transformarse en ella misma de los cambios que deben promoverse hacia fuera, hasta el nivel nacional.

Finalmente, la convivencia pacífica es la finalidad que, si bien está presente en todas las experiencias de justicia comunitaria, determina el dinamismo con el que se produce en estas zonas de confrontación armada. Generalmente a partir de un caso, las instancias comunitarias pueden producir impactos de pacificación: desactivación de acciones de violencia directa, disminución de las pretensiones o las acciones de las partes, desmotivación del apalancamiento social en los actores armados y reducción de las posibilidades de sometimiento comunitario a las lógicas bélicas. Son aprendizajes que deben fortalecer a las comunidades internamente como substrato de una sociedad pacífica. Mientras no haya un proceso de paz entre los guerreros, que la guerra sea solo de ellos. Pero, quizás desde los acumulados en los saberes y recursos orgánicos de este Hiawatha subyacente, puede haber instrumentos para que nos convirtamos en un país que pueda vivir en paz.

Poner el énfasis en la experiencia comunitaria con la normatividad y la gestión de los conflictos no significa que lleguemos a las comunidades con las manos vacías desde el derecho y la administración de justicia. En nuestra Constitución Política nacional actual existe una poderosa oferta que en muchos aspectos debe construirse como realidad en la sociedad para llegar a ser el país democrático, garante del amplio catálogo de los derechos humanos, incluyente y participativo que se anuncia desde la cabeza de nuestro ordenamiento jurídico. Es necesario que las prácticas sociales y las dinámicas de poder realmente existentes llenen de contenido esos marcos de acción.

Uno de los temas a construir socialmente de cara al ordenamiento es el de la justicia comunitaria, para la que se establecieron unos vértices en la propia Constitución Política de 1991, a ser desarrollados no solo mediante leyes y reglamentos, sino, principalmente, mediante el encuentro de las figuras legales con las instancias y las dinámicas sociales que tendrían vocación de llenarlas de contenido e impacto en la realidad. Si bien existen otras modalidades de justicia comunitaria, aun en el sistema jurídico, aquí nos ocupamos de las dos figuras que tienen potencialidad y desarrollos sociales en Arauca: la justicia indígena y la justicia en equidad.

En el departamento existen cinco pueblos indígenas organizados en más de veinte comunidades que, además de los problemas que padece el resto de la población, han sido discriminados, excluidos y expulsados paulatinamente de sus territorios. Aunque ellos han logrado sostener sus idiomas, sus estructuras normativas y cierta institucionalidad, la mayoría se encuentran en grave riesgo de extinción étnica e, incluso, física. Haciéndose necesario un plan de salvaguarda (Auto 003 y 004 de la Corte Constitucional de Colombia) dentro del cual descuella el componente gobierno propio y jurisdicción indígena a tono con el artículo 246 y otras normas de la Constitución Política. Si bien ha avanzado un proceso de reconstrucción y fortalecimiento interno, el principal esfuerzo ha sido el dirigido al reconocimiento externo de las instancias, los procedimientos y las normas de cada comunidad, en las instancias estatales.

 

De otra parte, nueve de cada diez pobladores rurales y urbanos del Sarare son criollos y guates. Entre ellos, pese a su diversidad, encontramos las instancias y normas que se articulan con diferentes procesos organizativos, especialmente la junta de acción comunal que opera con un amplio mandato, por legitimidad y eficacia, como gobierno comunitario y de gestión de conflictos. La sostenibilidad de dichas instancias y normas puede garantizarse si se logra que una figura como la conciliación en equidad, creada también en 1991, les proporcione los canales de interacción con el ordenamiento jurídico nacional sin despojarlas de sus capacidades alcanzadas y los potenciales por desarrollar.

Así, tanto la jurisdicción indígena como la justicia en equidad constituyen una oportunidad real de que nuestra institucionalidad nacional se fortalezca con el contenido que puede proporcionarle nuestra diversidad cultural y social. La jurisdicción indígena se funda en el reconocimiento constituyente de que las comunidades indígenas cuentan con su propio orden jurídico. Por tanto, las autoridades del Estado tienen el deber de interactuar y cooperar con ellas y someterse a su autoridad en lo que tienen competencia. La justicia en equidad remite al consenso de las partes, a las normas propias y a los valores de cada comunidad como la sustancia de las decisiones.

Como puede verse, una y otra ofrecen en esencia marcos legales mínimos —siendo más acotados para la justicia en equidad— que permiten conectar los procesos sociales y culturales existentes a la juridicidad nacional. Desde allí, puede establecerse una interlocución con las instancias homólogas del Estado para construir y desarrollar dinámicas de cooperación y apoyo mutuo.

Pero nada de eso se logra automáticamente. Ha sido necesario desarrollar varios procesos simultáneos en que nos hemos comprometido como EJCUN: 1) procesos de interacción y de diálogo que vayan generando los puentes en el territorio, un lenguaje, objetivos, complementariedades, además de rutas en común entre procesos que han estado históricamente distanciados y apenas empiezan a superar la desconfianza mutua; 2) procesos ante los programas nacionales para superar el centralismo opresivo que reproduce la rigidez —que no ha podido imponerse en el territorio a lo largo de la historia— mediante formatos inamovibles que no estiman la construcción colectiva y controlados por actores ajenos al territorio; y 3) procesos ante los actores armados que se desenvuelven en niveles muy diferentes de la confrontación bélica, para que no obstaculicen la operación de la justicia en equidad y su aporte en la edificación de democracia local.

Como equipo de la Universidad venimos trabajando con esa perspectiva desde el año 2005 en Arauca. Ciertamente, con las comunidades indígenas solo ha sido posible desarrollar una labor episódica y puntual. Salvo, entre 2010 y 2012, cuando acompañamos el arranque de un proceso profundo de todas las comunidades indígenas u’wa, hitnü, macaguane, betoyes, sikuani, para el fortalecimiento del gobierno y la justicia propios, gracias a una alianza con la asociación departamental de cabildos y al compromiso institucional de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR).

En cambio, la labor con la justicia en equidad ha sido más constante. Desde 2006, la EJCUN viene empeñada en la tarea de construir al lado de actores, principalmente comunitarios, una conciliación en equidad que sea el puente que permita que las dinámicas comunitarias de gestión de la conflictividad y la regulación social ganen presencia y eficacia desde las respuestas propias a los problemas propios y encuentren maneras de trabajar de la mano con la oferta estatal, para, desde allí, potenciar su aporte a la paz de la región y del país.

ESTA OBRA

Este libro da cuenta de la contribución que, desde este equipo de la Universidad Nacional, hacemos en la búsqueda de una suerte de Hiawatha sarareño, en un escenario de compleja conflictividad social intensamente impactada por la guerra y afectada por la carencia de potencia del Estado para gestionar las controversias, ordenar el territorio y garantizar la oferta de derechos establecida en sus leyes. La obra se organiza en tres partes. En la primera, se describe el escenario; en la segunda, se da cuenta de la manera como se produce la acción y la interacción de la Escuela en el territorio; y en la tercera, se describen las dos principales estrategias.

La primera parte recoge tres trabajos que buscan generar una aproximación al territorio, desde la perspectiva específica de la regulación social y el acceso a la justicia. En el primer capítulo, se desarrolla una mirada documentada y analítica sobre la incidencia de las dinámicas de poder y de violencia predominantes en el Sarare, que enmarcan la gestión de los conflictos y encauzan las conductas sociales. En el segundo capítulo, se estudia la manera como la diversidad cultural y social participan en la fragmentación y estructuración de un territorio con dinámicas de violencia que trascienden el fenómeno de la guerra. En el tercer capítulo, se describen la diversidad de instancias y procedimientos que determinan la manera como se produce la gestión de los conflictos, principalmente en las zonas rurales.

La segunda parte refiere la manera en la que se ha decantado la postura política respecto del alcance del concepto de justicia comunitaria, a partir de la delimitación del concepto y su enfoque como proceso social transformador. En ella buscamos describir y analizar la orientación de la acción territorial para construir proyecto de nación desde la regulación social y la gestión de la conflictividad. Para ello, se divide en tres capítulos.

El capítulo cuarto presenta las apuestas política y metodológica de la Escuela de Justicia Comunitaria, con miras a situar su lugar de enunciación. Además, presenta la propuesta que la Escuela le plantea al país, propuesta que existe en buena parte gracias al trasegar territorial araucano. En ella sustentamos por qué y cómo podemos ordenar jurídicamente nuestros territorios, incluyendo las necesidades y los acumulados institucionales que se producen incluso en la periferia del país. En el quinto capítulo, exploramos de nuevo la manera como interactúa la justicia en equidad en un territorio como el araucano, y presentamos la justicia comunitaria como un concepto aplicado desde las figuras reconocidas y no reconocidas vigentes en múltiples contextos. Este capítulo permite ver un contraste claro con denominaciones impulsadas desde una visión del Estado neoliberal que restringen su cariz transformador. En la Escuela nos sentimos orgullosos de los avances ejemplares que ha tenido la figura en la región; sin embargo, las tendencias del Estado y su burocracia han reducido sus alcances haciéndose necesario buscar nuevas salidas que la fortalezcan como justicia comunitaria. El último capítulo de esta segunda parte describe el proceso de impulso a la justicia en equidad en el territorio araucano, desde su concepción como construcción social y regional de la justicia, en un diálogo entre las situaciones contextuales que determinaron su configuración inicial, evolución y transformación hacia la necesaria búsqueda de la paz. Allí, los autores hacen una lectura de su propia experiencia como protagonistas desde la Escuela del proceso en el que hemos estado trabajando durante tres lustros. También, muestran cómo la interacción sostenida en el territorio nos enseña y nos lleva a cambiar. Los procesos golondrina que apenas se posan en el territorio por unos meses no tienen que cambiar porque es posible que ni siquiera lleguen a entenderlo.

La tercera parte del libro muestra aspectos destacados de la experiencia de la Escuela en la región: la figura de los conciliadores en equidad y el aporte más importante que se está haciendo desde allí a una estrategia nacional de acceso a la justicia. Por lo tanto, esta parte final es una lectura de los aprendizajes araucanos en dos capítulos.

El séptimo capítulo plantea la comprensión del aporte de los conciliadores en equidad como autoridades comunitarias, entendidos como capacidades locales para la paz desde un enfoque que se orienta a entender su dimensión humana y el aporte que desde su liderazgo hacen a la paz. Gracias a ello puede apreciarse cómo la selección de las personas más valiosas para una práctica que transforme el ideario de justicia lleva a logros si se combina con una metodología de trabajo que se centra en fortalecer su capacidad de conocer y gestionar las normas y los poderes que determinan la vida en su comunidad. El octavo capítulo hace una aproximación a la manera como se están trabajando los Sistemas Locales de Justicia (SLJ) en el Sarare. Es el planteamiento que recoge los mayores aprendizajes que el territorio araucano lega al resto del país: la configuración de los SLJ como la principal política pública regional de acceso a la justicia, desde sus dos principales dinámicas, la articulación de los operadores y actores de justicia para el diseño e implementación de rutas de acceso a la justicia y el reconocimiento y acompañamiento de las dinámicas de justicia comunitaria en lo veredal, en la figura de Terminales Rurales de Justicia (TRJ). Aquí nos centramos en esta figura como instancia de acceso que produce un impacto sostenible de las instancias estatales mientras se presenta como herramienta efectiva para recoger las capacidades desarrolladas en las comunidades.

Así pues, se cristaliza con este libro un proceso de reflexión alrededor de una experiencia que no solo ha contribuido a transformar el territorio a partir de la intervención de los conflictos, sino a hacer un ejercicio académico situado en los bordes de la juridicidad estatal, allí en donde las comunidades marginales y subalternas inventan y recrean mundos posibles que transforman en esperanza el contexto de guerra al que se resisten en los campos material y simbólico, de tal manera que se pueda reconocer en la academia colombiana que Arauca es una Escuela de Justicia Comunitaria para el resto del país, y, por qué no, para el continente.

Notas

1 Viejos pobladores refieren que en su infancia conocieron la televisión y los símbolos patrios de Venezuela antes que los colombianos.

2 Por ejemplo, es notoria la frustración que produjo en la región la indiferencia nacional que se tuvo con el Sarare en la celebración del Bicentenario de la Independencia, a pesar de la enorme valoración que tiene en la región el encuentro histórico de Bolívar y Santander, por considerar a Tame el punto de partida de la victoria independentista.

3 Está instalada en la memoria de los más viejos como fueron testigos directos de lo que se llamaba “guahibiadas” que eran jornadas en las que grupos de población “criolla” o “guate” cazaban como a manadas de animales silvestres a grupos indígenas en su propio territorio.

4 El dinero invertido o canalizado por el Estado para el programa de Conciliación en Equidad en los cuatro municipios es aproximadamente de USD 400.000 en tres lustros; cifra similar a lo que cuesta una inspección de policía, el menos costoso de los operadores de justicia estatal, en el mismo tiempo.