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G633

Estado del arte de los delitos de omisión en Colombia / Martha Isabel Gómez Vélez

Medellín, Colombia : Ediciones UNAULA, 2021.

105 páginas (Libro Resultado de Investigación)

ISBN : 978-958-5495-83-8

I. 1. Derecho penal – Colombia

2. Comisión por omisión del delito (Derecho penal) – Colombia

3. Omisión propia (Derecho penal) – Colombia

4. Omisión impropia (Derecho penal) – Colombia

II. 1. Gómez Vélez, Martha Isabel

Serie: Libro Resultado de Investigación

Ediciones UNAULA

Marca registrada del Fondo Editorial UNAULA

Texto resultado de investigaciones realizadas por el Grupo de Investigación Ratio Juris de la Universidad Autónoma Latinoamericana UNAULA, en el contexto del proyecto: “Estado constitucional de derecho, injusto material y sistema de regulación de los delitos de omisión propia e impropia en el código penal colombiano”. Código 28–000003 – Convocatoria 01 de 2018.

ESTADO DEL ARTE DE LOS DELITOS DE OMISIÓN EN COLOMBIA

Martha Isabel Gómez Vélez

Auxiliares de investigación:

David López Gómez, María Camila Gómez Vélez y Cindy Vanessa Escobar

Grupo de investigación:

Grupo de Investigación Ratio Juris

Primera edición: Ediciones UNAULA, octubre de 2021

ISBN: 978-958-5495-83-8

ISBN-e: 978-958-5495-84-5

© Universidad Autónoma Latinoamericana

© Martha Isabel Gómez Vélez

Hechos todos los depósitos legales que exige la Ley

Derechos de autor reservados

CORRECCIÓN DE TEXTOS

Ana Agudelo de Marín

DIAGRAMACIÓN E IMPRESIÓN

Taller Artes y Letras s.a.s.

Hecho en Medellín - Colombia

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Cra. 55 No. 49-51 Medellín - Colombia

PBX: [57+4] 511 2199

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“Sin embargo, no nos damos cuenta de que todos los esfuerzos económicos y personales inútiles que se destinan al castigo, que no generan otra cosa que dolor, se podrían emplear en potenciar otro tipo de respuestas más humanas y más adecuadas a las necesidades personales y sociales. Sólo así se podrá dejar de decir, como dice otro autor italiano, que «la Justicia lava la sangre con sangre», se dejará de ver como única solución el castigo, se entenderá que la intimidación es una infamia”

Paz Francés Lecumberri y Diana Restrepo Rodríguez Introducción a la obra en castellano De los dolores y de las penas, de Vincenzo Guagliardo

Tabla de contenido

1. Acercamiento metodológico al «estado del arte»

2. Delimitación del problema para el estado del arte

3. Universo de estudio del estado del arte de los delitos de omisión en Colombia

4. Temáticas trabajadas en los textos seleccionados

Los delitos de omisión

La omisión propia

Posición de garante

La cláusula de equiparación

Causalidad hipotética o nexo de evitación

Breve referencia al parágrafo del artículo 25

Conclusiones

Referencias

Notas al pie

RESUMEN

El texto corresponde al informe final de investigación del proyecto titulado “Estado constitucional de derecho, injusto material y sistema de regulación de los delitos de omisión propia e impropia en el Código Penal colombiano” realizado en convenio entre la Universidad de Antioquia y la Universidad Autónoma Latinoamericana.

Se presenta en el formato de la estrategia de investigación denominada estado del arte. Su objetivo básico es sintetizar los resultados principales de este ejercicio en la problemática de los delitos de omisión en Colombia.

En primer lugar, se realizó un análisis general del estado del arte previo, para luego mostrar cómo se llevó a cabo el estado del arte específico de los delitos de omisión en Colombia: delimitar el problema, especificar el universo de estudio finalmente trabajado, y poner en práctica el estado del arte mediante las categorías trabajadas.

PALABRAS CLAVE

Delitos de omisión en Colombia, estado del arte, omisión propia, omisión impropia, posición de garante, cláusula de equiparación, nexo de evitación.

INTRODUCCIÓN

Este documento corresponde a un segmento del informe final de investigación del proyecto titulado “Estado constitucional de derecho, injusto material y sistema de regulación de los delitos de omisión propia e impropia en el Código Penal colombiano”, realizado en convenio con la profesora Diana Patricia Arias Holguín de la Universidad de Antioquia, investigadora principal del proyecto; gracias a su invitación, la autora de este informe participó en el proyecto. La ejecución se inició en la Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA) el 29 de junio de 2018, finalizó el 15 de diciembre de 2019. En la investigación participaron dos personas más, invitadas de las universidades, en calidad de coinvestigadores; recurso que facilitó hacer un reparto temático para abordar toda la problemática fijada en la investigación, realmente bastante amplia.

La labor cumplida por la investigadora de UNAULA consistió específicamente en un ejercicio de rastreo, sistematización y análisis de toda la doctrina nacional sobre los delitos de omisión. Con esta información se construyó un documento elaborado con la investigadora principal de la Universidad de Antioquia. Esto implicó un ejercicio de reflexión más complejo de lo programado al inicio, porque se encontró que había más dogmática nacional de los delitos de omisión que la inicialmente estimada. El análisis implicó generar conversación y debate entre las propuestas que se empezaron a encontrar en los textos finalmente seleccionados. De allí surgió la necesidad de dedicar el informe final de investigación a una memoria metodológica que diera cuenta de la herramienta denominada «Estado del Arte». Constituyó el ejercicio principal realizado por la investigadora de UNAULA en el proyecto.

Conforme a lo expresado, el objeto de la investigación es mucho más amplio de lo desarrollado en el informe. No obstante, se puede decir que con el presente informe se da cuenta de uno de los objetivos específicos del proyecto, que resultó más ambicioso de avizorado en un comienzo. Todo un aprendizaje metodológico para el equipo de investigadoras.

La pregunta de investigación planteada fue: ¿Es posible una interpretación restrictiva del artículo 25 del Código Penal colombiano (CP) y de los delitos de omisión propia (artículos 127 y ss.; y el artículo 131 del CP), compatibles con una perspectiva de injusto material? El objetivo que agotó la investigadora de UNAULA fue “valorar la capacidad que tiene el debate de la teoría general del delito de servir a la tarea de interpretar los tipos de omisión propia e impropia en el ordenamiento colombiano, desde una perspectiva compatible con el Estado constitucional de derecho”.

Para la ejecución del objetivo fueron necesarios dos pasos principales. El primero: implicó la realización del estado del arte; el segundo, que se plasma en el producto final de la investigación, fue precisamente analizar esa capacidad de todas las propuestas dogmáticas para aportar a la interpretación limitada de los delitos de omisión a la luz del Estado constitucional de derecho.

Respecto al ejercicio metodológico, se planteó como una investigación cualitativa de corte documental, lo que suponía utilizar un enfoque descriptivo y hermenéutico de todas las fuentes utilizadas, que fueron principalmente el Código Penal (ley 599 de 2000), sentencias de la Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación Penal y de la Corte Constitucional y, por supuesto, en el caso concreto de la investigadora de UNAULA, se utilizaron fuentes bibliográficas que consignaban el trabajo de la dogmática penal en el país, todos estos materiales enfocados en los delitos de omisión en Colombia. Con esta información se procedió, en primer lugar, a su rastreo, mediante visitas a bibliotecas y centros de documentación de la ciudad de Medellín y la consulta de bases de datos y páginas web institucionales para la búsqueda normativa y jurisprudencial. Con la información rastreada se procedió a hacer una selección de los documentos más relevantes y más centrados en el tema de investigación; una vez seleccionados, se procedió a fichar y analizar la información mediante las palabras clave y las observaciones que se redactaban en la misma ficha de lectura. Para el caso específico del estado del arte, se dedicarán varios apartados dentro del cuerpo del siguiente escrito para explicar más a fondo cómo se llevó a cabo.

Algunas de las dificultades presentadas en el momento de poner en práctica esta herramienta metodológica para conocer los avances teóricos con los delitos de omisión en Colombia, se relacionaron directamente con la coincidencia en su desarrollo con la declaratoria del estado de excepción por la emergencia producida por la pandemia del COVID–19, entre ellas el aislamiento obligatorio que impidió el acceso a bibliotecas, librerías y archivos para revisar textos que sólo se encontraban en formato físico. Esto se reflejó en la imposibilidad de acceder, al menos, a dos textos que hubieran sido muy importantes para este ejercicio, el primero es el de Jorge Fernando Perdomo Torres, El delito de comisión por omisión en el nuevo Código Penal colombiano, editado por la Universidad Externado de Colombia en 2001, y el de Juan Carlos Forero Ramírez, editado por la Universidad del Rosario y Legis en el año 2002, titulado El delito de omisión en el nuevo Código Penal; por tratarse de obras que cumplían con la delimitación temática, temporal y espacial de este ejercicio que habrían ayudado mucho con el panorama general que se estudió con el resto de documentos. No obstante, del primer autor mencionado, Perdomo Torres, se pudo acceder a otro de sus textos en formato digital del fondo de la Universidad Externado sobre la posición de garante en la omisión impropia; así se pudo al menos conocer parte de las posturas de este autor sobre la problemática investigada.

Para la estructura del escrito se siguieron recomendaciones incluidas en la Guía para construir estados del arte de Olga Lucía Londoño Palacio, Luis Facundo Maldonado Granados y Liccy Catalina Calderón Villafáñez, editado por la International Corporation of Networks of Knowledge, en 2016. Además, se trató de seguir las líneas temáticas de los documentos trabajados y las categorías (palabras clave) que previamente se habían definido para el rastreo y sistematización de la información requerida para la elaboración de este estado del arte. En este sentido, el informe final se encuentra organizado de la siguiente manera: en un primer momento se realiza un acercamiento metodológico a la herramienta estado del arte, para dar algunas definiciones y explicaciones generales sobre esta figura, pero también para poner en contexto lo que fue la elaboración de dicha estrategia de investigación en el tema de los delitos de omisión en Colombia; un segundo capítulo, un poco más breve, se dedica a la delimitación del problema para la elaboración de este estado del arte. El tercer capítulo se dedica a mostrar cuál es el universo de estudio para este escrito, especificando lo que se rastreó y lo que de allí se seleccionó, además de explicar cómo se realizó su sistematización y análisis. Por último, el cuarto capítulo es el estado del arte propiamente dicho, porque allí ya se encuentra la recopilación de los estudios analizados que, a manera de reflexión, se llevó a cabo en el orden de las categorías previamente definidas sobre las posturas de los autores que han trabajado los delitos de omisión en Colombia.

1. Acercamiento metodológico al «estado del arte»

El estado del arte1, de la manera como se aborda en el texto, se considera una modalidad de investigación documental, es decir, no se trata de una simple técnica o parte a aplicar durante un ejercicio de investigación, sino que él puede constituir una investigación completa2, dentro de las posibilidades existentes en la investigación documental que también puede ser llamado «estado del conocimiento». Para Galeano (2004), el objetivo del estado del arte es “recuperar sistemática y reflexivamente el conocimiento acumulado sobre un objeto o tema central de estudio. […] da origen a una evaluación o un balance de ese conocimiento acumulado y establece una proyección o líneas de trabajo para posibilitar su desarrollo” (p. 141), permitiéndole a la persona que investiga que pueda validar su proceso, porque obtiene información desde otras perspectivas, técnicas y lógicas al respecto del objeto de estudio escogido, que, tal vez, no se había planteado antes y esto es gracias a ese poder confrontar con otras fuentes e informantes. Por otro lado, expresan Londoño, Maldonado y Calderón (2016), que la definición que más suelen encontrar de la expresión:

Estado del arte es la manera de seguir las huellas a un proceso hasta identificar su estado de desarrollo más avanzado. Es una forma de investigación que apoya otras estrategias también de investigación. Como resultado se tiene un conocimiento sobre la forma como diferentes actores han tratado el tema de la búsqueda, hasta dónde han llegado, qué tendencias se han desarrollado, cuáles son sus productos y qué problemas se están resolviendo. Un artículo del Estado del Arte resume y organiza los avances del conocimiento en una forma novedosa y apoya la comprensión de un campo específico de conocimiento (p. 5).

Los autores que se acaban de mencionar agregan que se trata de una búsqueda previa, que se convierte en un paso necesario para cualquier investigador, cuando se acerca a un objeto de estudio, y que con ello se logran varios propósitos: ayuda en la delimitación del mencionado objeto y ver relaciones con otros objetos de estudio; permite identificar actores y redes de referencia sobre el tema, como mecanismo para su actualización; contribuye con la identificación de parámetros espacio– temporales usados por otros autores, permitiendo además comparar la manera como cada uno produce su objeto, es decir, métodos usados y manera específica de interpretar el tema (Londoño, Maldonado y Calderón, 2016, p. 6).

Se trata, entonces, de hacer una prospección, un análisis reflexivo y sistemático de un objeto específico de conocimiento, que en este caso es un recuento de lo que en Colombia se ha investigado sobre la figura penalmente relevante de la omisión, que tradicionalmente se ha entendido como un dejar de hacer lo que se tiene el deber jurídico de realizar. Para ello, es necesario acercarse a todas las posibles fuentes documentales que han trabajado el tema y en ellas tratar de desentrañar las perspectivas epistemológicas y metodológicas que se manejan, las posturas ideológicas de las que se parte y los supuestos, las propuestas y las conclusiones a las que se llegan. Esto le permitirá al investigador un acercamiento directo con su tema de estudio, le ayudará a aclarar ideas que posiblemente estén dispersas o dudosas y le permitirá conocer los autores que han trabajado su tema (Henderson, 2017, p. 5). El siguiente mapa conceptual puede ayudar a comprender de manera más clara el concepto del estado del arte:

Figura 1. Definición de estado del arte a partir de sus objetivos principales.


Fuente: https://normasapa.net/que-es-el-estado-del-arte/

Se trata entonces, según Londoño, Maldonado y Calderón (2016, p. 9), de una herramienta metodológica, que le debe permitir a quien investiga tener una referencia, para asumir una postura crítica sobre eso que ya se ha trabajado y tener ideas de lo que no se ha trabajado o la manera como no se ha abordado esa problemática específica, y que ello debe llevar a entender que el estado del arte no es un producto terminado, sino que es apenas una contribución en términos científicos para saber cómo abordar nuevas miradas sobre ese objeto de estudio, que es lo que se pretende con este escrito, dar los primeros pasos para la comprensión de lo que se ha dicho sobre los delitos de omisión en Colombia para poder proponer nuevas interpretaciones a la luz de un Estado constitucional de Derecho y de un Derecho penal liberal y garantista; por ello, sobre este punto, Londoño, Maldonado y Calderón (2016) consideran que:

[…] un estado del arte es una recopilación crítica de diversos tipos de texto de un área o disciplina que, de manera escrita, formaliza el proceso cognitivo de una investigación a través de la lectura de la bibliografía hallada durante la indagación del problema, los temas y los contextos (p. 10).

Galeano (2004, p. 142) expresa que, como el estado del arte es una orientación teórica y metodológica, también tiene unos puntos de partida epistemológicos: la hermenéutica y la teoría fundada. De la primera toma su capacidad de interpretar y mostrar la postura teórica y metodológica de cada una de las fuentes trabajadas, tratando además de hacer una lectura crítica de ellas, reconstruyendo con rigor los desarrollos teóricos de otros autores y también aportar diversas interpretaciones que transformen y contribuyan al objeto estudiado, de acuerdo a la propuesta de Gómez, Galeano y Jaramillo (2015, p. 429). De la segunda, toma la posibilidad de hacer una comparación juiciosa entre textos y que a partir de allí se puedan construir categorías que permitan darle una estructura al análisis que se realiza mediante el estado del arte. La interpretación de cada texto es una actividad que está presente a todo momento en la realización de un estado del arte y ello lleva a que afirmemos, siguiendo a Guevara (2016), que el estado del arte no es una simple técnica metodológica, sino que debemos entenderla como una categoría central en la investigación que nos permite acercarnos a un objeto de conocimiento a partir del análisis crítico de sus dimensiones epistemológica, política y metodológica; por ello el enfoque hermenéutico ha de servir para desentrañar la postura epistemológica en que se mueven los textos que se analizarán y para escoger la propia, desde la cual se indagará por el problema de investigación. Sobre la postura epistemológica, Guevara (2016), citando a Páramo (2006, p. 21), menciona que:

[…] se entiende por postura epistemológica o paradigma el conjunto de suposiciones de carácter filosófico de las que nos valemos para aproximar-nos a la búsqueda del conocimiento, la noción que compartimos de realidad y de verdad, y el papel que cumple el investigador en esta búsqueda de conocimiento, al igual que la manera como asumimos al sujeto estudiado3 (p. 166).

Como se trata de una forma de investigación documental, debe también utilizar rigurosamente sus métodos y técnicas, por ello se debe hacer el rastreo, selección y ubicación de las fuentes a trabajar, sobre una “revisión cuidadosa y sistemática de todo tipo de documentos escritos (revistas, libros, informes de investigación) que tengan relevancia con relación al tema, y que correspondan a la delimitación espacial y temporal establecida por el estudio” (Galeano, 2004, p. 142), lo que, para Londoño, Maldonado y Calderón (2016, p. 23), implica hacer una definición clara de lo que será la muestra documental de la investigación, que debe ser muy amplia, diferente al objeto de estudio, que debe ser lo más restringido posible. Para ello, se debe tener presente cuáles son esas posibles fuentes para el rastreo de la información, como bibliotecas, archivos, bases de datos y centros de documentación, de acuerdo con las necesidades y posibilidades de quien investiga. Para el caso específico de este estudio, se recurrió a las principales bibliotecas de la ciudad de Medellín, especialmente en aquellas universidades donde se ofrece el programa académico de Derecho, que suelen tener una bibliografía especializada en temas jurídicos, además de la consulta vía internet en bases de datos en las que se concentran igualmente, gran cantidad de documentos de investigación del área jurídica, como leyex. info y Dialnet Unirioja.

Una vez se ha hecho el rastreo y la selección de los documentos, lo siguiente es empezar a trabajar con cada texto, haciendo una especie de entrevista sobre los diferentes puntos que son relevantes en el tema escogido, es decir, las categorías de las que se ha partido para poder trabajar lo rastreado; además de verificar sus puntos de partida teórico, los autores que, recurrentemente, trabajan los tipos de documentos citados y la época en que se produjeron y los “modelos metodológicos, perspectivas, tendencias y líneas de trabajo presentes en el tratamiento de las temáticas” (Galeano, 2004, p. 143). Además, como esta metodología toma de la teoría fundada, la idea es hacer también un análisis desde el lenguaje, comparando y verificando cuáles son las diferencias y similitudes en cada uno de los documentos, contrastando además si cada texto es original o simplemente reformula o repite las temáticas que está tratando.

Henderson (2017, pp. 5–6) citando a Molina (2005), menciona que se deben seguir cuatro pasos para la realización de un estado del arte4:

1. Contextualización: requiere tener presente siempre el problema planteado en la investigación y sus límites, a partir de los cuales se deben definir los criterios para rastrear y seleccionar el material documental. En el estudio específico se fijó como elemento contextualizador que se tratara de fuentes que trabajaran los delitos de omisión bajo la normativa colombiana, fueran autores nacionales o no, pero que su estudio se centrara en la figura omisiva tal como estaba consagrada en la normativa colombiana, teniendo como referente los últimos dos códigos penales que han estado vigentes en el país: el decreto–ley 100 de 1980 y la ley 599 de 2000 (CP actual).

2. Clasificación: se deben determinar los parámetros para hacer la sistematización de la información seleccionadas, es decir, que se fije previamente qué tipo de documentos o publicaciones se van a trabajar, o si se va a limitar por aspectos cronológicos, por temas de estudio, por líneas de investigación o por las disciplinas involucradas. Respecto del estado del arte de los delitos de omisión en Colombia, se planteó una clasificación que tuviera en cuenta que las publicaciones fueran reflexiones de autores reconocidos en la dogmática jurídico–penal o en manuales que tradicionalmente han sido de consulta obligada para estudiantes y abogados; además, que se tratara de ejercicios investigativos realizados dentro del pregrado en Derecho o de maestrías o doctorados afines. Otros criterios de clasificación que se usaron fueron: si se trataba de un estudio general sobre los delitos de omisión o si se concentraba sólo en una de sus clases: omisión propia u omisión impropia, si se tomaba o no postura sobre la figura, si se planteaba una manera diferente de consagrarla o aplicarla o el tipo de herramientas metodológicas utilizadas para abordar la temática.

3. Categorización: teniendo la documentación clasificada, se debe proceder a su categorización, que consiste en empezar a extraer la información que sea útil, mediante la jerarquización y generación de clases para el sistematizar la información. En este caso, lo que se hizo fue plantear unas categorías que debían estar presentes en cada uno de los documentos seleccionados, como la omisión en general o sus clases (propia o impropia), sus requisitos, el estudio de sus partes objetiva y subjetiva, la posición de garante, la equiparación de la no evitación al resultado lesivo y el estudio del artículo 25 del CP, entre otras.

4. Análisis: momento de reflexión sobre lo sistematizado, cuando el investigador expone la importancia de las perspectivas y tendencias de todo lo sistematizado para su investigación. Este último punto es el que principalmente se expone en este escrito, en donde se presentan los elementos más importantes recogidos en cada uno de los documentos seleccionados y fichados.

La forma como se aborde el estado del arte depende de cómo lo entienda y cómo lo quiera usar cada autor. Según Gómez et al. (2015) se pueden diferenciar tres tendencias a la hora de elaborar un estado del arte: “recuperar para describir, comprender y recuperar para trascender reflexivamente” (p. 427). La primera de ellas trabaja para elaborar inventarios y balances bibliográficos y con ello dar cuenta del estado actual de un objeto de conocimiento; con ella se obtiene básicamente la descripción y sistematización organizada de la bibliografía disponible. En Colombia, “la mayoría de textos ubicados en esta tendencia usan a Hoyos Botero (2000) como punto de referencia para conocer y aplicar el estado del arte” (Gómez et al., p. 427). La segunda tendencia, la comprensiva, no necesariamente va tras el conocimiento acumulado en una materia específica, y aunque su búsqueda también es extensa, lo que más interesa allí es el ejercicio hermenéutico que permita la reflexión, la crítica y por supuesto, la comprensión que sirva para la construcción de referentes teóricos de una materia específica, que puedan ser utilizados por otras personas que se acerquen al tema por medio de recuentos históricos que permitan entender cómo se ha llegado a la situación actual de esa materia.

La tercera tendencia, muy cercana a la comprensiva, es la que busca recuperar para trascender reflexivamente; parte del inventario bibliográfico, pero va más allá, utilizando herramientas cualitativas y cuantitativas, para dar informaciones más precisas sobre lo encontrado en los textos trabajados por el mayor rigor aplicado en su análisis. Expresan Gómez et al. (2015) lo siguiente sobre esa tendencia:

Desde esta definición, se ha concebido al estado del arte como aquella metodología que pretende recuperar reflexivamente la producción, permitiendo cuestionar, criticar y construir, dando sentido a la información obtenida, la cual posee diversas finalidades y niveles, pasando por el rastreo, registro, sistematización e interpretación (Vélez Restrepo, Peláez Jaramillo y Gómez Hernández, 2003; Franco Vasco, 2007; López López, 2009; Zapata Carvajal, 2009). O como bien lo sostienen el Programa Presidencial Colombia Joven, la Agencia de Cooperación Alemana GTZ y UNICEF Colombia (2004), el estado del arte busca “trascender la catalogación y síntesis tipo abstract de las investigaciones, para apostar a un análisis más profundo, que dé cuenta del tratamiento temático y de las nociones” (p. 8) (p. 428).

Además de los pasos y tendencias que se acaban de mencionar, Londoño, Maldonado y Calderón (2016), expresan que es muy importante seguir unos derroteros o interrogantes básicos que guíen la realización del estado del arte; estos autores proponen tener en cuenta al menos tres preguntas esenciales:

• ¿Qué campos de indagación se han definido y reconocido como directamente relacionados con el tema de la investigación?

• ¿Qué conceptos se evidencian como esenciales en los documentos seleccionados para construir el estado del arte?

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