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TIERRA Y COLONOS

LA GESTIÓN AGRARIA DEL HOSPITAL GENERAL

DE VALENCIA (1780-1860)

José Ramón Modesto Alapont

UNIVERSITAT DE VALÈNCIA

Este trabajo recoge las líneas generales de la Tesis Doctoral presentada en la Universitat de València bajo el título Crisis y transformación en la gran propiedad rentista valenciana. La gestión agraria del Hospital General de Valencia (1780-1860) dirigida por D. Jesús Millán a quien le doy las gracias por su acompañamiento, confianza y generoso esfuerzo. El tribunal estaba formado por D. Lluís Torró, D. Salvador Calatayud, D. Enric Tello, D. Ricardo Robledo y D. Ramon Garrabou en calidad de Presidente. A todos ellos mi más sincero agradecimiento por sus sugerencias que ayudaron a enriquecer esta investigación.

Este libro obtuvo el Premi Senyera de Investigaciones Históricas (2005) concedido por el Ayuntamiento de Valencia.


Esta publicación no puede ser reproducida, ni total ni parcialmente, ni registrada en, o transmitida por, un sistema de recuperación de información, en ninguna forma ni por ningún medio, ya sea fotomecánico, foto químico, electrónico, por fotocopia o por cualquier otro, sin el per miso previo de la editorial.

© José Ramón Modesto Alapont, 2008

© De esta edición: Universitat de València, 2008

Coordinación editorial: Maite Simón

Fotocomposición y maquetación: Inmaculada Mesa

Cubierta:

Imagen: Misa en la ermita, de José Benlliure.

Museo de Bellas Artes de Valencia. Colección Real Academia de San Carlos.

Diseño: Celso Hernández de la Figuera

Corrección: Pau Viciano

Realización ePub: produccioneditorial.com

ISBN: 978-84-370-6894-7

A Elvira, mi mujer, y a Irene y Jorge, mis hijos.

A quienes este trabajo ha robado demasiado tiempo

y con quienes estoy en deuda por su generosidad.

ÍNDICE

PORTADA

PORTADA INTERIOR

CRÉDITOS

DEDICATORIA

PRÓLOGO

INTRODUCCIÓN

I. EL HOSPITAL GENERAL COMO INSTITUCIÓN

1. EL HOSPITAL GENERAL: UNA INSTITUCIÓN DE BENEFICENCIA

2. LOS INGRESOS

3. LAS RENTAS FIJAS

II. EL HOSPITAL COMO PROPIETARIO DE TIERRAS

1. ORIGEN DEL PATRIMONIO Y VÍAS DE ACUMULACIÓN Y PÉRDIDA

2. EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO: UN LLAMATIVO PROCESO DE ACUMULACIÓN

III. EL HOSPITAL COMO RENTISTA

1. UN PATRIMONIO EXCLUSIVAMENTE RENTISTA

2. MARCO LEGAL Y CONTRACTUAL DEL ARRENDAMIENTO DE TIERRAS

3. LA RACIONALIDAD ECONÓMICA DEL ARRENDAMIENTO

4. LA COSTUMBRE Y LA «ECONOMÍA MORAL»

5. LA GESTIÓN DEL PATRIMONIO: LOS ADMINISTRADORES

IV. LA EVOLUCIÓN DE LOS INDICADORES Y LA COYUNTURA ECONÓMICA: PRECIOS, RENTA Y ENDEUDAMIENTO

1. LOS PRECIOS AGRARIOS

2. LA RENTA Y EL ENDEUDAMIENTO

2.1 Las series del regadío

2.2 Las series del secano

3. LAS DIFERENTES COYUNTURAS ECONÓMICAS

3.1 El fin del crecimiento (1780-1807)

3.2 La profunda crisis agraria (1808-1840)

3.3 La recuperación (1840-1860)

4. ALGUNAS CONCLUSIONES EN TORNO A LA EVOLUCIÓN DE LA RENTA

V. CRISIS AGRARIA Y CAMBIO EN L’HORTA DE VALÈNCIA*

1. LA DIVERSIDAD DEL ESPACIO AGRARIO DE L’HORTA DE VALÈNCIA

2. DOS TIPOS DE EXPLOTACIONES

3. DOS FORMAS DE GESTIÓN DIFERENTES EN LOS AÑOS FINALES DEL SIGLO XVIII

4. EL CRECIMIENTO DE LA RENTA Y LAS RESISTENCIAS DE LOS COLONOS (1780-1807)

5. LA CRISIS AGRARIA EN L’HORTA (1808-1840)

5.1 La crisis en las pequeñas parcelas

5.2 La crisis en las grandes parcelas de l’Horta

5.3 Una vía de transformación e intensificación

6. EL PERIODO DE RECUPERACIÓN: ABOLICIÓN DEL DIEZMO, ESTABILIDAD Y CONTINUIDAD

VI. CRISIS Y TRANSFORMACIÓN EN EL REGADÍO DE LA POBLA DE VALLBONA (CAMP DE TÚRIA)

1. LAS EXPLOTACIONES DEL HOSPITAL

2. LAS TIERRAS DEL HOSPITAL ANTES DE LA CRISIS

3. LA CRISIS: ENDEUDAMIENTO, PLEITOS Y SUBDIVISIÓN DE LAS EXPLOTACIONES

4. EL PROBLEMA DEL DIEZMO

5. RECUPERACIÓN Y TRANSFORMACIÓN

VII. LOS INICIOS DEL NARANJO EN LA RIBERA DEL XÚQUER: LA TANCADA DE SAN ANTONIO

1. LOS PRIMEROS AÑOS DE EXPLOTACIÓN DE LA TANCADA

2. LA INTRODUCCIÓN DEL CULTIVO DEL NARANJO

3. EL USO DE SUBASTAS Y LA PRESENCIA DEL SUBARRIENDO

4. LA EVOLUCIÓN DE LOS CULTIVOS: DE LA MORERA AL NARANJO

5. EL INICIO DE LAS DIFICULTADES Y LAS MODIFICACIONES EN LA GESTIÓN

6. UN NUEVO FRACASO DE LA OPCIÓN POR EL GRAN ARRENDATARIO

7. LA CONSOLIDACIÓN DEL NARANJO Y LAS NUEVAS PLANTACIONES

8. MEJORA ECONÓMICA PERO CON DIFICULTADES

VIII. LA EXPERIENCIA DEL SECANO EN EL CAMP DE MORVEDRE: LA ALQUERÍA DE GURRAMA

1. LA ALQUERÍA DE GURRAMA: UN EJEMPLO DEL POLICULTIVO DE SECANO

2. EL ÉXITO DE LA EXPLOTACIÓN Y LAATENTA ORIENTACIÓN DEL PROPIETARIO

3. LA CRISIS: TARDÍA PERO IMPLACABLE

4. LA ORIENTACIÓN VITÍCOLA Y LAS DIFICULTADES DE RENOVACIÓN

5. LAABOLICIÓN DEL DIEZMO EN GURRAMA: UN CIERTO MARGEN DE APROPIACIÓN PARA EL PROPIETARIO

IX. LAS ZONAS MARGINALES DEL PATRIMONIO: LAS HUERTAS DE ALGEMESÍ Y LOS ARROZALES

1. LAS TIERRAS DEL HOSPITAL EN ALGEMESÍ: UN ESPACIO MARGINAL

1.1 Las tierras de Algemesí

1.2 Los problemas de explotación y la crisis agraria (1790-1843)

1.3 La recuperación en las tierras de Algemesí

2. LAS DIFICULTADES DE EXPLOTACIÓN EN LAS TIERRAS DE ARROZ

2.1 Los problemas para aterrar las parcelas y el subarriendo

2.2 Los problemas con el agua

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA Y REFERENCIAS DOCUMENTALES

APÉNDICE

PRÓLOGO

Mucho y de calidad se ha publicado en los últimos años sobre la crisis del Antiguo Régimen y la implantación del capitalismo agrario en el País Valenciano. Con ello disponemos de un conocimiento bastante más sólido y preciso de este complejo proceso, superando así los esquemáticos y simplistas planteamientos iniciales. Estos trabajos han mostrado que el mundo rural valenciano a fines del Antiguo Régimen no se podía reducir a unas organizaciones sociales resultado de una mera polarización entre señores y campesinos. Si bien el señorío y el privilegio y determinadas formas de cesión de la tierra como la enfiteusis, continuaban marcando profundamente la sociedad valenciana ya no eran el único, ni probablemente el instrumento principal de estructuración del mundo rural valenciano. La propiedad burguesa y parcialmente la antigua clase propietaria feudal, que conjuntamente controlaban una buena parte de la tierra, se orientaron hacia nuevas formas de explotación del trabajo campesino y fue emergiendo una estructura agraria más compleja y marcada profundamente por la presencia de una masa importante de campesinado sin tierra dispuesto o forzado a contratarse como cultivador. Así surgieron nuevas relaciones entre los grupos oligárquicos que controlaban una porción importante de la tierra disponible y una masa importante de campesinos sin tierra. Conocer estas estructuras sociales y su funcionamiento a fines del Antiguo Régimen resulta crucial para la comprensión de las formas específicas de desarrollo del capitalismo agrario en el País Valenciano.

El interés del libro de José Ramón Modesto está precisamente en que nos aporta una nueva visión de la estructura de clase del mundo rural de las comarcas centrales del País Valenciano, en particular de la emergencia de un potente grupo de pequeños arrendatarios, de su funcionamiento y de su evolución durante una etapa decisiva de la implantación del capitalismo agrario, fines del siglo XVIII-mediados siglo XIX. La explotación laboriosa e inteligente de una fuente extraordinariamente rica como la documentación del Hospital General de Valencia permite analizar desde nuevas perspectivas la historia del campesinado no propietario dominante en las comarcas analizadas. No es la primera vez que se utilizan los archivos patrimoniales y conviene recordar que una buena parte de los avances de nuestros conocimientos sobre la transición se han alcanzado mediante la utilización de este tipo de fuentes, pero en pocas ocasiones contenían la cantidad y la calidad de información sobre este grupo social como en este caso.

A menudo se ha atribuido a este tipo de grandes propietarios privilegiados una actitud poco eficiente por el hecho de actuar como meros rentistas, de desatender la explotación directa y de ceder en arrendamiento a pequeños agricultores el cultivo de sus tierras. El autor nos muestra la lógica de esta opción preferente por el arrendamiento en el contexto de la agricultura valenciana del momento. El marco legal le garantiza la plena disposición de la propiedad y unos derechos de propiedad consolidados y evita los problemas de control y supervisión que comportaría la explotación directa de un patrimonio tan disperso y extenso. A pesar de que el contrato es a corto plazo en la práctica se tiende a estabilizar al colono en la parcela con lo que se evita la degradación patrimonial y con frecuencia se consigue implicar al colono en las inversiones necesarias para el mantenimiento y mejora del potencial productivo de la parcela arrendada (infraestructuras de regadío y reposición y plantación del arbolado principalmente), aunque en algunas ocasiones las tiene que asumir el propietario. Como contrapartida el propietario percibe una renta monetaria cuyo nivel dependerá del tipo de cultivo, de la calidad del regadío y del nivel de competencia entre colonos. Es interesante la observación del autor de que los administradores Hospital asumen el principio de que la renta exigida debía basarse en el justiprecio y que debía tener un cierto grado de moderación si se quería evitar conflictos y tensiones.

Además de las informaciones sobre el comportamiento del propietario resultan de gran interés las aportaciones del autor sobre el precio de la tierra, la renta monetaria que genera y rentabilidad del capital. Dado la escasa información disponible sobre estos parámetros fundamentales de cualquier agrosistema, las estimaciones que los peritos del Hospital realizaron en 1820 sobre precio de las distintas parcelas y la renta que podía esperar tienen un enorme interés. A partir del análisis exhaustivo de estos datos el autor nos muestra un primer hecho significativo: profundas diferencias tanto en el precio de la parcela como en la renta. Por ejemplo en la vega de Valencia el precio de una hanegada de tierra oscila en los años veinte del siglo XIX entre un máximo de 266-200 libras por hanegada y un mínimo de 70-45 libras y la renta puede variar entre las 7-8 libras hanegada y las 2-3 libras. Un diferencial parecido se encuentra en las otras comarcas aunque sin alcanzar niveles tan elevados como en la vega. El capital invertido en la compra de una parcela da una rentabilidad similar en todas las comarcas estudiadas y oscila entre el 3-4 %. Sólo algunas parcelas de arrozal se obtienen rentabilidades superiores que pueden alcanzar hasta un 7 %. Pero no se queda en esta constatación, atribuyéndola a las imperfecciones del mercado sino que lejos de cualquier planteamiento simplista el autor muestra la complejidad de factores que interactúan, sin que ninguno de ellos pueda considerare como determinante. En un contexto de fuerte demanda de tierras y oferta limitada por la importancia de la propiedad amortizada y privilegiada, la cercanía de los mercados y de los núcleos de población, el peso de las cargas señoriales, la eficiencia del regadío y el tipo de cultivo suelen tener un peso importante en la formación de los precios de la tierra, pero no todos ellos inciden de la misma manera. Por ejemplo, la distancia no acostumbra a ser determinante, mientras que tipo de cultivo y de forma especial la dotación adecuada de recursos hídricos, juegan un papel fundamental. Así, para el autor, la renta vendría infl uenciada por un conjunto de condicionamientos sociales y físicos que definiría el margen que puede soportar cada colono. La renta alcanzaría lo que el colono esta dispuesto a pagar en función de una serie de factores, pero existen tres variables principales: el tipo de cultivos, la mayor disponibilidad y competencia de los cultivadores en condiciones de arrendar tierras y el control y seguridad sobre el riego.

La recopilación y elaboración de series sobre la renta y los niveles de endeudamiento o impago de una muestra representativa de parcelas del conjunto del patrimonio para un período de cambios profundos como fue 1780-1859, tienen también un enorme interés. El análisis de estas variables (renta y atrasos) que constituyen indicadores fundamentales de un sistema agrario articulado en torno a la gran propiedad y colonos permiten al autor plantear desde nuevas perspectivas y de forma más compleja la interpretación convencional del proceso de la crisis del Antiguo Régimen y la transición hacia el capitalismo agrario. El equilibrio alcanzado en las últimas décadas del siglo XVIII entre la propiedad que impuso una importante elevación de la renta nominal y los colonos que aceptaron estas alzas empezó a romperse desde principios del siglo XIX. Dificultades en los mercados, conflictos bélicos e incremento de la presión fiscal provocaron un estancamiento en la renta y acabaron creando problemas a los colonos con procesos de endeudamiento, retraso en los pagos e intentos de embargos y desahucios. A partir de los años veinte, a pesar de que continuó la situación de endeudamiento del campesinado y actuaciones judiciales y expulsiones se optó por la rebaja de la renta nominal, el alargamiento de los contratos y de hecho la tácita reconducción. La evolución de la renta se convierte en un poderoso instrumento para conocer mejor la fase depresiva de la agricultura, todavía mal conocida al mostrar cómo afectó a propietarios y cultivadores y las respuestas que ambos le dieron. A partir de fines de 1836-40 las series de la renta tienden a estabilizarse y a la altura de los años cuarenta registran un ligero incremento, coincidiendo con una disminución del endeudamiento y los retrasos en el pago, atribuible a la abolición de las cargas señoriales y a la recuperación de los mercados.

Finalmente me referiré a la aportación en mi opinión más innovadora, la que estudia la actuación de los colonos y los principios que la regían. Mediante una inteligente utilización de las fuentes, el autor consigue reconstruir la formación y la práctica social de este colectivo desvelando cómo operan factores que van mas allá de los elementos estrictos del contrato. La naturaleza jurídica del contrato de arrendamiento es sin duda importante y por ello es analizada atentamente, pero lo que cuenta, lo que da especificidad y define a este colectivo es el marco de relaciones sociales en donde se inserta el contrato y sobre todo cómo en su definición resulta decisiva la confrontación-negociación con la clase propietaria. También resulta innovador en el panorama historiográfico español la importancia que concede el autor a la existencia de actitudes reiteradas y conflictivas que, en la práctica, influían en la aplicación de este tipo de contratos. En la perspectiva thompsoniana rescata de la documentación evidencias de una economía moral que guiaba la actuación de los colonos. El justiprecio de la renta y la estabilidad en la tenencia, siempre que se cultivara a uso y costumbre de buen labrador, eran sus elementos más importantes y cuando se violaban, por ejemplo ante un desahucio o con alza de la renta considerada excesiva y alcanzada con la subasta, aquellos principios y normas eran utilizados por los labradores, para reclamar una rebaja de la renta o para rechazar al nuevo colono. Esto no implica que no se dieran alzas de la renta ni interrupciones en el arrendamiento. Como hemos visto anteriormente la renta nominal creció de forma significativa entre las últimas décadas del siglo XVIII y la guerra de la Independencia y también se practicó la subasta y hubo más de un desahucio a pesar de la existencia de unos principios morales-económicos ya que su aplicación dependía de la cohesión social y de la capacidad colectiva para hacerlos cumplir, y probablemente fueron factores importantes para reducir la renta y estabilizar la situación en las décadas inmediatas. Poner de manifiesto estos principios de economía moral permite también superar las visiones simplistas tan frecuentes que presentan a los colonos como víctimas pasivas de unas relaciones de explotación impuestas por la gran propiedad. El monopolio de los derechos de propiedad sobre la tierra de una minoría generaba una explotación del trabajo campesino sin duda alguna, pero la capacidad de explotación de la clase propietaria se veía limitada por lo que estaba dispuesto a aceptar el campesinado y estos límites los fijaba lo que se consideraba moralmente justo. Cada parcela tenía una renta que se consideraba justa y si se superaba se pedía que los peritos certificaran que transgredía una norma aceptada por la comunidad. Este análisis del colonato enriquece nuestro conocimiento sobre la dinámica del mundo rural en la fase final del Antiguo Régimen y también ilumina la forma específica de desarrollo del capitalismo agrario tras la abolición del régimen señorial. En particular quería referirme a uno de los episodios que marcaron la zona de la vega de Valencia durante la segunda mitad del siglo XIX, cuando el colonato rechazó el aumento de la renta y la no renovación del contrato, alegando que tenían derechos históricos para transmitir a sus descendientes el uso de la parcela. Esta actitud del campesinado provocó un profundo malestar entre los propietarios de la vega valenciana que consideraban que cercenaban sus derechos de propiedad, que precisamente el nuevo orden liberal se comprometía a defender. A pesar de que no existiera una base legal para mantener este comportamiento, el campesinado resistió durante décadas y al final buena parte de ellos accedió a la propiedad a principios del siglo XX. Parece indiscutible que la capacidad de resistencia del campesinado tuvo mucho que ver con la cohesión social que generaba los principios de una economía moral.

RAMON GARRABOU

INTRODUCCIÓN

Un mapa del Reino de Valencia realizado en París en 1838 definía a los valencianos de esta manera en su leyenda:

Los valencianos son vivos e industriosos. La agricultura la han elevado al más alto grado de esplendor, y nunca descuidan nada de lo que creen deber mejorarla. (...) Es difícil acreditar más arte y desenvolver más industria que los valencianos para el cultivo de sus fértiles campiñas, y especialmente para el riego. Las más pequeñas fuentes están puestas en contribución y los ríos caudalosos están divididos en innumerables canales o acequias que serpentean al través de un terreno nivelado con tanto arte que no conserva más humedad que la que puede contribuir a su fertilidad.[1]

El apunte es una clara muestra de cómo el cultivo de la tierra ha condicionado durante siglos la imagen que proyectamos a quienes nos observan desde fuera, e incluso la visión que los valencianos tenemos de nosotros mismos. No debe resultarnos extraño si tenemos en cuenta que la sociedad valenciana ha sido hasta hace escasas décadas eminentemente agraria y el cultivo de la tierra definió durante siglos nuestra identidad.

En un momento en que la tierra desaparece progresivamente del entorno cotidiano, nuestra intención es contribuir a revisar una parte de la imagen que los valencianos tenemos de nuestro pasado agrario, lo que en el fondo no es más que intentar reconstruir un pequeño fragmento de nuestra memoria colectiva y conocer algo que forma parte de nuestra personalidad histórica.

Uno de los debates que mantienen los historiadores acerca del desarrollo de la agricultura contemporánea gira en torno al papel que el cultivo de la tierra jugó en el reducido desarrollo económico español del siglo XIX. El núcleo del problema sería responder cómo contribuyó el funcionamiento de la agricultura a que nuestro país se retrasara en su proceso de industrialización con respecto a otros países europeos que progresaron más rápidamente.[2]

Este amplio debate tiene una versión valenciana. Antes de los años ochenta la interpretación historiográfica más extendida en el País Valenciano partía de una visión que podríamos tildar de «pesimista». La visión del crecimiento agrario del siglo XVIII y XIX, que en el marco valenciano es innegable, estaba dominada por el atraso. En esta consideración tenía mucha influencia los planteamientos con los que se analizaba el siglo XVIII y el resultado final de la crisis del Antiguo Régimen. La estructura del sistema social en el siglo XVIII, dominada por la supuesta dureza del régimen señorial valenciano, que tras la expulsión de los moriscos se habría remodelado a favor de los señores feudales, y la presencia de una burguesía poco desarrollada, dieron lugar a una transición desde el Antiguo Régimen que adquiría en el País Valenciano unos rasgos propios. Esta transición estaría dominada por las llamadas pervivencias feudales y el ejercicio del control social por parte de los antiguos señores y una burguesía poco emprendedora y de escaso espíritu empresarial, que se parapetaba en algunas formas de explotación heredadas del Antiguo Régimen. La revolución burguesa sólo habría traído reformas legales que difícilmente habrían remodelado el peso social de las élites, situando en el poder a una burguesía agraria rentista, poco innovadora y con escasa mentalidad capitalista. El peso de las prestaciones feudales a lo largo del XVIII y el lastre de una clase burguesa poco dinámica, que se resguardaba para consolidar su posición en los mecanismos de la renta y el absentismo, habrían obstaculizado la dinámica económica, de forma que la agricultura no habría ejercido como el motor necesario para la industrialización. El escaso espíritu empresarial de las élites sociales surgidas de la revolución, que utilizaban formas poco capitalistas en el espacio agrario, produjo que la agricultura absorbiera un conjunto de esfuerzos y capitales que habrían impedido que el crecimiento desembocara en un proceso de industrialización. La evolución del sector agrícola, con sus debilidades e incoherencias, habría dificultado el desarrollo de un modelo de capitalismo agrario que propiciara el salto a la industrialización tal y como se había producido en las sociedades más avanzadas de Europa.[3]

Esta visión de conjunto fue puesta en tela de juicio a partir de los primeros años ochenta con las aportaciones de una nueva generación de historiadores. Sus estudios cuestionaron el peso del sistema feudal valenciano, el papel que tuvo la llamada refeudalización tras la expulsión de los moriscos y pusieron el acento sobre el crecimiento agrario del XVIII, que tenía incluso su vertiente protoindustrializadora en la seda y, como se ha visto actualmente, también en otros sectores.[4] El siglo XVIII, especialmente en sus décadas centrales, había visto surgir una agricultura de fuerte raigambre comercial que había tenido en el desarrollo de la morera y el arroz y en la extensión del regadío algunos de sus síntomas más claros (Peris Albentosa, 2004). Además, el crecimiento agrario estaba acompañado por un importante dinamismo en los sectores comerciales donde la burguesía se mostraba cada vez más como un sector alejado de la debilidad que se le atribuía (Franch, 1986).

Junto a la visión del siglo XVIII, se revisó la transición al capitalismo y el efecto del conjunto de reformas propiciado por la revolución burguesa, que mostraba cada vez más sus efectos realmente revolucionarios. En los términos de señorío, en ocasiones al margen de las vías legales, los privilegios señoriales de base jurisdiccional fueron profundamente erosionados hasta el punto que los grandes señores desaparecieron de la cúspide social, al no haber establecido sobre sus territorios feudales derechos de propiedad. La fuerte oposición antiseñorial, ejercida en ocasiones por las oligarquías locales de terratenientes o enfiteutas, les impidió ampliar las bases de su dominación más allá del poder que tenían como señores. Esto se tradujo en que no pudieron mantener tras la revolución más propiedad sobre la tierra que la que habían ejercido como propietarios plenos o como poseedores de dominios útiles antes de la crisis del Antiguo Régimen. El mismo proceso de deslegitimación que los derechos jurisdiccionales sufrieron los dominios directos de la enfiteusis, que fueron también abiertamente erosionados en su pago efectivo o en ocasiones desaparecieron sin indemnización.

El resto de las transformaciones legales ayudaron a provocar en el País Valenciano una profunda renovación social, que la historiografía está evidenciando cada vez más. La desaparición de las viejas familias aristocráticas de señores se acompañó del mantenimiento de los sectores de terratenientes y enfiteutas que no vieron su propiedad cuestionada, entre los que se encontraba también un importante sector de la pequeña nobleza que había basado sus estrategias económicas en la propiedad de la tierra. Pero a estos grupos, que ya tenían un importante peso anterior, se incorporaron nuevos sectores sociales que utilizaron los mecanismos que la revolución puso a su alcance para incorporarse al mercado de la tierra. La desvinculación y desamortización ayudó a consolidar esos nuevos ascensos sociales. Permitió a sectores provinentes de diferentes ámbitos (comerciantes, profesionales liberales, etc.) o a algunos labradores bien situados afianzar sus posiciones a través de la compra de bienes desamortizados. El cambio social había sido mucho más profundo, al menos en el País Valenciano, de lo que se suponía en un principio (Millán, 1996 y 2001).

Pero quizá el golpe más duro a la interpretación que se basaba en el atraso lo dio el trabajo de Ramon Garrabou Un fals dilema, que suponía una profunda innovación historiográfica (Garrabou, 1985). El autor proponía una nueva concepción del desarrollo agrario valenciano en el siglo XIX que fijaba la atención en algunos aspectos que manifestaban un importante dinamismo en el sector. Si bien existían ciertos aspectos del crecimiento desarrollado en la segunda mitad del XIX que evidenciaban algunos rasgos de atraso (escasa presencia de la ganadería, mantenimiento del barbecho, el fuerte peso de los cereales, escasa difusión de algunas innovaciones tecnológicas, etc.), otros elementos constataban un fuerte dinamismo en la agricultura. La estructura social heredada de la revolución y los condicionantes medioambientales del entorno habían hecho que el desarrollo del capitalismo valenciano transcurriera por vías distintas a los modelos europeos considerados más eficientes, pero era necesario tener en cuenta que partíamos de unas condiciones físicas y de una experiencia histórica muy diferente.

Para Garrabou, la agricultura mediterránea tenía unos rasgos concretos, por lo que su peculiar vía de crecimiento no podía ser similar a los modelos europeos. Y estos rasgos mostraban un sector agrario con un intenso dinamismo y que había incorporado con bastante agilidad las innovaciones que en el contexto económico y social podían resultar rentables. El esfuerzo considerable en la extensión del espacio regado, a través del aprovechamiento cada vez más eficaz de las aguas superficiales y del uso de nuevas técnicas de extracción de aguas subterráneas, el uso de técnicas de cultivo cada vez más complejas y evolucionadas, la profunda renovación de la orientación comercial de los cultivos, la aparición de nuevos cultivos de amplia difusión con cierta rapidez, etc. habían configurado una vía peculiar de desarrollo del capitalismo agrario. En particular, el caso valenciano se caracterizaba por la especialización en cultivos arbustivos y arbóreos en el secano (viña y algarrobo), por la intensificación del trabajo, el aprovechamiento del agua, la especialización de las zonas de regadío en hortalizas, frutas y arroz y la implantación progresiva del naranjo, inicialmente en las nuevas tierras regadas. Pero añadía el autor que las bases de este crecimiento no eran nuevas. El crecimiento del siglo XIX era una reorientación de la vocación comercial y de muchos mecanismos que ya estaban presentes en el mundo agrario valenciano desde hacía tiempo, especialmente desde las décadas centrales del siglo XVIII.[5]

Como reconocen algunos especialistas, desde la aparición de Un fals dilema se ha profundizado en el modelo, pero no se ha modificado la idea general (Calatayud y Mateu, 1996). En lugar de continuar buscando las insuficiencias o las diferencias con respecto al modelo considerado «desarrollado», una parte de la historiografía posterior ha intentado profundizar en explicar en su contexto las transformaciones producidas, conformando un modelo de economía periférica europea de carácter mediterráneo. Además, se ha intentado ligar estas transformaciones a los cambios sociales evidenciados por la investigación y a nuevos enfoques del modelo industrializador que también se alejan del de nuestros vecinos del norte.[6]6 Este modelo no deja de reconocer que el crecimiento y el dinamismo se ejercieron dentro de unos límites claros, tanto en el ritmo como en la profundidad de los cambios, pero es bastante más «optimista» en sus valoraciones en función de lo que considera sus opciones reales.

En los aspectos más económicos se ha profundizado en la existencia de un conjunto de alternativas, con orientaciones distintas y a menudo complementarias, con un carácter de especialización local. Junto a los cultivos destinados a la exportación o la comercialización (seda, arroz, naranjas, vino, cebollas, etc.), conviven una destacada presencia de los cereales y del policultivo de huerta, sin perder de vista que el autoconsumo sólo se abandona de forma muy gradual. Esta convivencia tiene unas lógicas diversas y complejas que generan una dificultad amplia a la hora de explicar su evolución. La «nueva especialización», que se abre paso tras la crisis de principios del siglo XIX, es más bien una «yuxtaposición de especializaciones comarcales» en función de un conjunto de variables que no pueden ser explicadas desde un ámbito general y que además no es ni unidireccional ni irreversible. Esto quiere decir, que dentro de las diferencias internas de la agricultura en los diversos contextos del País Valenciano, no existe un único modelo de intensificación ni de evolución de los cultivos (Millán, 1990; Calatayud y Mateu, 1996). Si bien la orientación hacia el mercado es cada vez más general a través de diversos mecanismos de intensificación, tiene ritmos y manifestaciones diferentes en función de las zonas difíciles de explicar.[7]

Pero también se han realizado algunos avances en otro de los frentes abiertos en el debate español: las peculiaridades del cambio tecnológico, que necesariamente se ha de alejar también del modelo europeo atlántico. Junto a la rápida adopción de innovaciones como el guano o los motores de extracción de aguas subterráneas, se ha puesto el acento en la adaptación y perfeccionamiento de muchas de las técnicas que estaban disponibles en la agricultura del siglo XVIII (mejora de las construcciones de regadío, racionalización de la organización del riego, o nuevas técnicas de drenaje) o en el papel de los diferentes sectores sociales en la búsqueda o adopción de innovaciones.

El planteamiento innovador de Garrabou, profundizaba además en otro aspecto en el que contradecía la visión general del atraso: los mecanismos sociales del capitalismo agrario. Si el dinamismo de la agricultura valenciana era notable, era necesario también revisar la visión retardataria que sobre las élites agrarias se había construido. Resultaba paradójico que se hubiera desarrollado el capitalismo agrario valenciano a través de mecanismos que se consideraban «poco capitalistas», como la renta o la explotación indirecta a través de arrendamientos a pequeños cultivadores. Era necesario revisar los modelos interpretativos que planteaban que el mejor, por no decir único, mecanismo de explotación «eficaz» de la tierra era el que ofrecían las agriculturas atlánticas más avanzadas. El contexto social, es decir, el resultado de la distribución de la propiedad y de la configuración de los grupos sociales a lo largo del XVIII y tras las reformas liberales, generaba unas condiciones particulares para el desarrollo del capitalismo en el campo valenciano.

Desde ese abordaje centrado en las formas de explotación, el debate valenciano también ha sido profundo. Un grupo de historiadores, defensores de que el rasgo característico de la revolución en el País Valenciano era la presencia dominante de las llamadas supervivencias feudales, quiso ver en el arrendamiento valenciano la forma en que los poseedores del dominio directo de la enfiteusis habrían transformado su derecho sobre la tierra. El arrendamiento sería, desde esta postura, la forma en que la enfiteusis se habría traspasado a la nueva legislación liberal. Los poseedores de los dominios directos, fundamentalmente antiguos señores, se habrían convertido en propietarios que arrendaban sus tierras (Sebastià y Piqueras, 1987). La desamortización, según ellos, habría servido también para transformar los dominios directos del clero y las instituciones eclesiásticas en propiedad plena al ser adquiridos por la burguesía. Con ello defendían una «vía prusiana» de revolución que había favorecido a los antiguos señores feudales convertidos ahora en propietarios y que sigue presente en algunos trabajos actuales.

Pero la visión más extendida era la que veía en el funcionamiento de los arrendamientos comportamientos poco capitalistas. Esta visión planteaba que las clases terratenientes más acomodadas de las últimas décadas de siglo XVIII o la nueva burguesía gestionaba sus patrimonios con escaso espíritu empresarial, contentándose con la percepción de unas rentas fáciles y mostrando comportamientos poco emprendedores. Para explicar la falta de dinamismo de la renta se planteaba la existencia de un absentismo acusado, con un tratamiento muy descuidado de sus patrimonios o con comportamientos paternalistas hacía los labradores. Estas ideas se basaban en las críticas que los sectores más dinámicos de la burguesía agraria hacían de algunos comportamientos rentistas a lo largo del siglo XIX, en la visión social acuñada por algunos literatos como Blasco Ibáñez y en la obra de algunos agraristas del XX. La existencia de los arrendamientos históricos sería una consecuencia de estos comportamientos paternalistas, que habrían permitido que las pautas descuidadas de gestión heredadas del Antiguo Régimen se mantuvieran en una clase caracterizada por el absentismo.

El resultado sería una pérdida de dinamismo en el sector agrario y la persistencia de comportamientos retardatarios del crecimiento. Los rentistas, ausentes de sus patrimonios y poco implicados, se habrían dedicado únicamente a percibir sus rentas sin preocuparse de la mejora constante de sus explotaciones. La renta habría perpetuado un sistema de campesinos cultivadores apegados a los sistemas agrarios de subsistencia que difícilmente aumentarían su vinculación con el mercado. Estos comportamientos explicarían que en algunos entornos agrarios cultivos supuestamente de subsistencia (como por ejemplo el trigo) se hubieran mantenido retrasando el avance de otros más dinámicos como el naranjo y la viña (Palafox, 1984; Carnero y Palafox, 1982). Muy diferente hubiera sido si en lugar de arrendarlas los propietarios hubieran explotado directamente sus tierras con mentalidad capitalista, asumiendo mayores riesgos de inversión y utilizando mano de obra asalariada, o las hubieran cedido a grandes arrendatarios.

Los planteamientos de Garrabou y de un conjunto de historiadores capaces de analizar la renta de la tierra desde otro prisma empezaron a dibujar una concepción diferente del arrendamiento y de los mecanismos rentistas. Si se había producido un fuerte dinamismo en la agricultura era porque la renta se había mostrado como un mecanismo eficaz para articular el capitalismo agrario en el contexto valenciano. Apartándose nuevamente de los modelos atlánticos de desarrollo, la articulación del capitalismo se habría realizado básicamente a través de la renta y las pequeñas economías de labradores cultivadores.

A partir de aquí, los estudios han ido mostrando que el mantenimiento de mecanismos rentistas era una respuesta a los condicionamientos técnicos y ambientales de las formas predominantes de agricultura mediterránea, pero también el resultado de cálculos de rentabilidad económica en los que no estaban ausentes las condiciones sociales en las que se realizaba el cultivo. El arrendamiento a corto plazo, que salvaguardaba los derechos de libre disposición de la tierra y mantenía la posición preponderante del propietario, permitía el cultivo estable de la tierra, la aplicación de la cantidad de trabajo y de los conocimientos técnicos necesarios, reduciendo al mínimo los costos laborales. El sistema de arrendamientos, que permitía la revisión periódica de la renta a corto plazo, se mostraba como la fórmula más rentable de explotar la tierra.

Además el arrendamiento, pese a su peso en algunas zonas como en l’Horta de València, tenía una presencia variable en las diferentes comarcas del País Valenciano. Presentaba mayor importancia en el regadío que en el secano y convivía con formas de explotación diferentes, y no era en muchos lugares la forma mayoritaria de explotación. Por lo tanto no podía asumir todas las culpas del pretendido atraso de la agricultura. Los estudios sobre patrimonios rentistas, aún escasos, han mostrado que muchos propietarios combinaron diferentes formas de explotación. Podían cultivar las tierras directamente, cederlas en arrendamiento o incluso en aparcería en función de sus intereses y de la coyuntura económica, siguiendo cálculos de rentabilidad.

El seguimiento de su gestión hacía visible que la cesión de la tierra en arrendamiento no implicaba una desconexión respecto al cultivo o una actitud pasiva. No sólo se mostraban atentos a la gestión de su patrimonio, sino que a través de distintos mecanismos se implicaban en la actividad agraria. El arrendamiento no se podía ligar con ligereza, como se hacía habitualmente, con actitudes poco capitalistas. Muchos de estos propietarios se preocuparon también a través de diferentes instituciones de fomentar la incorporación de numerosas innovaciones, algunas con poco éxito pero otras con bastante proyección de futuro, que habían ayudado a dar con los elementos dinamizadores de la agricultura del XIX (Calatayud, 1999). Por tanto, las etiquetas utilizadas para la burguesía agraria y sus mecanismos de explotación de la tierra tenían poca razón de ser.

A partir de estas coordenadas podemos situar nuestro trabajo. Nuestra intención de partida es profundizar en el conocimiento de los mecanismos rentistas en la agricultura valenciana, en este caso en las comarcas centrales. ¿Cuáles eran los mecanismos de gestión empleados en los grandes patrimonios rentistas? ¿Cómo evolucionaron y se adaptaron estos mecanismos a la crisis del Antiguo Régimen y posteriormente a la nueva sociedad liberal? ¿Qué diferencias adoptaban en los diferentes espacios donde se desarrollaban? ¿Cómo variaron los comportamientos y las actitudes de propietarios y arrendatarios a lo largo del periodo? ¿Cómo evaluamos el papel desempeñado por los diferentes agentes sociales en el desarrollo de la agricultura? ¿Cómo respondieron en momento de crisis y transformación? ¿Favorecieron o retrasaron los cambios? ¿Qué estrategias de colaboración o de enfrentamiento se dieron entre los amos de la tierra y sus colonos? ¿Actuaron los propietarios como elementos retardatarios, anulando las posibilidades de crecimiento, o incentivaron la incorporación de innovaciones y nuevas orientaciones de cultivo? ¿Cuál fue el papel de propietarios y colonos en la difusión de la nueva especialización y en la intensificación que caracterizó el siglo XIX? Son muchas cuestiones que, caso de contestarse, nos ayudarían a la reevaluación y comprensión del dinamismo de la agricultura rentista valenciana.

La vía de acercamiento es el estudio del Santo Hospital General desde 1780 hasta 1860.[8] El amplió abanico geográfico y productivo de sus tierras, sumado a la diversidad y riqueza de las fuentes documentales que ha generado, lo convierten en un espacio privilegiado de observación de la agricultura rentista valenciana. Veremos minuciosamente desenvolverse al propietario y sus colonos en diferentes momentos, espacios, tipos de explotación y contextos sociales lo que nos permitirá hacer algunas aportaciones que consideramos interesantes. La diferencia constatada entre el marco legal de actuación y la gestión cotidiana en la economía rentista dota de mucho valor a estos estudios en la dimensión micro.

En el caso del Hospital, se trata de un patrimonio institucional, por lo que no comparte la misma lógica individual de los patrimonios de la burguesía agraria. Pero utiliza los mismos mecanismos de explotación, lo que nos permite profundizar en su funcionamiento. Además el carácter institucional del Hospital debería hacer de él un prototipo de propietario conservador y retardatario en sus comportamientos económicos según la visión tradicional. Si el Hospital no corrobora este estereotipo, debe darnos pistas para replantear el papel de los propietarios agrarios en el campo valenciano en las primeras décadas del periodo contemporáneo.

El inconveniente más relevante de nuestro estudio es la dificultad para generalizar las conclusiones extraídas. Se trata de un estudio de un único patrimonio en un largo plazo, por tanto, las conclusiones son necesariamente provisionales. No podemos decir la última palabra, pero confiamos en que esta investigación sirva para ir avanzando posibles respuestas. Esperamos que el esfuerzo, por nuestra parte y por la de los lectores, valga la pena.

TABLA DE EQUIVALENCIAS

Medidas de superficie

1 hectárea = 12 hanegadas (aprox.)

1 cahizada = 6 hanegadas = 0,5 Hectáreas (aprox.)

1 hanegada = 4 cuartones = 200 brazas.

Monedas

1 libra valenciana = 20 sueldos.

1 sueldo = 12 dineros.

1 libra valenciana = 15 reales.

[1] Mapa del Reino de Valencia. A. H. Dufour. París. 1838.

[2] El debate se ha renovado con la publicación de dos obras que reflejan los puntos de vista divergentes: James Simpson (1997) y Josep Pujol, Manuel González, Lourenzo Fernández, Domingo Gallego y Ramon Garrabou (2001).

[3] Una síntesis rápida de esta visión en Emili Giralt (1968 y 1970). Los orígenes historio-gráficos de esta interpretación en Pedro Ruiz (2001).

[4] De entre los estudios de esta época destacan los de Pedro Ruiz (1981), Jesús Millán (1984), Isabel Morant (1984), Carmen García (1985) y Ana Aguado (1986). La industria de la seda se trata en Vicente M. Santos Isern (1981).

[5] Así lo ha venido a confirmar el magnífico trabajo de Manuel Ardit (1993).

[6] Nuevas aportaciones en Lluís Torró (1996) y en Joaquim Cuevas y Lluís Torró (2004).

[7] Se pueden seguir ritmos diferentes de expansión o de retroceso del naranjo o el cáñamo en diversas comarcas en función de variables complejas, como indican Samuel Garrido (1999, 2000 y 2004) Salvador Calatayud (1989c).

[8] Un primer trabajo referido a la comarca de l’Horta de València en José Ramón Modesto (1998a).

I. EL HOSPITAL GENERAL COMO INSTITUCIÓN

Omito algunas cosas dignas de atención en la ciudad, pero no puedo menos de contar algunas particularidades de su hospital general. Lo vasto del edificio, la limpieza, el buen orden y cuidado que se advierte en todos sus ramos, forman un conjunto admirable, y un modelo digno de imitarse. Locos, expósitos, enfermos de qualquier dolencia, nación y religión que sean, todos hallan refugio en aquella casa de piedad. No están en sus propias casas tan bien cuidados los enfermos como en el hospital.

ANTONIO JOSEF CAVANILLES (1795)

1. EL HOSPITAL GENERAL: UNA INSTITUCIÓN DE BENEFICENCIA

La lectura de estas líneas de Cavanilles nos ayuda a comprender la importancia que el Hospital General tenía en la Valencia de finales del XVIII. La ciudad fue pionera en sus instalaciones hospitalarias desde el siglo XV. En 1409, el padre Gilabert Jofré, de la orden de la Merced, fundaba el Hospital dels Inocents. Era el primer hospital para dementes del que se tiene noticia. La obra nació con la idea de recoger a todos los dementes (inocents i furiosos) que deambulaban cotidianamente por la ciudad, expuestos al hambre, al frío y a los malos tratos. De esta manera, la población urbana quedaba también a salvo de los dementes más violentos. Para el mantenimiento del Hospital dels Inocents, un grupo de diez comerciantes de la ciudad, al mando de Llorenç Salom, formaron una cofradía. Los comerciantes acudieron pronto a la protección del rey y las autoridades de la ciudad. Ya en 1410 consiguieron el permiso para comprar casas, tierras, censos, alquerías y otros bienes para dotar de rentas a la institución.

En 1512 volvía a producirse una importante innovación en el ámbito asistencial. En Valencia existían varios hospitales, creados de forma particular en momentos distintos y con diferentes finalidades, pero la inexistencia de un asilo donde recoger a los niños abandonados provocó una reunión entre los diversos hospitales.[1] De esta iniciativa capitaneada por el cabildo eclesiástico, el Ayuntamiento y los diputados del Hospital dels Inocents, se originó la unificación de los diferentes hospitales, que añadiría la creación de una inclusa. Nacía entonces en 1512 el Santo Hospital General fruto de la confluencia de intereses de la Iglesia, la corona y las autoridades de la ciudad de Valencia.

Inicialmente la Junta Rectora se formó con miembros del cabildo, dos jurados del Ayuntamiento y uno de los diputados del Hospital dels Inocents. Pero en 1668 la corona creó la figura del visitador real, con la finalidad de que la monarquía pudiera supervisar su actividad y racionalizar su gestión. Durante las diversas reformas de su funcionamiento a lo largo del siglo XVIII (principalmente las de 1752 y 1785) se intentó fortalecer la presencia de las clases adineradas y notables de la ciudad. El Hospital General tenía pues en el siglo XVIII las características de las instituciones de beneficencia del Antiguo Régimen: se salvaguardaba el papel esencial de la Iglesia en estos asuntos, se potenciaba la presencia de los intereses de la monarquía y se buscaba el apoyo de las clases acomodadas.[2]

En el momento de iniciar nuestro estudio, el Hospital se gobernaba mediante una Real Junta de Gobierno formada por consiliarios de cuatro tipos: caballeros (nobles y cargos municipales), hacendados (propietarios de inmuebles o tierras), eclesiásticos y comerciantes. Mediante esta configuración se garantizaba la implicación, junto a las autoridades eclesiásticas y políticas, de los sectores nobiliarios y burgueses de la ciudad de Valencia. Como todas las instituciones benéficas, tenía una gran autonomía de actuación, recortada únicamente por la supervisión real de algunos aspectos administrativos. En el último cuarto del siglo XVIII se detecta una intensificación en el control de la monarquía, pero el amplio margen de autonomía que tenía la institución se mantuvo hasta la construcción del Estado liberal.

La entrada en vigor en 1836 de la Ley de Beneficencia de 1822, que había tenido una breve vigencia, supuso la conversión del Hospital en una entidad de beneficencia pública adscrita a la órbita de la autoridad municipal (Díez, 1993). Esta ley reflejaba la implantación del un modelo liberal progresista, en el que los municipios asumían importantes responsabilidades y descentralizaban en su beneficio amplias parcelas de poder. En este caso, se aplicaba este modelo progresista a la beneficencia y el Hospital pasó a depender de la Junta Municipal de Beneficencia, que gobernaba todos los establecimientos asistenciales de la ciudad.

Pero el moderantismo posterior adscribió el Hospital definitivamente a un modelo diferente, dibujado por la Ley de Beneficencia de 1849 y el reglamento de 1852. La orientación centralizadora que imprimió la burguesía moderada al naciente Estado liberal alcanzaba también el ámbito de la beneficencia y ligaba las instituciones asistenciales al control de los órganos de gobierno de la provincia. El Hospital adquirió carácter provincial y pasó a depender de la Junta Provincial de Beneficencia. Esta Junta era una nueva amalgama de diferentes intereses, pues estaba controlada por el gobierno central, la Diputación provincial y el arzobispado, pero ahora bajo la supervisión del Estado.[3]

Tras la ley de 1849 el Hospital mantuvo también una cierta autonomía a través de su Junta Administrativa, pero siempre supervisado por la Diputación. Además los cuadros administrativos, tanto del Hospital como de la beneficencia provincial, estuvieron intensamente ligados a las familias del liberalismo moderado. Personajes influyentes de la nobleza y burguesía liberal, y expertos conocedores del mundo agrario, como el conde de Ripalda, el barón de Santa Bárbara, el marqués de San Joaquín o D. Joaquín Roca de Togores formaron parte de los órganos de gobierno del Hospital, lo que induce a pensar que la ley de 1849 fue también el instrumento para orientar la asistencia publica en función de los nuevos intereses del moderantismo.[4]

Dentro de la polivalencia que caracteriza las grandes instituciones de beneficencia del Antiguo Régimen, en la Valencia del XVIII los dos grandes establecimientos existentes se habían especializado y separaban los enfermos de los individuos considerados socialmente indeseables. La Casa de Misericordia, nacida en 1673, era una institución de carácter asilar que recogía y disciplinaba a los mendigos y la población más pauperizada (huérfanos, ancianos, viudas sin recursos, disminuidos físicos, etc.). El Hospital General recogía la población que necesitaba una atención sanitaria, dedicándose a cuatro grupos con preferencia: dementes, expósitos, enfermos pobres y soldados. Esta polivalencia, si bien permitía una flexibilización en la dotación de recursos de cada tipo de población atendida, era también el resultado de la incapacidad del sistema para generar instituciones especializadas más adaptadas a las necesidades de los diferentes colectivos de atención.

Los enfermos eran tratados de dos formas: ambulatoria o residencial. La «cura de puertas» realizaba una asistencia ambulatoria a la población pobre que acudía al Hospital. La atención a los enfermos que quedaban internados se organizaba según las dolencias y los sexos. Había una sección de hombres y una de mujeres, y dentro de ellas había salas para sifilíticos (mals de siment o galicados), para fiebres y para enfermos contagiosos. En la sección de mujeres había además una sala para parturientas. La sección de expósitos tenía una inclusa donde eran atendidos y alimentados los lactantes abandonados, y un sistema de lactancia externa que enviaba los niños a diferentes familias, fundamentalmente de las poblaciones cercanas a Valencia, donde eran alimentadas por nodrizas pagadas por la institución. Los dementes, por su parte, eran organizados también por sexos y según su agresividad. Paralelamente existía un espacio destinado a la atención de los soldados heridos o enfermos. Esta condición militar del Hospital se mantuvo hasta 1838 en que se separó definitivamente la sanidad militar de la institución.

Como ha planteado Fernando Díez, en el Hospital se atendían los sectores más pauperizados y marginales de la población valenciana, rodeados frecuentemente de un fuerte estigma social. En el caso de los enfermos y dementes acudirían al Hospital como último recurso. La población enferma carente de apoyos familiares o de recursos para afrontar la situación se remitiría al Hospital como última opción nunca deseada. Allí, demostrada su condición de pobreza, son atendidos gratuitamente. Algunas de las enfermedades por su carácter contagioso, su cercanía a la locura o su procedencia venérea provocaban con facilidad el rechazo social.

En el caso de las mujeres y los niños el estigma era posiblemente aún mayor. Entre las mujeres un número nada despreciable de pacientes se habían dedicado a la prostitución. Existía además una sección de ocultas, un asilo para dar a luz, reservado a mujeres que sufrían un embarazo fuera del matrimonio. La inclusa se destinaba a hijos ilegítimos y población infantil abandonada o entregada al Hospital a causa de su orfandad o simplemente por la pobreza de sus padres. Para entregar a los lactantes existía un torno en una de las puertas del Hospital que permitía hacerlo de forma anónima, evitando la vergüenza de ser reconocidos.

2. LOS INGRESOS

El mantenimiento de una institución tan grande necesitaba de una movilización de recursos considerable.[5] A finales del siglo XVIII las principales fuentes de ingresos eran los censos cargados a la ciudad y a los particulares, los arriendos de tierras y casas, los derechos dominicales, las limosnas, las pensiones apostólicas y las subvenciones reales en forma de dinero o de derechos. A mediados del XIX los ingresos principales eran fundamentalmente los mismos, aunque se observaron modificaciones importantes: los derechos dominicales y las pensiones eclesiásticas habían desaparecido y a partir de 1848 el presupuesto provincial asumió una parte importante de la financiación.

La parte más importante de los ingresos (cerca del 45 %) fue siempre la correspondiente a las rentas fijas. Estas eran el resultado de los arriendos de las casas, las tierras, el teatro de comedias y algunas otras propiedades como una posada, una carnicería o los morerales del foso de la muralla. Estas propiedades eran fundamentalmente fruto de herencias y donaciones o compras del Hospital. Junto a ellas la institución había heredado o instituido censos sobre la ciudad, diferentes instituciones y particulares. Algunos censos enfitéuticos de pequeña cuantía y los derechos dominicales del lugar de Benicalaf de les Valls (hoy el término municipal de Benavites), que el Hospital había heredado en 1755, completaban estas rentas fijas.

Los legados testamentarios eran limosnas en metálico. Su cantidad era variable en función de las donaciones realizadas, aunque posiblemente fuera una pauta generalizada en los testamentos. Existían también algunas herencias consistentes en suscripciones anuales de cierta cantidad. Así mismo, se recibían limosnas de particulares o recogidas a través de diferentes mecanismos: colectores de limosnas, aguinaldos, limosnas extraordinarias, etc.

Como apoyo de la monarquía, el Hospital gozaba desde finales del siglo XVI del privilegio de explotar diferentes fiestas y espectáculos públicos. Se dedicó fundamentalmente a la Casa de las Comedias y los espectáculos taurinos, pero recibía también ingresos de la celebración de juegos de pelota, peleas de gallos, representaciones cómicas en las calles, etc. A finales del siglo XVIII dejó de regentar la Casa de las Comedias y arrendó su explotación a particulares. Los espectáculos taurinos, la parte más sustancial de estos ingresos por su carácter masivo y popular, siguieron siendo explotados hasta que fueron asumidos por la Diputación.

Las subvenciones eclesiásticas eran también una parte importante de los ingresos, especialmente el Fondo Pío Beneficial y las pensiones de las Mitras de Valencia, Segorbe y Orihuela. De esta manera, además de las variadas colectas religiosas, se implicaban los estamentos eclesiásticos en el mantenimiento de la institución. Por su parte, el Ayuntamiento de Valencia contribuía a través del suministro diario de una cantidad de carne y una aportación en metálico gravada sobre los bienes de propios (Díez, 1993).

La asistencia a los enfermos era gratuita para aquellos internos que demostraban su pobreza. Pero existían enfermos con posibilidades de pagar su atención, bien por su cuenta o bien a través de alguna Hermandad o Sociedad de Socorros Mutuos. La estancia de los enfermos que provenían de las prisiones y los militares era sufragada por el erario público. El Hospital tenía capacidad para quedarse los efectos de aquellos enfermos que morían y no habían pagado su estancia. En el caso de los dementes podía incluso quedarse con sus propiedades inmuebles, caso de que durante estancias largas su familia no los hubiera mantenido. Con estos efectos el Hospital realizaba frecuentes subastas o almonedas. Existía también un conjunto de ingresos menores, como el arriendo del estiércol producido por los residentes, la venta de la leña de sus explotaciones o de las limosnas recibidas en especie en lugares lejanos o en productos que no consumía el Hospital (salvado, seda, algarrobas, etc.).

Para hacernos una idea de la importancia de las diferentes partidas de ingresos y de cómo varió su cuantía a lo largo de los años que estudiamos, hemos realizado un sencillo análisis agregando a los datos ofrecidos por Fernando Díez para el periodo 1830-1836 los obtenidos por nosotros en los quinquenios 1838-1842 y 1849-1853. El resultado puede verse en el cuadro 1.1.[6]

Según plantea Fernando Díez, el Hospital General mantuvo su capacidad de asistencia durante el siglo XVIII. La afirmación se basa en que la institución aumentó el número de enfermos asistidos al mismo ritmo que lo hacía la población de la ciudad, su principal ámbito de asistencia. Pero el panorama en el siglo XIX cambió sustancialmente. Las diferentes crisis experimentadas por los ingresos del Hospital supusieron una reducción importante de su capacidad de asistencia. Las dificultades económicas de la institución le impidieron mantener su capacidad asistencial al ritmo de la población. Si a esto añadimos que el Hospital en 1849 pasó a tener una clasificación provincial, con lo que aumentó el porcentaje de ingresos de enfermos de las poblaciones de la provincia, e incluso de Alicante y Castellón, podemos entender las razones que llevan a este autor a plantear la «desasistencia» del sistema benéfico del XIX (Díez, 1990 y 1993).

La primera crisis de ingresos que se detecta tras los difíciles años de la Guerra del Francés, tiene lugar en la década 1820-1830. Esta crisis se debió a la reducción de las rentas fijas fruto de las dificultades generales que vivió el País Valenciano. La segunda se detecta entre los años 1836-1842. La causa está en la desaparición definitiva de los derechos dominicales, de las rentas eclesiásticas y el impago por parte de la hacienda de los numerosos heridos atendidos por el Hospital durante la Primera Guerra Carlista. El paso de la beneficencia al control municipal con la ley de 1836, la desamortización eclesiástica emprendida por Mendizábal ese mismo año y las dificultades del cobro de los diezmos hasta su definitiva abolición debieron sumarse para que las subvenciones de tipo eclesiástico, que ya venían reduciéndose a lo largo de las primeras décadas del XIX, desaparecieran de los ingresos del Hospital en 1838, como puede verse en el cuadro 1.1. A la pérdida de estas importantes rentas, el 8,6 % durante el periodo 1830-1836, se sumaron el impago por parte de la hacienda pública de los gastos ocasionados por la atención prestada a los soldados heridos o enfermos a causa de la contienda civil.[7] La separación del Hospital Militar y el Hospital General a partir de 1838, el pago de los atrasos y la asunción de los déficits presupuestarios de las instituciones benéficas por las diputaciones tras la Ley de Beneficencia de 1849 supusieron una inyección económica que sacó al Hospital del bache.

La tercera gran crisis de ingresos se dio a partir de 1858 fruto de la desamortización de Madoz (Pons, 1991). La desamortización civil, decretada en 1855, trajo consigo las ventas de los patrimonios de las instituciones benéficas, que en el caso del Hospital fueron vendiéndose a partir de 1858. Esto supuso la liquidación del patrimonio y por tanto de gran parte de su capacidad económica.[8] A partir de entonces dependió enteramente de los ingresos procedentes de la Diputación que asumió la beneficencia como uno de los gastos más importantes (Laguna y Martínez, 1995).[9]

3. LAS RENTAS FIJAS

Como hemos visto, las rentas fijas, formadas por los arriendos de tierras y casas, los derechos dominicales y los rendimientos de los censos, eran una parte muy importante de los ingresos del Hospital. Los ingresos por arrendamiento de tierras, que suponían hasta 1849 más del 30 % de los ingresos totales, son la parte que más nos interesa. Pero antes resulta clarificador comparar la evolución de las diferentes partidas de las rentas fijas que podemos seguir en el cuadro 1.2.

Tres conclusiones se extraen con facilidad viendo las cifras. La primera que el arriendo de casas y tierras, que ya era a finales del siglo XVIII uno de los pilares económicos del Hospital, se potenció como la fuente hegemónica de financiación hasta su integración en la Diputación Provincial a mediados del siglo XIX. En este proceso destaca el fuerte crecimiento que tanto los ingresos por arriendos de tierras como de casas tuvieron entre 1786 y 1798 (el 73 % las tierras y el 122 % las casas). Tras la ligera bajada y el estancamiento que se detecta en las tres primeras décadas del siglo XIX, volvió a crecer con fuerza a partir de 1838. En esta ocasión el crecimiento volvió a ser especialmente intenso en las casas que crecieron un 130 % mientras los ingresos de la tierra lo hicieron solamente el 27 %.

La segunda conclusión clara es que el cambio de siglo trajo también el declive de otros dos pilares de la institución: los derechos señoriales y los censos consignativos y enfitéuticos. El seguimiento de los derechos dominicales del lugar de Benicalaf de les Valls, lugar cercano a Sagunt, muestra como tras un destacado crecimiento de los ingresos a finales del siglo XVIII (entre 1787 y 1803 crecerían un 35 %) entrarían en un fuerte declive hasta su desaparición con la ley de señoríos definitiva en 1837, lo que confirma el escaso éxito de las rentas feudales para soportar las reformas del liberalismo.[10] La abolición del diezmo y el efecto de las desamortizaciones sería también determinante para la reducción de las subvenciones eclesiásticas que provenían de las rentas de la Iglesia.

Una reducción similar sufrieron los recursos procedentes de censos tanto enfitéuticos como consignativos, que habían sido una de las piezas clave de la economía de la institución en el XVIII. Como veíamos en el cuadro 1.2, tras un aumento del 27 % de 1786 a 1798, muy inferior al de las tierras o casas, los ingresos por este concepto inician una decadencia, que lleva a reducirlos un 82 % en 1849.

En el caso de los censos consignativos el Hospital General seguiría la misma dinámica que muchas de las instituciones eclesiásticas que conocemos durante el siglo XVIII: optó por la inversión en tierras en lugar de la inversión en censales, que había sido el sistema preferente durante la Edad Moderna.[11] Así, las cifras manejadas por Mercedes Vilar para finales del XVII muestran una superioridad de los ingresos producto de los diferentes censales. Estos ingresos alcanzaban en 1700 las 4.100 libras, superando con creces los ingresos por arrendamientos de tierras (402 libras), de casas (288 libras) y los censos enfitéuticos y luismos (531 libras). Los datos reflejados en el cuadro 1.2 dejan patente el cambio y muestran la supremacía del arrendamiento de tierras que en 1798 supera con creces el producto de los censos.

La causa del fuerte descenso de los censos que observábamos entre 1798 y 1849 fue el aumento de las dificultades para su recaudación, por la grave crisis de principios de siglo XIX y por la ineficacia de los sistemas de cobro. Esta situación cambió sustancialmente con la vinculación del Hospital a la Diputación, que permitió reclamar las deudas por vía judicial sin necesidad de autorización ministerial y posteriormente a 1853 a través de la vía de apremio administrativo, mucho más rápida y eficaz.[12]

En el caso de los censos enfitéuticos, que según algunos indicios no llegaban a 220 libras en la década de 1840, la causa de su descenso fue la dificultad de su recaudación a consecuencia de la fuerte devaluación que sufrieron durante el inicio de siglo. A mediados del XIX era frecuente que muchos de ellos ni si quiera se reclamaran judicialmente, pues era más costoso hacer la reclamación que la cantidad que se esperaba recaudar.[13]

Una tercera conclusión que pondría de manifiesto un aspecto llamativo en el caso del Hospital es que a lo largo las últimas décadas del siglo XVIII y de la primera mitad del siglo XIX, el aumento considerable de la renta rústica se acompañó de un aumento todavía mayor de los ingresos procedentes del alquiler de inmuebles urbanos. El grueso de estos bienes, entre los que se encontraba un teatro, estaba concentrado en la ciudad de Valencia. El Hospital supo aprovechar el aumento considerable de la rentabilidad que los inmuebles experimentaron en una ciudad constreñida y con grandes dificultades para acoger el crecimiento de población que se estaba produciendo. El aumento de la densidad de población en un espacio urbano que no podía extenderse, debió elevar de forma importante la rentabilidad de los alquileres entre 1840 y 1864, bien a través del aumento de la renta o de la optimización de los espacios mediante crecimiento en altura o la subdivisión de las viviendas (Azagra, 1993).[14]La presión sobre el suelo y las viviendas en la ciudad, posiblemente junto a la ampliación de su patrimonio urbano, aumentó la recaudación por arrendamiento de inmuebles de la institución de forma considerable entre 1842 y 1853. En este sentido el Hospital seguiría también la senda que trazaron los patrimonios burgueses, que encontraron una buena fuente de ingresos en los negocios inmobiliarios urbanos. Este fenómeno sería también decisivo porque, si los inmuebles urbanos aumentaron su rentabilidad, posiblemente atrajeran la mayor parte de las inversiones del Hospital que se mostró reticente a invertir directamente en sus tierras a partir de los primeros años del XIX.

Para mantener sus rentas el Hospital se beneficiaba además de ventajas especiales a la hora de dirigirse a los tribunales de justicia. La institución gozaba del privilegio real de poder acudir a un juez conservador, que era el Oidor Decano de la Audiencia de Valencia. Esto le permitía un mejor acceso a la justicia, porque el juez tenía el cometido de prestar una especial atención a los bienes del establecimiento. Cuando el Hospital necesitaba iniciar un pleito se dirigía preferentemente a este juez, independientemente del lugar donde se producía el hecho o, en el caso de los arrendamientos, donde estuviera la tierra. En las escrituras el Hospital pactaba con sus colonos que en caso de algún tipo de conflicto se sometían a la autoridad de los tribunales de la ciudad de Valencia con lo que se aseguraba poder recurrir a su privilegio.[15] Esto permitiría obtener al Hospital una mayor eficacia y rapidez en sus actuaciones judiciales y podría ser aprovechado en sus pleitos de deudas y desahucio para inclinar la balanza a su favor. Pese a ello, como veremos, los juicios por deudas o desahucio eran lentos y tenían que enfrentarse con frecuencia a una fuerte resistencia de los arrendatarios a las decisiones de la justicia.

Las transformaciones que sufrió el poder judicial con las reformas liberales y la nueva configuración de los tribunales hicieron que este tratamiento especial desapareciera y el Hospital pasó a ser tratado por la justicia como un propietario más. A partir de este momento acudió a los juicios de conciliación en cada una de las poblaciones correspondientes cuando surgían problemas de atrasos. A partir de 1853, después de haber pasado a depender de la Diputación Provincial el establecimiento logró que sus deudas fueran reclamadas a través de apremio administrativo, cómo si se tratara de impuestos o rentas provinciales. Esto supondría también una mayor capacidad de presión para el cobro de sus morosos que el recurso a los tribunales ordinarios, pero el desenlace definitivo de la desamortización impidió que lo disfrutara mucho tiempo.

[1] Existía el Hospital de San Lázaro para leprosos, el de En Conill se dedicaba a los peregrinos, el de la Reina, el de En Clapers, el de En Bou y la Casa de San Vicente.

[2] Diferentes estudios nos permiten conocer el Hospital General. Sus orígenes se estudian en María L. López (1986), la época foral en Mercedes Vilar (1996) y los siglos XVIII y XIX en Fernando Díez (1990 y 1993).

[3] La Junta Municipal de Beneficencia tras la ley de 1849 la componían: el secretario del Gobierno Político en representación del jefe político, el arzobispo de Valencia, dos canónigos de la catedral, un diputado y un consejero provincial, dos vecinos electores de la ciudad y un médico. Véase Fernando Díez (1993).

[4] Sobre la beneficencia y el moderantismo véase Justo Serna (1988). Un ejemplo de la vin culación entre las nuevas clases dominantes es el conde de Ripalda. Uno de los mayores pro pie tarios de la comarca e implicado en el cultivo fue entre 1838 y 1843 secretario de la Junta Muni cipal de Beneficencia.

[5] En la época foral, las fuentes de financiación fueron diversas: censales propios o heredados de legados; censos enfitéuticos; arrendamientos de casas, tierras, alquerías; derechos dominicales o tercios diezmos; legados y limosnas testamentarias; limosnas y subvenciones anuales de conventos, parroquias, la ciudad, el arzobispo y diferentes mitras episcopales; colectas periódicas; subastas y almonedas de bienes; venta del estiércol y otros ingresos en especie; privilegios reales para organizar fiestas, corridas de toros, juegos de pelota y comedias, etc. Con variaciones en su cuantía muchas de las fuentes se mantuvieron hasta la segunda mitad del siglo XIX. Véase Mercedes Vilar Devís (1996).

[6] Todos los cuadros y gráficos citados en este capítulo y en los siguientes se recogen en el Apéndice final.

[7] Las dificultades económicas del Hospital en las diferentes crisis se estudian en Fernando Díez (1993).

[8] La venta de los patrimonios debía ser compensada por la posesión de deuda pública intransferible. Pero hasta 1864 los ingresos por los intereses de la deuda no alcanzaron una cantidad que pudiera restituir al menos en parte las rentas perdidas. Véase Fernando Díez (1993).

[9] Ambos autores sitúan a la beneficencia como el primer gasto en importancia en el presupuesto provincial a partir de 1861.

[10] El Hospital General cobraba desde 1755 los derechos dominicales del lugar de Benicalaf de les Valls. Este incluía proporciones variables de las diferentes cosechas, un horno de pan, la almazara y prensas de aceite, la carnicería, la tienda, la panadería, la taberna, nueve horas de agua, las casas de la señoría y censos enfitéuticos con luísmo, reluísmo y quindemio sobre 72 hanegadas en el lugar. Se arrendaban en plazos de cuatro o seis años y su producto puede seguirse en José Ramón Modesto (1998a y 2004).

[11] Una versión sintética de este proceso se trata en Manuel Ardit (1993) y Mariano Peset y Vicente Graullera (1986). Los casos más conocidos quizá sean los de la catedral, Sant Joan del Mercat y el del Colegio del Patriarca. Véase Fernando Andrés (1987) y Javier Palao (1993). Para una revisión de los problemas del crédito en la crisis del Antiguo Régimen, véase Enric Tello (2001).

[12] En la contabilidad del quinquenio 1848-1853 se destacaba la eficacia obtenida en el cobro de los censos: «la renta de censos se ha elevado a una renta fabulosa durante esta administración, mientras que según el antiguo método de cobranza rendía muy poco». ADPV. Hospital General. VI 4.3. Caja 3.

[13] En palabras del administrador en 1853: «Los capitales de censos enfitéuticos y aún consignativos son insignificantes; de modo que tenemos de aquellos hasta de 4 rs. ¿y por qué ha de molestarse a todo un tribunal, al abogado de la casa y demás curiales a formular y seguir una demanda de tan corta cantidad si el pago de aquella aún entendida en sello de pobre vale mucho más que el derecho reclamado?». ADPV. Hospital General. VI 4.3. Caja 5.

[14] En el caso de la catedral y de Sant Joan del Mercat también parece que la rentabilidad de las propiedades urbanas superó a la de la tierra. Véase Javier Palao (1993).

[15] Uno de los párrafos finales de los contratos decía: «Y ambas partes dan el poder que se requiere a los señores Jueces y Justicias de su Majestad que les sean competentes, y en especial a los de esta Ciudad de Valencia a cuya jurisdicción se someten, renunciando todas las leyes, fueros y privilegios a su favor».

II. EL HOSPITAL COMO PROPIETARIO DE TIERRAS

El Hospital General era, a finales del siglo XVIII, uno de los propietarios de tierras más importantes de todo el País Valenciano. Sabemos que en 1828 era el quinto propietario de la Particular Contribución de Valencia (Hernández y Romero, 1980). Si tenemos en cuenta que en esas fechas sólo un tercio de su patrimonio se ubicaba en la comarca de l’Horta, podemos plantear que sería probablemente uno de los mayores propietarios del Reino de Valencia. Además, como veremos a continuación, la institución incrementó de forma considerable su patrimonio hasta que la desamortización de Madoz provocó a partir de 1858 la completa enajenación de sus propiedades. El volumen y diversidad de su patrimonio y el carácter estrictamente rentista de su gestión lo convierten en una fuente privilegiada para el estudio de la agricultura valenciana en el tránsito entre los dos siglos. El primer paso en nuestro estudio será intentar conocer su patrimonio, analizar cómo evolucionó e intentar entrever cuál pudo ser la lógica de esta trayectoria.

1. ORIGEN DEL PATRIMONIO Y VÍAS DE ACUMULACIÓN Y PÉRDIDA

Hay que tener en cuenta al analizar el patrimonio del Hospital el carácter institucional de los bienes. El hecho de tratarse de una institución permitía una mayor capacidad de acumulación y estabilidad, al no estar sometido a las fluctuaciones que los patrimonios familiares o individuales sufren por razones biológicas (división por herencia, nupcialidad, etc.). Además se trataba de una institución en la que diferentes intereses sociales quedaban implicados, lo que tendrá importantes repercusiones en su salud económica.

De entrada, el Hospital obtuvo desde su fundación el privilegio de amortización de sus tierras, que impedía que estas pudiesen ser enajenadas. Consecuentemente estuvo, también, afectado por las medidas antiamortizadoras que intentaron limitar la acumulación de tierras por parte de los grandes patrimonios. Desde la época foral se establecieron fuertes limitaciones a su capacidad de movimiento, que sin embargo tenían una efectividad vacilante y contradictoria a causa fundamentalmente de las penurias económicas de la hacienda pública (Palao, 1993; Brines, 1974). La situación del Hospital era peculiar. Mientras las instituciones eclesiásticas normalmente eran vigiladas y penalizadas, a menudo de forma infructuosa, por los juzgados de amortización para que no ampliaran su patrimonio, en el caso del Hospital las medidas más importantes fueron las establecidas por la corona para evitar la venta de propiedades. La Junta del Hospital tenía capacidad para gestionar a su voluntad los bienes, pero no podía vender ni permutar ninguno sin la adecuada autorización, inicialmente del rey y luego del ministerio de Gobernación.

La realidad fue en la práctica diferente y durante su larga existencia las penurias económicas obligaron con frecuencia a la institución a la venta de propiedades como forma de reducir sus constantes déficits. El cuidado de los enfermos, locos y expósitos era un pozo sin fondo, que impedía obtener beneficios y minimizaba su capacidad de inversión. Por ello, su crecimiento patrimonial no fue el resultado del beneficio generado por sí mismo, sino de la incorporación de tierras a través de diferentes mecanismos en los que frecuentemente estuvieron implicados elementos ideológicos y el favor de las instituciones que lo apoyaban. Su evolución patrimonial fue fundamentalmente el resultado de los intereses y comportamientos de los sectores sociales e instituciones que le daban consistencia y apoyo, tanto durante el Antiguo Régimen como en la época del liberalismo: la Iglesia, los sectores acomodados, la corona y las autoridades civiles. Esto explica también las peculiares vías de incorporación de sus bienes rústicos. Por otro lado, no parece que la institución siguiera en el crecimiento de su patrimonio una estrategia trazada con anterioridad. Aunque, cuando tuvo capacidad para orientar la adquisición de tierras, utilizó algunos criterios claros.

El patrimonio rústico del Hospital tuvo un origen variado. Cuatro son las principales vías a través de las cuales las tierras acababan en sus manos. La primera y más importante era la donación o la herencia. A lo largo del XVIII y la primera mitad del XIX fue muy frecuente que los grandes propietarios y notables del reino hicieran donaciones de tierras a instituciones benéficas en el momento de su muerte, o estipularan en los testamentos cláusulas para que en caso de que ellos o sus herederos quedaran sin descendencia sus patrimonios pasaran a manos de este tipo de instituciones. Esta acción caritativa se incentivaba mediante una bula papal que concedía indulgencias a todos aquellos que ayudaran económicamente al Hospital. Este procedimiento fue el más importante en su crecimiento patrimonial. De las tierras que tenía en 1850, aproximadamente el 70 % era fruto de las herencias o donaciones.[1] Pese a que la legislación desamortizadora destinaba en 1855 claramente sus tierras a la subasta pública, podemos detectar que el flujo de donaciones continuó hasta el momento mismo de iniciarse las ventas en 1858.

Otra parte del patrimonio llegó a manos del Hospital tras la disolución de diferentes órdenes religiosas, especialmente dos: los Padres Camilos en 1782 y los Antonianos en 1798. Sus bienes engrosaron las rentas del Hospital en una clara muestra del apoyo de la Iglesia y la corona. Las dos incorporaciones aportaron cerca de 1.100 hgs., el 15 % del patrimonio del Hospital en 1850.

La tercera vía de acumulación fue la adquisición directa. Este no era un mecanismo muy frecuente, pero el Hospital realizó dos grandes operaciones de compra. Una entre 1776 y 1783 comprando cerca de 252 hgs. de tierra, la mayoría de ellas huerta en l’Horta, con el dinero que recibió del Pósito de Abastos. Y la otra en 1798 con la limosna de un bienhechor que permitió comprar a la cartuja de Portaceli cerca de 500 hgs. en la Pobla de Vallbona. El resto de las compras del Hospital fueron muy escasas y dispersas en el tiempo. Las adquisiciones directas del Hospital suponían en 1850 únicamente el 10 % de las tierras.

El cuarto mecanismo, mucho menos frecuente fue la entrega de alguna propiedad en pago de la manutención de algún enfermo o de alguna deuda contraída. Las deudas solían ser fruto de la acumulación de atrasos de arriendos o de censa les no pagados. Pero sólo una pequeña parte de las tierras, aproximadamente el 2 %, llegaron a la institución por este procedimiento. La poca relevancia de este mecanismo es un hecho llamativo teniendo en cuenta los fuertes endeudamientos que en ocasiones generaron sus colonos, pero parece que el Hospital eludió el aumento del patrimonio a través de esta vía.

El restante 3 % recaló en el patrimonio del Hospital después de que se realizara un convenio con el propio clero del Hospital en 1848 que incorporaba sus bienes a la administración del Hospital. Esta incorporación debió estar relacionada con el proceso desamortizador iniciado por Espartero y con la nueva organización de la beneficencia tras la ley de 1849.

En cuanto a los procesos de reducción del patrimonio, el retroceso más sensible hasta la liquidación del patrimonio a partir de 1858, se produjo como resultado de la desamortización de Godoy, entre 1799 y 1807. Los datos de Joaquín Azagra recogen ventas de propiedades de diferentes instituciones de beneficencia en Valencia que alcanzan las 129,6 ha (1.555 hgs. aproximadamente), cantidad nada desdeñable teniendo en cuenta que el patrimonio del Hospital en 1790 alcanzaba las 3.057 hgs. Aunque no conocemos exactamente la cantidad que correspondió al Hospital, hemos detectado en los libros de tierras ventas a través de subasta judicial entre 1802 y 1807 que debieron estar relacionadas con este proceso desamortizador.

Además hemos detectado ventas por parte del Hospital de algunas parcelas en diferentes momentos, acuciado por el constante déficit de la institución.[2] En 1805 el Hospital obtuvo permiso para vender algunas propiedades dada su angustiosa situación económica. Fueron seguramente los años más críticos del Hospital. Entre 1805 y 1823 se detecta la venta preferentemente de tierras de secano poco productivas y alejadas. Las más importantes en algunas de las zonas de secano de l’Horta (Albal, el Puig y Puçol), en Xàtiva, Cheste y Bétera. Así mismo, destaca la venta de algunas parcelas de arrozal en Cullera que presentaban grandes dificultades de explotación. Estas fincas se eligieron por su estado y situación, vendiéndose preferentemente las menos productivas o de difícil administración.

En cuanto a la naturaleza jurídica, la dispersión geográfica y la diversidad del patrimonio hacen que nos tropecemos con situaciones de todo tipo. Lo más habitual es encontrar al Hospital como propietario pleno de las tierras. Es el caso, por ejemplo, de la situación de las tierras en Alboraia, Alzira, Llíria o Algemesí, realengos donde las únicas cargas serán los diezmos, que recaían en el cultivador, y la contribución del equivalente, sufragada por el propietario. La descripción de las tierras en los libros especifica que se trata de tierras «libres de todo cargo y censo». Pero, aunque parece ser la situación mayoritaria, no puede ser generalizable.

En algunos casos, la tierra esta sujeta a censos enfitéuticos. En ocasiones se trata de lugares de señorío en los que se ha establecido diferentes cultivadores a través de enfiteusis y en los que el dominio útil de la tierra ha recaído finalmente en el Hospital por herencia. Es por ejemplo el caso de las tierras de Torrent y Picanya, cuyos términos formaban parte de la encomienda de Torrent, señorío de la orden de Montesa.[3]

En algunas parcelas donde existía enfiteusis la situación era mucho más compleja. Las parcelas más grandes que tenía el Hospital en la vega de Valencia solían estar cargadas con varios censos enfitéuticos pertenecientes a diferentes instituciones o nobles. Esto podía ser fruto de préstamos o también de concesiones por herencia del dominio directo fraccionado a diferentes instituciones. La reducida cuantía de los pagos y la dificultad de ejercer con eficacia algunos derechos como el de quindenio, que no siempre estaba recogido claramente, perjudicaba mucho su recaudación efectiva.[4]4

En otros casos las tierras se encuentran en lugares de señorío que establecen sobre las parcelas derechos de partición de frutos. Es el caso de Catarroja o Bonrepós en l’Horta. En la primera población las parcelas estaban «muy pechadas de señorío pues se paga de 5 a 1» y en la segunda la proporción aumentaba de 4 a 1. En estos casos la partición de frutos, superior a otras zonas donde sólo se pagaría el diezmo, supone una pérdida importante del valor de las tierras y una reducción significativa de la renta. En el caso de la Pobla de Vallbona, que era también un espacio de señorío, las tierras además de estar sujetas al equivalente, como las restantes del reino, debían pagar anualmente una pecha real ordinaria. En este caso se trataba de un impuesto en metálico que apenas alcanzaba el 1 % de la renta obtenida por las tierras del Hospital en esta población.[5]

Pese a estas diferencias de naturaleza jurídica en las tierras, el Hospital no estableció diferencias en la gestión y control entre las tierras que poseía en propiedad plena o aquellas de las que era propietario del dominio útil. El hecho de ser titular únicamente de este último, como en el caso de Torrent, no impidió que arrendara la tierra sin ningún tipo de cortapisas al igual que lo hacía con tierras en las que tenía la plena propiedad. Lo mismo ocurría con las tierras con independencia de encontrarse en lugares de señorío o de realengo, siempre arrendó las tierras sin limitaciones de ningún tipo. Por tanto, la renta feudal y la renta de carácter capitalista podían convivir sobre las mismas parcelas, de la misma manera que en muchas tierras lo hacían la enfiteusis y el arrendamiento.

Como veremos a continuación, lo más llamativo es que, a pesar de la difícil coyuntura de la economía agraria valenciana durante las primeras décadas del XIX y al desarrollo de varias fases del proceso desamortizador, el patrimonio del Hospital mantuvo un destacado crecimiento. Las donaciones e incorporaciones superaron con creces las pérdidas patrimoniales. La dinámica de acumulación de tierras no se interrumpió y, pese a algunas ventas, el saldo parece ser siempre positivo. De hecho, los datos que veremos más adelante indican que entre 1790 y 1850 el Hospital multiplicó la superficie de sus propiedades por 2,42 y su renta pactada por 2,34, una vez deflactada.

Pero este saldo positivo no es el fruto de una política inversora fuerte ni de la capacidad económica del Hospital para generar por sí mismo un importante patrimonio, sino principalmente el resultado del apoyo de las instituciones y los sectores sociales que lo fomentaban. La dinámica económica del Hospital, sumido habitualmente en problemas de déficit, era incapaz de generar un incremento patrimonial. Pero el apoyo de la Iglesia, de las autoridades civiles, tanto del Antiguo Régimen como las del sistema liberal, y de los sectores más acomodados de la sociedad valenciana, dio lugar a un significativo proceso de acumulación patrimonial. Por tanto, el «éxito» del Hospital no es el resultado de su propio auge económico, sino de la confluencia de intereses y el empuje decidido de los sectores sociales que lo apoyaban proveyendo periódicamente su patrimonio para mantener su labor benéfica.

2. EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO: UN LLAMATIVO PROCESO DE ACUMULACIÓN

El estudio del patrimonio del Hospital es una tarea compleja dado el tamaño, la distinta naturaleza de sus propiedades y las variaciones que sufrió a lo largo del tiempo. Para analizar su composición y evolución hemos realizado inventarios, utilizando los libros de tierras, de todas las fincas rústicas y su renta en tres momentos diferentes: 1790, 1823 y 1850. Los inventarios, distanciados por algo más de 25 años, nos dan una referencia para analizar los cambios a lo largo del periodo. Los resultados de los tres cortes están reflejados en los cuadros 2.1, 2.2 y 2.3. Con la intención de facilitar la exposición hemos elaborado gráficos y cuadros más simples, que resumen la información de forma más concreta.

Para analizar la evolución real del volumen de la renta obtenida por el arrendamiento de su patrimonio rústico hemos deflactado los valores nominales utilizando la media del precio del trigo en el año del corte, el anterior y el posterior. Los datos sintetizados del crecimiento patrimonial del Hospital en renta y en libras puede verse en el cuadro 2.4 y su representación visual en el gráfico 2.1.

Con el fin de conocer con más detalle la trayectoria del patrimonio es fundamental analizar también los aspectos cualitativos. Intentaremos para ello analizar la composición del conjunto de propiedades rústicas según el tipo de tierras.[6] Los gráficos 2.2 y 2.3 refleja las variaciones absolutas y porcentuales de la superficie según en la calidad y el tipo de tierra en los tres cortes cronológicos realizados. En los gráficos 2.4 y 2.5 hemos reflejado las variaciones también porcentuales y absolutas de la renta percibida según los tipos de tierra.

Dispuestos a añadir elementos cualitativos y plantear explicaciones más precisas, hemos indagado también en su distribución geográfica y las modificaciones que sufre esta distribución lo largo del tiempo. Las tierras del Hospital se concentraban en la actual provincia de Valencia, especialmente en las comarcas centrales. Pero la institución es propietaria de tierras en un amplio y disperso número de términos e incluso en las provincias de Castelló y Alacant. La dificultad de gestionar un patrimonio tan disperso, hizo que se organizara en torno a diferentes administraciones subalternas que se centralizaban en la población más importante. La administración del Hospital en Valencia controlaba el patrimonio cercano a la ciudad y algunas parcelas de particular importancia. El control de las tierras más alejadas era encargado a administradores subalternos. La administración de Llíria reunía las propiedades de la comarca del Camp de Túria y algunas escasas tierras en la Foia de Bunyol. La de Alzira las explotaciones localizadas en la Ribera Alta y Baixa. La administración de Sagunt recogía las tierras de la comarca del Camp de Morvedre. Y la de Xàtiva las propiedades de la Costera, la Vall d’Albaida y el Comtat. Las administraciones de Alicante y Castellón controlaban ambas provincias.[7] Los datos de superficie y renta de las administraciones y su valor en porcentaje se muestran en los cuadros 2.5 y 2.6.

Toda la extensa información que hemos recogido en torno al patrimonio rústico del Hospital nos permite plantear algunas conclusiones acerca de cuál fue su trayectoria, los factores que la condicionaron y la estrategia patrimonial de la institución.

En nuestro punto de partida, 1790, el Hospital poseía un valioso patrimonio que se contaría como uno de los más importantes del País Valenciano. Tal y como se refleja en el cuadro 2.4, la superficie alcanzaba las 3.057 hgs. y la renta obtenida por su arrendamiento alcanzaba las 9.126 libras. La mayoría de la tierra era poseída en propiedad, aunque en algunas parcelas únicamente tenía el dominio útil al estar detentadas a través de enfiteusis y sujetas al pago de censos devaluados. En ambas situaciones el Hospital manifestaba una plena disponibilidad de las tierras que eran cedidas siempre en arrendamientos cortos independientemente de su situación jurídica, como prueban los contratos.

En el conjunto de sus tierras destacaba el protagonismo de las tierras regadas (46 % de la superficie y 77 % de la renta). Si bien la diferencia en extensión entre el regadío y el secano no era muy amplia, su diferente rentabilidad hacía que el regadío dominara ampliamente en las cantidades obtenidas por su arrendamiento. Así, aunque el secano alcanzaba el 37,9 % de la superficie, si valor en renta se reducía al 11,6 %. Por su parte, las tierras dedicadas al cultivo del arroz sólo tenían una presencia marginal con el 1,9 % de la superficie y el 1,6 % de la renta.

Como muestran los cuadros 2.5 y 2.6, el peso específico más grande lo tenían las propiedades situadas en la comarca de l’Horta (43 % de la superficie y 72,4 % de la renta). De entre ellas, destacaba un rico y extenso conjunto de tierras en lo que los labradores llamaban la vega de Valencia[8] que, aunque sólo suponía el 22,1 % de la superficie, representaba el 53,6 % de la renta obtenida a causa de su buena calidad y elevada cotización. Las restantes administraciones suponían el 57 % de la superficie, destacando las de Llíria (23 %), Alzira (13 %), Sagunt (10,3 %) y Xàtiva (9,3 %). Pero la mayor presencia del secano en estas administraciones y la menor rentabilidad de la tierra regada reducían su valor en renta al 37,6 % de todo lo recaudado anualmente.

La configuración de este patrimonio rústico sólo en parte era el reflejo de la voluntad del Hospital, y no respondía a una política patrimonial planificada. El volumen, localización y ritmo de incorporaciones dependía fundamentalmente de las donaciones y no de una estrategia inversora, por lo que reflejaba más bien la procedencia y las preferencias del principal colectivo de donantes (los notables del reino y especialmente de la ciudad de Valencia) y el apoyo institucional de la Iglesia y las autoridades civiles. La intencionalidad del Hospital se manifestaba especialmente en las modificaciones que sobre estas incorporaciones iniciales podía realizar a través de las ventas selectivas y de las escasas operaciones de compra. En los cambios de configuración del patrimonio se mezclaron las tres variables. Las constantes incorporaciones, originadas fundamentalmente por las donaciones, van incrementando el patrimonio que se modifica según los intereses del Hospital a través de las contadas adquisiciones y la venta selectiva de tierras en periodos de déficit presupuestario.

En 1790, la coyuntura expansiva que había cubierto las décadas centrales del siglo estaba cambiando de signo. La crisis agraria que se abría y que azotó con fuerza el primer tercio del siglo XIX produjo cambios en el patrimonio del Hospital. Sin embargo, a pesar de la dura crisis, de las dificultades financieras de la institución y del inicio de los procesos desamortizadores, el patrimonio creció apreciablemente en superficie y en renta a juzgar por los datos obtenidos para 1823. Entre 1790 y 1823 el patrimonio creció en 935 hgs. alcanzando una superficie de 3.992 hgs. Traducido en un índice esto supondría crecer del valor 100 al 130. En ese intervalo la renta paso de 9.126 libras a la cantidad de 13.882. Pero el efecto inflacionista de los precios hizo que este aumento nominal del 54 % supusiera un ascenso en un índice del valor real de muy similar al aumento de la superficie, pasando del valor 100 al 131. Por tanto, el patrimonio mantuvo un proceso ascendente de acumulación, lo cual supone sin duda un «éxito» para la institución a la hora de afrontar la dura coyuntura de cambio de siglo y la crisis del Antiguo Régimen.

La desamortización de Godoy sacudió el patrimonio del Hospital en su parte más valiosa. Una porción importante de sus mejores tierras fue vendida entre 1799 y 1807. Pero estas ventas fueron amortiguadas por las incorporaciones, de forma que el patrimonio más rico, el de la vega de Valencia, se mantuvo y el de las poblaciones de l’Horta incluso creció. Este aumento de la superficie en la comarca de l’Horta se verificó fundamentalmente en las poblaciones más distantes de la capital y de menor rentabilidad, lo que condujo a que perdiera importancia en renta. Así mismo, fue también un periodo de importantes ventas a causa de las dificultades. En los momentos de déficit el Hospital manifestó un criterio básico en sus ventas: el mantenimiento las tierras más productivas y las de más fácil administración a costa de las más improductivas o las más difíciles de gestionar. Las tierras alejadas, menos rentables o de control más complejo fueron las que se vendieron con mayor facilidad, especialmente las tierras de secano más distantes y difíciles de administrar y los arrozales, algunos de los cuales precisaban una fuerte inversión de acondicionamiento para ser productivos.

Cuando el Hospital compró tierras los criterios fueron similares e intentó incorporar tierras regadas. De esta forma durante el periodo 1776-1793 las compras, originadas por la llegada de capitales procedentes del Pósito de Abastos, se concentraron en las fértiles tierras del hinterland urbano. Más tarde, en 1798, realizaría otra operación de compra de envergadura, en este caso en una única transacción en la Pobla de Vallbona, agregando también mayoritariamente tierras de regadío. Además de las donaciones habituales, el patrimonio se benefició de incorporaciones importantes procedentes de la extinción de órdenes religiosas parte de las cuales, como el caso de la Tancada de San Antonio en Alzira, se hicieron en tierras regadas y aumentaban la importancia de las administraciones de Alzira y Llíria.

Como resultado de este proceso se agudizó una de las características ya señaladas del patrimonio rústico: el peso mayoritario de la tierra regada. El Hospital no sólo tenía más tierras sino que en términos generales eran de mejor calidad. En el corte realizado en 1823 se detecta el aumento del peso del regadío que alcanzando el 55,3 % de la superficie y el 78,5 % de la renta. El secano había crecido en 131 hgs., pero lo hizo mucho más el regadío (872 hgs.), aumentando su peso en el conjunto de las tierras y la renta. Este aumento en proporción de la tierra regada permitió que la renta global una vez deflactada mantuviera el mismo nivel de crecimiento que había mantenido la superficie, cercano al 30 %, pese a que como veremos más adelante la renta real por unidad de superficie estaba cayendo, fruto de que la renta nominal crecía por debajo de los precios (Andrés, 1987; Catalá, 1995; Tello, 1997 y 2001).

Así mismo, en el intervalo 1790-1823 se modificó el otro aspecto fundamental que caracterizaba el patrimonio rústico: la concentración en torno a la ciudad de Valencia fue difuminándose. El patrimonio del Hospital inicia un proceso de diversificación geográfica, de forma que en 1823 la administración de Valencia sólo controla el 35 % de la superficie de tierra y el 51 % de la renta, mientras las restantes la superan ya ampliamente en superficie (65 %) y la igualan prácticamente en el producto de su renta por arrendamiento. Los efectos negativos de la primera desamortización sobre el patrimonio de l’Horta, las nuevas donaciones e incorporaciones de ordenes religiosas y la operación de compra en la Pobla de Vallbona conducen a que el crecimiento sea mayor en las administraciones de Llíria, Alzira y Castellón. Así Llíría pasa a suponer el 23,7 % de la superficie creciendo su renta de forma muy importante y alcanzando el 19 %. En Alzira la superficie mantuvo su peso (13,5 %) pero la rentabilidad de las nuevas incorporaciones le permitió casi triplicar su renta alcanzando el 17,2 % de la renta total. La administración de Castellón creció mientras en tierras fundamentalmente de secano, por lo que aumento su presencia en superficie significativamente, pero mucho menos en renta.

A partir de 1840, la coyuntura económica cambió iniciándose un nuevo ciclo de crecimiento. Esto incidió muy positivamente en el patrimonio del Hospital. La bonanza y los cambios administrativos hacen cesar prácticamente las ventas de tierras y al mismo tiempo se incrementan de forma significativa las donaciones. Además, el proceso desamortizador que se manifiesta ahora con la legislación de Mendizábal no afectó al Hospital por ser una institución de beneficencia y las reformas definitivas que la revolución había ido estableciendo en la situación jurídica de la tierra no hicieron sino afirmar el control del Hospital sobre la tierra que poseía.[9] El resultado, según el corte realizado en 1850, es un crecimiento espectacular del patrimonio rústico.

El hecho de que una institución de beneficencia como el Hospital acumulara tantas donaciones en un momento en que la burguesía había conseguido la hegemonía social es un aspecto muy llamativo. El mayor crecimiento del patrimonio se produce coincidiendo con las reformas liberales, cuando se supone que los valores sociales que han fomentado las donaciones de tierras durante el Antiguo Régimen han entrado en crisis y han sido sustituidos por otros más acordes con el liberalismo, que potenciaba la propiedad privada y legitimaba los procesos desamortizadores. Resulta paradójico encontrar que en un momento en que se está cuestionando socialmente la propiedad amortizada, incluso la de las instituciones de beneficencia, los sectores sociales más acomodados incrementaron el ritmo de donaciones al Hospital. Sin embargo, en el caso del Hospital, donde encontramos sectores muy representativos de la nueva burguesía implicados su mantenimiento, parece que fue así. El atractivo de legar bienes a la institución no disminuyó pese a los cambios sociales.

En el intervalo 1823-1850 el crecimiento se manifestó más en el aumento de la superficie que en el de la renta. En el último corte (1850) el patrimonio alcanzó las 7.409 hgs. lo que supone alcanzar el índice 242 con un aumento del 85 %. Mientras la renta reflejaba un crecimiento ligeramente menor (78,6 %) pues alcanzaba las 18.883 libras que deflactadas suponía alcanzar el índice 234. Un espectacular crecimiento del patrimonio al que acompañó la renta, aunque con una ligera pérdida de rentabilidad media por la mayor presencia del secano. Una pérdida que contrasta con el hecho, que observaremos más adelante, de que en estos años la evolución de los precios ha producido una ganancia de rentabilidad general en los arrendamientos en precios reales por unidad de superficie en las parcelas que estudiaremos.

La causa de este fenómeno se comprende al analizar los cambios en la configuración del patrimonio según la calidad y localización de las tierras. En 1850 el regadío ha aumentado de forma significativa, pero ha crecido mucho más la superficie de secano y las propiedades mixtas, donde el secano es mayoritario. De hecho, en este corte el secano alcanza un peso sólo ligeramente inferior al de regadío, representando el primero el 36,8 % y el segundo el 37,3 % de la superficie. Al no producirse reducciones significativas el patrimonio de mayor calidad se mantuvo intacto y la tierra de menor calidad no necesitó ser vendida permaneciendo en manos del Hospital incrementando su volumen. La menor rentabilidad del secano conduce a que la importancia de su renta no aumente, manteniendo el regadío el 70,2 % del valor. El patrimonio ha crecido fundamentalmente en tierras de poca calidad, lo que ha provocado que el crecimiento de estos años haya sido más importante en superficie que en renta.

Así mismo, durante estos años se ha potenciado la dispersión geográfica del patrimonio. El crecimiento territorial de la administración de Valencia y su calidad permite que aunque reduciéndose todavía suponga el 31 % de la superficie y el 49 % de la renta total. Sin embargo, la parte más sustancial del crecimiento se produce fundamentalmente en las comarcas más distantes a la ciudad y de menor calidad. Crecen de forma muy significativa las administraciones subalternas, sobre todo la de Alzira, Sagunt, Castellón y de forma especial por su espectacularidad Alicante. El crecimiento general de las administraciones se da mayoritariamente, más aún en el caso alicantino, en tierra de secano lo que potencia la pérdida de rentabilidad media del patrimonio. Aunque era un secano que ganaba dinamismo con la extensión de la viña (Piqueras, 1981).

Esta dispersión, que supone un aumento visible en el peso porcentual de las administraciones más alejadas de la ciudad en superficie, al realizarse mayo ritariamente en tierras de secano conduce también a que únicamente las administraciones de Alzira (20,3 %), que creció también en tierras regadas, y Alicante (5,5 %) que lo hizo en secano pero espectacularmente, crezcan de manera significativa en el peso porcentual de la renta con relación al periodo anterior, manteniéndose o reduciéndose la importancia de las demás.

[1] Los porcentajes se han obtenido utilizando la información del origen de cada parcela del libro de tierras de 1850. ADPV. Hospital General. Propiedades VI. 3.2. Libro 14.

[2] La venta de propiedades rústicas o urbanas como forma de enjugar el déficit es una práctica frecuente en el Hospital a lo largo de su historia. En el siglo XVII fue habitual en los momentos de mayor penuria y el visitador real prohibió la venta de casas y tierras sin permiso desde 1678. Véase Mercedes Vilar (1996).

[3] En ambos lugares se pagaban 10 dineros por cahizada en la mayoría de las parcelas de secano como censo enfitéutico. Esto suponía que una finca de 60 hgs. en 1805 pagaba anualmente menos del 0,5 % de la renta por la que se arrendaba. En el regadío los censos enfitéuticos eran un poco más elevados. Una de las fincas que reconstruidas (36 hgs. de secano y 27 de huerta) pagaban por el censo y el quindenio prorrateado menos del 6,5 % de la renta anual. La situación de la encomienda se trata en José Royo (1998).

[4] Como ejemplo ilustrativo, el Hospital poseía una finca de 42 hgs. junto al Portal de San Vicente. Sobre estas tierras existían diferentes censos con luísmo, fadiga, quindenio, «y demás de la enfiteusis» que correspondían a varias instituciones que se repartían el dominio directo: al convento de San Jerónimo de Gandía (7 hgs. y media), la Real Cofradía de San Jaime (7 hgs.), al cabildo de la ciudad (12 hgs.), al clero de Santa Catalina (4 hgs. y media), y las temporalidades de los jesuitas «expulsos» (9 hgs.) Las cargas anuales más el prorrateo de los quindenios suponían unos pagos anuales cercanos al 10 % de la renta que obtenía en 1785. ADPV. Hospital General. Propiedades. VI. 3.2. Libro 7.

[5] ADPV. Hospital General V. 3. 2. Caja 2.

[6] Aunque sea excesivamente reduccionista, hemos agrupado toda la tierra regada (huerta, morerales regados, huertos de frutales, etc.) bajo el epígrafe de huerta. Con el nombre de secano las tierras que no reciben riego (algarrobos, viña, olivar, campa, etc.) y con el de arrozal las tierras dedicadas a este cultivo. Bajo el epígrafe de tierras mixtas recogemos las explotaciones formadas por tierras de diferentes calidades, que no siempre distinguen claramente la parte de renta que le corresponde a cada una.

[7] Aunque algunas fincas por su importancia eran directamente controladas en algunos periodos por la administración central las incluimos en la administración de la que dependerían según su localización. La distribución por municipios en los diferentes cortes se puede consultar en José Ramón Modesto (2004).

[8] Hemos distribuido las tierras cercanas a la ciudad de Valencia en dos grupos. La zona colindante a la ciudad dependía de municipios que hoy han sido absorbidos por la capital, como Russafa, Campanar, Patraix o Benimaclet, y los labradores se refieren a ella como la vega de Valencia. El otro grupo está formado por las poblaciones que configuran actualmente la comarca de l’Horta de València.

[9] Como era de esperar según el resultado de las investigaciones sobre patrimonios valencianos, en las zonas donde el Hospital tenía el dominio útil de las tierras continuó ejerciendo como propietario de las mismas. En ningún lugar fue «desposeído» por los propietarios directos de la tierra. Los mecanismos en los que algunos historiadores han basado su «vía prusiana» tampoco en este caso se confirman.

III. EL HOSPITAL COMO RENTISTA

1. UN PATRIMONIO EXCLUSIVAMENTE RENTISTA

El Hospital General es posiblemente la versión más extrema del propietario rentista, tanto en el patrimonio rústico como en muchas de sus diversas fuentes de ingresos. La institución eludió siempre la gestión directa de sus propiedades, utilizando como mecanismo de explotación el arrendamiento a corto plazo y con pagos siempre en metálico. Además de la totalidad de las tierras, arrendaba los inmuebles urbanos, los derechos dominicales que poseía, muchos de sus pri vilegios, como la explotación del teatro, e incluso el estiércol generado por los residentes.[1]

En lo referente a sus tierras, no conocemos ninguna finca que haya sido explotada directamente por la institución. Ni siquiera en los casos en que se encuentra temporalmente sin cultivador. La elección sobre la forma de cesión de la tierra era también muy clara: siempre se optaba por el arrendamiento a corto plazo y por los pagos en metálico, eludiendo participar en la comercialización o elaboración de la cosecha.[2] No conocemos tampoco ningún tipo de aparcería u otro tipo de contrato establecido por el Hospital, aunque sí cobraba censos enfitéuticos fruto de herencias recibidas, pero nunca establecidos por la institución.

Esto marca una clara diferencia con otros patrimonios rentistas que la historiografía valenciana va conociendo. En muchos de estos patrimonios, pertenecientes normalmente a particulares, el arrendamiento se combina con otro tipo de formas de explotación, fundamentalmente con el cultivo directo. Si bien el arrendamiento es la forma preferente de explotación de las pequeñas parcelas de policultivo hortícola, no es difícil encontrar partes del patrimonio, como las tierras de secano o las fincas de naranjos, donde el propietario ejerce el cultivo directo o la aparcería. Puede además combinarse arrendamiento y cultivo directo según el ciclo productivo de los cultivos: plantación a través de arrendamiento y cuando está en plena producción cultivo directo o a la inversa. Además es muy habitual acompañar el arrendamiento a corto plazo con una política de inversión que vincula al propietario con la explotación realizada por el colono. Esto indica que, pese a su fuerte presencia, el arrendamiento no era una opción sistemática, sino el resultado de decisiones racionales que se inclinaban por esta forma de cesión frente a otras posibilidades.

Este entrelazamiento de diversas formas de gestión ha sido destacado en los estudios de patrimonios privados de diferentes comarcas del País Valenciano.[3] La misma combinación de formas de explotación se ha señalado como característica de otros grupos rentistas. En el rentismo catalán las distintas formas de aparcería son mayoritarias, pero se combinan con arrendamientos cortos y otro tipo de cesiones como enfiteusis y rabassa morta (Garrabou, Planas y Saguer, 2001). En Castilla el arrendamiento es mayoritario pero los pagos en especie se combinan con pagos en metálico (Robledo, 1984; Carmona y Simpson, 2003).

La actitud del Hospital contrastaría por su opción exclusiva por el arrendamiento con las pautas de cesión del conjunto de los patrimonios particulares valencianos. Pero es posible que fuera la norma de las grandes instituciones propietarias antes de la revolución liberal, en las que confluiría la pluralidad de fuentes de ingresos, la presencia de extensos patrimonios muy dispersos y una titularidad institucional de los bienes.[4] Si estos grandes patrimonios y el nuestro en particular optaron por el arrendamiento, debe ser porque ofrecía unas ventajas diferenciales sobre las otras formas de explotación.

No podemos pasar por alto que el arrendamiento es un mecanismo de explotación de unas clases sociales sobre otras. Aunque se trata de un contrato de mutuo acuerdo no debemos olvidar que se trata de una forma de relación que permite a los propietarios de la tierra explotar a los cultivadores, detrayendo en su provecho una parte de los beneficios que el labrador obtiene con su trabajo o su capital. Para que se produzca esta relación es necesario un mercado de la tierra donde existan relaciones asimétricas. Los poseedores de la tierra a través de su control de la propiedad coaccionan a los labradores sin tierra para que trabajen las suyas a través del arrendamiento. Esta relación básicamente de explotación no excluye en su dinámica mecanismos de cooperación de la que ambos agentes se benefician. En el arrendamiento existen ambos mecanismos, que frecuentemente son las dos caras de un mismo fenómeno. Las condiciones de este mercado asimétrico de la propiedad y la configuración del contexto social en el que se inscribe condicionan la efectividad de los sistemas de arrendamiento, por lo que la eficiencia o no del arrendamiento debe verse en relación con el entorno económico y social y frente a otras alternativas posibles.

Para ello es importante que analicemos los mecanismos del arrendamiento abordando tres enfoques diferentes: el marco legal y contractual que lo definen, el conjunto flexible de actitudes y comportamientos que lo acompañan en la gestión y las tensiones sociales que genera entre propietarios y colonos.

2. MARCO LEGAL Y CONTRACTUAL DEL ARRENDAMIENTO DE TIERRAS

Existen diferentes estudios que intentan abordar el arrendamiento desde el punto de vista legal y contractual.[5]5 No queremos extendernos en exceso, pero sí son necesarias algunas breves referencias para entender el funcionamiento del arrendamiento en el contexto valenciano.

Legalmente el arrendamiento valenciano seguía las pautas marcadas por la legislación de Partidas y el desarrollo que tenía en los Fueros, por lo que en ese sentido no se diferenciaba especialmente del castellano. La relación era básicamente establecida por las partes que acordaban un precio y un tiempo de cesión según su conveniencia. Transcurrido el plazo las partes quedaban libres de continuar o no su relación sin ningún tipo de obligación. El contrato, por tanto, salvaguardaba sin problemas la propiedad de la tierra, al no generar derechos de ningún tipo por parte del arrendatario. La relación se podía prolongar un año más a través del mecanismo de la tácita reconducción. Si el colono se mantenía tres días más sobre la tierra sin la oposición del propietario, el contrato se suponía automáticamente prorrogado por otro año en las mismas condiciones.

En principio, a no ser que se pactara lo contrario específicamente en el contrato, el arrendatario tenía derecho a recibir una compensación por las mejoras introducidas en la finca. Igualmente, si el contrato era menor a dos años y si no se pactaba en contra, la pérdida de las cosechas por motivos ajenos al colono no obligaba a éste a pagar la renta. El marco legal anterior a la legislación gaditana se basaba, por tanto, en una libre disposición de la tierra por parte del propietario que tenía pocas restricciones (Peset, 1982).

Sin embargo, a lo largo del XVIII la legislación borbónica había establecido un complejo y confuso marco legal que limitaba las capacidades del propietario. Esta legislación, según todos los indicios, tenía una escasa repercusión real en el marco del País Valenciano, donde el elemento decisorio clave a nivel legal eran las condiciones pactadas en el contrato, que frecuentemente contradecían la confusa legislación borbónica. Un ejemplo son las subastas de arrendamientos y la fijación del precio. Algunos decretos de Fernando VI prohibían la licitación de las tierras en subasta para ser arrendadas con la intención de mantener unos precios reducidos. Sin embargo, veremos funcionar libremente el sistema de subasta de arrendamientos a lo largo de este estudio en diferentes comarcas con anterioridad a la legislación de las Cortes de Cádiz. Por otra parte, en otras zonas de España se establecía el mecanismo de «posesión y tasa», que impedía el cambio de cultivadores y limitaba el ascenso de la renta a unas tasas establecidas. Tampoco veremos que estos mecanismos funcionen en nuestro patrimonio, ni que algún colono defienda su posición pretendiendo su vigencia. Posiblemente el alza de precios y el aumento de la renta a lo largo de las décadas centrales del XVIII hizo que los propietarios, como veremos también en el caso del Hospital, ejercieran su libre disposición de las tierras sin que la legislación se lo impidiera, demostrando la escasa efectividad de estos mecanismos protectores del colono.[6]

La legislación de las Cortes de Cádiz, coherentemente con la orientación del conjunto de medidas de la reforma agraria liberal, intentaba generar un nuevo marco jurídico e institucional donde la incertidumbre legal del Antiguo Régimen y las restricciones y obstáculos del sistema agrario heredado del feudalismo no limitaran la libre disposición y uso de la propiedad. Los arrendamientos se vieron sujetos a una nueva ley en 1813, luego restablecida en 1836, que los regulaba. La ley gaditana establecía los principios de la libertad de mercado en la contratación de los arrendamientos (Fontana y Garrabou, 1986). Eliminaba las restricciones a la libre fijación por parte del propietario del precio del arrendamiento, se defendía la libertad de contratación sin preferencias de ningún tipo. Se eliminaba cualquier resquicio de principios consuetudinarios que permitiera a los colonos mantenerse en las parcelas tras la finalización del contrato, con lo que el dueño quedaba con la libertad de contratar a quien quisiera, sin que se pudiera objetar algún derecho a su libre disposición de la tierra.

En algunas zonas de España la ley tuvo una gran repercusión al permitir a los propietarios recuperar la libre disposición de las tierras. Pero en el País Valenciano los derechos del dueño habían sufrido pocas restricciones y los contratos consolidaban en teoría su posición, por lo que la ley sólo vino a consolidar una posición que los propietarios ya mantenían desde hacía mucho tiempo.[7] El efecto estuvo fundamentalmente en la clarificación del marco legal, pero la práctica cotidiana no pareció modificarse. La ley gaditana no dio más libertad a los propietarios, porque la habían ejercido sin muchos obstáculos durante la segunda mitad del XVIII.

Las únicas restricciones a esta libertad venían de la capacidad de presión social que pudieran ejercer los cultivadores a través de diferentes mecanismos. El mantenimiento de una serie de costumbres arraigadas a través de comportamientos con una importante implicación económica, limitaban de forma variable, según el contexto social y la cohesión de los labradores, la capacidad de decisión del propietario en algunos aspectos. Los cultivadores a través de actuaciones individuales o de acciones colectivas ejercían una presión sobre los propietarios para intentar mantener unos «derechos» que consideraban adquiridos sobre los arrendamientos. La reforma liberal tampoco pudo eliminar estas presiones sociales, por lo que tampoco en este sentido el cambio legal tuvo fuertes implicaciones en el País Valenciano.

El elemento decisivo en la reglamentación del arrendamiento eran los contratos. En ellos se dibujaba claramente las condiciones en las que se establecía la cesión de la tierra y definía con rotundidad la posición que tenían en el arrendamiento propietario y colono. Los contratos contemplados aisladamente no definen la práctica habitual del arrendamiento, que tiene muchos más componentes. Esta práctica, como toda relación social se inscribe en un marco complejo de relaciones donde se interrelacionan los intereses de cada clase, la coyuntura económica, las condiciones del mercado y los distintos mecanismos de presión y conflicto social. Pero el contrato es fundamental, porque define el punto de partida de la relación. Y este punto de partida es claramente favorable al propietario, que a través de las escrituras salvaguarda la posición asimétrica de preeminencia que le da la propiedad y la libre disposición de la tierra.

Las características más generales de los contratos no variaron mucho a lo largo del periodo, por lo que los estudiosos han hecho referencia a la continuidad en el tiempo de las condiciones que lo establecen. Sin embargo, a lo largo de nuestro trabajo veremos que las cláusulas van dibujando relaciones cambiantes en función de los cultivos, la coyuntura económica o las relaciones diferentes que puede establecer el Hospital con sus numerosos colonos. Nos ocuparemos ahora de los rasgos generales de esta relación, la parte que permanece prácticamente estable, para profundizar más adelante en las variaciones.

En primer lugar, el contrato fija con bastante claridad el uso del suelo. Esta fijación es más o menos concreta en función de los sistemas agrarios. En las zonas de regadío no se suelen estipular cultivos con mucha concreción, porque las rotaciones son muy complejas, pero el contrato siempre especifica que se trata de tierra huerta y que debe ser cultivada «a uso y costumbre de buen labrador». Esta formula implica un uso adecuado de la tierra, de forma que mantenga su capacidad productiva. La utilización abusiva o negligente de la finca podía ser sancionada con el desahucio. En los cultivos arbustivos o arbóreos, ya fueran de secano o de regadío, muy sensibles a la realización correcta de diferentes labores, el arrendamiento se solía acompañar de la obligación de reponer las plantas cuando murieran y de una serie de obligaciones, que dibujaban a grandes rasgos el marco técnico del cultivo o al menos algunas de sus labores claves. Esto permitía que la cesión de la tierra garantizara el mantenimiento del valor productivo de la finca. Sin embargo, otros aspectos determinantes en el cultivo, como la adecuada fertilización de la tierra, están muy poco presentes en las condiciones de arrendamiento.[8] Las indicaciones de cultivo son un tema complejo que retomaremos más adelante analizando las variaciones significativas que van apareciendo.

Las escrituras suelen estipular plazos de cesión de la tierra cortos. Lo más frecuente serán contratos de cuatro o seis años. Esto viene condicionado básicamente por las condiciones del cultivo, que establecen unas ciertas rotaciones que interesa respetar a propietario y colono. En el Hospital encontraremos en alguna ocasión contratos más largos, de ocho o diez años, ligados fundamentalmente a variaciones que se realizan en la parcela, como introducción de cultivos o mejoras en el riego, que precisan un plazo mayor para rentabilizarse o que son incentivadas con una permanencia superior a lo habitual sobre la tierra. Pero también pueden estar ligadas al pago de alguna deuda que trata de asegurarse con una mayor estancia sobre la parcela. También encontraremos contratos de dos años, mucho menos frecuentes, cuando el Hospital no considera que el colono o la renta sean óptimos y le interesa una relación más corta.

El plazo es importante porque fijaba la estancia mínima que los colonos podían permanecer en las tierras mientras cumplieran con el pago y era difícil de rescindir. Aun en el caso de deudas, los propietarios esperaban a terminar el plazo pactado para obligar a abandonar la tierra, porque la variabilidad de los cultivos, de las condiciones climáticas o del mercado permitía recuperar años de pérdidas con periodos de ganancias. Durante este plazo el contrato no vinculaba a los herederos en caso de muerte, lo que se ampliaba a las deudas. El heredero normalmente podía continuar en el arriendo, pero no estaba obligado. Los bienes dejados por el cultivador a su muerte sí respondían de las deudas que hubiera podido dejar. Cuando un heredero se mantenía en la parcela cargaba también con las deudas de su predecesor.

Acabado el plazo el colono no tenía derecho a continuar, pero si se mantenía en la parcela más de tres días sin oposición del propietario se consideraba prorrogado el contrato, que se mantenía con las mismas condiciones por un año más. En ese caso solía considerarse que el contrato era ahora verbal, pero en realidad era una continuación establecida verbalmente de un contrato anterior. Contratos escriturados y renovaciones verbales son frecuentemente dos formas de establecer la misma relación, que se alternaba según la conveniencia de los implicados. Pero no suponía condiciones de arrendamiento diferentes.

En el contrato se estipulaba la renta en una cantidad fija de dinero. La escritura establecía cuanto se pagaba, en qué plazos, a quién hacer el pago y en ocasiones incluso dónde, para evitar problemas de gestión y recaudación. Lo habitual era uno o dos plazos, según se pactara, que solía coincidir con Navidad, San Juan de junio o Todos Santos. Esta fecha de cobro venía condicionada por la costumbre local o por los cultivos mayoritarios, que tenían unas fechas habituales de recolección y venta que podían condicionar el pago. La reconducción no necesariamente obligaba a mantener la renta. Era habitual que propietarios y colonos decidieran continuar la relación modificando la renta tras un acuerdo verbal. Pero también era frecuente que los propietarios realizaran una nueva escritura de arrendamiento para consolidar públicamente una subida de la renta. En la práctica contratos escriturados y reconducciones se alternaban según los acuerdos de los implicados con una gran flexibilidad para modificar la renta. Esta práctica no suponía que legalmente el colono tuviera derecho a la permanencia en la parcela, el propietario podía hacer que la abandonase al final del contrato o cuando lo considerara si lo avisaba con la antelación suficiente. La ley establecía que el colono tenía derecho a un año de preaviso, pero era frecuente en los contratos renunciar al plazo anual y a cualquier otro privilegio que favoreciera a los cultivadores. El pago puntual de la renta no daba al colono ningún tipo de derecho legal y debía abandonar la tierra al finalizar el plazo.

La gran mayoría de los contratos en el caso del Hospital pactaban además en contra tres aspectos claves en los que la legislación de Partidas era favorable al colono. Primero, la renta era una cantidad fija y el contrato se realizaba a todo riesgo, por lo que el colono renunciaba a reducir la renta fuera cual fuese el motivo. No había causa posible por la que el colono tuviera derecho a rebajar la renta. La posible reducción quedaba a la libre decisión del propietario.

En segundo lugar, el Hospital siempre pactaba que no indemnizaría las mejoras realizadas en la finca, pero sí que podía pedir una compensación por los desperfectos según el dictamen de peritos. Esta condición, aunque está siempre establecida en las escrituras que firma el Hospital, no parece estar generalizada en todos los propietarios.[9] Con esta condición el Hospital, que tenía frecuentes problemas de liquidez, se aseguraba no tener que pagar mejoras que no promocionaba o tener que negociar en los casos de deudas con la valoración de las mejoras del colono, que podían alcanzar cifras de consideración. La condición le permitía eludir desembolsos que no hubiera decidido realizar, aunque sus colonos mejorasen la finca. Esta cláusula inicialmente desincentiva la inversión de los colonos, pues su esfuerzo económico no tiene compensación. En tercer lugar, la gran mayoría de los contratos prohíben expresamente el subarrendamiento sin el consentimiento previo del propietario. Con ello el dueño controla directamente el cultivador de la finca y no permite que esta supervisión sea trasladada a otro sin su conocimiento y autorización.

Los contratos podían tener muchas condiciones más. Pero estas son las que suelen aparecer en todos los contratos y las que caracterizan el marco general en el que quedaba establecida la relación. Según este marco, el arrendamiento salvaguarda claramente la propiedad de la tierra, obliga a un uso adecuado de la finca por parte del colono, garantiza una renta fija alejada de cualquier contingencia y obliga a mantener el valor de la propiedad, sin obligarse a recompensar las mejoras. Este marco es claramente favorable al Hospital, que se garantiza una renta sin asumir teóricamente ningún riesgo. Lo cual es importante, pues la agricultura es una actividad intrínsecamente arriesgada. Los dueños conseguían con los contratos establecer un sistema de relaciones particulares que quedaba incluso al margen de las normas establecidas por el poder público, hasta el punto que el arrendatario renunciaba explícitamente a algunos de los derechos que la legislación pudiera otorgarle. La función clara del contrato es establecer un control férreo del dueño sobre la libre disposición de la tierra.

Más adelante iremos desgranando dos aspectos que refl ejan importantes variaciones en los contratos, el control de los cultivos y las garantías de pago. Ambos aspectos son los que sufren más variaciones a lo largo del periodo estudiado y dependiendo de la localización de las fincas y los cultivos establecidos en las parcelas. Estas variaciones son muy significativas al tratarse de cambios de actuación de un mismo propietario y mostrarán que, junto a un marco general estable, el arrendamiento permitía una amplia adaptación a las variables condiciones en que se realizaba la cesión de la tierra.

Sin embargo, que los contratos reflejen una posición de preeminencia del propietario que hace pocas concesiones al colono, no significa que esto siempre fuera la pauta de actuación del Hospital, ni posiblemente de ningún propietario, según los patrimonios que se van conociendo. El contrato establece una posición sólida del propietario, a partir de la cual su actuación puede ir flexibilizándose en función de sus intereses. Así, el propietario puede retrasar el pago o incluso perdonarlo, si le resulta más interesante que obligar al colono a abandonar la finca. Puede mantener al colono toda la vida en la parcela o dejar que reparta las tierras entre sus familiares si esto le beneficia. Puede tolerar cuando lo considere oportuno el subarriendo. O puede reconocer o incentivar de diferentes maneras una mejora realizada en la finca, aunque no esté obligado a ello. También puede acompañar la cesión en arrendamiento con diferentes participaciones en el cultivo como inversiones, préstamos, etc. La flexibilidad será la pauta de actuación de los propietarios, pero siempre partiendo de una posición de fuerza garantizada en los contratos. Este amplio margen de maniobra permite la introducción de muchos criterios personales propios de cada rentista. En la adecuada utilización de estos criterios personales y en la capacidad de control estrecho estaba la clave del éxito del patrimonio. Esta flexibilidad en la actuación es la que hace que no podamos prejuzgar a los propietarios sin conocer sus comportamientos cotidianos y partiendo de sus potencialidades y características.

3. LA RACIONALIDAD ECONÓMICA DEL ARRENDAMIENTO

Ante una opción tan marcadamente exclusiva por el arrendamiento en metálico y el hecho de que esta actitud haya sido calificada en muchas ocasiones como comportamiento negativo para el progreso agrario o «anticapitalista», hace necesario reflexionar sobre las razones que conducen al Hospital a optar en todos los contextos agrarios por el arrendamiento. En nuestra opinión, se trata de un comportamiento racional guiado por una lógica de rentabilidad, que no es el resultado de la inercia sino de una constante evaluación de posibilidades.

Aunque los estudios más recientes dan actualmente una visión algo más positiva (Carmona y Simpson, 2003), el arrendamiento ha sido valorado negativamente para el progreso agrario de Castilla. Según la versión defendida por Ricardo Robledo, el arrendamiento a corto plazo permitía a los propietarios actuar como depredadores de los posibles beneficios generados por el cultivo de forma muy eficaz. El ascenso constante de la renta, fácilmente revisable tras la legislación gaditana, y la presión elevada de la renta en unos sistemas de propiedad muy concentrados, obstaculizaban los procesos de acumulación de beneficios empeorando las condiciones de vida del campesinado. Esto, junto al carácter poco emprendedor de los propietarios, se convertía en un freno para el desarrollo agrario impidiendo la asunción de innovaciones productivas. El arrendatario, falto de capacidad de inversión y de posibilidades de acumulación, era incapaz de introducir el cambio técnico y la innovación que garantizasen el progreso de la agricultura. El hecho de que fuera pagado en especie empeoraba la situación. Los propietarios preferían el pago en especie de determinados productos para beneficiarse de la variabilidad anual de los precios o incluso en periodos más largos. Esto impedía al cultivador arrendatario la modificación de las especies cultivadas en busca de su propio beneficio, lo que orientó excesivamente la agricultura castellana hacia la producción de cereales (Ricardo Robledo, 1984).[10]

Recientemente esta visión ha sido ligeramente modificada. La obra de Juan Carmona y James Simpson, que mantiene la visión del atraso agrario español, plantea que el arriendo castellano es un sistema eficaz de explotación fundamentalmente porque elimina en su combinación con diferentes prácticas muchos de los costes de transacción. El mecanismo de explotación maximizaba la renta eficazmente, si hubiera sido empleado correctamente por los grandes patrimonios. Pero es ahí, en la gestión, donde estos actuaban de manera retardataria. Los grandes propietarios, aunque no se mostraban tan despreocupados como se decía antes, no fueron capaces de ejercer los comportamientos adecuados al «buen propietario». El resultado fue la concentración de las tierras en grandes arrendatarios que subarrendaban las parcelas. La gran renta diferencial entre la combinación de arrendamiento y subarriendo que quedaba en manos de los grandes arrendatarios es la demostración de la escasa capacidad de gestión de los propietarios castellanos (Carmona y Simpson, 2003).

Contrariamente a la visión tradicional y en confluencia con las nuevas interpretaciones, nosotros defendemos que las ventajas del arrendamiento, tal y como lo ejercía el Hospital, en las zonas de regadío parecen ser incuestionables. A su vez, en el secano se muestra como un buen sistema para explotar las tierras, quizá con menor rentabilidad, pero con una gestión mucho más sencilla. Y además, no parece que la tónica general en la mayor parte del patrimonio, especialmente en los núcleos más rentables, sea de mala gestión, abandono y mucho menos paternalismo. A continuación iremos desgranado todo este conjunto de ventajas.

En primer lugar, el arrendamiento permite una buena fijación del uso del suelo y del cuadro técnico, lo que permite mantener el valor de la finca. Con las escrituras quedaba claro a qué se debía dedicar la tierra, se concretaban algunas labores muy determinantes y se pactaba el mantenimiento de la capacidad productiva de la finca. Con esta finalidad el propietario se reservaba unos ciertos ámbitos de actuación que eran de su estricta competencia. Las infraestructuras y su mantenimiento, las estructuras de riego o los cambios de cultivos no anuales quedaban sujetas a la decisión del propietario, que podía también ceder el control discrecionalmente al colono.

El corto plazo de los contratos permitía al propietario optar por cambios sustanciales en el uso del suelo cuando lo considerara oportuno. La introducción de determinadas especies, por ejemplo el naranjo o la viña, no se veía impedida por el sistema de arrendamiento. La contratación en plazos breves permitía al propietario introducir o modificar los cultivos sin tener que depender de la voluntad del cultivador. Sin embargo, en los sistemas intensivos de cosechas anuales este control se dejaba mayoritariamente en manos del cultivador, capaz de pulsar con mayor eficacia las posibilidades remuneradoras del mercado.

El breve plazo y la práctica de la reconducción permitían también mantener la capacidad para renovar la cuantía de la renta. Con un plazo de al menos un año se podía modificar la renta sin obstáculos legales en los casos de tácita reconducción y al final del contrato en los casos de escritura pública. Por lo que el sistema permitía adecuarse a las fluctuaciones del mercado en beneficio del propietario de forma mucho más exitosa que las cesiones en enfiteusis y la rabassa morta. Esta era una de las grandes ventajas del arrendamiento.

En segundo lugar, en las zonas de agricultura intensiva de regadío los conocimientos técnicos, el trabajo, la disponibilidad de una cierta cantidad de capital y los canales de comercialización de la producción eran decisivos. Sin ellos difícilmente el cultivo era provechoso y el arrendamiento permitía también optimizar estos recursos.

Por lo que respecta a los aspectos técnicos, el cultivo necesitaba un amplio abanico de conocimientos prácticos para poner en marcha el complejo sistema de rotaciones que intensificaba el cultivo. Estos conocimientos eran el resultado de tecnologías «tradicionales», obtenidas a base de muchos años de práctica y que frecuentemente tenían un ámbito local. El cultivo directo por parte del propietario no mejoraba en nada este bagaje técnico. Más bien al contrario, era difícil que un propietario institucional, pudiera aplicar constantemente los conocimientos adecuados en un patrimonio tan disperso.

La agricultura se caracterizaba en las zonas regadas por el uso intensivo de la mano de obra. Este aspecto es tan importante que se ha relacionado el mer cado de la renta con un mercado de tierras, pero también acertadamente con un mercado de trabajo (Garrabou, Planas y Saguer, 2001). Las complejas rotaciones y los valiosos cultivos comerciales precisaban la aplicación de un estricto calendario de labores que debían realizarse en el momento adecuado, tanto para la producción como en algunas cosechas para la elaboración. Aunque es posible que existiera un mercado de mano de obra asalariada fluido (Calatayud y Millán, 1992), el arrendamiento tenía ventajas sobre el cultivo directo muy importantes. Uno de los problemas claves era el control de la mano de obra. En un patrimonio tan disperso y formado por pequeñas explotaciones controlar el uso adecuado de la mano de obra era muy difícil y posiblemente aumentaría significativamente los costos de producción en un cultivo directo. Las posibles, pero dudosas, ventajas de la posesión de nuevos conocimientos por parte de los propietarios desaparecerían por la falta de fijeza de trabajadores y las dificultades del control del trabajo.[11] La cesión a pequeños arrendatarios fijaba la mano de obra de la familia cultivadora a la parcela. Además la fijaba a la explotación con un control eficaz. El más interesado en que las labores se realizaran en el momento y con la intensidad adecuada era el colono, a quien el propietario traspasaba con la renta la función empresarial del control de la mano de obra. Las expectativas de beneficio impulsarían al cultivador a ejercer este control eficazmente y posiblemente la sobreexplotación familiar le permitiría aumentar el trabajo a muy bajo coste con el subsiguiente aumento de beneficios. Desde el punto de vista del trabajo, el arriendo permitía estabilizar la mano de obra de forma organizada y controlada. El Hospital eliminaba las figuras necesarias en el cultivo directo del capataz, transfiriendo sus funciones al pequeño arrendatario que asumía el papel «empresarial» en la organización del trabajo.

Pero la aplicación de trabajo era clave en otras operaciones donde difícilmente el recurso al mercado podía sustituir al trabajo familiar. El ejemplo más claro eran los fertilizantes. Los estudios indican que hasta la aparición del guano el mercado de fertilizantes naturales era muy reducido. Recurrir a la compra de estiércol animal en el mercado suponía nuevamente encarecer de manera sistemática los costes de producción. El peso de la fertilización de las tierras recaía nuevamente en diferentes operaciones que realizaban los colonos o sus familias. La recolección de basuras orgánicas o las labores de hormigueo de las tierras se realizaban a través de la implicación familiar en el cultivo (Mateu, 1996).

Algo similar ocurría con la comercialización. En las zonas regadas cercanas a las poblaciones importantes era frecuente que la familia cultivadora, a través fundamentalmente de la mujer, se encargara de la comercialización directa de las producciones hortícolas.[12] Esta comercialización directa permitía un margen de beneficio mayor, al eliminar en muchos casos los intermediarios y favorecer la llegada adecuada del producto a los consumidores.

Todo este trabajo aplicado por el pequeño arrendatario se hace siempre desde la predisposición del trabajador a percibir una remuneración futura a través de la obtención de beneficios en la explotación, lo que le motivaría a trabajar de forma intensa a bajo coste. En ese sentido, el arrendamiento monetario también es más beneficioso para el colono que la aparcería, pues todo su trabajo repercute en su propio beneficio. El incremento de la producción fruto de su trabajo intensivo queda en su totalidad para el cultivador, una vez pagada la renta, sin necesidad de compartirlo con el propietario.

Para que esto fuera real era muy importante que el colono dispusiera de la fuerza de trabajo necesaria a través fundamentalmente del trabajo familiar. Esto dependía de las circunstancias familiares del colono, sujeto a diferentes vaivenes biológicos. Las estructuras familiares se encargarían de mantener a través de diferentes mecanismos la capacidad de trabajo. Pero si esta fallaba, por ejemplo la muerte temprana de un colono con hijos pequeños, la naturaleza a corto plazo del arrendamiento permitía al propietario rescindir la relación de forma discrecional. Cómo utilizara sus facultades ya dependía de cada propietario, pero el sistema lo permitía.

Por lo que respecta a la disponibilidad de recursos, el cultivo precisa de la inmovilización de una cierta cantidad de capital. Los animales de labor, infraestructuras y utillaje hubieran obligado al propietario en caso de cultivo directo a inmovilizar una gran cantidad de capital. La dispersión del patrimonio hubiera dificultado mucho rentabilizar este capital. La subdivisión de las parcelas o la formación de redes familiares de cultivo era una manera sencilla de disminuir las necesidades de capital de los colonos de forma que también abarataría la producción. Esto es debido a la escasa incidencia de la economía de escala en el cultivo de la tierra. Una mayor dimensión de las explotaciones en una agricultura intensiva no suponía una rentabilización mayor de la inversión o del trabajo, por lo que la economía familiar se adaptaba muy bien a las necesidades de intensificación.

Frente al pago en especie, la aparcería o el cultivo directo, el arrendamiento en metálico también tenía sus ventajas por lo que suponía la comercialización. Todo pago en especie hubiera obligado al Hospital a implicarse de una manera mucho más activa en la comercialización de las cosechas. En el caso del regadío esto suponía una constante dedicación a la venta en los mercados urbanos muy difícil de asumir de forma rentable. En el secano donde la variedad de cosechas era menor, la dificultad estribaba en el almacenamiento adecuado de las producciones y el control de gran cantidad de información de calidad de los mercados locales. La dispersión del patrimonio complicaba en el caso del Hospital mucho más esta posibilidad.[13]

Pero además, en último lugar, presentaba otras ventajas desde el punto de vista de la gestión que disminuían sensiblemente los costes de transacción. Al ser en metálico y a todo riesgo, se aseguraba una percepción sencilla de la renta y estable. El riesgo quedaba trasladado al colono en su totalidad, aunque el propietario tenía capacidad de compartir este riesgo a discreción, perdonando parte de las deudas o permitiendo el atraso en el pago. Al ser a corto plazo o con tácita reconducción la posibilidad de interrumpir la relación era muy grande cuando el propietario lo considerara positivo. El desahucio, en un contexto de relativa estabilidad de los arriendos y de fuerte presión por la tierra como consecuencia de la concentración de la propiedad, era un duro castigo, porque conducía en muchos casos a la proletarización. Por ello su amenaza era un mecanismo muy eficaz de presión sobre los colonos.

En las zonas donde la desposesión de los labradores era menor o donde la oferta de tierras era muy amplia, la relación era menos favorable a los propietarios. Los colonos siempre podrían refugiarse en sus propiedades como mecanismo de supervivencia, tenderían a cultivar peor las tierras arrendadas que las propias y el desahucio no supondría un castigo tan severo dado el amplio mercado de tierras. Esto a su vez repercutiría en la menor estabilidad de los colonos y en la reducción de la presión de la renta.

Sin embargo, no podemos ignorar que el arrendamiento a corto plazo pre sentaba algunas debilidades importantes que debían ser subsanadas por el propietario eficiente. La primera es garantizar el uso adecuado de la tierra, que quedaba demasiado frágilmente sustentado en la buena voluntad del cultivador, lo que algunos economistas llaman el riesgo moral. La segunda que teniendo en cuenta que en este caso no se recompensaban las mejoras y la renta se podía revisar a muy corto plazo, el colono no encontraría alicientes para la introducción de mejoras o de inversiones que no redundaran con seguridad en su beneficio. Y la tercera es la frecuente escasez de capital de los colonos para realizar un cultivo adecuado y para asegurar la percepción de la renta sin variaciones. Estas tres debilidades del arrendamiento podían ser subsanadas por el propietario a través de distintos mecanismos.

El riesgo moral es algo a tener muy en cuenta. Un colono podía realizar un cultivo muy intenso de la tierra durante el plazo corto del contrato modificando las rotaciones con lo que la tierra quedaría agotada. También podía ocurrir que un colono ahorrara costes de producción eliminando los trabajos dedicados a la fertilización de la tierra. De esta forma se podían obtener buenos beneficios a muy corto plazo sin el aporte necesario de nutrientes. Pero esto dañaba la capacidad productiva de la tierra durante los siguientes años. Algunos colonos y comisionados harán referencia a estos aspectos cuando cuestionen el sistema de subastas. Cuanto más complejo e intensivo era el cultivo más difícil era el control de las labores por parte del propietario y mayor margen de maniobra tenía el colono para establecer las rotaciones y técnicas más adecuadas. Esto era lo que intentaba establecer la apelación al «uso y costumbre de buen labrador».

El mecanismo que subsanaba esto era la estabilidad de los arrendatarios y la continuidad familiar al frente del cultivo de las tierras. Curiosamente, el plazo breve de los contratos se daba en un contexto en que lo habitual era el mantenimiento de los colonos por tácita reconducción durante muchos años. Y convivía con la práctica frecuente de que a su muerte o incapacidad pudiera transferir el arrendamiento a sus familiares, sin grandes impedimentos por parte del dueño. Esta estabilidad de los colonos era una práctica tolerada, pero no una obligación del propietario, que podía cambiar de cultivador sin obstáculos legales.

Así, cuando un colono entraba en una parcela arrendada lo hacía inicialmente para un plazo corto, pero si cuidaba la tierra adecuadamente solía ser respetado durante muchos años. La discrecionalidad y la posición de fuerza del propietario permitían esa convivencia de plazo corto con continuidad familiar. Con esta continuidad la fertilización y el laboreo adecuado de la tierra beneficiaban al arrendatario en sus cosechas futuras. Por ello sería el primer interesado en realizar la rotación más conveniente y mantener la capacidad productiva de la finca. A falta de garantías reales de un buen cultivo, el prestigio ganado por el labrador a lo largo de su vida solía ser la única referencia que podía avalarle para ser preferido a otras ofertas de cultivo.

La garantía de libre disposición de las tierras contrasta con la práctica habitual de mantener la estabilidad de los arrendatarios. Se ha considerado que la continuidad de un colono durante mucho tiempo en la misma parcela y el hecho de que frecuentemente fuera traspasado el cultivo a sus descendientes era una de las características propias del arrendamiento en la comarca de l’Horta de Valencia. Nuestro estudio muestra que si bien este comportamiento de propietarios y colonos estaba mucho más arraigado en la comarca, lo podemos encontrar también con facilidad como pauta de conducta en el patrimonio que el Hospital tiene en otras zonas. Además los estudios más recientes del arrendamiento castellano, donde se consideró que estas pautas acabaron con la llegada de la libre disposición de las tierras del decreto gaditano, comienzan también a mostrar una tendencia o una práctica de estabilidad de los arrendatarios más pobres sobre las tierras en los grandes patrimonios (Carmona y Simpson, 2003).

En el caso valenciano ya hemos documentado esta estabilidad tanto a finales del siglo XVIII como en la primera mitad del XIX. Pese a ser un fenómeno que ya era frecuente en el Antiguo Régimen, no se trata de una imperfección del sistema de propiedad, sino de una pauta de conducta tolerada o potenciada por el propietario, que se explica en función de su racionalidad económica. La continuidad se puede explicar como una confluencia de factores: por un lado interesa al propietario que la potencia, por otro es beneficiosa para el colono que intenta que se respete. La costumbre y el complejo sistema de presión de los cultivadores en algunos contextos locales harán que a finales del siglo XIX se instale como un derecho en la comarca de l’Horta. Es posible que en el caso de l’Horta de València la confluencia de la concentración de la propiedad, la desposesión de los labradores, sus fuertes niveles de cohesión, el elevado precio de la tierra huerta y las posibilidades de beneficio favorecieran de manera especial la estabilidad de los cultivadores. Hasta el punto de que los cultivadores lo defendieran como un derecho y acabaran imponiéndolo en las décadas finales del XIX.

En segundo lugar, si la estabilidad de los colonos era una garantía de buen cuidado que reducía el riesgo moral, podía también ser utilizado como un mecanismo para incentivar la inversión. Efectivamente, los contratos de Hospital no establecían una recompensa por las mejoras, pero nuevamente la fl exibilidad del sistema podía hacer que los propietarios favorecieran la inversión de los colonos a través de la continuidad al frente del cultivo. El colono se vería impulsado a la inversión o a la mejora productiva de la finca a través de su trabajo, si tenía la seguridad de que el propietario recompensaría su esfuerzo con su estabilidad. El sistema era también beneficioso para el propietario, que veía crecer el valor de su finca gracias al trabajo de los cultivadores. Por ello el propietario intentaba corresponder con sus trabajadores más eficientes o que mejoraban sus tierras.

Pero para que este mecanismo incentivador fuera eficaz era necesario también que el propietario mantuviera una cierta moderación en el incremento de la renta. No podemos olvidar que la renta, a parte de un rendimiento de la tierra, era igualmente un rendimiento de las posibles inversiones que realizara el propietario. Si la inversión se trasladaba al colono, el rendimiento de esta inversión debía al menos en parte repercutir en el cultivador. El mecanismo para ello era la moderación en el crecimiento de la renta. Este es un aspecto que discutiremos más adelante, cuando veamos la evolución de la renta, y que comprobaremos en diferentes momentos en el patrimonio.

Un ejemplo puede ser muy clarificador. Desde 1757 el Hospital tiene en la población de Castelló de la Ribera 78 hgs. de tierra que combina huerta, arrozal y olivar arrendadas por 286 libras. En 1819, el colono, Bautista Perales, debe al Hospital 306 libras. Al ser reconvenido para el pago el arrendatario contestó que «el baxo precio y ninguna salida del arroz le imposibilitaban hacerlo». Pese al elevado montante de la deuda el comisionado hace la siguiente reflexión:

(...) este arrendador es en mi concepto uno de los mejores que tiene el Hospital: no sólo ha tratado la tierra como con interés propio, sino que del albe del río Júcar que confina con la posesión del Hospital ha sacado sobre 4 hanegadas parte de las cuales fructifican ya para la cosecha de arroz, y las restantes producirán quizás este año: cuyo aumento a favor del Hospital se deben a su aplicación y laboriosidad y se han incluido ya en el arriendo. Ha plantado de su cuenta en las tierras una crecida porción de olivos; ha rebajado campos y nivelado otros a cuyo beneficio son susceptibles de riego y cría de arroces cuando eran secano de poquísimo valor.

El informe de un perito deja constancia de que la tierra está muy bien trabajada y que gran parte del estado que tiene en el momento es «a beneficio de la industria y trabajo del arrendador» que ha nivelado las tierras y ganado al río con la tierra sobrante las cuatro hanegadas. En atención a su esfuerzo se le concede más tiempo y pague la deuda «y no abandone las tierras». Además en la nueva escritura, aunque el pago es en Todos Santos,

se le conceden cuatro meses desde ese día para que pueda vender sus frutos (...) porque sin esta circunstancia se me retraía de continuar en el cultivo y ningún otro hubiese dado al Hospital tanto beneficio (...) que es un labrador de arraigo y honradez.

Además en el arriendo se le entregan gratuitamente las ocho hanegadas de secano en las que ha comenzado a cultivar olivos para que termine de plantarlas.

El Hospital ha flexibilizado claramente su postura y cuando le ha interesado ha sido capaz, en una época marcada por las dificultades, de dar facilidades a un colono que aunque debe más de una anualidad ha tenido una destacada implicación en la mejora de la finca. No nos extraña encontrar en el momento de la venta de las tierras por la desamortización a su hijo Marcelino Perales cultivando la misma tierra 40 años más tarde por 5.500 reales (365 libras). La flexibilidad del Hospital, combinada con su atención a la hora de ir actualizando la renta, le permite un aumento significativo del arrendamiento, basado en la mejora productiva de la finca por el colono al que ha sido capaz de incentivar con diferentes mecanismos. Esta postura, pese al mantenimiento del colono no puede plantearse como paternalismo. Más bien el Hospital ha sabido cuando le interesa aflojar y cuando apretar, en función de las condiciones del colono y de sus posibilidades reales.

El tercer punto débil que habíamos detectado era la escasa disponibilidad de capital de los colonos, que les hacía incapaces de invertir y muy vulnerables a los años de malas cosechas o bajos precios. La estabilidad de los colonos actuaba como un mecanismo atenuante de esta vulnerabilidad, si el propietario era capaz de flexibilizar sus posturas. La actividad agraria entrañaba muchos riesgos: inclemencias medioambientales, inestabilidad de los mercados, etc. Esto hacía frecuente el endeudamiento de los colonos, porque su falta de recursos les daba muy poca capacidad de resistencia. La estabilidad de los labradores, que podían ser desahuciados por falta de pago, podía permitir la recuperación de los impagos. Mantener a un colono después de un mal año que ha dejado deudas era una manera bastante fiable de poder recuperar el dinero en los años sucesivos, pues los años malos se combinaban normalmente con los buenos. Este mecanismo podía ser más eficaz que el despojo, que podía suponer la pérdida definitiva de las deudas, si los embargos no podían resarcir los atrasos. Algunos historiadores lo consideran como una forma de crédito a los colonos que frecuentemente acompañaba a la renta (Peset, 1986).

En los contextos en que la demanda de tierra en arriendo era muy fuerte, como en l’Horta, la estabilidad se implicaba en otros mecanismos más complejos para evitar los atrasos. Un colono endeudado frecuentemente traspasaba su arriendo a otro colono que se ofrecía a pagar los atrasos.[14] De este modo, el propietario recobraba la renta no cobrada y situaba a un nuevo colono más solvente que el anterior. La manera de incentivar estas operaciones tan beneficiosas al Hospital era también dar una garantía de estabilidad. Al propietario le interesa un arrendatario más capitalizado y recuperar sus atrasos, pero ningún colono realizaría estos pagos si no esperara recibir a cambio una garantía de continuidad. De alguna manera el nuevo colono «compraba» su «derecho» a ser arrendatario estable.

La estrategia de la continuidad genera una serie de prácticas habituales en la gestión del propietario. En primer lugar el Hospital intenta en la medida de lo posible mantener la estabilidad de sus arrendatarios. La norma era negociar la renta tratando de respetar la preferencia de los cultivadores, incluso cuando se recibían ofertas de terceros para cultivar a un precio mayor. El traspaso hereditario de los arriendos entre familiares, que normalmente sigue la sucesión masculina, de padres a hijos o a yernos, debía recibir la autorización de los propietarios. El Hospital la solía respetar si no le suponía perjuicio, aunque también le servía como mecanismo de selección de los colonos entre los familiares. El reconocimiento del traspaso solía ser también momento para modificar la renta y establecer la relación mediante contratos. Así mismo, en su flexibilidad con el colono solían tener en cuenta el esfuerzo que éste había invertido en la mejora productiva de la finca con la realización de mejoras.[15] La continuidad familiar debe entenderse como una estrategia voluntaria motivada por su rentabilidad económica que se mantiene discrecionalmente mucho más allá de la obligación legal. No es un signo de pérdida de interés por sus explotaciones, sino que entraña unos beneficios que la hacen más aconsejable que el cambio constante de colonos.

La escasa capacidad inversora de los colonos es posiblemente el mayor problema con el que podían enfrentarse los propietarios. Pero existen diferentes mecanismos que deben tenerse en cuenta para evaluar el rentismo como un mecanismo retardatario o no. El primero y más claro es que la explotación indirecta no puede ligarse automáticamente ni a comportamientos de abandono del patrimonio ni con planteamientos de innovación productiva. Existe en el rentismo una variada gama de posturas, que pueden ir desde la pasividad de la mera actividad recaudatoria hasta los comportamientos más emprendedores (Garrabou, Planas y Saguer, 2001).[16] Los aspectos relacionados con la inversión es quizás donde esta variada gama puede detectarse con más fuerza.

La filosofía de fondo del arrendamiento es la obtención de la mayor rentabilidad posible de las propiedades con el menor costo y en el costo se incluye la inversión, la gestión, los costos de transacción, etc., pero nada hace suponer que la mayor rentabilidad se pueda conseguir con la pasividad más absoluta. Una buena parte de la rentabilidad del patrimonio dependía de la realización de un programa adecuado de inversiones productivas. La mejora de las infraestructuras, la introducción de nuevos cultivos, las transformaciones agrarias, la incorporación de innovaciones, etc. dependían en gran medida de asumir riesgos a través de la inversión.

El arrendamiento de las tierras no actúa como una relación aislada sino que se acompaña de otros mecanismos que permiten diferentes grados de implicación del propietario en el cultivo. La lista de comportamientos económicos ligados a la renta es muy larga: colaborar en el costo de algunos insumos agrarios, como los fertilizantes; acompañar la renta con créditos para facilitar la inversión del colono en el desarrollo de la explotación; apoyar a los colonos en la obtención de créditos a bajo interés; incentivar con diferentes mecanismos la implicación del colono; colaborar con otros propietarios en la mejora de las infraestructuras de riego; la inversión directa del propietario, etc.

La escasa capacidad inversora del colono es una limitación del arrendamiento, pero puede ser subsanada por la implicación activa del propietario en el proceso productivo. A lo largo del estudio veremos básicamente dos mecanismos: la inversión directa del propietario o la inversión indirecta a través de la negociación con el cultivador.

Los estudios sobre patrimonios particulares han mostrado que el arrendamiento se acompañaba en muchos casos de la reinversión de una cantidad importante de la renta.[17] Este comportamiento inversor permitía una capacidad de dirección de la explotación y una postura de negociación muy sólida frente a los colonos, pero sobre todo añadía unas posibilidades de rentabilidad del patrimonio constantemente renovadas.

En nuestro estudio veremos comportamientos inversores directos muy importantes, pero nuestra institución tenía constantes problemas de liquidez, que se agravan con la crisis del Antiguo Régimen. Esto y la posibilidad de encontrar inversiones más productivas, como el patrimonio inmobiliario urbano de Valencia, que recibía inversiones importantes, hizo que el Hospital desarrollara una política de escasa inversión directa en sus tierras.

En su lugar el Hospital utilizó los mecanismos de inversión indirecta a través de sus colonos. Esto se podía conseguir fundamentalmente con dos mecanismos: capitalizando las deudas de los colonos a través de su trabajo o reduciendo parte de la renta como contraprestación a las inversiones de los cultivadores. El primer sistema es menos frecuente y consiste en convertir la deuda de un colono en un número concreto de jornales que debe aportar a alguna mejora que debería costear el propietario. En este caso se intercambia deuda por trabajo. El segundo es mucho más frecuente y consiste en pactar una inversión a realizar por el colono a cambio de una reducción temporal de la renta equivalente al coste de la inversión. En este caso el intercambio es renta por inversión. Esto no necesariamente suponía que el Hospital perdiera el control de la inversión. Normalmente el propietario establecía condiciones que le permitían dirigir o supervisar la correcta realización de las mejoras. Algunos casos de plantaciones o transformaciones de cultivos que veremos se realizan con este sistema.

Este traslado de la inversión supone en ocasiones una menor capacidad de iniciativa o mayores dificultades para introducir la innovación. Pero es un grado en esa amplia gama que separa el comportamiento pasivo del emprendedor. Es menos «empresarial» que la inversión directa, pero es igualmente una forma de implicación en el cultivo y una posible vía de incorporación de innovaciones a la agricultura, en la que el papel del cultivador gana protagonismo, pero que necesita la colaboración del propietario.

4. LA COSTUMBRE Y LA «ECONOMÍA MORAL»

Comprender el marco en el que actuaba el arrendamiento supone también adentrarse en un conjunto de comportamientos sociales que condicionan el funcionamiento del mercado. Hemos defendido que los contratos salvaguardaban la libre disponibilidad de las tierras. Pero este marco «legal» debe situarse en el sistema de relaciones de conflicto y cooperación que conforman el contexto social que lo rodea. El mercado y el entramado contractual no eran el único elemento regulador del arrendamiento. Este se desarrollaba en el seno de un complejo mundo de relaciones sociales que condicionaban las relaciones entre propietarios y colonos.

Utilizando la terminología de E. P. Thompson (1979 y 1995), existía en las relaciones de arrendamiento una «economía moral». Ésta regulaba las prácticas que debían seguir propietarios y colonos, con normas de carácter ético y moral basadas en un amplio consenso. Las prácticas habituales en las relaciones mutuas de arrendatarios y dueños de la tierra hacía surgir entre los colonos una visión particular de cuáles eran las funciones y obligaciones de los diferentes agentes que concurrían en la relación. Este consenso en torno a unas costumbres generaba una concepción ética de lo que era legítimo o ilegitimo según unas percepciones sociales compartidas de lo que se consideraba equitativo y justo (Modesto, 1998a).

Las relaciones entre los diferentes protagonistas del arrendamiento se regulaba por una concepción social de cómo debía discurrir la cesión de la tierra. Esta concepción de raíz ética se basaba en un conjunto de comportamientos recíprocos entre propietarios y colonos que ambos debían respetar. La relación se fundamentaba en el respeto mutuo de un conjunto de comportamientos considerados adecuados. No era un código formal de normas, sino un conjunto de principios consensuados entre las partes que debían regir los comportamientos de ambos y que las dos partes debían respetar. Con ello la relación de arrendamiento abandonaba el mundo estrictamente económico y se adentraba en el campo de las relaciones personales.

A grandes rasgos la «economía moral» tenía una serie de principios básicos. La percepción ética de los colonos no cuestionaba la propiedad. Los propietarios eran los legítimos dueños de la tierra y tenían derecho a extraer su renta de ella, pero tenían que obtenerla permitiendo que los arrendatarios sacaran también los beneficios considerados equitativos y respetando una serie de «derechos» que los colonos obtenían con el trabajo dedicado a las tierras. La relación, por tanto, se basaba en la existencia de una cierta armonía en la relación, que permitía a cada parte beneficiarse de la cesión de la tierra. El propietario tiene derecho a su renta, pero el colono también tiene derecho a obtener los beneficios de su trabajo.

El colono estaba obligado por esta «economía moral» a cultivar con esmero las tierras, realizando las labores adecuadas en los momentos clave y fertilizando la tierra constantemente, de forma que no se perdiera capacidad productiva y las tierras mantuvieran todo su valor. Además, debía de ser puntual en el pago, cumpliendo con su obligación sin retrasos, especialmente en los momentos más críticos. Cuando el colono se había comportado con diligencia durante años adquiría el derecho a ser tratado por el amo de una forma equitativa. Si además este comportamiento se verificaba a lo largo de varias generaciones los «derechos adquiridos» por el cultivador se iban consolidando. Lo mismo ocurría si al entrar en el arrendamiento se cubrían las deudas del anterior colono.

La actuación adecuada del colono era correspondida, según esta regulación ética, con la actuación equitativa del propietario. Esto debía manifestarse fundamentalmente en cuatro comportamientos: la estabilidad sobre la parcela, el mantenimiento de una renta moderada, el trato igualitario y una cierta condescendencia en los momentos en que el impago no fuera responsabilidad del colono.

Una de las demandas básicas de los colonos es que la renta tenía que ser «justa». Aunque existiera una fuerte presión por los arrendamientos, estos no podían elevarse por encima de unos máximos un tanto indefinidos, que permitían a los colonos un cierto margen de beneficio. Esta renta justa debía ser respetada por los propietarios. Frente al mecanismo de la subasta o la competencia entre colonos, los labradores defendían que se estableciera la renta en función de los precios más comunes en cada momento en las tierras cercanas de la misma calidad o según el precio que marcasen peritos neutrales. Pero no podía dejarse a la regulación estricta del mercado porque la excesiva competencia podía convertir a la renta en «injusta» al eliminar los márgenes de beneficio de los cultivadores.

Por otro lado, el colono tenía derecho a mantenerse de forma prolongada sobre las parcelas y podía transferirlas a sus herederos o regular su explotación entre su familia, siempre que cumpliera con sus obligaciones con los propietarios. El propietario debía permitir que los hijos ocuparan el lugar de los padres al frente de las tierras. Pero además esto debía ser respetado por el resto de los labradores, que no debían inquietar al cultivador que respondiera a sus compromisos. La costumbre regulaba en este aspecto también las relaciones entre colonos.

Así mismo, el propietario debía de tratar a todos los colonos por igual. Si a uno le condonaba a causa de la sequía, los demás debían de gozar de la misma condona. Y si uno tenía las tierras a un precio, no era «justo» que los demás lo tuviesen a un precio más elevado o inferior.

Cuando un colono había trabajado bien, esforzándose e implicándose durante años, había pagado regularmente sin crear disputas y pasaba por algún momento problemático por situaciones familiares o por malas cosechas de las que no era responsable, el propietario debía tratarlo con fl exibilidad, permitiéndole en función de sus méritos aplazar o retrasar el pago. La pobreza no era un mérito, pero una situación de insolvencia después de años de cumplir con la renta merecía que el propietario se mostrara comprensivo y facilitara el pago o incluso condonara los atrasos.

Esta «economía moral» que hemos intentado definir suponía un recorte a la libre disponibilidad de las tierras. El propietario quedaba limitado en sus derechos de propiedad por la obligación de conducirse según una serie de comportamientos y de respetar los derechos que supuestamente habían adquirido los colonos.

¿Qué vigencia podía tener esta normativa moral? Los propietarios procuran, siempre que no se lesionen en exceso sus intereses, mantener esta normativa. Pero la práctica del arrendamiento, tal y como hemos analizado, era un complejo sistema de contraprestaciones donde explotación y cooperación se entremezclaban en una frágil relación que podía romperse con facilidad. Del respeto de muchos de los derechos que consideraban adquiridos sobre sus parcelas dependía en parte la forma de vida de muchos colonos desposeídos, que subsistían con el recurso de cultivar tierra arrendada. El peligro constante de la proletarización quedaba un poco más alejado si se mantenía esta reciprocidad. El principal instrumento que los colonos utilizaban para asegurar el funcionamiento de la «economía moral» eran un conjunto de actitudes cotidianas que mantenían una presión social para evitar que estos derechos fueran ignorados. Esta presión social no solía realizarse a través de actuaciones colectivas, aunque como muestra los conflictos de 1878-79 pudieron existir,[18] sino más bien mediante una elevada cohesión de los colonos a favor de estas normas y el castigo de forma particular a quienes las infringieran.

Siguiendo las sugerencias de James C. Scott en torno a las concepciones de hegemonía social, las resistencias de las clases subordinadas puede ejercerse muchas veces a partir de la experiencia cotidiana aunque se asuma una cierta «sumisión pragmática» ante los imperativos de la realidad económica y la coerción. Este mecanismo no genera grandes conflictos, pero permite oponer resistencia desde el interior de la misma ideología hegemónica. En este caso los labradores no cuestionan la propiedad de la tierra y plantean unas relaciones armónicas donde asumen el papel de arrendatarios. Pero desde esa aceptación y utilizando algunos elementos de la ideología dominante son capaces de ofrecer una cierta resistencia. Su integración en el sistema de arrendamientos supone recibir algún tipo de beneficio que tiene que realizarse en la práctica. Este parece ser el planteamiento de los labradores. No cuestionan la propiedad y trabajan como arrendatarios, pero su implicación en esta estructura asimétrica debe reportarles unos beneficios realizables en la práctica. Desde esa integración se exige el respeto a unos derechos con los que pueden resistirse en determinados momentos y a través de actuaciones cotidianas a la hegemonía de las clases dominantes. La exigencia de estos comportamientos recíprocos permite a los labradores, sin enfrentarse abiertamente a los propietarios, una resistencia constante que se nutre de los principios de la clase hegemónica (Scott, 1985 y 2003).

Dos ejemplos pueden resultar ilustrativos de diversas formas de mantener esa presión social. El primero es una carta de un colono solicitando una rebaja de la renta al Hospital que deja patente uno de los mecanismos que los labradores utilizan para castigar a los infractores de las normas consuetudinarias. Además el mismo escrito permite observar en función de qué méritos y cómo solicita que le sea reducida la renta. En 1792 Josep Albors, vecino de la vega de Valencia y colono del Hospital, relata a los miembros de la junta en una solicitud de rebaja cual es la razón de que tenga la renta tan elevada:

Ocho años atrás tenía como en el día en arriendo quatro cahizadas y media de tierra huerta y balsa y una media alquería (...) por precio de 180 L.

Que era y es el precio regular que corren en los vecindarios (...) y aún excesivo. Al exponente, sin otro motivo que haver mercado su padre una porción de tierras y quedándoselas por su cuenta sacando los arrendadores de los vendedores, se conspiraron quatro de los despojados a quitarle lo que tenía del Santo Hospital.

Los labradores despojados utilizaron el mecanismo de la «picadilla» y pujaron con Josep Albors con la finalidad de aumentar con su actuación el precio.

Cuya operación (...) resistió el exponente con tanta tenacidad que subió desde las 180 L. a las 251 L. Por manera que ascendió a otro tanto precio como tenía (...) De manera que aunque posteriormente se han corrido por subasto nadie a tenido valor para pensar en tal arriendo y antes se han jactado (que bien cara la tiene).

Como prueba de que sus tierras están muy caras plantea que las de las inmediaciones están mucho más baratas:

las tierras de las inmediaciones que son del Marqués de la Escala y de Mariano Alvelda las de este corren a 33 L. (la cahizada) y las de aquel a 35 L. (la cahizada) siendo de igual y mejor calidad.

El mecanismo que propone para fijar una renta justa es

sujetarse al precio de los peritos desapasionados que V.E. se sirva destinar para graduar el tanto que merezca y después ofrece un diez por ciento y si la junta estima más.

Este mecanismo le parece más adecuado que la subasta:

sin que pueda obstar el que podría haver otro que las tomase, porque todos saben que no puede ser regla el tanto que tal vez otro daría porque de este modo ningunas quedarían en las que las tienen y tales empresas las hacen los que tienen poco que perder.

Además añade como mérito suyo

que como el suplicante las cultiva tan bien, que apenas habrá otro igual, podría qualquiera entrar por un quadrienio y al otro dexarlas perdidas en perjuicio aun del mismo dueño, después de haberse comido el sudor del anterior convirtiendo la industria en su propio perjuicio, que no parece deba ser.[19]

La carta muestra cómo los labradores desahuciados, utilizando la puja en la subasta, castigan al colono del Hospital por haberlos expulsado de una finca que acaba de comprar. Una actuación legal es duramente castigada mediante actuaciones particulares y la burla de los vecinos, porque contradice uno de los principios básicos de la economía moral: mantener a los colonos en los arrendamientos si cumplen sus tratos.

Por otro lado, la petición del colono maneja otro de los principios recíprocos. Como él tiene la tierra muy bien trabajada no sería justo que otro se aprovechase de ella y en cuatro años la estropeara con un mal cultivo. Lo «justo» sería mantenerle con una renta más adecuada, parecida a la de sus vecinos. Para ello el mejor sistema que propone es la tasación de peritos neutrales y él incluso daría un 10 % más de la tasación, porque la subasta siempre puede conseguir que alguien ofrezca un precio mayor, pero esto podría ser muy arriesgado porque se las quedaría alguien que tuviera muy poco que perder.[20]

Un segundo ejemplo muestra otro mecanismo de presión que podemos ver en un pleito de desahucio. Estos suponían la proletarización de los pequeños colonos por lo que es frecuente encontrar fuertes resistencias a abandonar las parcelas o duras amenazas a los colonos que les sustituyen. Esto condicionaba la capacidad de los propietarios para desahuciar a los colonos malos pagadores. El desahucio sólo era eficaz en el caso que el Hospital tuviera la seguridad de encontrar nuevos colonos que quisieran cultivar las fincas. La manera más frecuente de evitar un desahucio es amenazar y ejercer presión para que la tierra no fuera ocupada por nuevos colono. Es difícil encontrar documentación que pruebe la existencia de estas presiones, pero en un pleito queda patente esta pugna y la queja del propietario. El Hospital ha recibido una tierra en 1830 en la vega de Valencia que tiene dos colonos. El nuevo dueño quiere pactar una renta más elevada pero estos no acceden, por lo que se inicia el despojo en noviembre de 1830. Un año después se consigue el desahucio por vía judicial «con lanzamiento de sus bienes». Pero el procurador del Hospital le relata al juez que

tan luego como marcharon el alguacil y lugartenientes que realizaron el despojo los citados colonos valiéndose de la fuerza hecharon abajo la puerta de la barraca donde en la actualidad permanecen por cuya razón el nuevo arrendador, temeroso de algún funesto suceso, teme cultivar las tierras y no puede hacer uso de las barracas qual corresponde.

El Hospital considera el suceso «un hecho escandaloso que redunda en un conocido desprecio a este tribunal» y solicita la prisión para los antiguos colonos.

Ambos ejemplos muestran las presiones que pueden ejercerse en el seno de la comunidad de labradores para mantener los derechos que los colonos creen tener sobre las parcelas. Y cómo estas presiones pueden crear situaciones de difícil solución a los propietarios que ven su libre disposición de las tierras erosionada.

A lo largo de nuestro estudio veremos que en muchas comarcas la estabilidad y continuidad de los colonos es relativamente frecuente, que algunas de las peticiones inciden en las mismas argumentaciones o apelan a los mismos valores y que el propietario actúa con los mismos criterios que en l’Horta. Pero es muy posible que la presión ejercida por los labradores no pudiera ser en otros lugares tan eficaz como en esta comarca. El alto nivel de desposesión de los cultivadores y la fuerte presión por la tierra actuaría como elemento de cohesión de los labradores más desposeídos en torno a su economía moral. Los mecanismos de presión que hemos visto sólo pueden funcionar si el nivel de cohesión de los labradores en torno a las normas es lo suficientemente alto como para que los castigos inflingidos a quien rompe las costumbres sean eficaces. Es muy posible que, como veremos, el marco y las pautas de funcionamiento de los arrendamientos de l’Horta no fueran muy diferentes respecto a otras comarcas, pero probablemente la presión de los colonos sí se ejerciera de forma mucho más intensa y eficaz, lo que acabaría produciendo un recorte significativo en la capacidad del propietario.

La peculiaridad de l’Horta no estaría tanto en la existencia de estos principios morales o en las pautas de continuidad de los colonos, que también se detectan en otras comarcas, sino en la posición de fuerza y la eficacia de la cohesión de los colonos en torno a mecanismos que obligan a respetarlos. Cohesión de clase que sin duda estaría en relación con las condiciones peculiares que la estructura social tenía en l’Horta de València. Pero este es un tema que todavía necesita investigaciones específicas complejas de abordar.

5. LA GESTIÓN DEL PATRIMONIO: LOS ADMINISTRADORES

Si como hemos defendido el arrendamiento, combinado con diferentes pautas de comportamiento, era un eficaz instrumento de explotación, la dificultad mayor en las tierras del Hospital estribaba en la gestión adecuada de un patrimonio tan amplio. La dispersión geográfica de las propiedades agudizaba las dificultades que entrañaba su gestión. Una actitud radical y deliberadamente rentista, como la del Hospital, precisaba unos mecanismos de control y gestión que redujeran los costes de transacción de forma eficaz. En este aspecto debe tenerse en cuenta que los ingresos del Hospital no dependían solamente del arrendamiento de tierras. La organización administrativa de la institución debía de procurar tanto el control adecuado de todas las fuentes de recursos, como la adecuada organización del gasto asistencial. El arrendamiento de tierras permitía un ingreso revisable, predecible y con escaso riesgo, algo muy necesario para hacer marchar la gran maquinaria asistencial de la institución.

La gestión de las rentas precisaba unas tareas constantes de control de los colonos y de supervisión del estado de las fincas, si se quería mantener la rentabilidad del patrimonio. Además, era imprescindible la intervención activa del propietario en coyunturas decisivas o en actuaciones precisas que sólo el dueño de la tierra podía emprender si quería mantener el estado productivo de la tierra. La inversión jugaba un papel importante en este sentido.

La peculiar estructura administrativa del Hospital no era muy compleja, pero condicionaba de diversas formas la gestión del patrimonio. El Hospital era una institución regida de forma colectiva a lo largo de toda su historia. No dependía de una sola persona, sino de una Junta que tomaba las decisiones de forma conjunta[21] y que estaba limitada en algunas decisiones. No podía, por ejemplo, enajenar o permutar el patrimonio sin permiso, con lo que el peso de la renta como forma de ingreso ganaba protagonismo. En el caso de la administración y gestión de ingresos y gastos se asesoraba con una Comisión de Hacienda, que tenía carácter consultivo.

Algunas decisiones clave, como iniciar un pleito, establecer un nuevo colono o expulsar a otro, o una transformación de un cultivo arbóreo en otro, sólo podían ser tomadas por la Junta o por un comisionado al que se le hubieran cedido temporalmente esos poderes. Esa dificultad para la toma de decisiones, que además dependían de vocales cambiantes, ha de contemplarse a la hora de juzgar su racionalidad. Quienes deciden, no están arriesgando su patrimonio personal, sino ejerciendo un papel ejecutivo y temporal al frente de una gran institución.

El responsable de llevar adelante todas las decisiones era el administrador, encargado de la gestión del patrimonio a las órdenes de la Junta de Gobierno. Le trasladaba la información de las incidencias y ejecutaba sus órdenes, pero no podía tomar decisiones más allá de la gestión cotidiana. El administrador tenía bajo su supervisión la administración central, que como vimos se reservaba el control directo de las explotaciones de la vega de la ciudad y la comarca de l’Horta. A estas se podían añadir algunas propiedades que, pese a estar ubicadas en territorio de otras administraciones, se consideraban de especial importancia, como en algunos momentos la Tancada de San Antonio de Alzira.

Para la gestión de las restantes propiedades existían administradores o procuradores subalternos que controlaban las propiedades inmuebles y rústicas asignadas. Cuando algún asunto concreto precisaba una atención especial se nombraba un comisionado con autoridad delegada de la Junta que también podía supervisar periódicamente la tarea de los procuradores de las administraciones. Ambas figuras, llevaban el peso de la gestión del patrimonio más alejado de la ciudad. Los procuradores lo realizaban cotidianamente rindiendo cuentas varias veces al año y los comisionados eran enviados por la Junta para un asunto concreto o para informar de la situación de una administración.[22]

Los administradores subalternos eran comisionistas y cobraban un porcentaje que oscilaba entre el 7 y el 3 % de la renta cobrada. Los pequeños gastos o el pago de los impuestos que correspondían al propietario se efectuaban con el dinero cobrado. Como garantía de buena gestión el administrador subalterno frecuentemente realizaba una fianza por el valor de la renta que se estimaba recaudaría durante dos años en la administración que le correspondía. Con frecuencia eran administradores de otros negocios o propiedades.[23] El uso de administradores estaba muy extendido y era el más frecuente en la gestión de los patrimonios rústicos grandes.

Para los aspectos técnicos, como reconocimiento de tierras, mediciones, proyectos de mejora, etc. el Hospital solía recurrir a expertos locales. Se trataba normalmente de labradores o agrimensores de prestigio ajenos al patrimonio que eran consultados por los administradores y emitían informes escritos. Esto hace suponer que normalmente se contaba con el asesoramiento técnico necesario y de buena calidad, que no podía proporcionar el personal de administración.

Los procuradores locales y el administrador central eran piezas clave en la gestión eficaz de los arrendamientos. La mayoría de sus tareas eran fundamentales teniendo en cuenta la amplitud del patrimonio, la distancia a la administración central y la lentitud de las comunicaciones. De su eficacia o negligencia dependía una parte sustancial del éxito o fracaso de la administración.

Sus funciones eran muy diversas. Fundamentalmente su actividad se orientaba en torno a la percepción de las rentas y la vigilancia de la actividad de los arrendatarios. En la utilización de criterios flexibles con los colonos, la obtención de una información adecuada era básica. Aspectos como conocer el estado de las cosechas, las posibles garantías de pago de los cultivadores, el seguimiento de las rentas no cobradas, o la búsqueda de los peritos adecuados eran decisivos para el seguimiento del patrimonio y necesitaban de una información precisa. La residencia en la zona y el conocimiento cercano de la administración permitía el contacto directo y cotidiano con tierras y cultivadores, que era de gran utilidad. Esta proximidad facilitaba el cobro de los arriendos sin necesidad de que los colonos realizaran grandes desplazamientos, pero la cercanía del administrador daba lugar a muchas otras ventajas. Podía presionar periódicamente a los morosos y en ocasiones estaba pendiente de la venta de las cosechas para recaudar los arriendos. El conocimiento cotidiano de los colonos le permitía una presión más eficaz sobre las deudas.

El cobro de los arriendos podía estar dificultado por diferentes circunstancias, que sólo el procurador subalterno podía desentrañar con su proximidad y que permitía el ahorro en costes de transacción. Por ejemplo, en 1840 en la Pobla de Vallbona son los colonos más pudientes quienes se retrasan más de una anualidad mientras los otros se mantienen al día.

Dichos colonos están bastante acomodados y demoran el pago por sus intereses particulares, despresiando cuantas diligencias he practicado para conseguirlo, (...). Para evitar pues el mal ejemplo que causan a los demás colonos, que menos pudientes procuran hir pagando lo más pronto que les es posible

trama un ardid con el administrador. El procurador propone al administrador central que escriba una carta ordenándole proceder al cobro judicial de los colonos citados, poniendo concretamente sus nombres y lo que deben, «... y si a ello dieren lugar, les intimara el despojo de las tierras en arreglo a los capítulos de la escritura de arrendamiento». La intención del procurador es mostrarles dicha carta y amenazar con iniciar diligencias judiciales, y así «quedarán escarmentados, pagarán y se abstendrán de despresiar mis solicitudes para la cobranza». En la siguiente carta, veinte días después, informaba de que los colonos «habían satisfecho su dévito y están al corriente las pagas».[24] La actuación del procurador se ha mostrado clave en denunciar la situación y ponerle fin.

De forma similar en las zonas arroceras de la Ribera la recaudación tenía otra dificultad. La venta de la cosecha de arroz se hacía en septiembre y frecuentemente cuando vencía la paga de Todos Santos los colonos habían hecho frente a otros pagos y los procuradores se volvían con las manos vacías. Por ello, las fechas de la venta del arroz era el momento de presionar a los morosos. Así, en 1797 el procurador pedía con urgencia una decisión en torno a un deudor: «es asunto de mucha entidad y no se debe tomar burlando, no sea que venda el arros y arregle sus cosas como yso en otros años y quedemos burlados». En 1838 otro administrador pedía que se cobrara en septiembre

día en que ya se da por finalizada la cosecha del arroz, porque la experiencia ha demostrado que el día de Todos Santos ya está vendida aquella, los arrendadores cubren otras atenciones y al amo de la tierra lo está mirando sin poder resollar por que no cayó el plazo motivo por el qual hay trabajillos.

En la misma carta informaba de las perspectivas de impago de dos colonos de la finca de naranjos de Alcira, por lo que el momento de resolver el conflicto vendría con la recogida de la naranja:

... ni pagan ni pagarán, ignoro si tienen fianzas y aunque las tengan creo serán insolventes, y si este particular no se ventila pronto desaparecerán las naranjas, única cosecha, y todo se perderá.[25]

Su actuación era importante a la hora de decidir iniciar pleitos o actuaciones judiciales que suponían un gasto y podían no traer grandes beneficios. Conocían a los arrendatarios y sus situaciones personales, por lo que sabían si era el momento o no de embargar a un labrador, si la presión judicial servía de algo o era más adecuado llegar a un acuerdo, si se contaba con alguna fianza real o si el colono tenía reputación como buen agricultor o no.

Podía verificar fácilmente el buen cultivo de las tierras, el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los labradores, solucionar los problemas cotidianos de riegos o lindes, etc. La actividad de los procuradores podía permitir algo tan fundamental como la selección de los colonos más adecuados en el caso de nuevos arriendos. Su información podía dar fiabilidad o no a las peticiones de los arrendatarios. Era también frecuente que orientara sobre las cosechas o los cultivos más adecuados en algunas de las fincas según las condiciones de su riego, la calidad o las transformaciones recientes en los cultivos colindantes.

Por ejemplo, en 1842 un colono de l’Alcúdia propone plantar a su costa de viña una tierra con riego escaso, a cambio de que se le mantenga la renta a 40 libras mientras sea arrendatario. La función del administrador es en este caso verificar si es posible, si el precio es adecuado, si el colono cumplirá con todos los trabajos y qué renta sería la más adecuada. Esta valoración sería imposible de hacer desde Valencia por el desconocimiento de la Junta sobre las variables que influyen en el caso. El procurador sugiere que una vez plantado se le haga escritura

por diez años a 50 ó 60 pesos anuales, (...) pues así me parece que haun se le va la caida a favor de él, pero es buen arrendador y regularmente pagará bien y trabajará las tierras. (...) si este no quisiera entrar en dichos tratos, me parece se encontraría quien lo desempeñase tan bien como él.[26]

La información permite a la Junta una capacidad de negociación o de presión que no tendría sin un conocimiento sobre el terreno de la situación. En este ajuste adecuado del comportamiento del propietario a la situación local estaba muchas veces la clave del éxito de la gestión de un patrimonio rentista tan extenso.

El administrador subalterno conocía las costumbres locales y tenía también contacto con los propietarios cercanos lo que permitía ajustar las decisiones de la Junta a sus actuaciones. Por ejemplo, antes de una rebaja general por alguna circunstancia en una población se consultaba a otros propietarios. Se encargaba también de pagar los impuestos que corrían de cargo del propietario y realizar pequeñas inversiones. En periodos de escasez era incluso utilizado por el Hospital para comprar trigo o vino para su aprovisionamiento a precios más bajos.

Como era lógico, su ámbito de decisión era reducido, las decisiones importantes eran siempre de la Junta de Gobierno. Solía otorgársele poderes para la contratación de los arriendos, pero siempre supeditado a las decisiones que vinieran desde arriba. Del mismo modo, podía realizar algunos pequeños gastos a su discreción, utilizando dinero ya cobrado, pero necesitaba autorización para realizar obras o gastos elevados como la reparación de una casa o alquería.

El sistema tenía algunos inconvenientes. Señalaré los tres fundamentales. El primero era su lentitud. Los procuradores subalternos solían presentar las cuentas periódicamente, lo que producía que al retraso en los pagos se sumara la dilación en dar cuenta al Hospital. Esto hace que, por ejemplo, la diferencia entre la contabilidad en los libros de tierras entre las propiedades de la administración central y la de otras administraciones sea siempre al menos de medio año. Por otro lado, el endeudamiento siempre es mayor en las administraciones subalternas. La toma de decisiones era también muy lenta. Por ejemplo, si un colono solicitaba el arreglo de una alquería lo hacía a través del administrador de su zona. Este elevaba la petición al administrador central, quien la dirigía a la Comisión de Hacienda. Ésta podía solicitar informes de un perito o el presupuesto de un arquitecto y elevaba un informe con una propuesta a la Junta de Gobierno. La Junta tomaba la decisión final y daba curso a la orden oportuna, que recorría el mismo camino a la inversa. En los casos en que se trataba de una negociación con ofertas y contraofertas una decisión podía recorrer varias veces este itinerario. Esto ralentizaba a veces sobremanera la administración.

El segundo inconveniente era la excesiva dependencia del buen hacer del administrador. El administrador iba a comisión, aunque en ocasiones eran gratificados por alguna tarea concreta. El hecho de ser comisionistas estimulaba su celo en la cobranza, pero tenía el inconveniente de que se implicaban poco en aquellas labores administrativas más costosas. Las tareas que requerían desplazamientos o tenían pocas perspectivas de éxito eran las más rápidamente abandonadas, como el reclamo de deudas de poca cuantía o de algunos censos devaluados.

El principal defecto achacable a los procuradores era centrar su trabajo en lo puramente administrativo y abandonar la supervisión de las fincas y de las tareas de cultivo. Especialmente las menos rentables o las más alejadas de la sede de la administración. Este seguimiento, aunque mantenía y aseguraba la rentabilidad a largo plazo de las parcelas, no suponía un beneficio inmediato para el administrador que se veía obligado a viajar con mucha frecuencia.

Además, los procuradores eran el principal filtro de información del Hospital, por lo que eran difíciles de controlar. Solamente ellos podían manejar la información de muchos aspectos de su administración. Por ello, cuando el Hospital consideraba oportuno hacía visitas generales a sus propiedades a través de un comisionado y periódicamente se realizaban visitas regias. En ellas se redactaban informes detallados y en sus reconocimientos la atención prestada al estado de las fincas era mayor, lo que ponía al descubierto las actuaciones de los procuradores. En estos informes eran frecuentes las quejas, que en ocasiones reflejaban situaciones de abandono alarmantes. En 1819 la visita regia pone al descubierto el desinterés con que se había llevado la gestión del patrimonio del Hospital en la Ribera, especialmente en las tierras menos productivas. El visitador manifiesta «que los procuradores del Hospital que tiene fuera sólo cuidan de cobrar lo que buenamente pueden, pero sin inspeccionar las fincas, ni investigar más» y ofrecía diferentes testimonios del «abandono que ha habido en la investigación de las fincas».[27] En 1839 otro comisionado manifiesta que «han sido sobrado ignorantes todos los que han manejado esta administración con ribetes de maliciosos».[28]

En ambas inspecciones, 1819 y 1839, las tierras que aparecían peor gestionadas eran las más aisladas y alejadas de las procuras o situadas en zonas donde el beneficio del rentista era más complejo por diferentes circunstancias. En 1819 el comisionado que realiza el reconocimiento de todo el patrimonio informa de «lo que ha perdido el Hospital, en diferentes pueblos, por no haberse acudido en tiempo oportuno a cobrar y proceder con indolencia los procuradores». En el repaso menciona deudas incobrables por diferentes motivos en Algemesí, Cullera, Polinyà, Càrcer, l’Alcúdia, Castelló de la Ribera, Relleu, Benissuera y el Puig, poblaciones donde parece ser que la gestión había sido desastrosa desde hacía algunos años, que ascienden a 4.498 libras. Esta cantidad no es nada desdeñable si tenemos en cuenta que la renta del Hospital por todas las tierras en 1823 era un poco superior a 13.800 libras.

El caso de Polinyà puede ser ilustrativo. El Hospital poseía en esta pequeña población 23 hgs. de secano con moreras. No era una finca muy valiosa y se encontraba aislada y distante de Alzira, donde residía el procurador. El último arrendatario tenía una deuda de 140 libras por las pagas de seis años. Este labrador

... no posehía cosa alguna, y era un pobre de solemnidad, que años hace se había ausentado del pueblo, dexando a su muger y se ignoraba su paradero y existencia (...) en términos que la citada deuda es niquil. El Hospital ha perdido las 140 libras por no haber solicitado en tiempo oportuno el cobro o despojo del arrendador. La finca del citado arriendo esta enteramente perdida, llena de juncos y broza; acaso podría mejorarse plantándose de viña o sacando permiso para hacer arroz como se verifica en el campo lindante y dándose de valde algunos años a fin de que se redujera a buen cultivo. Para conseguirlo he dado voz y buscado arrendador en los pueblos de Cullera, Poliñá, Riola, Albalat y Alcira, y aun se han hecho pregones en Poliña y Corbera, pero hasta ahora no se ha podido encontrar sugeto que quiera entrar en su arriendo, porque prescindiendo de ser muy ruin la finca, en aquellos pueblos faltan brazos y sobran tierras, motivado a mi ver de la despoblación que causan las enfermedades; aunque he encargado al procurador de Alcira que continúe sus diligencias para ver si podrá conseguirse arrendador, desconfío de lo que aquel pueda diligenciar y de encontrarle y peligra que las tierras se conviertan en eriales (...) y si no se proporciona colono el Hospital puede contar por perdidas dichas 23 hanegadas de tierra.[29]

En 1939 un nuevo comisionado expresa:

Por no haber puesto los procuradores, la diligencia que es debida las tierras que existen en el término de Poliñá han pasado de mano en mano sin que se supiera quien era el arrendador y ha costado ahora un improbo trabajo su descubrimiento. En ocho años no ha percibido el Hospital ningún producto y si se hubiera dejado pasar algunos más sin esta revista hubiera sido difícil descubrir su paradero.[30]

Estas situaciones, que no pueden ser generalizables, se daban con frecuencia en las zonas marginales del patrimonio, a las que los procuradores dedicaban muy poco esfuerzo y atención. Como se trataba de un patrimonio institucional que no podía vender, encontramos lugares en los que la falta de atención daña el valor capital de las fincas, algo que otro propietario podría subsanar fácilmente vendiendo.

La tercera dificultad era garantizar la fidelidad de los administradores subalternos. Un administrador debía ser, además de meticuloso, honrado. En algunos de ellos, si nos fiamos de sus palabras, el celo parecía estar fuera de toda duda. Incluso algunos manifestaban verbalmente una cierta violencia y desprecio contra los colonos muy alejados de posturas paternalistas.[31] Pero el fraude y la corrupción podían hacer acto de presencia, convirtiendo al administrador en un buen aliado de intereses ajenos al Hospital. Un caso flagrante se descubrió en la alquería de Gurrama en 1848. El Hospital ordenó investigar una operación realizada por el administrador de Sagunt. En 1845 pactó con los arrendatarios que estos arrancarían los 300 olivos y plantarían viñas en su lugar a cambio del producto de la venta de la leña. Los labradores obtuvieron por la leña 1.200 libras, lo que suponía un fabuloso negocio teniendo en cuenta que la renta pagada por la gran finca era de 380 libras anuales. Según dos testigos, el pesador de la leña y otro labrador, este negocio había sido posible porque los colonos habían realizado un «regalo» de 200 libras al procurador.[32] El administrador había optado por enriquecerse a través del soborno en lugar de defender fielmente los intereses de la institución.

Era fundamental para la gestión la elección de los administradores adecuados. Lo más difícil era encontrar la necesaria mezcla de fidelidad, eficacia y rentabilidad. La comisión encargada de la selección del nuevo administrador de Alzira en 1837, advertía de la necesidad de conjugar distintas condiciones a la hora de elegir entre los candidatos. El estado físico era un asunto a tener en cuenta, pues «los viajes del apoderado deben ser frecuentes, y sin gran actividad, sin robustez no es posible se egecute a tiempo de continuo y cuando sea conveniente». Pero la garantía de fidelidad jugaba un papel importante, por encima de ofertas que parecían muy beneficiosas por la baja comisión:

la esperiencia enseña, el obrar con cautela y no alucinarse con ofertas tan desinteresadas cuando se desconoce si habrá algún medio que indemnice ventajosamente de esta aparente generosidad.[33]

El resultado de este sistema es una cierta diversidad en la calidad de la gestión que se manifiesta especialmente en las diferencias entre la administración central y las subalternas. Por un lado, las fincas sujetas a la supervisión del administrador central estarán mejor gestionadas que las que dependieron de los subalternos. El nivel de endeudamiento, el estado de las fincas, la supervisión sobre los colonos, se ejerció de una manera más eficaz en la administración de Valencia que en las otras. Y dentro de cada administración la atención de los procuradores se centraba en aquellas fincas más rentables descuidando las menos productivas o las que por su aislamiento o situación creaban mayores complicaciones. Por otro, en la administración de Valencia se puede detectar una cierta individualización de la gestión sobre cada una de las fincas. Cada una muestra un ritmo de contratación diferente. Puede haber momentos en que el Hospital decida subir todas las rentas o escriturar los contratos, pero cada finca tienen su ritmo propio. En las fincas de las administraciones las decisiones suelen ser de carácter conjunto. A todas las fincas se les aumenta el arriendo el mismo año y los contratos se firman y escrituran con muy pocos días de diferencia. Es el fruto de una gestión poco particularizada que sigue las órdenes del administrador central.[34]

El sistema en sí era posiblemente adecuado para la institución. Y también parece que, como iremos viendo, en líneas generales se gestionó bien si tenemos en cuenta las características y el tamaño del patrimonio. En las zonas más importantes, que suponían una elevada proporción de la renta, la gestión puede valorarse como bastante acertada desde el criterio de la maximización de la renta. Pero en ocasiones, fruto de diferentes circunstancias, no se controló de manera óptima todo el patrimonio. La extensión y dispersión de las propiedades, la lentitud del sistema, la falta de interés de los administradores en algunos asuntos o la constante tentación del soborno restaban eficacia.

[1] La presencia de los contratos en el Archivo de la Diputación confirma que el arrendamiento a corto plazo era la forma exclusiva de explotación. ADPV. Hospital General. Propiedades. VI.4.1.

[2] El único pago en especie es la entrega de gallinas el día de Santo Tomás en l’Horta de escasa cuantía y en ocasiones convertible en un pago en metálico. Véase José Ramón Modesto (1998a).

[3] El conde de Ripalda, combinaba en el siglo XIX diferentes formas de explotación en el secano (aparcería, arrendamientos y cultivo directo), implicándose en la comercialización de las cosechas. La familia Calatayud-Enríquez de Navarra combinaba las tres formas fundamentales de explotación. Las parcelas de huerta de la Ribera del Xúquer se explotaban a través de arrendamientos cortos, las de naranjos combinaron el arrendamiento con la aparcería, mientras las fincas de secano alicantinas se cedían en aparcería y eran ocasionalmente cultivadas de forma directa. Véase Salvador Calatayud, Jesús Millán y M.ª Cruz Romeo (1996 y 2000). El barón de la Pobla Tornesa combinaba en 1900 el cultivo directo en el secano con el arrendamiento en las parcelas de huerta o nuevos regadíos, según Adolf Sanmartín (1999 y 2001). La burguesía oriolana genera también ejemplos de la combinación de diversas formas de explotación de la tierra. Véase Jesús Millán (1999).

[4] Es el caso del Colegio del Corpus Christi, de la catedral o San Joan del Mercat. Véase Fernando Andrés (1987) y Javier Palao (1993).

[5] Para el mismo periodo, véase José M.ª Goerlich (1982), Anaclet Pons (1990) y Manuel Ardit (1993). Para una cronología posterior, F. J. Castellanos y J. C. Fernández-Pacheco (1991). Hemos abordado el sistema valenciano de arrendamientos centrándonos en la comarca de l’Horta en José Ramón Modesto (1998a). Una actualización del papel de la renta en el capitalismo agrario valenciano del siglo XIX puede verse en Salvador Calatayud, Samuel Garrido, Jesús Millán y M.ª Cruz Romeo (1997).

[6] Los decretos borbónicos pueden seguirse en Miguel Artola (1978).

[7] La postura de los municipios valencianos frente a las normas borbónicas se trata en Jesús Millán (1984b).

[8] En el caso del Hospital no encontramos referencias a la fertilización. El propietario no establece unas pautas claras, por lo que el cultivador se convierte en el gran protagonista de esta parte del cultivo.

[9] La no recompensa de mejoras no es una característica generalizable. El estudio de José M.ª Goerlich (1982) cuantifica en un 57 % los contratos entre 1830 y 1840 que pactan no recompensar las mejoras. En Oriola, según los estudios de Jesús Millán (1999) lo más frecuente era no pactar nada con lo que el colono tenía derecho a ver recompensadas sus inversiones.

[10] Algunas visiones novedosas sobre le arrendamiento en diferentes lugares se estudian en H. Casado y Ricardo Robledo (2002).

[11] En los casos de sustitución de la aparcería por cultivo directo la única forma de fijar a los trabajadores, para no sufrir escasez de mano de obra en los momentos clave, es la contratación estable, lo que supone un mayor costo de salarios. Véase Ramon Garrabou, Jordi Planas y Enric Saguer (2001).

[12] En el caso valenciano, véase Mónica Burguera (2000).

[13] En los casos conocidos de cultivo directo por parte de grandes propietarios particulares esta actividad suele concentrarse en una población, lo que permite rentabilizar mucho los costes de almacenamiento y controlar con facilidad las oportunidades de un único mercado local.

[14] Veremos ese mecanismo en l’Horta donde era muy fuerte la demanda, pero no en otras comarcas.

[15] Ejemplos de cómo se utiliza la continuidad en beneficio del Hospital pueden verse en José Ramón Modesto (1998a)

[16] Para el caso valenciano, Salvador Calatayud, Jesús Millán y M.ª Cruz Romeo (2000).

[17] En el caso de los Calatayud-Enríquez cerca de un 25 % anual de la recaudación de la renta (quitando gastos de administración e impuestos) era reinvertida en sus propiedades en el siglo XIX. Véase Salvador Calatayud, Jesús Millán y M.ª Cruz Romeo (2000).

[18] Los conflictos de los labradores de l’Horta se han abordado de diferentes maneras en Alfons Cucó (1975), M.ª Dolores González (1994) y Mónica Burguera (2000).

[19] ADPV. Hospital General. VI.4.2. Caja 6. Legajo 26.

[20] Pueden verse peticiones de colonos con argumentaciones similares en José Ramón Modesto (1998a).

[21] Hasta la ley de beneficencia de 1836 se regía a través de la Junta de Gobierno que era el máximo órgano de decisión. Con la entrada en vigor de la ley se gobernó dependiendo de la Junta Municipal de Beneficencia y con su sustitución por la ley de 1849 pasó a la tutela de la Junta Provincial de Beneficencia, que estableció una Junta Administrativa propia para el Hospital.

[22] Un acercamiento a diferentes tipos de administradores en la explotación indirecta catalana puede verse en Ramon Garrabou, Jordi Planas y Enric Saguer (2001).

[23] El procurador de Llíria en 1789 era también arrendatario de diezmos. ADPV. Hospital General. VI.4.3. Caja 2.

[24] ADPV. Hospital General. V.3.2. Caja 3.

[25] ADPV. Hospital General. V.3.2. Caja 1.

[26] ADPV. Hospital General. V.7.2. Caja 5.

[27] ADPV. Hospital General. Propiedades. VI.4.2. Caja 8. Leg. 36.

[28] ADPV. Hospital General. Propiedades. V.3.2. Caja 1.

[29] ADPV. Hospital General. VI. 4.2. Caja 8. Leg. 36.

[30] ADPV. Hospital General. VI. 4.2. Caja 10. Leg. 47.

[31] Así en 1797 el procurador de Alzira decía de un colono moroso «déjelo a mi cuenta que yo aré que corra a más del paso» y de otros deudores «veremos como se portan que yo no les dejaré de la mano y en viendo malas resultas les quemaré vivos» ADPV. Hospital General. Propiedades. V.3.2. Caja 1.

[32] ADPV. Hospital General. Propiedades. V.7.2. Caja 5.

[33] ADPV. Hospital General. Propiedades. V.3.2. Caja 1.

[34] En la gestión de la Pobla de Vallbona esto es muy claro. Las compras se realizan en 1798, y todas las fincas se escrituran por 4 años. Pero destaca que las fincas se escrituran con diferencias de días en 1808, 1815, 1821, y 1835 y todas por los mismos plazos de tiempo y sin individualizar cada situación.

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