Czytaj książkę: «Pensar el poder»

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PENSAR EL PODER

LIBER AMICORUM DE PEDRO CARASA

PENSAR EL PODER

LIBER AMICORUM DE PEDRO CARASA

Bartolomé Yun Casalilla, Jorge Luengo, eds.



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© De los textos: los autores, 2018

© De esta edición: Universitat de València, 2018

Coordinación editorial: Maite Simón

Corrección, fotocomposición y maquetación: Letras y Píxeles, S. L.

Cubierta:

Ilustración: Sagasta, paseando en triunfo sobre un embudo, seguido de una procesión en la que desfilaban los vicios de la época. Caricatura de La Carcajada, núm. 13, 18 de abril de 1872.

Diseño: Celso Hernández de la Figuera

ISBN: 978-84-9134-335-6

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

LA IDEA DE ESPAÑA Y LAS ARISTOCRACIAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN

Espacio político, cambio social y comunidades imaginadas

Bartolomé Yun Casalilla

LA CREACIÓN DE UN ARCHIVO CENTRAL BAJO JOSÉ I

Su oposición con el proyecto napoleónico

José Luis Rodríguez de Diego

RELIGIÓN, NACIÓN Y ÉLITES EN LA ESPAÑA DEL SIGLO XIX

Jesús Millán y M.ª Cruz Romeo

LA FORMACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN LA ESPAÑA DEL SIGLO XIX

Jorge Luengo

LA «ESPAÑA FORAL» Y LA «ESPAÑA CONSTITUCIONAL»

El empoderamiento de las diputaciones forales en la consolidación del Estado liberal español (1839-1877)

Joseba Agirreazkuenaga

EL RÉGIMEN DE LA RESTAURACIÓN EN ANDALUCÍA

La deconstrucción de la representación política

María Sierra y María Antonia Peña

LA COMISARÍA REGIA DE TURISMO (1911-1928)

¿Ejemplo de España oficial?

Jorge Villaverde

ÉLITES Y MOVIMIENTOS SOCIALES

Experiencias de poder en la revolución liberal española

Juan Sisinio Pérez Garzón

MIRAR DESDE EL PODER A LOS SIRVIENTES

La perspectiva cultural sobre los criados de instituciones elitistas

María Zozaya-Montes

CASTILLA COMO CASO DE ESTUDIO

Las élites en su entorno

Enrique Berzal de la Rosa

LAS ÉLITES EN CASTILLA Y LEÓN

Biografía y prosopografía en el análisis de las relaciones de poder en la España liberal

Margarita Caballero y Carmelo García Encabo

PROTESTA POPULAR Y PODER LOCAL EN CASTILLA (LA VIEJA) Y LEÓN

Entre la represión y la mediación

Jesús-Ángel Redondo Cardeñoso

PODERES LOCALES Y CONTESTACIÓN URBANA

El Valladolid de los barrios en la Transición, 1964-1986

Constantino Gonzalo Morell

EL POLÍTICO ANTE EL ESPEJO

Paradigmas de identidad en la contemporaneidad

Esther Calzada del Amo

INTRODUCCIÓN

La relación de una sociedad con sus estructuras de poder es un aspecto fundamental que caracteriza la diferencia de unos periodos históricos con otros. El siglo XIX representa en Europa un momento de cambio estructural en esta relación. La aparición de elementos tales como la esfera pública, la sociedad civil y la formación de un sistema político e institucional, que fundamentan las sociedades actuales, hace de esta centuria un momento fundamental en la caracterización de las formas de poder social y político. A este respecto, como ha señalado Jürgen Osterhammel, «en la historia de la organización del poder político, el siglo XIX representa una etapa de transición diferenciada y renovada simplificación».1 Esta diferenciación respecto a otras épocas históricas ha abierto sugestivos debates sobre la caracterización de la centuria y sobre los límites de penetración del Estado en la sociedad. Esto último no solo refiere a la reestructuración del poder en los nuevos estados liberales que emergen en parte de Europa en el periodo comprendido entre finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX, sino a una más ambiciosa reorganización del poder que también influye en el mundo colonial.2 La ruptura de las jerarquías sociales que tiene lugar durante la revolución liberal en España en las primeras décadas del siglo XIX y el desplazamiento del protagonismo político que esto conllevó ha superado la clásica visión del fracaso liberal que había predominado desde los años setenta.3 El papel del Estado y sus élites en este proceso todavía sigue abierto a debate.

El objetivo de este libro es realizar una contribución a la comprensión de las estructuras de poder de la España decimonónica mediante nuevos enfoques que pongan en cuestión las formas más tradicionales de aproximarse al estudio de esta centuria. Lo que se plantea aquí es una discusión en torno a la articulación del poder político y social en la España del siglo XIX en una escala múltiple que conjuga el nivel nacional con el regional y el transnacional. El motivo de su publicación –que todos los autores se han tomado con un fundamentado motivo, por cierto– surge con la jubilación de uno de los historiadores que más atención ha dedicado al estudio de la relación entre sociedad y poder durante el siglo XIX: Pedro Carasa.

El volumen colectivo Pensar el poder: Liber Amicorum de Pedro Carasa se ha concebido como una oportunidad para reflexionar sobre las prácticas de poder en la España liberal. Estas no solo suponen un aspecto central de la investigación sobre el siglo XIX, sino que están, igualmente, estrechamente relacionadas con otros espacios temporales, así como con importantes cuestiones teóricas y metodológicas de la historiografía reciente. Con motivo de la jubilación de Pedro Carasa, los editores hemos escogido algunos de los temas que han articulado su producción historiográfica con el fin de establecer un diálogo con su obra y con la producción de sus colegas y discípulos. La idea no es, por tanto, rendir pleitesía ni adular la carrera profesional de un colega –como, muchas veces con justicia, desde luego, hacen tantos y tantos Festschriften o volúmenes de homenaje–, sino aprovechar este momento para realizar aportaciones críticas que abran nuevas perspectivas de investigación sobre la contemporaneidad en España y evalúen algunos de los supuestos con los que se ha tratado el estudio del poder en la España liberal en las últimas décadas.

No se trata, aunque es obligado hacerlo en este prólogo, de hacer un mero reconocimiento a una persona o un esfuerzo historiográfico. Por el contrario, la idea de los editores ha sido la de establecer un debate académico sobre las propuestas y los resultados que han centrado la obra de Pedro Carasa, al tiempo que se abordan algunos de los temas a los que han dedicado más esfuerzos en estas últimas décadas los historiadores que han trabajado sobre el siglo XIX. A su vez, las distintas contribuciones del libro tienen el objetivo de discutir e incluso cuestionar algunas de las líneas de investigación que representa la obra de Pedro Carasa con el fin de abrir nuevas vías de investigación y avanzar en el conocimiento de la centuria. Creemos que no hay mejor reconocimiento a una carrera académica que seguir discutiendo algunas de sus ideas, poniéndolas incluso en cuestión y realizando una crítica constructiva a las aportaciones de un amigo y maestro a lo largo de su trayectoria investigadora.

Los capítulos de este libro giran en torno a la articulación, la práctica y las ideologías del poder de las élites en la España del siglo XIX. Con este planteamiento, los editores nos hemos propuesto conseguir un volumen colectivo que cuente con una sólida estructura y que, al enfocarse en un aspecto temático muy concreto, permita una discusión a fondo de uno de los planteamientos que han caracterizado la obra del homenajeado. Como muchas veces en estos casos, debido a este hecho y lo que impone la propia publicación de un libro en nuestros días, nos hemos visto obligados a hacer una selección de discípulos y colegas que podían escribir sobre estos aspectos con fundamento y que podían aportar también un aliento personal, no por lo que escriben sino por su sola presencia. Pero, como siempre en estos casos también, son todos los que están pero no están todos los que son. Vayan nuestras disculpas para estos últimos. Es, por último, necesaria una mención de agradecimiento a la Universidad de Valladolid por el apoyo prestado a la publicación de este homenaje.

PENSAR EL PODER EN LA ESPAÑA LIBERAL

A partir de distintas líneas de investigación, la obra de Pedro Carasa se ha centrado en el análisis de las estructuras de poder durante el siglo XIX. En un momento en el que la división académica entre las épocas moderna y contemporánea no estaba aún delineada, inició su investigación tomando el siglo XIX como un periodo en estrecha relación con el Antiguo Régimen. El primer acercamiento de Pedro Carasa a la investigación, después de una breve etapa –con su memoria de licenciatura– en la que se ocupa de historia de la religión durante el siglo XVI, se dirigió hacia el estudio de la pobreza, aplicando una cronología atípica que establecía un puente entre el Antiguo Régimen y la instauración del Estado liberal. Más allá de la beneficencia, la tesis de su libro se articuló en torno a la relación entre pobreza y poder, siendo un aspecto fundamental el modo en que las élites lidiaban con la pobreza, conceptualizaban el pauperismo y se reproducían en relación con la beneficencia. Una preocupación de Pedro Carasa sobre este tema fue, por tanto, la respuesta institucional que se dio históricamente a la pobreza y la marginalización social. Para Carasa, en el siglo XIX «la burguesía liberal se adueña de los viejos recursos benéficos y los organiza según su esquema administrativo en defensa de sus intereses».4 A su entender, la dotación asistencial procedente de la inercia del pasado fue lo que logró crear un equilibrio en la grave situación de crisis en la que se instauró el liberalismo durante la primera mitad del siglo XIX.5

En un espacio historiográfico marcado por la historia política más clásica, que se centraba en el estudio de grandes personajes históricos, Carasa optó por el estudio de un grupo social no privilegiado. En su tesis doctoral, dirigida por Luis Miguel Enciso Recio –catedrático entonces de Historia Moderna y Contemporánea de la Universidad de Valladolid y hoy académico numerario de la Real Academia de la Historia–, y publicada como libro después, se puede percibir claramente el tipo de historiador que es Pedro Carasa.6 Partiendo de una riquísima documentación hospitalaria, la del Archivo del Hospital de Villafranca y Montes de Oca, que él mismo, junto con familiares y amigos, desempolvó y rescató de húmedos camarotes, uno de los méritos residió, a nuestro modo de ver, en no dejarse guiar por la tentación que la propia y riquísima fuente y la misma institución representaban.7 Al contrario de una corriente por entonces presente en nuestro país y que se empezaba a romper en Valladolid, ese estudio –hoy, y en buena medida gracias a él, parece una perogrullada– no se queda en el análisis del hospital como institución, sino que da una importancia central al estudio de los pobres y de las relaciones sociales que los creaban y gobernaban en todos los sentidos, en un momento, el de la crisis del Antiguo Régimen, que muy pocos historiadores han transitado con su maestría. Solía decir Pedro, con no poca sorna y autocrítica, que, no solo él, sino otros que estábamos a su alrededor, nos dedicábamos a «contar celemines… y pobres». Aludía, imaginamos, a una cierta parte de la historia de los Annales que empezaba a tomar cuerpo en la historiografía española. Por suerte, su trabajo –como el de los mejores Annales, los de Marc Bloch y Lucien Febvre– fue más allá de las cuentas y nos llevó a una reflexión sobre las formas de reproducción social y una cierta historia desde abajo que el último de estos autores definía en sus Combates por la Historia.8 Todo ello, se diría que hasta la sorna, era parte, además, de un giro ideológico y un planteamiento crítico, acorde con los tiempos de cambio político que se vivían entonces en España, y que marcaron el devenir de su carrera académica. Como muchos investigadores españoles del momento, y a veces no sin conflictos de por medio, Carasa se separó gradualmente de una atmósfera que él mismo definió en algún momento, otra vez con ironía, como un tanto conciliarista, refiriéndose a Trento (e indirectamente a sus primeros trabajos). Por otro lado, esta situación influyó en la elección de sus temas de investigación y proyectos académicos que han caracterizado su obra.

Si pobreza y beneficencia fue su primera línea de investigación, el paso que daría más adelante para estudiar las élites políticas respondía a una lógica evolución. En último término, su línea de investigación se acabó centrando en el estudio del siglo XIX, cuyo carácter marcaba una genealogía con el proyecto político democrático que se estaba implantando en España a finales de los años setenta y primeros ochenta. Podría parecer un giro copernicano, pasar de los pobres a los ricos y a las élites. No lo era si recordamos –y esto estaba presente– aquellas palabras de Pierre Vilar, al que también seguían muchos historiadores del momento, cuando nos decía que hacer historia era analizar cómo los ricos se hacen ricos y los pobres se hacen pobres. En resumen: era el mismo tema, pero desde otra perspectiva. En realidad, ambos grupos respondían a dinámicas similares y representaban los dos polos opuestos tanto en la sociedad del Antiguo Régimen como en la del liberalismo. Lo que cambió en el paso del siglo XVIII al XIX no fue tanto la diferencia entre ellos como la forma en que se relacionaban, los modos de justificar la desigualdad y la legitimidad de su posición en las estructuras sociales. Desde la mirada que ofrecía el análisis de ambos grupos, Pedro Carasa contribuyó a definir los contornos sociales de la España del siglo XIX a partir de una historia regional, entonces en boga, y que hizo de Castilla, la Castilla del Valle del Duero, su caso de estudio fundamental. El estudio del poder se combinaba así con la historia regional y la reflexión sobre Castilla.

La mirada desde el poder, por tanto, resultaba fundamental para la comprensión de las estructuras sociopolíticas del Ochocientos. A este tema dedicó Pedro Carasa, junto con muchos de sus colegas, algunos de los cuales participan en este volumen, grandes esfuerzos, la mayoría de ellos colectivos. En las introducciones a estas diferentes obras, que reunieron a algunos de los mayores expertos en historia contemporánea de España del momento, es donde se encuentran difuminadas las líneas maestras que ha caracterizado la aportación de Carasa al estudio del poder de la España decimonónica y de la forma en que Castilla se insertaba en la construcción del nuevo Estado. Siguiendo teorías sociales que entienden la sociedad como un complejo sistema de relaciones, el poder no resultaba un hecho o una propiedad, sino más bien una estrategia.

En este sentido, las conclusiones de Carasa recuerdan los planteamientos de Michel Foucault. El poder no se interpretaba como una institución o una estructura, sino como aquello «que se presta a una situación estratégica compleja en una sociedad dada».9 En efecto, para Carasa, las élites castellanas de la Restauración, a través del ejemplo de los diputados a Cortes durante el largo siglo XIX, resultan un grupo de poder fragmentado, compuesto por una multitud de élites con una base de poder territorial que se materializaba en la localidad o la provincia. La reproducción del poder, por un lado, venía dada por una estrategia de pacto y consenso con las instituciones nacionales, de modo que las élites locales se situaban en una posición de intermediarios entre los poderes local y central.10 Por otro lado, sin embargo, eran los mecanismos de reproducción social los que articulaban los fundamentos del poder de las élites liberales. En este sentido, Carasa identificó tres aspectos esenciales: la importancia del patrimonio y los negocios entre estas élites, el establecimiento de densas redes clientelares verticales y unas redes horizontales sólidas y extensas.11

Estas conclusiones cambiaban, junto a buena parte de la historiografía –que en ese momento estaba poniendo su foco en el caciquismo–, la comprensión de la España de la Restauración. Ya no se entendía el sistema liberal como una forma de poder oligárquica en la que el Estado era omnipotente y el Estado liberal se entendía como la historia de un fracaso, sino que se cambiaban las piezas hacia una interpretación inversa, de abajo arriba, en la que las bases del sistema pasaban a reposar sobre el poder de negociación de las élites locales respecto a las instituciones estatales. Andando en la misma línea, pero más allá de autores como José Varela Ortega, que hacía tiempo habían insistido en la importancia de las redes horizontales, sobre todo a través del sugerente título de su libro más importante, los amigos políticos,12 en los años noventa se abría una nueva vía de interpretación de la España liberal. De este modo se insistía en la doble dirección de la articulación del sistema caciquil, como pusieron de relieve dos de los mejores libros sobre el periodo.13 La aportación de Carasa a este debate fue doble. Por un lado, insistió en la importancia de los poderes locales, subrayando la relevancia del nivel ascendente en la comprensión del poder de la España liberal. Por otro lado, se aproximó a este estudio a través de la prosopografía –o biografía de grupo– proponiendo un enfoque más social que político y más biográfico que estructural. El Parlamento y sus élites servían como sujeto de investigación al conectar como ningún otro ejemplo los niveles central y local que articulaban el poder en la España decimonónica.14 Todo ello se hacía abriendo una línea de estudio muy poco frecuentada entonces en nuestro país y que exigía la recomposición muy detallada de trayectorias de grupos concretos, solo posible mediante la creación y dirección de grupos de trabajo de los que, por cierto, saldrían muchas y excelentes tesis doctorales.

Este enfoque de biografía colectiva tenía el objetivo de perfilar los contornos de las élites castellanas a través del ejemplo de aquellos personajes que ocuparon cargos en el Parlamento durante el periodo de la Restauración. Por un lado se quería recuperar la perspectiva política como vía de explicación histórica, no obstante alejada de los paradigmas clásicos que la habían caracterizado.15 El objetivo era aplicar un carácter más sociocultural a la comprensión del poder. El foco, por tanto, pasaba de grandes personajes a sectores de poder intermedios, de las biografías individuales a las de grupo, de las grandes efemérides a las estructuras socioeconómicas y culturales que caracterizaban el contexto en el que se insertaba un grupo dado, en este caso las élites liberales de la Castilla del siglo XIX.16 La historia de Castilla, muy poblada de tópicos por entonces, se llenaba así de personajes, hombres y mujeres de carne y hueso, que servían para poner en cuarentena muchos de los más rancios estereotipos que tan útiles habían sido para la manipulación del pasado castellano. A su vez, el concepto de élite adquiría significado mediante el análisis prosopográfico y la definición de un grupo de poder concreto, evitándose el riesgo de usar este término como un «comodín bastante vacío» que se empleaba de forma indiscriminada sin ninguna base teórica ni reflexión crítica.17

Por último, la importancia de los niveles locales en la articulación del poder liberal resultó fundamental para Carasa. Los ayuntamientos constituían la primera experiencia de los ciudadanos con el mundo institucional, y en la relación entre ayuntamiento y localidad se reflejaban, a una escala menor, los conflictos que caracterizaron la España del siglo XIX. La localidad, por tanto, podía servir de laboratorio de análisis para la comprensión de las estructuras de poder político y social que caracterizaron la España contemporánea. En varias de sus obras, Carasa proponía análisis microhistóricos del poder sociopolítico o «una historia social del poder concreto».18 Como dijo en otra ocasión, de lo que se trata es de «realizar una disección microscópica del poder concretado en unos protagonistas determinados».19

En este planteamiento, por tanto, el poder no se posee, sino que se ejerce, las relaciones de poder son inmanentes e intencionales, no presentan una oposición binaria, y los puntos de resistencia están presentes en todas partes dentro de una red de poder.20 Carasa entendía el poder como

multiforme, basado en una serie de aspectos polifacéticos […], fragmentado, que se adapta a los ámbitos donde crece, se ejerce y se reproduce, que se abastece de múltiples fuentes de construcción, alimentación y reproducción, bastante más allá de lo estrictamente económico y lo meramente político, que incorpora elementos nuevos mucho más sutiles, propios del terreno social y sobre todo cultural, mental y simbólico.21

A partir de esta perspectiva, el objetivo era normalizar el caso de Castilla en el contexto español, revisando ciertos tópicos despectivos que se han asociado con la región, incluso a nivel historiográfico. Mientras el caso de Castilla se interpretaba en un marco español, sus proyectos redefinían Castilla como región, de modo que sus trabajos contribuyeron a establecer los contornos de uno de los espacios regionales que ha resultado ser más problemático en el mapa español contemporáneo y actual, al menos en lo que respecta a su definición como espacio regional. Por un lado, se concluía que en el siglo XIX no había acción colectiva más allá de los espacios provinciales. A su vez, las élites castellanas no presentaban pautas de atraso respecto a los resultados que daban estudios de otras élites peninsulares para el mismo momento. Concluía así Carasa que el poder en Castilla presentaba unas pautas definitorias que se podrían resumir en un poder multiforme, fragmentado, enraizado, territorializado, relacionado, asimilado y, en ocasiones, rechazado. Una perspectiva que giraba en torno a la comprensión del poder que no solo ha abierto nuevas vías de investigación, sino sugerentes debates que aún siguen candentes tanto en la definición de las élites liberales y en la identificación de las bases de su poder, como en los contornos de Castilla como región y como caso de estudio.

UN PASO MÁS ALLÁ

Este volumen recopila una serie de ensayos que pretenden no solo servir de homenaje a la obra de Carasa, sino también discutirla, ponerla en cuestión, mostrar avances respecto a esta y señalar su influencia. Se trata, en definitiva, de seguir nuevas vías de investigación abiertas o desarrolladas por Carasa y muchos de sus colegas que se dedicaron al estudio de la España del siglo XIX. En este volumen no están todos aquellos que tuvieron contacto con el profesor. Ha sido necesario hacer una selección de historiadores que han colaborado con él, que se han visto influenciados por su obra o que han compartido con él afanes e inquietudes. De este modo, en el volumen aparecen algunos de los colegas que también lideraron la reinterpretación sobre las élites de la España liberal, y algunos de sus discípulos y miembros de grupos de investigación por él creados y dirigidos.

Las distintas contribuciones presentan una temática homogénea en torno a un hilo conductor muy claro: el poder en la España liberal. A su vez, la mayoría de las contribuciones se centran en el siglo XIX; hay, sin embargo, un texto que engancha el periodo moderno con el Ochocientos y dos contribuciones que refieren a la segunda mitad del siglo XX. El libro se abre con una aportación de Bartolomé Yun Casalilla sobre las formas de representación de la nobleza, cuya sombra se extiende hacia el siglo XIX. El juego de escalas regional, nacional y transnacional que aplica Yun Casalilla a su estudio abre un elenco de perspectivas que luego retomarán los estudios dedicados al siglo XIX. Se trata de ir contra una idea demasiado aceptada que consiste en crear una vinculación demasiado rígida entre burguesía y comunidades imaginadas, al poner el acento también en cómo la nobleza había imaginado España desde el siglo XVI, entrando así en aspectos como el de la memoria y sus raíces en los contextos sociales que han interesado a Pedro Carasa.22

En el siglo XIX se centran la mayoría de las contribuciones. Su temática conjuga tres distintos niveles que han caracterizado también las preocupaciones de la historiografía en las últimas décadas. Por un lado, hay estudios de marco nacional, aunque siempre en una perspectiva europea e imperial que muestran el contacto de la historiografía más al día a nivel internacional con casos de estudio propiamente españoles. Por otro lado, la particularidad regional que ha marcado desde la década de 1970 el relato de la historia contemporánea de España está también presente en el volumen. Asimismo, el caso de Castilla, que ha centrado la mayoría de la obra de Pedro Carasa, se deja ver en otras aportaciones.

Las contribuciones que se centran en la España del siglo XIX aportan nuevos ejemplos, casos de estudio y conceptos que enriquecen la visión de la España del Ochocientos. Estas se enfocan en temas y periodos dentro de la centuria que no han destacado en el panorama historiográfico. Ese es el caso de José Luis Rodríguez de Diego, que analiza la formación de un archivo nacional bajo el reinado de José Bonaparte, como una forma de entender los instrumentos del poder que serían habituales en la construcción del Estado nación;23 de Jesús Millán y María Cruz Romeo, que analizan la relación entre discurso católico, liberalismo y antiliberalismo en la España del siglo XIX; o de Juan Sisinio Pérez Garzón respecto a los movimientos sociales en el largo siglo, donde se realiza una sugerente interpretación del carlismo. El análisis de la España decimonónica continúa con otros estudios, si bien considerando un marco imperial, como hace Jorge Luengo, con la formación de la sociedad civil decimonónica. Otros, como Jorge Villaverde, subrayan el marco europeo mediante el análisis del marqués de Vega Inclán y los intentos de crear un patronato nacional de turismo al final de la Restauración. Por su parte, María Zozaya, con su estudio sobre las criadas en los casinos urbanos, apunta una interesante comparación entre España y Portugal.

El volumen se centra en algunos estudios de caso regionales. Como bien han visto los expertos dedicados a esta centuria, la perspectiva regional o local ha contribuido a enriquecer la complejidad de procesos que tienen lugar en la contemporaneidad española. Tanto la aportación de María Sierra y María Antonia Peña, como la de Joseba Agirreazkuenaga, apuntan en esta dirección. La España isabelina y la de la Restauración se articularon en función de dinámicas que tenían su fundamentación en el control de las élites locales de su territorio y de negociaciones entre esas élites y las instituciones nacionales. El caso de Castilla, como muchos otros, es un buen ejemplo de ello. La contribución de Enrique Berzal pone en perspectiva histórica el caso de Castilla, mientras que Margarita Caballero y Carmelo García Encabo hacen un repaso a los varios años que se han dedicado al estudio de las élites castellanas del siglo XIX.

Por último, la inclusión de dos textos que refieren a las últimas décadas del siglo XX y la situación actual está en relación con una preocupación que siempre caracterizó la obra de Carasa: la estrecha relación que debe existir entre el pasado y el presente. Cierran el libro dos contribuciones sobre el poder en la España democrática. La vigencia de las asociaciones de vecinos en el paso de la Dictadura a la Democracia es el tema elegido por Constantino Gonzalo, mientras que Esther Calzada reflexiona sobre el perfil de los políticos actuales a través de sus conocimientos sobre una España caracterizada por el clientelismo, la corrupción y el estancamiento en un momento de pujanza social y de apertura de nuevos espacios políticos.

Entendemos que el libro, y esta es la razón del homenaje, no solo da cuenta de muchos de los temas que han interesado a nuestro colega y amigo, sino que por su propia lista de autores revela algo esencial: su extraordinaria capacidad de creación y gestión de grupos de investigación y de formación de nuevos historiadores. Ambos hechos reflejan algo que al lector le es más imperceptible: su capacidad de enseñanza y de ilusionar a los estudiantes de grado en una universidad, como la española actual, en la que esto se está haciendo cada vez más difícil y sacrificado.

BARTOLOMÉ YUN CASALILLA (Universidad Pablo de Olavide, Sevilla)

JORGE LUENGO (Universitat Pompeu Fabra, Barcelona)

1. J. Osterhammel: The transformation of the World. A Global History of the Nineteenth Century, Princeton y Oxford, Princeton University Press, 2014, p. 573.

2. J. M. Fradera: Colonias para después de un imperio, Barcelona, Bellaterra, 2005.

3. S. Calatayud, J. Millán y M. C. Romeo: «El Estado en la configuración de la España contemporánea», en S. Calatayud, J. Millán y M. C. Romeo: Estado y periferias en la España del siglo XIX: nuevos enfoques, Valencia, PUV, 2009, pp. 9-130.

4. P. Carasa: Historia de la beneficencia en Castilla y León. Poder y pobreza en la sociedad castellana, Valladolid, Universidad de Valladolid, 1991, p. 16.

5. Ibíd., p. 227.

6. P. Carasa: El sistema hospitalario español en el siglo XIX: de la asistencia benéfica al sistema sanitario actual, Valladolid, Universidad de Valladolid, 1985.

7. P. Carasa: Pauperismo y revolución burguesa: Burgos, 1750-1900, Valladolid, Universidad de Valladolid, 1987.

8. L. Febvre: Combates por la historia, Barcelona, Ariel, 1986.

9. M. Foucault: Historia de la sexualidad, vol. 1, La voluntad del saber, Madrid, Siglo XXI, 2009, p. 113.

10. J. Varela, C. Dardé, J. Pro, A. Robles, M. Sierra y J. Moreno Luzón.

11. P. Carasa: «Una aproximación al poder político en Castilla», en P. Carasa (dir.): Élites castellanas de la Restauración, Salamanca, Junta de Castilla y León, 1997, vol. II, pp. 9-123, aquí p. 36.

12. J. Varela Ortega: Los amigos políticos: partidos, elecciones y caciquismo en la Restauración, 1875-1900, Madrid, Alianza, 1977.

13. M. Sierra Alonso: La política del pacto: la política de la Restauración a través del partido conservador sevillano (1874-1923), Sevilla, Diputación de Sevilla, 1996; J. Moreno Luzón: Romanones. Caciquismo y política liberal, Madrid, Alianza, 1998.

14. P. Carasa: «La historia de las élites políticas en el parlamento español: de la prosopografía a la historia cultural», en R. Zurita Aldeguer y R. Camurri (coords.): Las élites en Italia y en España (1850-1922), Valencia, PUV, 2008, pp. 113-134.

15. P. Carasa: «La recuperación de la historia política y la prosopografía», en P. Carasa (ed.): Élites. Prosopografía contemporánea, Valladolid, Universidad de Valladolid, 1994, pp. 41-51.

16. P. Carasa: «Una aproximación al poder político en Castilla», pp. 19-24.

17. P. Carasa: «De la burguesía a las élites, entre la ambigüedad y la renovación conceptual», Ayer. Revista de Historia Contemporánea, 42, 2001, pp. 213-237. Cita en p. 227.

18. P. Carasa: «Cambio de cultura política y poder local en la Castilla contemporánea», en P. Carasa (dir.): El poder local en Castilla. Estudios sobre su ejercicio durante la Restauración (1874-1923), Valladolid, Universidad de Valladolid, 2003, pp. 7-25, aquí p. 8.

19. P. Carasa: «El poder local en la Castilla de la Restauración. Fuentes y método para su estudio», Hispania. Revista Española de Historia LIX/1, núm. 201, 1999, pp. 9-36, aquí p. 11.

20. M. Foucault: Historia de la sexualidad, pp. 114-116.

21. P. Carasa: «Cambio de cultura política», p. 9.

22. P. Carasa (coord.): La memoria histórica de Castilla y león. Historiografía castellana en los siglos XIX y XX, Salamanca, Junta de Castilla y León, 2003.

23. Este estudio enlaza con uno de los aspectos menos conocidos de la obra de Carasa –el análisis de la sociología del uso del Archivo de Simancas– al que ha dedicado algunos estudios y del que aún esperamos más, pues nos ayudarán a entender el papel desempeñado por esas instituciones en la construcción de la historia y de la memoria histórica. Véase, por ejemplo, su capítulo «Los nacionalismos europeos y la investigación en Simancas en el siglo XIX», en I. Cotta y R. Manno Tolu (eds.): Archivi e storia nell’Europa del XIX secolo. Alle radici dell’identità culturale europea, Roma, Ministero per i Beni e le Attività Culturali. Direzione Generale per Gli Archivi, 2006, vol. 1, pp. 109-155.

LA IDEA DE ESPAÑA Y LAS ARISTOCRACIAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN

ESPACIO POLÍTICO, CAMBIO SOCIAL Y COMUNIDADES IMAGINADAS

Bartolomé Yun Casalilla Universidad Pablo de Olavide, Sevilla

Desde principios del siglo XIX, muchos pensadores, como Mazzini, concibieron Europa como un conjunto de Estados nación de componente liberal que emergieron de las cenizas del Antiguo Régimen.1 Una visión como esta no pudo sino enfatizar el papel de la burguesía liberal en la historia y, en concreto, en la construcción de ese nuevo complejo político. De hecho, esa visión respondía a los propios intereses de este grupo social. Este se presentaba a sí mismo como el promotor de la ciudadanía y la nación, un concepto este último que al asociarse al primero encontraba así un nuevo contenido semántico. Nación y ciudadanía eran en realidad dos términos que habían viajado disociados durante mucho tiempo, pero que desde el siglo XVIII y debido en parte a ese maridaje, cobran un nuevo significado. E incluso se asocian ahora –emblemáticamente en las revoluciones liberales que tienen su arranque en muchas áreas del planeta– al concepto de igualdad jurídica de los ciudadanos ante la ley y de abolición, por tanto, de las jurisdicciones privativas de señores e incluso de ciudades y cuerpos políticos ajenos al propio Estado.2

Con estos deslizamientos semánticos, es lógico que la construcción de comunidades imaginadas que se desarrollaría a continuación dejara en un lugar muy secundario a grupos sociales como las aristocracias nobiliarias. De hecho, durante mucho tiempo, a veces inadvertidamente, hemos dejado fuera de esa construcción también al campesinado, un grupo social al que se ha considerado incapaz de ver más allá de la pervivencia de sus tradiciones y, por tanto, ajeno a un proyecto de construcción nacional.

Para muchos tratadistas, ya desde la época de la Ilustración, la alta nobleza era el ejemplo del antipatriotismo por muchas razones. Sobre todo, era esta clase la que, por la gestión rentista de sus patrimonios, obstaculizaba el aumento de la riqueza y el bienestar. Y se consideraba que los nobles, empeñados en mantener sus jurisdicciones, eran quienes creaban las cadenas que atenazaban a una sociedad de desiguales y vasallos.3 Hay además otro argumento, mucho menos conocido y menos repetido por los historiadores, que no debemos olvidar. Para algunos de ellos, el escritor José Cadalso es, creo, el mejor ejemplo en España, el carácter transfronterizo de esta clase social no solo era evidente –cosa que hemos olvidado durante mucho tiempo– sino que, además, constituía un obstáculo para su afinidad a la nación. Según este autor:

De aquí nacerá, si ya no ha nacido, que los nobles de todos los países tengan igual despego a su patria, formando entre todos una nación separada de las otras y distinta en idioma, traje y religión; y que los pueblos sean infelices en igual grado, esto es, en proporción de la semejanza de los nobles. Síguese a eso la decadencia de los estados, pues solo se mantienen los unos por la flaqueza de los otros y ninguno por fuerza suya o propio vigor. El tiempo que tarden las Cortes en uniformarse exactamente en luxo y relaxacion, tardarán también las naciones en asegurarse las unas de la ambición de las otras; y este grado de universal abatimiento parecerá un apetecible sistema de seguridad a los ojos de los políticos afeminados; pero los buenos, los prudentes […] conocerán que un corto número de años las reducirá a todas a un estado de flaqueza que les vaticina pronta y horrorosa destrucción.

Una idea como esta estaba en sintonía con una visión de las noblezas europeas que, cierta o no, daba por supuesto que las diferencias entre estas eran muy tenues. Como diría un noble de la época, «un noble de Suecia no se diferencia sino en nimiedades de otro de cualquier otro país». La frase pone el acento en una cultura aristocrática de tipo cosmopolita que, de nuevo, cierta o no, excluía cualquier posibilidad de protagonismo de las noblezas europeas en la construcción de las comunidades imaginadas en las que vivían.4

No es extraño, ante estas reflexiones, que hayamos buscado el origen de las comunidades imaginadas actuales en particular, y de los nacionalismos en general, en la acción de una burguesía que impondría sus ideas ya en el siglo XIX. Y ello incluso en aquellos casos en los que esa idea, obviamente, no se ajustaba a la imagen burguesa de «nación» como una forma de nacionalismo político que triunfaría en el siglo XIX.5 Los estudios sobre España, por ejemplo, han puesto el acento en cómo el paso de la noción de patria, como comunidad de nacimiento y no de pertenencia política, a un concepto de nación como comunidad política imaginada, se derivó sobre todo de otro tipo de instituciones, como las Cortes, que se suponen muy alejadas del mundo de la nobleza.6 Y, además, han olvidado preguntarse cómo se asiste en otros grupos sociales a dicho proceso.

Con ser correcta en lo fundamental, esta visión merece no obstante un contrapeso que nos dé una idea más compleja del proceso de surgimiento de las comunidades imaginadas y el papel de las élites en él. Ello es importante, porque, como ha demostrado el estudio de algunos casos concretos, como el de Prusia, si bien no se deben mezclar formas diferentes de entender el nacionalismo, sí es cierto que se asistió a una transición muy clara en el paso del siglo XVIII al XIX, e incluso que formas de nacionalismo étnico siguieron presentes durante el siglo XIX.7 El historiador del siglo XXI debería pensar además en posibles proyectos de construcción de comunidades «nacionales» y en formas de nacionalismo étnico existentes en la época y expresadas de maneras muy diversas que convivieron e incluso se mezclaron con aquellas. Lo que nos interesa aquí, en cualquier caso, no es el origen o desarrollo de la idea de España (o de cualquier otro país), si bien nos hemos de referir a ello. Nos concentraremos más bien en la presencia e implicaciones de las élites nobiliarias castellanas en ese proceso; un hecho este que, quizá porque convivía con actitudes muy diferentes dentro del mismo grupo social, se ha soslayado a menudo. No obstante, este hecho es importante para entender la naturaleza y evolución de los nacionalismos políticos del siglo XIX que se «inventan» sobre condiciones anteriores e incluso que van más allá de la pura invención.8 Se trata además de preguntarse por los contextos sociales en los que se produce este fenómeno y el modo en que puede haber condicionado el desarrollo y el uso de esas ideas; algo que no es siempre obvio.9 En otras palabras, lo que interesa aquí es la participación de la nobleza en una serie de ideas y la utilización que hizo de ellas y por qué. Debo aclarar que, al concentrarme sobre todo en Castilla (uso el término con las cautelas que en seguida se verán), no quiero decir que las noblezas de otros reinos de la monarquía no hayan tenido su papel en la construcción de este ideario españolista. Ni tampoco que este ideario no haya convivido con otros que aquí se tratan tangencialmente. Por el contrario, fue así, pero por razones de espacio me es imposible extenderme más en esa dimensión.

SOLAR, NACIÓN Y LINAJE. ESPAÑA EN LA ARISTOCRACIA DEL SIGLO XVI

La literatura reciente nos ha hablado de la aparición y el uso frecuente de una idea de España ya desde el siglo XV. Como es lógico, esa idea nada tenía que ver con un concepto de nación que, en la época, se refería más bien a una comunidad de nacimiento, muchas veces de carácter restringido. Pero como en otras áreas de Europa, las raíces de esa idea se hunden en las corrientes del Humanismo que intentaron ver en la antigüedad clásica (e incluso en situaciones anteriores) un claro precedente: España, no era sino el fruto de la «reconstrucción» de Hispania en el largo proceso de la Reconquista.10 Influyó en ello además, el desarrollo de lenguas cultas que, no solo en la Península, sino también en otros muchos países, se irían imponiendo, poco a poco por cierto, como lenguas oficiales sobre un mosaico lingüístico que, en algunos países como Francia, por no hablar de Italia, llegaría hasta la Revolución francesa. No hay que decir que en ese proceso se vio inmersa ya una buena parte de la clase señorial.11 Incluso en Italia, Il Cortiggiano de Castiglione, un auténtico «manual de nobles», hablaba de Italia y del italiano como lo que daba cohesión a ese espacio político.

Por otra parte, es evidente la importancia de una imagen de España que se percibe ya en Castilla y que a finales del siglo XVI está plenamente configurada. Como se ha dicho, se ha hablado sobre todo de la importancia de las distintas monarquías en ese proceso.12 Ese hecho sería asimismo reflejado por la literatura político-económica del arbitrismo, cada vez más intensa a medida que se entraba en un periodo de crisis política desde finales de dicha centuria. Así, la conciencia de postración política y económica hizo aparecer entre no pocos arbitristas una introspección colectiva que apuntaba a una «España» que debía ser restaurada.13 Y es interesante subrayar que buena parte de ese discurso, desde Sancho de Moncada a Martínez de Mata, se sustentaba en una reacción, por razones económicas sobre todo, contra los genoveses y contra las otras «naciones» que colaboraban en la ruina del comercio, la industria y la agricultura, o que había que mantener por indolentes, como los gitanos.14 Se olvida a menudo que esa visión se fragua asimismo en la experiencia de lo global derivada de la expansión americana y asiática. Obras como el Quijote, por lo demás, dejan clara la importancia del término España, al menos como espacio conceptual de referencia.15 Y algo similar se pudiera decir de la Historia General de España, del Padre Mariana, quien hace girar toda la obra en torno a este concepto.16 Un concepto que, por cierto, se habría de asociar, a propósito de la rivalidad con Enrique IV de Francia, con el de «Monarquía de España»,17 expresión, sin embargo, que no era totalmente nueva.18

Pero ¿qué se puede decir de la literatura más propiamente nobiliaria al respecto? En realidad, no hay una pauta única. Tenemos obras, como la Historia de la casa de Lara de Salazar y Castro, en las que ni aparece prácticamente el concepto, ni se percibe explícitamente un discurso que nos refiera al concepto de España.19 Las hay, sin embargo, en las que dicho concepto puede alcanzar la reiteración machacona. Es el caso del Libro de los Girones. Compendio de algunas historias de España, del licenciado Gudiel.20 Esa disparidad es significativa y lógica. Buena parte de las obras de literatura nobiliaria, en particular si se trataba de nobiliarios, historias de linajes, etc., eran obras de encargo. Estaban, pues, sujetas a las intenciones del comitente y este, por lo general, pretendía sobre todo ensalzar, en buena medida por razones muy prácticas, el linaje, otra comunidad (imaginada también en cuanto que era una realidad atemporal de la que no se conocía a muchos de sus ancestros)21 que, si no alternativa, podía entrar en conflicto con las comunidades imaginadas de nacimiento (naturaleza, con frecuencia asociada a lugar de nacimiento o patria) o de fidelidad vasallático-política (el rey).22

Lo cierto, en cualquier caso, es que una imagen de España está muy presente en no pocos de los tratados encargados por la aristocracia de la época. Un caso interesante es el del Libro de los Girones antes citado. Su propio título es ya expresivo de que no se trata de contar una historia de España. Se trata de escribir la historia de la Casa. Como otras en su género, difiere mucho de las obras clásicas de F. de Pulgar o de F. Pérez de Guzmán.23 Estos se ocupan de individualidades separadas, a las que se llega a retratar hasta por sus rasgos físicos, en la línea del Humanismo renacentista que exaltaría el surgimiento del individuo, y, en un segundo lugar, se hace referencia muy colateral a los linajes, de los que la concepción de la época no podía separar al individuo. En el Compendio, los individuos están presentes (a alguno, cercano, se le llega a retratar física y espiritualmente), pero la propia disposición de la obra y su concepción cronológica o su introducción sobre el sistema de nombres y apellidos en Castilla son una muestra de que se trata de hablar del linaje, cuya evolución se completa con un estudio de otras casas con las que se han creado lazos importantes. No cabe duda de que la comunidad imaginada más importante de la obra es la casa de los Girones.

Gudiel, sin embargo, usa un vocabulario muy expresivo de la existencia de otros referentes. Las menciones de «España» y, sobre todo, de «nuestra España» son abundantísimas.24 Expresiones como «los linajes nobles de nuestra España» (p. 4r) pueden incluso llevar a pensar en la posibilidad de que haya linajes «de España», que cruzan las fronteras entre los «Reynos de España» (otra expresión frecuente). Cuando habla de sus estados, el marco comparativo no es Castilla, sino «España» (prólogo s.p.). Y, a menu-do, España parece como la referencia a la hora de hablar de la importancia de sus linajes y la excelencia de sus «varones» (p. 1r) o se refiere a cómo las hazañas de estos señores hubieran sido «sumamente alabadas de los romanos y Griegos, si fueran naturales de su patria y nación».25 España es además un concepto que comprende a Castilla y la rebasa: «Esto verá muy claro quien leyere todas las historias Latinas de España […] y todas las castellanas, que comúnmente andan impresas, y otras de mano». Su libro va dirigido a «ilustrar nuestra España, y descubrir tan gran tesoro, de que tan rica y ennoblecida esta con los admirables hechos de sus naturales». «Me parecio que –sigue Gudiel– dos caminos ay los mas claros y descubiertos, aunque poco seguidos, para inquirir los principios antiguos, y la nobleza envejecida de los Españoles».26 Se refiere a que se pueden usar las «cronicas Españolas» y los «libros escritos de mano, que algunos curiosos aficionados a su nación han hecho de la nobleza Española». E incluso en un desliz, que posiblemente no es casual, Gudiel habla de Carlos V, como rey de España.27 O se refiere más adelante a «la victoria que los Españoles tuvieron de los Franceses».28

España parece sufrir así no pocos deslizamientos semánticos por los que pasa de un referente clásico, que es el espacio físico en el que actúan los Girón, una simple carcasa donde estos se desarrollan y engrandecen, a una unidad recuperada por la nobleza. Pues, en efecto, frente a la «Restauración política de España» de Sancho de Moncada, de lo que habla Gudiel es de la «recuperación» o «reconstrucción» de España. De hecho, como queda comentado, el libro entero es un relato de la labor de los Girones y otras familias en lo que, no solo Gudiel, sino Moreno de Vargas y todos los tratadistas de la nobleza, consideraron que fue la gran labor de la monarquía y de la nobleza: la reconstrucción o recuperación de esta España «tomada» o «destruida» por los moros; una empresa en la que las noblezas de todos los reinos se habrían empeñado y hermanado y que tendría en Granada, con el concurso de esas noblezas, su último episodio.29 Y una empresa que se habría continuado con el reforzamiento de otra identidad –la de católico– que se prolonga en el siglo XVI en su mecenazgo religioso, la caridad, la beneficencia, etc.30 A esa España, por otra parte, no se la sirve. Se sirve al monarca y no hay ni una frase en ese primer sentido en el texto.31 A España se la recupera. Pero, además, no son pocas las obras de la época que en su relato enfatizan un hecho para nosotros hoy bien conocido, como se ha dicho. La Reconquista fue, a menudo, una empresa común en la que se mezclan familias y linajes de origen solariego muy diverso, que van desde Vizcaya al Pirineo catalán y a Galicia y, cómo no, también a Portugal e incluso a Fran-cia. Dejaré para otra ocasión lo que eso significa, pero quizá sea conveniente investigar lo que en el imaginario colectivo de las noblezas peninsulares podía suponer el concebir la reconquista como una empresa común de linajes transfronterizos.32

La diferencia entre Moncada y Gudiel, si bien se debe tomar con la cautela que impone el que este escriba más de treinta años antes, no es baladí. Lo que se contrapone es un concepto premercantilista, el de Moncada, que se ha venido elaborando desde los años de Mercado y de Ortiz, con una visión clasicista de la comunidad imaginada. Es más, la «inspiración pragmática» de Moncada –como a Olivares– le lleva a pensar en una nueva función de la nobleza que no es ya solo la de la guerra, sino la de educarse en un oficio para el que cree necesario fundar una universidad en la Corte.33 Se trata de dos formas de entender la misma realidad porque se trata de dos culturas políticas diferentes. Estas pueden llegar a converger. El texto de Moncada parece haber contado con la aprobación del marqués de Villafranca y muy probablemente de otros nobles; de hecho, junto a los de otros pensadores, sirvió para asentar el proyecto político de Olivares.34 El de Gudiel se extiende en sus últimas páginas sobre el fomento de las «sciencias liberales», que además el duque fomenta en la universidad fundada en Osuna, o sobre la práctica de la «elocuencia» y la «gracia en el decir».35 Sigue así incluso algunas de las virtudes que Fernán Díaz del Pulgar y F. de Guzmán habían elogiado en los más claros varones de Castilla. Pero no se le atribuye al duque, ni a ninguno de su linaje, el planteamiento práctico de Moncada que anuncia el cambio fundamental que estaba por venir. Es más, el programa de Moncada implica servir al país –su término es la República– o, a lo sumo, al rey, pero a través de la reformación (aun cuando esta se plantee como una restauración, como no podía ser de otro modo). Gudiel habla de la contribución a la fe y a la reconstrucción de España, pero no de servir a España (o ni tan siquiera a Castilla), sino de servir al rey.36

Se puede entender el contexto en el que escribe Gudiel. Este es muy diferente del de Moncada, lo que acentúa aún más sus diferencias en la imagen de «España». Ciertamente, Gudiel es un catedrático de formación humanística e interesado en halagar a su señor. Su señor se encuentra en plenos problemas económicos, con su hacienda endeudada o a punto de serle embargada.37 Se está incorporando al mundo de la Corte, que le reporta ingresos extraordinarios siempre que sepa usar su prestigio (el que le puede dar Gudiel) de forma adecuada ante el rey. Y siempre que sepa usar la antigüedad de su linaje (cuyos lazos con los más prominentes linajes de Castilla se subrayan)38 en el mercado matrimonial de esta. Gudiel escribe para señores que han tenido experiencias transfronterizas y que añoran seguir la cultura de corte que las caracteriza. Moncada viene de la ciudad de Toledo, industriosa y mercantil si bien noble, y le preocupan sus problemas económicos y los del reino. El problema que él quiere arreglar –o por cuyo arreglo quiere que la Corte le dé los privilegios que pide– es un problema de economía política con vistas a «restaurar» los recursos del rey. Su experiencia trans-«nacional» es la de la competencia de los comerciantes genoveses, de los fabricantes de tejidos ingleses y de los comerciantes holandeses y flamencos. Los discursos de ambos autores no podían por menos que resultar –incluido el discurso sobre España– muy diferentes.

Como en otros textos de la época, esta España imaginada no es una evocación neutra de un pasado clásico, sino una trasposición de Castilla. En realidad, esta es también una constante de Moncada –y de otra literatura de la época– para quien «España es república de Reinos», pero quien toma todos sus ejemplos y argumentos basándose en referencias a Castilla. Conviene reseñar este lugar común en el caso de la cultura aristocrática de la época. Gudiel, y no es el único, llega a hablar de «la costumbre de España» para hablar de prácticas y tradiciones estrictamente castellanas.39 O, en una obra sobre «historias de España», elige solo familias de solar originario castellano y hace poquísimas o nulas referencias a casas con solar en otros reinos, incluso cuando se habla de los otros linajes; algunos de los cuales tenían no pocas conexiones fuera de Castilla, como es el caso de los Almirantes. No era la suya la única posición en este sentido, incluso si nos reducimos al género nobiliario. Poco antes, el geógrafo catalán Francisco de Tarafa escribió una obra sobre las grandes hazañas de los reyes de España y se limitó a una lista de una página de los reyes de Aragón para centrarse en todos los reyes de Castilla desde Túbal a sus días (por no hablar de su «olvido», que queda para comentar en otra ocasión, de las reinas, quienes, obviamente, no encajaban en el título, empezando por Isabel I y su hija Juana).40

En otro orden de cosas, es evidente que la aristocracia castellana estaba pasando por una necesidad evidente de reconocer equilibrios entre lo local y lo «nacional» o de integración de las distintas coronas. En efecto, el discurso de Gudiel y su prólogo están plagados de referencias a la casa solariega. Lo local debía así compaginarse con esa imagen de la España recuperada. La historiografía ha subrayado esto, e identificado con el concepto de patria, para contraponerlo al concepto, cada vez más flexible, de la «nación» como referente más amplio.41 El hecho se ha tomado como algo dado en múltiples ocasiones. Pero existen, sin embargo, razones que explican esa persistencia e incluso el reforzamiento de referentes territoriales identitarios superpuestos y, en particular, del solar o casa solariega –un concepto, por cierto, muy claro– con ese concepto moldeable y cambiante de nación.

Hay que tener en cuenta, por una parte, que la gran polémica de los siglos XVI y XVII es la de la forma de demostrar la nobleza, lo que equivale a decir también, la de la forma en que se había obtenido. Desde hacía tiempo Bartolo de Sasoferrato había abogado por la importancia de la nobleza concedida por el rey y su capacidad de asimilarla a la nobleza por antigüedad. El resultado fue una polémica que muchas veces se ha retratado como un debate de principios sociales, pero que implicaba también una lucha política. Esa idea significaba que el rey podía hacer nobles, lo que equivalía a regular la vida social de estos y su prestigio y capital inmaterial, con consecuencias decisivas para el grupo aristocrático, cuya misma definición como élite restringida se veía afectada. Implicaba asimismo que el rey podía hacer ascender en el escalafón nobiliario (que él mismo estaba regulando), pero también en el político, aquellas familias que deseara, con independencia de su antigüedad.42 En un mundo en el que los nobles se aferraban aún al principio de la justicia distributiva –es decir, que los de más estatus tenían más derecho a las mercedes–, este era un revulsivo de primer orden. Y, basándose en el principio de que la virtú era una cualidad natural que podía ser manifestada en las obras y reconocida por el rey, esto ponía en las manos del monarca un arma de un enorme poder.43 En este contexto, defender la antigüedad de la nobleza, refiriéndola a un «solar notorio», era, sobre todo por la aristocracia más antigua, una forma de competir en ese mundo del estatus e incluso que el propio rey no la pudiera poner en duda.

Pero, por otra parte, esa polémica, que se extendía a toda Europa, se mezclaba en la península con otra aún más fuerte: la limpieza de sangre; o, lo que es lo mismo, con el valor social de más peso en las estrategias familiares, en el mercado matrimonial y, consecuentemente, en los aspectos centrales de la vida de los nobles y la reproducción de sus linajes y sus economías. Conviene recordar a este respecto que la obra de Gudiel se escribe pocos años después de que empezara a circular y –nada baladí– se dedicara y mandara a Felipe II El tizón de la nobleza, de Mendoza y Bobadilla, en la que se reconstruían los árboles genealógicos de las grandes casas con la intención de hacer ver la contaminación con sangre judía de todos ellos. Ni que decir tiene que los Girón, duques de Osuna, se encontraban muy prominentemente en ese grupo: de hecho, venían directamente de Ruy Capón, el judío más tóxico imaginable para su autor.44

No es que los nobles no se hubieran defendido. Para sorpresa de muchos autores actuales, lo cierto es que la tratadística de la época había llegado a la conclusión –cómo no– de que la nobleza no estaba reñida con la condición de judío, como tampoco lo estaría con la de indio. Al estar ligada a la virtú y ser esta una cualidad que podían tener todos los seres humanos, también los judíos podían tenerla. Y, de hecho, los nobles judíos eran nobles. Quizá se pudiera hacer, si acaso, una distinción con los judíos venidos a Hispania, pues no se sabía qué linajes habían aceptado o participado en el martirio de Cristo.45 Pero, aun así, todo el mundo sabía que mejor no entrar en polémicas sobre cuestión tan capital y, precisamente por ello, era importante ser capaces de referir esa pertenencia a un espacio. Al fin y al cabo, esa era la mecánica de las probatorias de pureza de sangre: hacer investigaciones locales sobre los ancestros y obtener un certificado de ella. Ahora se trataría de lo mismo, pero basándose en tal grado de antigüedad que la prueba no podía ser del presente sino del pasado –y, por tanto, basada en las «crónicas españolas» y «algunos curiosos aficionados»–.46 En todo caso, autores como Bernabé Moreno de Vargas llamaban la atención sobre la importancia de este hecho que, además y según él, se complicaba porque muchos nobles habían tenido que huir hacia el norte tras la invasión musulmana, dejando sus solares hasta ser reconquistados.47 Tener «solar notorio» era, así, de vital importancia también por esa razón. Y lo era asimismo porque hemos de pensar en los linajes como estructuras piramidales que hunden sus raíces en las partes más bajas de la nobleza, donde muchos miembros de esta debían debatirse de forma más directa con los prejuicios. Esto era más importante aún dada la costumbre de las «alcuñas» o apodos que, al referirse a hazañas importantes de esas familias, se habían convertido en el nombre del linaje. Esto era todo un honor, como en el caso de los Girones, pero obligaba, si se quería tener indiscutible garantía de antigüedad y sangre, a insistir en el solar y la notoriedad de este y a poner un cuidado exquisito en la heráldica, los escudos, lemas o cualquier otro símbolo que pudiera servir para demostrar pertenencia al linaje.48

En suma, si los nobles tenían y usaban identidades muy amplias e incluso universales, como su condición de católicos, o se querían referir a un concepto de naturaleza que apuntaba a una forma de «nación» (de Castilla o incluso española, usadas según los casos), en ningún momento podían relajar el sentido, y la demostración, de la patria local. Entre estas diversas comunidades imaginadas no tenía por qué haber, en condiciones normales, una contradicción. Las dos eran fruto de una concepción familiar, de naturaleza, de la sociedad. Pero no faltarían los problemas.

Al mismo tiempo, es evidente que muchas de estas casas habían logrado una proyección transregional, e incluso transregnícola, de proporciones más que notables.49 En el siglo XVI, casas como la del Infantado habían acumulado estados en regiones tan distantes y dispersas como Cantabria, Guadalajara y Andalucía. La casa de Borja había asistido a una expansión parecida que les permitía dispersarse en Italia, las coronas de Castilla y Aragón e incluso extenderse hacia América.50 Y otras asistían a procesos parecidos. Ellas eran las primeras interesadas en que se reconocieran los solares, propios y de las ramas laterales, en un amplio territorio de la España recuperada. Buena parte de la obra del cordobés Argote de Molina La nobleza de Andalucía se centra en proporcionar datos heráldicos que enlazan a muchas de las familias de toda la Península y que han participado en acciones importantes, como la toma de Baeza, con sus lugares y troncos de origen.51 El que la obra se disponga como una serie de relatos no siempre bien organizados pero tenga al principio un índice de nombres parece además demostrar que su uso (y forma de lectura) consistía, sobre todo, en la búsqueda y localización en el texto de cada personaje y la trayectoria de su linaje y escudos, que, por norma, remite al norte de la Península. La nobleza de Andalucía era un libro de consulta para los nobles de todo el reino y no en vano se convertirá en fuente para genealogistas precipitados. Pero esta es la prueba también de que, en el imaginario de esas familias, el carácter reticular de esos linajes articulaba un espacio que, en este caso, rebasaba con mucho la Corona de Castilla. Ello con independencia de que este mismo tipo de ideas tuviera como efecto el que se tendiera a reconstruir las historias regionales, en este caso la de Andalucía, aludiendo a su antigüedad y reivindicando sobre este argumento su prestigio sobre otras regiones. Pero, como he dicho, no es en las historias regionales en lo que ahora querría entrar.

Por supuesto, no se pretende decir aquí que estas formas de compatibilizar comunidades imaginadas superpuestas –a veces contrapuestas– eran exclusivas de la aristocracia o que muchos grandes nobles no participaran de otras formas de imaginarlas. Las ideas, las memorias colectivas, tienen eso de bueno –o de malo–: que no son cajas cerradas propiedad de una clase y nadie puede controlar ni la contaminación, ni el uso que se hace de esas ideas; este es fruto de confrontaciones de poder muy complejas.

LA ARISTOCRACIA EN EL PATRIOTISMO ESPAÑOLISTA DEL SIGLO XVIII

Cabe recordar que uno de los obstáculos de partida para entender el problema que tratamos es la imagen muy rígida que se ha proyectado sobre este grupo social (me evitaré a mí mismo las referencias, que llegan hasta nuestros días). La historiografía reciente, por fortuna, está subrayando el carácter cambiante del grupo.52 Y ello se puede percibir también, por suerte, en la historiografía española.53 Como era de esperar, las vivencias de muchos nobles fueron tan complejas, sus intereses tan cambiantes y su exposición a otras ideas tan rica, que en más de doscientos años también cambiaría su forma de entender las comunidades imaginadas, su papel en ellas y sus formas de utilizarlas.

La identificación entre la nobleza y una imagen –cambiante– de España que va más allá de Castilla, estaba ya prácticamente consolidada en el siglo XVIII. Y de una manera que implica nuevos giros semánticos y que demuestra además nuevas formas de superposición de identidades.

Como todas las noblezas europeas, y pese al ultramontanismo de algunas familias, algunas casas se vieron inmersas en el cosmopolitismo transfronterizo de la Ilustración. La forma en que se adoptó la moda francesa y después la inglesa, en el vestir y en las apariencias sociales, es solo una muestra de ello. Cuando en 1788, un año antes de que el mundo cambiara de repente, el duque de Osuna, heredero de aquellos Girones, se hace retratar con su familia por Goya, no faltan las referencias locales, pero la duquesa viste a la francesa y él a la inglesa, mostrando así un espíritu cosmopolita en el que, sin duda, es el cuadro más emblemático de la Casa.54 Ese gesto no sería más que eso, un gesto, si no fuera porque enlaza con otras prácticas que van más allá. La correspondencia del XIV duque de Medina Sidonia, uno de los personajes más fascinantes de la nobleza ilustrada y cuyas cartas con prácticamente toda la inteligencia ilustrada están en proceso de análisis por Lilianne Dalhman, es otra buena muestra de ello.55 La actividad de algunas mujeres como la duquesa de Berwick en las tertulias y en los salones, así como en la recepción y alojamiento de personajes como Townsend son otra muestra del mismo hecho. Se trataba de visitas, reuniones y relaciones que no solo tenían en sí mismas un componente internacional y fomentaban formas de sociabilidad cosmopolita, sino que muchas respondían en realidad al propio carácter internacional de estas familias, en este caso de la casa de Alba y sus vínculos con Gran Bretaña.56 La condesaduquesa de Benavente, cuya correspondencia revela asimismo una persona de amplitud de miras, es otro buen ejemplo. La pervivencia de los matrimonios transfronterizos, aún existentes pese a la fragmentación de la monarquía compuesta, el casi total control de los más altos puestos del servicio diplomático por estas familias, etc., son pruebas de que ese componente, si bien había cambiado, estaba aún presente entre los nobles. Es interesante constatar además que ese carácter internacional no estaba reñido –al menos en algunos de ellos y al contrario de lo que dijera Cadalso– con el deseo de acuñarse una imagen que tenía como referencia al país, entendido además como España. Más bien se diría lo contrario. Y, desde luego, no cabe duda de que será esa identificación con una cultura no española la que hará que esta clase camaleónica se volcara sobre formas de patriotismo después de 1789, un tema este que espera nuevas interpretaciones.

En ese sentido hay que recordar que el siglo XVIII se vio impregnado de un nuevo tipo de patriotismo protonacionalista que Fernández Alabaladejo ha calificado como «nacionismo».57 Este podía materializarse en un casticismo con fuerte componente de catolicismo ultramontano, pero también en un protonacionalismo laico muy influido por el sentido de progreso y bienestar material de las Luces. Si antes nos hemos referido al retrato de la Familia de Osuna, cabe recordar aquí formas de autoidentificación como la de la duquesa de Alba de maja y la del conde de Altamira sentado y provisto de papel y pluma, ambos debidos a Goya.58 Entre ambos hay una notable diferencia. Pero ambos reflejan referencias a una comunidad imaginada. Ella se quería identificar con un populismo típico de la reacción antifrancesa traída por la revolución (y su incapacidad de competir con la condesa-duquesa de Benavente en «ilustración»).59 Él pretendía hacerse ver como un ilustrado servidor del país. Los dos tenían en el fondo referencias a la misma comunidad imaginaria materializadas de modo diferente.

Este nuevo código de expresión de la nación es ya muy diferente de el del siglo XVI y no toda la nobleza titulada tenía la misma sensibilidad. Pero se manifestaba con énfasis en las actitudes y expresiones de muchos de ellos en el siglo XVIII. Como se ha dicho, las Sociedades de Amigos del País («casas del patriotismo» para Jovellanos) tuvieron, no solo en España sino en toda Europa, unas bases sociales muy diversas. No cabe buscar en ellas la representación masiva de los titulados. Primero, estos eran pocos, pese a su aumento en número, con lo que difícilmente se pueden buscar a cientos en estas instituciones. Segundo, muchos de ellos residían en la Corte, y es allí donde se les debe buscar. Pero su presencia es evidente e incluso, en algunos casos, su impulso.60 Como lo es en las sociedades fundadas por estos en sus propios señoríos, a veces con intenciones que iban más allá del fomento de la riqueza y entraban dentro del ejercicio de fórmulas de control social.61 Todos los presidentes de la Real Academia durante el siglo XVIII pertenecieron a familias de la alta nobleza, y entre ellos son predominantes las más rancias, como los Villena (una auténtica saga) o Alba.62 Una buena representación de estos había también entre los presidentes de la Real Academia de la Historia.63 La efímera Academia del Buen Gusto de Madrid contó con miembros de la nobleza titulada e incluso algunos se pueden encontrar en otras instituciones similares.64 De esta actividad participaron –o las usaron, como insinúa Martín Gaite– en modo diverso mujeres de la alta nobleza. Catorce fueron admitidas en la Sociedad Matritense y se pretendía con ello fomentar «la buena educación, mejorar las costumbres con su ejemplo y sus escritos e introducir el amor por el trabajo así como atajar el lujo […] y sustituir para sus adornos los nacionales a los extranjeros».65 Un lujo que muchos estaban viendo –de nuevo no es exclusivo de España– como una de las causas de la ruina económica del país, en tanto que alentaba el comercio de productos extranjeros.66 Fueron estas mujeres de la alta nobleza, encabezadas por la condesa de Montijo, las encargadas, en la llamada «Junta de Damas de honor y mérito», de diseñar un «traje nacional», animadas «de un verdadero patriotismo dirigido al bien del Estado y de cada individuo en particular». La cuestión era hacer un «Traxe nacional para las Damas, todo de generos del Pays, el cual reuna la honestidad y decencia y la gracia y agilidad Española». Literalmente, una invención de la tradición, de corte mercantilista además, que se habría de sustentar en tres tipos de traje: de primera clase (a «la española»), segunda (a «la carolina») y tercera (a «la madrileña»). Todo muy significativo, por cierto.67

Estas últimas evidencias, como tantas que se podrían traer a colación, son muestra de una forma de identificarse con –y contribuir incluso en el caso de que se tratara solo de gestos– una comunidad imaginada española que guardaba importantes diferencias con la del siglo XVI. Como aquella, todas las instituciones a las que me he referido eran profundamente monárquicas y se insertan en un mundo de afinidades católicas. Muchas casas seguían manteniendo su idea de la antigüedad como máximo exponente de nobleza y recordaban sus solares con interés. Pero este era un mundo muy diferente. El catolicismo no era la amalgama fundamental del grupo y menos la parte fundamental de un cosmopolitismo aristocrático. Nuevas ideas de progreso y utilitarismo, nuevas modas, nuevas formas de sociabilidad, etc., habían prendido en este grupo e incluso hermanaban a sus miembros en la distancia; o, simplemente y con independencia de su sinceridad real, estos individuos pensaban que esta era la mejor forma de modelar su personalidad social, aunque estuviera cargada de hipocresía.68 Estas ideas además apuntaban a la necesidad de fomentar la riqueza del país, que veían como un paso para servir al rey. La «patria en monarquía» –en continuación con lo que ya habían manifestado los arbitristas, como se sabe, muy queridos de los ilustrados– partía del presupuesto de servir al rey fomentando la riqueza, la educación, las buenas costumbres, la agricultura, la industria, el comercio y la cultura de la nación.69 Se trataba de contribuir a la riqueza o la cultura del país. Como he recordado en otra ocasión y apuntó hace tiempo G. Anes, es interesante considerar que fueron nobles titulados como el conde de Villalobos que «por mayorazgo y por Grande» debería haber rechazado el Informe sobre la Ley Agraria de Jovellanos, que preconizaba cambios no muy favorables paras muchos señores, quien lo elogiaría ante el duque de Alcudia.70 Y ello incluso importando las Luces y sus ideas. En ese punto, también se buscaba equilibrar una contradicción que está presente en la propia Ilustración y que será una de las claves de la crisis por la que estaban por pasar las noblezas peninsulares: la que existe entre el nacionalismo étnico y el universalismo de los ilustrados, que intentaban superar cuando el conde de Peñaflorida, al inaugurar la Sociedad Matritense, decía: «Amigos míos, amad vuestro patrio suelo, amad vuestra recíproca gloria, amad al Hombre, y en fin mostraos dignos amigos del País y dignos amigos de la Humanidad».71

Se ha asistido así a un profundo cambio, no solo en la forma de entender la comunidad imaginada, sino, más importante para nosotros, en el papel que en ella se atribuía a sí misma una parte de la nobleza. De la España como pasado y como tradición se ha pasado a la España como proyecto. De restauradora de España por las armas, la nobleza ha pasado a pretender presentarse como promotora de las artes manuales, del progreso material del «País».

CAMBIO SOCIAL, CULTURA ARISTOCRÁTICA, EXPERIENCIA TRANS-«NACIONAL» Y TERRITORIO

Una transformación de este calibre y carácter no solo va contra la visión de las noblezas como un grupo inmóvil sino también contra la percepción de la cultura aristocrática como algo cristalizado en sí mismo a que, a veces, estamos expuestos. La pregunta que debe hacerse es cómo se ha llegado hasta aquí y qué problema representaba la superposición evidente de criterios de pertenencia dentro de este grupo. Y, aunque no tenemos aquí el espacio suficiente, conviene asimismo interrogarse sobre los contextos sociales y económicos en los que se inserta esta transformación.

Durante el siglo XVI y parte del XVII, la aristocracia castellana parece haber experimentado un doble proceso de integración interregional y relación creciente con otras aristocracias del imperio y de la monarquía compuesta de los Habsburgo. Ello tiene que ver con su implicación en la guerra y en la diplomacia o con sus viajes, pero también con una política familiar que, si bien primaba la unión de los primogénitos dentro de Castilla, llevaba asimismo a uniones frecuentes con familias de otros reinos peninsula-res, incluido Portugal, y con Italia.72 El resultado es la dispersión trans-«nacional» del grupo. Pero también su sedimentación «española» y la continuidad del proceso de fusión de aristocracias regnícolas de la Península iniciado en la época medieval. No es de extrañar que, como en otras áreas de Europa y en una evolución que es larga de explicar aquí, este proceso haya alimentado la presencia de una imagen de España en el discurso político nobiliario.73 Es bastante significativo a este respecto que la endogamia dentro de las coronas de Castilla, Aragón y Navarra durante el periodo 1500-1700 parezca, con las cifras que tenemos elaboradas a partir de los matrimonios de los miembros de la orden del Toisón de Oro, la más elevada de toda Europa, si partimos de las circunscripciones estatales actuales.74

El siglo XVII, y sobre todo el periodo 1650-1750, puede haber supuesto un paso importante en este proceso. Tras una intensa relación con la aristocracia portuguesa, la victoria de los Braganza supuso una creciente separación entre aquella y la española.75 Desde entonces, el cierre de la alta nobleza portuguesa sobre sí misma no fue solo un proceso de elitización dentro del país, sino también una ruptura muy notable con la española, invirtiendo así una tendencia que se remontaba a la Edad Media. Además, la guerra de Portugal, junto con las dificultades que implicaba la gestión de patrimonios lejanos y dispersos en territorios muy lejanos, hizo evidente la mayor necesidad de concentrarse en ámbitos políticos seguros dentro de la monarquía compuesta.76

La centuria del Seiscientos, que podemos prolongar hasta 1750, supuso algo más, sobre todo desde el punto de vista de la composición y de la cultura política de la alta nobleza. Por ejemplo, la creciente concentración de poder en manos del rey, máxime durante el siglo XVIII, implicó, en toda Europa y también en España, una notable «satelización» pactada de las noblezas, que cada vez más girarían en torno a la Corona. Vino acompañada además del ejercicio de la gracia y la concesión de mercedes desde la Corte, así como de un uso frecuente de este grupo en el ejercicio del gobierno. En países como Inglaterra y España, hubo incluso mecanismos de control de los matrimonios nobiliarios por parte de la Corona, lo que, obviamente, ayudaba a ello. El resultado era una alta nobleza más dependiente del centro político y, con ello, el doble efecto de circunscribirse cada vez más a los territorios claramente controlados por el rey y de hacer de argamasa social entre ellos. En esa misma dinámica, la venta y concesión de títulos conllevó la incorporación al grupo de nuevos miembros, muchos de ellos salidos de las oligarquías locales y, cada vez más desde mediados del siglo XVII, de las clases mercantiles, con frecuencia ligadas a trayectorias vitales americanas, o de familias con antecedentes en el servicio al rey en la burocracia, el ejército y la diplomacia.77 Es interesante resaltar que, pese a la fuerte presencia de madrileños en ese proceso de promoción, se registra una importancia muy notable de andaluces y de familias procedentes de la Corona de Aragón.78 En el mismo periodo, y hay también ejemplos de este fenómeno en el siglo XVII, se asistió al desarrollo de una nobleza americana o de familias con lazos transatlánticos que en algunos casos mantuvo relaciones con la Península.79 En otras palabras, no solo se renovaba el grupo, sino también su geografía: Madrid era una cantera decisiva de nuevos titulados, pero también se daba una cierta importancia de las áreas periféricas de la monarquía. Si tenemos además en cuenta los mecanismos de ascenso matrimonial y enlace con las viejas casas que, antes y después de la adquisición del título, iban asociados a este proceso, entenderemos que se estaba dando un paso más en la consolidación de una nobleza protonacional española. Una nobleza, además, que muy posiblemente y, por lo que nos dicen las cifras del Toisón de Oro, estaría reduciendo las relaciones matrimoniales allende las fronteras y perdiendo su carácter de centralidad en las relaciones matrimoniales europeas, si bien no era en absoluto un grupo carente de conexiones exteriores, y en el que la dimensión transatlántica, con todos los problemas que suponía, era muy evidente.80

Este proceso coincidía con otro no menos importante y ligado al anterior, que es el que da contenido a la imagen de España de muchos nobles del siglo XVIII: el cambio en la concepción del papel social del grupo y de la comunidad imaginada en que este se inscribía. El fenómeno merece un estudio más a fondo y se ha de vincular a una fortísima crítica social que procede de ciertos espacios de poder –incluida la Corte durante la época de Olivares– y de la sociedad en general. La crisis en la política internacional de la Monarquía y la conciencia de decadencia implicaron también la introspección colectiva y puesta en duda de los valores de la nobleza muy presentes en la política bélica de los Austrias y que había sido la fuente de mercedes, ayudas de costa y posibilidades de promoción social.81 Sea como fuere, esta mantuvo una fuerte presencia en la creación de advocaciones y otros referentes que potenciaban el desarrollo de una comunidad imaginada; es el caso de la Inmaculada Concepción, que, no por casualidad, usaba el ideario católico como base fundamental.82 Ello afectaría asimismo al cultivo de la historia y al modo en que esta era el sustento de la concepción de la comunidad política.83 Esta introspección y la tensión social en que vive el grupo habrían de afectar a las formas en que algunos nobles se veían a sí mismos y su función social. En cierta medida, muchas de estas familias serían, andando el tiempo y a veces sin notarlo porque es parte de un proceso general, muy sensibles a los planteamientos de los arbitristas y a una idea más utilitarista de su papel en la sociedad que, desde luego, no tenía en la Reconquista su elemento articulador.84 Es en ese contexto donde se habría de asistir a la expansión de nuevas familias, como la del III conde de Fernán Núñez, que escribiría hacia los años ochenta una obra muy expresiva de lo que estaba ocurriendo. Miembro de una vieja familia de la oligarquía local cordobesa, su abuelo recibiría el título de conde en 1639 y él se curtiría en la diplomacia y en las letras.85 El hombre práctico –título abreviado de la obra– pertenece en lo formal a la literatura de consejos para los hijos de nobles tan a la usanza hasta entonces y no contiene referencias implícitas al problema de la nobleza y las comunidades imaginadas al que nos venimos refiriendo. Pero la obra ayuda a entender el cambio que se estaba produciendo. Influido en parte por Gracián, el autor, que no niega que la nobleza pueda venir de la virtud, por «consentimiento público» o por reconocimiento del rey, plantea dudas sobre que esta deba ser perpetua y que lo sea por los méritos de los antecesores.86 Se trata así de una obra que rompe con el sistema de los méritos del linaje para poner el acento sobre el mérito individual. No es el único que lo hace en la época y ello no es extraño, pues desde Fernán Pérez del Pulgar era algo habitual resaltar el valor individual. Pero en este caso, el linaje está mucho menos presente y el mérito es mérito individual –no tanto del linaje, como hasta entonces– y en un aspecto diferente de lo que había sido. Y convendría recordar aquí que en la concesión de títulos y prebendas en la época lo que se premiaba a menudo no eran los méritos del individuo, sino también los del linaje. Más allá de lo que fueron tratadistas anteriores, como la citada condesa de Aranda, Fernán Núñez aboga además por el trabajo frente al ocio, situándose así en una corriente de pensamiento ya evidente en El Guzmán de Alfarache y en los arbitristas frente a los ideales de nobleza que habían llevado al país a la decadencia.87 Ese trabajo además debe ir encauzado, según él, a la «industria» en sentido genérico y a evitar «la desolación de los pueblos».88

Pero lo que promueve, sobre todo, es el desarrollo de destrezas y conocimientos aplicables a la propia vida y a la de la comunidad. Marginando en cierta medida el valor de la virtú, cualidad natural, lo que hará será reforzar más el valor del mérito individual por las obras. Y, con resonancias de Gracián, entenderá que es la capacidad de discernimientos del individuo y del sentido común (lo que el pensador aragonés entendía como «gusto»)89 lo que realmente le da valor. Es ahí donde la obra da un paso adelante que anuncia lo que será la posición de algunos nobles en el siglo XVIII. Pues se trata de enaltecer la actividad de estos para «emplearse al servicio del príncipe y causa publica».90 O, con otras palabras, al príncipe se le sirve sirviendo a la «causa pública», un término que en Francisco Gutiérrez de los Ríos resuena al concepto de la «república» en los arbitristas. Ninguna obligación, dice, es mayor que «servir la patria y estado a que cada individuo debe pacífica posesión de aquel en que se halla».91 En una obra como esta, la expresión «patria y estado» cobra, claramente, un significado diferente al que había tenido hasta no hacía mucho tiempo. Ello se da además en un momento en el que la necesidad de probar la limpieza de sangre se estaba reduciendo y en el que la capacidad del rey de reconocer nobleza y conceder títulos no solo no tiene ya discusión sino que se ha convertido en el espaldarazo de la ascensión social de muchas de estas familias. No hay en la obra muchas referencias a un concepto de España, pero basta un vistazo a la iconografía del estandarte del primer conde de Fernán Núñez y ponerlo en contacto con esta nueva filosofía de la función social de la nobleza para entenderlo. Aquel estaba compuesto por el crucifijo flanqueado por la Inmaculada a un lado y el apóstol Santiago en la batalla de Clavijo al otro, junto a los escudos de los reinos de España y de la casa. Su sucesor parece tener una misma comunidad imaginada de referencia, pero con otro contenido y, sobre todo, entendiendo su función en ella en el fomento de todo aquello que pudiera favorecer la «causa pública» de esa comunidad. Las pretensiones de los nobles del siglo XVIII de presentar su papel en la comunidad imaginada como propulsores del trabajo, el progreso, la aplicación de las ciencias útiles, etc., están ya esbozadas en el texto de Gutiérrez de los Ríos, a quien no es extraño que se haya considerado como un novator.92

En otras palabras, esta nueva forma de identificación de la alta nobleza con una comunidad imaginada no es fruto, simplemente, de una serie de cambios en el mundo de las ideas. Había sido la forma de muchos nobles –muchos de ellos de titularidad reciente– de sobrepasar una crisis de valores que no solo era la crisis de la monarquía compuesta, sino la propia crisis en que había entrado su clase desde finales del siglo XVI. Una crisis que, ni en Europa, ni aún menos en la Monarquía hispánica, supuso la desaparición o el debilitamiento de este grupo –de ahí el desuso en que ha entrado el término–, pero que se puede entender como una readaptación a una situación cambiante y, en cierto sentido, como un proceso de cierto traumatismo. Al mismo tiempo, muchas de las casas castellanas no eran ya castellanas en cuanto a lo que se refiere a la geografía de sus patrimonios. Eran, y cada vez más, españolas. Los Osuna tenían estados en la práctica totalidad de la geografía de las coronas de Castilla y Aragón. Y lo mismo ocurría con la Casa de Medinaceli.93 Se había consolidado una nobleza «española», cuyas propias redes relacionales se proyectaban sobre el territorio de este Estado-nación en ciernes. No es extraño, sino parte de este proceso, que en las circunstancias que se viven tras la entrada de la nueva dinastía, se asistiera a la formación de un «partido español» que vio en la sátira y en la intriga política la forma de presentar un patriotismo, en este caso en contra de los Borbones.94 Se trataba, como siempre, de usar el imaginario de la colectividad en provecho de intereses políticos, modelando así ese imaginario.

* * *

Es interesante resaltar que una de las fuerzas detrás de este comportamiento «camaleónico» de la aristocracia es la situación de estrés en la que viven todas las clases sociales y la necesidad de las élites de adaptarse a una situación cambiante que mode-lan a su vez. La aristocracia castellana había encontrado, desde el siglo XVI, formas de superar sus problemas económicos y de reproducción social. Parte de ello lo he expresado en otro lugar, refiriéndome a su componente económico. Se había adaptado y renovado por abajo a nuevas situaciones políticas. Poco a poco había sido capaz de insertarse en nuevos espacios de comunicación como la escritura. Ello conllevaba reposicionamientos sistemáticos en las distintas versiones en que se concebían las comunidades imaginadas y, por tanto, una contribución a ellas. Esto se ha seguido haciendo en el siglo XVIII e incluso en el XIX. Pero la situación ahora era un poco diferente a la del periodo 1550-1650. La aristocracia de finales del XVI fue capaz de legitimarse mediante el recurso a un gasto que podía soportar gracias a mecanismos bien conocidos y tuvo relativo éxito en mantener su posición dentro del sistema de poderes. Así como lo tuvo en su adopción de nuevas formas de comunicación que le permitieron mantener su capacidad de control social al tiempo que se autodisciplinaba y se transformaba.95 Igualmente obraba la aristocracia del siglo XVIII, si pensamos en su pervivencia y metamorfosis durante el siglo XIX. Pero las ideas de las que intentaba apropiarse estaban siendo tomadas en un espacio público con mucha más eficacia por otro grupo social, la burguesía liberal. Su crisis ahora solo podría ser afrontada en un contexto de cambio institucional sin precedentes para ellos: la crisis del Antiguo Régimen, la revolución liberal y el Estado-nación. Una nueva forma de nacionalismo –la del nacionalismo político ligado al proyecto de Estado-nación y soberanía del ciudadano– que socavaría, lentamente, muchas de sus bases económicas, pero no la haría desaparecer.

Debemos pensar sin embargo que, precisamente por estos antecedentes, el nacionalismo del siglo XIX es un fenómeno mucho más complejo de lo que se ha pensado. Pero cabe advertir, además, que no tendremos clara la historia de las construcciones nacionales aristocráticas si no entramos en otra cuestión que hemos evitado a conciencia: la de la forma en que esta nobleza española consolidada en el siglo XVIII y sus ideales se entremezclaba y superponía con discursos de tipo diferente incluso desde dentro del mismo grupo social o de las noblezas regnícolas antes del desarrollo del Estado-nación.

* Este trabajo es una derivación de otro más amplio que escribo sobre las aristocracias europeas y que he desarrollado en el IUE de Florencia. Constituye así una síntesis avant la letre que necesariamente ha de ser provisional e incompleta. He querido poner juntos diversos aspectos que han atravesado la obra de Pedro Carasa: el desarrollo cambiante de las élites, la influencia social de estas, su uso de la memoria histórica y, por último, hacer unas genéricas referencias al papel de Castilla en la formación de un referente nacional más amplio. Debo confesar aquí mi acuerdo con mi colega cuando hablaba de la «normalización de Castilla» (un concepto que, obviamente, entiendo de forma diferente para la época moderna) para referirse a la necesidad de no hacer de Castilla ni el verdugo ni la víctima. De hecho, el estudio del surgimiento de este nacionalismo étnico de fuerte componente castellano (y una entre las muchas identidades que se superponen en la España del Antiguo Régimen) no solo puede ayudar a entender mejor el siglo XIX, al ver quiénes eran los sujetos y los intereses que estaban tras de él en la etapa anterior.

1. Véase la relativamente reciente edición de algunas de sus obras en G. Mazzini: Cosmopolitismo e nazione: scritti sulla democrazia, l’autodeterminazione dei popoli e le relazioni internazionale, 1805-1872 (ed. por S. Recchia y N. Urbinati), Roma, Elliot Edizioni, 2011.

2. Véase, sobre todo, el magnífico best seller de C. A. Bayly: The Birth of the Modern World, 1780-1914: Global Connections and Comparisons, Malden, MA, Blackwell Pub., 2004.

3. El hecho es tan conocido que no necesita muchas demostraciones. Un caso típico de estas ideas es, por ejemplo, el de J. Cadalso: Cartas de España, Madrid, Alianza Editorial, 1972. O bien, más tardío, el de J. Blanco White: Cartas de España, Alianza, Madrid, 1976 (introducción de Vicens Llorens), pp. 55-64.

4. Citado por J. Dewald: The European Nobility, 1400-1800, Cambridge, Cambridge University Press, 1996. Existe traducción al castellano, La nobleza europea: 1400-1800, Valencia, Pre-Textos, 2004.

5. Aplicaré en este trabajo la distinción realizada por autores, como P. Geary: The Myth of Nations. The Medieval Origins of Europe, Princeton, Princeton University Press, 2002; o, para el caso español, J. Álvarez Junco: Mater Dolorosa. La idea de España en el siglo XIX, Madrid, Taurus, 2016, cap. IV, entre nacionalismo o patriotismo étnico y nacionalismo político. El primero referido a una construcción cultural que mira sobre todo al pasado, el segundo como una forma de proyecto de construcción del Estado. Sobre el papel de los nacionalistas en la construcción de la nación, sigue siendo de enorme valor el trabajo de M. Hroch: «From National Movement to the Fully-formed Nation: The Nation-building Process in Europe», en G. Balakrishnan (ed.): Mapping the Nation, Londres, Verso, 1996, pp. 78-97.

6. I. A. A. Thompson: «La Monarquía de España: la invención de un concepto», en F. J. Guillamón Alvárez, J. Muñoz Rodríguez y D. Centenero de Arce (eds): Entre Clío y Casandra. Poder y sociedad en la Monarquía Hispánica durante la Edad Moderna, Murcia, Universidad de Murcia, 2005, pp. 31-56 y 49.

7. Véase el estudio de O. W. Johnston: The Myth of a Nation. Literature and Politics in Prussia Under Napoleon, Columbia SC, Camden House, 1989.

8. No podemos sino estar de acuerdo con los diversos autores, P. Geary, entre ellos, que se han referido a la importancia que, precisamente por ser imaginadas, tienen las construcciones del nacionalismo o de cualquier otro sentido de pertenencia. A su vez, y sin que esté reñido con lo anterior, creo también acertadas las reflexiones de R. García Cárcel sobre la necesidad de superar la polarización entre «esencialismo» e «invención» a la hora de estudiar el surgimiento de estas corrientes; R. García Cárcel, La Herencia del pasado: las memorias históricas de España, Barcelona, Galaxia Gutenberg, 2011. Obviamente, el concepto de invención se retrotrae sobre todo a E. Hobsbawn y T. Ranger (ed.): The Invention of Tradition, Cambridge y Nueva York, Cambridge University Press, 1983.

9. A mi modo de ver, la gran contribución de R. García Cárcel ha sido precisamente hacer ver la coexistencia, a veces conflictiva, de diversas memorias históricas. Tomo así mismo la posición de Álvarez Junco y otros autores sobre la maleabilidad y uso que de estas ideas se hace en determinados periodos históricos por diversos agentes sociales. En realidad es ese uso el que las transforma y define. Véase J. Álvarez Junco: Dioses útiles, Madrid, Galaxia Gutemberg, 2016.

10. Nieto: «Conceptos de España en tiempos de los Reyes Católicos», Norva. Revista de Historia, 19, 2006, pp. 105-123. Véase asimismo, M. A. Ladero Quesada: Lecturas sobre la España histórica, Madrid, Real Academia, 1998.

11. Nieto: «Conceptos de España...». Del tema se ocupó hace tiempo H. Nader: The Mendoza Family in the Spanish Renaissance, 1350 to 1550, New Brunswick, NJ, Rutgers University Press, 1979 (hay traducción al castellano).

12. I. A. A. Thompson: «La Monarquía de España...».

13. La literatura sobre el tema es, lógicamente, inabarcable. Para la relación entre crisis e introspección colectiva, véase sobre todo J. H. Elliott: «Self-Perception and Decline in Early Seventeenth-Century Spain», Past & Present, 74, 1977, pp. 41-61. Hay traducción al castellano, «Introspección colectiva y decadencia de España a principios del siglo XVII», en J. H. Elliott (ed.): Poder y sociedad en la España de los Austrias, Barcelona, Crítica, 1982, pp. 189-223.

14. Véase Sancho de Moncada: Restauración política de España, Madrid, Instituto de Estudios Fiscales, 1974 [1619], ed. de J. Vilar; Jean Vilar, muy significativamente, encabeza las últimas páginas de su introducción al texto como «xenofobia» y «conciencia de español», ibíd., pp. 78-80. De forma más genérica, se puede ver lo que venimos diciendo en J. I. Gutiérrez Nieto: «El pensamiento económico, político y social de los arbitristas», en J. M. Jover Zamora (ed.): El siglo del Quijote (1580-1680), vol. 26 de la Historia de España de Menéndez Pidal, Madrid, Espasa Calpe, 1986, pp. 235-251.

15. García Cárcel, op. cit.

16. Véase, por ejemplo, el capítulo V. Juan de Mariana: Historia General de España, Toledo, 1601.

17. P. Fernández Albaladejo: La crisis de la Monarquía, vol. 4 de la Historia de España, Barcelona, Crítica/Marcial Pons, 2009, pp. 34-36

18. Nieto: «Conceptos de España...».

19. L. Salazar y Castro: Historia genealógica de la Casa de Lara, Madrid, Mateo de Llanos y Guzmán, 1696.

20. G. Gudiel: Libro de los Girones. Compendio de algunas historias de España, donde se tratan muchas antigüedades dignas de memoria: y especialmente se da noticia de la antigua familia de los Girones, y de otros muchos linajes, dirigido al excellentísimo señor don Pedro Girón quarto deste nombre, Duque primero de Ossuna y quinto Conde de Urueña, Alcalá, Casa de Juan Iñiguez de Lequería, 1577.

21. Sobre la naturaleza del linaje como comunidad transtemporal es interesante recordar la definición que del término hacía Covarrubias: «la decendencia de las casas y familias. Dixose à línea: porque va decendiendo de padres, hijos, nietos, etc. como por línea recta». Tesoro de la lengua castellana o española, Madrid, Luis Sánchez, 1611, p. 525 v.

22. Sobre alguno de esos conflictos, véase A. Terrasa: Patrimonios nobiliarios y fronteras jurídicopolíticas en la Monarquía Católica: los pleitos de la Casa de Pastrana en el siglo XVII (tesis doctoral defendida en el IUE de Florencia, Florencia, febrero de 2009, dirigida por B. Yun Casalilla). Existe una publicación a partir de ese texto con algunos cambios. Por razones de comodidad, citaré en adelante por el texto original de la tesis.

23. F. del Pulgar: Claros varones de Castilla, Madrid, Gerónimo Ortega e Hijos de Ibarra, 1789 (edición original c. 1485) y F. Pérez de Guzmán: Generaciones y Semblanzas, Madrid, Cátedra, 1998 (ed. de J. A. Barrio Sánchez).

24. Gudiel: Libro de los Girones... A título meramente ilustrativo, se pueden ver en p. 4r, del prólogo y ff 1.

25. Ibíd.

26. F. 1 v. Al margen: «Dos avisos para saber la antigua nobleza de España» y se refiere a que hay que usar las «crónicas de los Reyes de toda España» y que hay que rastrear las «historias y previlegios de España» (ibíd.).

27. Ibíd., 8r. Sobre la polémica coetánea, o un poco anterior, sobre el uso o no de este término –no adecuado desde luego, al rigor de las estructuras políticas–, véase Nieto Soria: «Conceptos de España».

28. Ibíd., f. 111 r.

29. B. Moreno de Vargas: Discursos de la nobleza de España, Madrid, Antonio Espinosa, 1795 [edición original de 1636].

30. Gudiel: Libro de los Girones, ff. 115 y ss.

31. Ibíd., ff. 108r y ss.

32. Véase G. Argote de Molina: Nobleza de Andalucía, Sevilla, Fernando Díaz, 1588.

33. El entrecomillado pertenece a Vilar (ed.): «Introducción», en Montaca: Restauración..., p. 15.

34. Vilar: «Introducción...», p. 17.

35. Gudiel: Libro de los Girones..., pp. 115 r, 118r, 119 v.

36. Ibíd., p. 123 y passim.

37. I. Atienza: Aristocracia, poder y riqueza en la España Moderna. La Casa de Osuna, siglos XVXIX, Madrid, Siglo XXI, 1987.

38. Ello hasta el punto de dedicar parte de la obra a las glorias de algunos de ellos. Gudiel: Libro de los Girones...

39. Gudiel: Libro de los Girones..., p. 4 v.

40. Uso la versión original: Francisci Taraphae Barcinonen: De origine, ac rebus gestis Regnum Hispaniae liber, multarum rerum cognitione refertus, Amberes, Ioannis Steelsij, 1553, que está disponible en línea: <https://archive.org/stream/bub_gb_M7CwqHvLWMkC#page/n0/mode/2up> (última consulta: mayo de 2014).

41. Para un estudio que demuestra la versatilidad y el cambio en estos conceptos durante este periodo, véase F. X. Gil Pujol: «Un rey, una fe, muchas naciones. Patria y nación en la España de los siglos XVI y XVII», en B. J. García García y A. Álvarez-Ossorio Alvariño (coords.): La monarquía de las naciones: patria, nación y naturaleza en la monarquía de España, Madrid, Fundación Carlos de Amberes, 2004, pp. 39-76.

42. Sobre la importancia del tema, que va ligado a las posibilidades del rey de estructurar el escalafón aristocrático y que fue introducida en la Monarquía por Carlos V, puede verse A. Jouanna: «Des “gros et gras” aux “gens d’honneur”», en G. Chaussinand-Nogaret, J.-M. Constant, C. Duradin y A. Jouanna (dirs.): Histoire des élites en France du XVIe aux XXe siècle, París, Pluriel, 1991, pp. 40-48; P. Janssens: L’Evolution de la noblesse belge depuis la fin du Moyen Âge, Bruselas, Crédit Communal, 1998, p. 129.

43. Sobre la relación entre virtú, fortuna y stato (que está ligado a statu) y otros conceptos, muy explícita en pensadores como Maquiavelo y subyacente a toda la tratadística de la época, se puede ver la excelente charla de Q. Skinner «How Machiavellian was Machiavelli?» disponible en línea: <https://www.youtube.com/watch?v=gH-NxQmf87k> (última consulta: mayo de 2014). Sobre la virtú y la nobleza española de esta época, Gudiel: Libro de los Girones..., prólogo sin paginar. Véanse, por ejemplo, las páginas que dedica a esto una de las obras sobre la nobleza más importantes de la época: P. Henrique Pastor: Nobleza virtuosa, Zaragoza, Juan de Lanaja y Quartanett, 1637; y, del mismo autor, Noble perfecto y segunda parte de la Nobleza virtuosa, Zaragoza, Juan de Lanaja y Quartanett, 1639, ambas dedicadas a la casa de Osuna. Véanse las reflexiones siguiendo a Bartolo de Sasoferrato de Moreno de Vargas: Discursos de la nobleza de España...

44. F. Mendoza y Bovadilla: El tizón de la nobleza de España, México, Frente de Afirmación Hispanista, 1999 (ed. Facsímil. Original, Barcelona, 1560). Se consideraba que los Girón «tienen por dos partes, Pachecos y descendientes de Ruy Capón», p. 116.

45. Gudiel: Libro de los Girones..., prólogo sin paginar.

46. Sobre el uso de las pruebas de sangre como forma de ascender socialmente en la nobleza, se puede ver el caso de la oligarquía cordobesa en E. Soria Mesa: El cambio inmóvil: transformaciones y permanencias en una élite de poder (Córdoba, siglos XVI-XIX), Córdoba, Ediciones La Posada, 2000.

47. Moreno de Vargas: Discursos de la nobleza de España..., pp. 45 y ss.

48. Ibíd., pp. 140-176.

49. Véase esto último en B. Yun Casalilla y A. Redondo Álamo: «“Bem visto tinha…”. Entre Lisboa y Capodimonte. La aristocracia castellana en perspectiva “trans-nacional”», en B. Yun Casalilla (dir.): Las redes del imperio. Élites sociales en la articulación de la Monarquía Hispánica, 1492-1714, Madrid, Marcial Pons, 2009, pp. 39-63.

50. B. Yun Casalilla y A. Redondo: «Aristocracias, identidades y espacios políticos en la monarquía compuesta de los Austrias. La Casa de Borja (ss. XVI y XVII)», en J. L. Castellano y M. L. López Guadalupe Muoz (coords.): Homenaje a Don Antonio Domínguez Ortíz, Granada, Universidad de Granada, 2008, pp. 759-771.

51. Argote de Molina: Nobleza de Andalucía…

52. Dewal: The European Nobility…

53. Yo mismo he intentado rebatir muchos de estos mitos en «Crisis del Antiguo Régimen y crisis de la aristocracia», Ayer. Las élites agrarias en la Península Ibérica, 48, 2002, pp. 41-57. Pero para una visión general que plantea, muy correctamente a mi entender, el equilibrio entre cambio y pervivencias, véase E. Soria Mesa: La nobleza en la España moderna. Cambio y continuidad, Madrid, Marcial Pons, 2007.

54. Véase J. Gállego: «Los retratos de Goya», en Goya en las colecciones madrileñas, Madrid, Amigos del Museo del Prado, 1989, pp. 49-72 (véase p. 62).

55. Agradezco a Lilianne Dalhman las noticas a este respecto y la lectura de un trabajo inédito que espero pueda ver la luz cuanto antes. Merece la pena comentar que el duque había de tener buen cuidado en pedir un permiso especial de la Inquisición para leer libros prohibidos –cosa nada rara entre estos grandes personajes desde el siglo XVI– y en mantener dos espacios de tertulia y biblioteca separados según se hablara o se leyera sobre temas prohibidos o no.

56. Véase, por ejemplo, no solo ese dato, sino la descripción de estas actividades que hace M. Bolufer: La vida y escritura en el siglo XVIII: Inés Joyes: Apología de las mujeres, Valencia, PUV, 2008. En otro lugar me he referido a cómo los matrimonios transfronterizos eran, en buena medida, una de las razones más importantes de la transnacionalidad de la cultura aristocrática y, sobre todo, del papel desempeñado en la difusión cultural por las mujeres. Véase «Princesses Across Borders. Cultural Transfers and Something More. Why Should We Care?», en J. L. Palos y M. S. Sánchez (eds.): Dynastic Marriages and Cultural Transfers in Early Modern Europe, Londres, Ashgate, 2016, pp. 237-257.

57. P. Fernández Albaladejo: «Dinastía y comunidad política: el momento de la patria», en P. Fernández Albaladejo (ed.): Los Borbones. Dinastía y memoria de nación en la España del siglo XVIII, Madrid, Marcial Pons, 2001, pp. 485-532.

58. Se percibe en todos estos cuadros, sin duda, la impronta de la fortísima personalidad de Goya (de hecho este es un tema que da más de sí y en el que no querría entrar aquí). Pero es también evidente que existía una negociación entre autor y retratado, previo incluso a la elección del artista, y que tiene su base en una comunidad de intereses entre los personajes y un pintor de fuertes influencias foráneas, empezando por Gainsborough, muy presente en el retrato de la familia de Osuna y, desde luego, fuertemente identificado con las Luces. No es de extrañar que las dos casas de las que más cerca estuvo el pintor aragonés fueran la de Alba y la de Osuna, ambas de notorias tendencias cosmopolitas.

59. C. Martín Gaite: Los usos amorosos del dieciocho en España, Barcelona, Anagrama, 1991 (cuarta edición), pp. 106-107.

60. Respecto de algunos de esos miembros, se pueden citar los casos del duque de Medina Sidonia o el duque de Alba, el conde de Peñaflorida, el conde de Camponames, el marqués de Villena y otros, en el caso de la Matritense. De entre ellos, el menos conocido, el conde de Peñaflorida, es una muestra de lo mucho que nos queda por andar. Original de Azcoitia, sus estudios están ligados a los jesuitas, viaja a Francia y vuelve, dedicado a las letras y a las artes para insertarse en la vida intelectual de España entre Guipúzcoa y Madrid. AA. VV.: Peñaflorida y la Ilustración, San Sebastián, Universidad de Deusto, 1986. Véanse las referencias dadas por R. Herr: España y la revolución del siglo XVIII, Madrid, Aguilar, 1973 (segunda reimpresión), pp. 62, 129, 136 y 189.

61. C. Windler: Elites locales, señores, reformistas: redes clientelares y monarquía hacia finales del Antiguo Régimen, Córdoba y Sevilla, Universidad de Córdoba y Universidad de Sevilla, 1997.

62. La lista es la siguiente, según la página web de la propia academia: Juan Manuel Fernández Pacheco Marcilla (Navarra), 1650-Madrid, 1725, marqués de Villena; Mercurio Antonio López Pacheco Escalona (Toledo), 1679-Madrid, 1738, marqués de Villena; Andrés Fernández Pacheco, Madrid, 1710-1746, marqués de Villena; Juan López Pacheco Madrid, 1716-1751, de la misma casa y duque de Escalona; José de Carvajal y Lancáster Cáceres, 1698-Madrid, 1754 (Toisón); Fernando de Silva Álvarez de Toledo, Viena, 1714-Madrid, 1776, duque de Alba; José Bazán de Silva y Sarmiento, Madrid, 1734-1802, marqués de Santa Cruz; Pedro de Silva y Sarmiento de Alagón, Madrid, 1742-Aranjuez, 1808, hermano del anterior. Disponible en línea: <http://www.rae.es/la-institucion/los-academicos/directores> (consulta: mayo de 2014).

63. Entre ellos, el conde de Torrepalma, el de Campomanes, que fue reelegido ininterrumpidamente entre 1764 y 1791, el duque de Almodóvar o el duque de la Roca, algunos de ellos en varias ocasiones. Información de la propia página web de la RAH. Disponible en línea: <http://www.rah.es/laAcademia/organizacion/director1.htm>.

64. Martín Gaite: Los usos amorosos...

65. Martín Gaite: Los usos amorosos…, pp. 259-262.

66. Sempere y Guarinos: Historia del luxo y de las leyes suntuarias en España, Madrid y Valencia, Institució Alfons El Magnànim, 2000 (edición original de 1788).

67. Sobre este asunto, del que se ocupó hace tiempo Martín Gaite, se puede ver: M. Pérez-García: Vicarious Consumers. Trans-national Meetings between the West and East in the Mediterranean World (1730-1808), Londres, Ashgate, 2014, pp. 63-74. Tomo las referencias de los textos que cita en pp. 64 y 67.

68. Se ha hablado de cambios en las formas de enterramiento que denotan transformaciones importantes en este sentido. Y así como podemos tomar por frivolidad el casticismo de la duquesa de Alba (que, en cualquier caso, suponía un lenguaje simbólico que no podemos despreciar porque no era la única), este otro aspecto no parece que se preste a tales interpretaciones. Véase Bolufer: La vida y escritura…

69. Véase Fernández Albaladejo: «Dinastía...», pp. 502-532.

70. G. Anes: La Ley Agraria, Madrid, Alianza, 1995, p. 158.

71. Citado por J. Sarrailh: L’Espagne éclairée de la secone moitié du XVIIIe siècle, París, Imprimerie Nationale, 1954, p. 245, n. 2.

72. Véase, aunque las muestras son aún reducidas, Yun Casalilla y Redondo Álamo: «Bem visto»…; y de los mismos autores, «Aristocracias»...

73. El hecho ha sido magníficamente estudiado en el caso de la aristocracia austriaca en sus relaciones con la española en B. Lindorfer: Cosmopolitan Aristocracy and the Diffusion of Baroque Culture: Cultural Transfer from Spain to Austria, tesis doctoral defendida en el IUE de Florencia, 2009.

74. Elaboro los datos que yo mismo presenté en «Aristocratic Women». La tabla estaba construida con una muestra de los matrimonios de los caballeros del Toisón de Oro, sin duda la aristocracia más internacional de Europa. Las cifras que me resultan de ese análisis son las de un 80 % en el caso de España, seguida por Italia, con un 76 %; Gran Bretaña, con un 75 %; Francia con un 60 %; Alemania, con un 31 %; Austria, con un 31 %; Bélgica, con un 27 %; Portugal, con un 20 %, y Holanda, con un 20 %. Los cálculos plantean algunos problemas y demandan un estudio cronológico más detallado, pero creo que son ya muy significativos de lo que digo.

75. Sobre esa relación puede verse M. Soares da Cunha: «Títulos portugueses y matrimonios mixtos en la Monarquía Católica», en Yun Casalilla (dir.): Las redes del imperio…, pp. 205-231.

76. Sobre esas dificultades, Terrasa: Patrimonios nobiliarios…

77. Me baso para estas conclusiones en el pormenorizado estudio de M. Felices de la Fuente: La nueva nobleza titulada de España y América en el siglo XVIII (1701-1746). Entre el mérito y la venalidad, Almería, Universidad de Almería, 2012. Si bien no cubre todo el periodo al que me refiero, me parece que, a falta de los estudios que se irán realizando, muy posiblemente marca una tendencia más general que debió de empezar desde mediados del XVII.

78. Concretamente, y para el periodo indicado, sería de un total de 207: 73 madrileños, 68 andaluces y 37 de la Corona de Aragón (con una fuerte presencia de catalanes: 17). Ibíd., p. 164.

79. Ibíd., 165.

80. Se pueden ver algunos casos de estudio interesantes en algunos de los trabajos de R. Maruri Villanueva: Repintar los blasones. El I Marqués de Casa Torre, un riojano en Indias (1682-1732), Logroño, Instituto de Estudios Riojanos, 2007.

81. Obviamente, el proceso fue largo y complejo y la literatura amplísima. Dos de las obras que de forma más clara han captado el hecho quizá sean las de P. Vilar: «El tiempo del Quijote», en P. Vilar. Crecimiento y desarrollo, Barcelona, Ariel, 1964, pp. 332-346; J. M. Jover Zamora: 1635: historia de una polé-mica y semblanza de una generación, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas y Fundación Española de Historia Moderna, 2003.

82. S. Stratton: «La Inmaculada concepción en el arte español», Revista Virtual de la Fundación Universitaria Española. Cuadernos de Arte e Iconografía, 1, 1988, passim.

83. Es muy probable que dos de las mejores síntesis a este respecto sigan siendo las de J. M. Jover Zamora y M. V. López Cordón: «La imagen de Europa y el pensamiento político internacional», y J. Cepeda Adán: «La historiografía», ambas en Historia de España Ramón Menéndez Pidal, vol. XXVI, El siglo del Quijote (1580-1680). Religión, filosofía, ciencia, Madrid, Espasa Calpe, 1986, pp. 355-524 y 525-646, respectivamente. Algunos de los elementos de esa evolución y de su contenido los ha descrito con precisión P. Fernández Albaladejo: «Dinastía...».

84. Como han mostrado los estudios de F. Andújar (véase El sonido del dinero, monarquía, ejército y venalidad en la España del siglo XVIII, Madrid, Marcial Pons, 2004), la actividad militar –y a menudo la venalidad a ella asociada– no dejaría de ser una de las bases de la nobleza y de la ascensión hasta el grupo de los titulados. Pero es interesante constatar también el creciente aprecio que en el imaginario colectivo del grupo tuvo desde el siglo XVII el estudio y la educación. Véanse al respecto algunas de las obras de doña María de Padilla, condesa de Aranda, como Idea de nobles y sus desempeños, en aforismos: parte quarta de nobleza virtuosa compuesto por la excelentissima señora condesa de Aranda, doña Luisa Maria de Padilla Manrique y Acuña, Zaragoza, Hospital Real y General de Nuestra Señora de Gracia, 1644.

85. Sobre la obra de Francisco Gutiérrez de los Ríos, se puede ver la introducción de J. Pérez Magallón y R. P. Sebold a F. Gutiérrez de los Ríos y Góngora: Hombre práctico, discursos varios sobre su conocimiento y enseñanzas, Córdoba, Cajasur, 2000, pp. 9-109. Su persona y su actividad como embajador están muy bien estudiadas en C. Blutrach: El III Conde de Fernán Núñez (1644-1721): corte, parentesco y memoria familiar, tesis doctoral defendida en el IUE, Florencia, 2009. Pocos autores se remontan, sin embargo, al origen de la familia, dando por buena la alta alcurnia de esta ya desde que un miembro de la familia fuera mayordomo mayor de Alfonso VII. Las vicisitudes de las familias Guiérrez de los Ríos y Córdoba se pueden seguir sin embargo con más precisión en Soria Mesa: El cambio…, passim y especialmente p. 153, donde se relata, entre otras cosas, la habilidad de un predecesor en el linaje de los Ríos de escribir genealogías según los dictados de los regidores.

86. Gutiérrez de los Ríos: Hombre práctico…, pp. 185-186.

87. Sobre el evitar el ocio, como mero antídoto a la decadencia moral, véase por ejemplo Doña María de Padilla: Idea de nobles.... Fernán Núñez estaba en realidad en una corriente visible en los arbitristas (véase R. Mackay: «Lazy, Improvident People»: Myth and Reality in the Writing of Spanish History, Cornell University Press, Ithaca, 2006) que analizó magistralmente G. M. Cavaillac: Pícaros y mercaderes en el Guzmán de Alfarache, Granada, Universidad de Granada, 1994, y que claramente estaba muy presente entre muchas capas de la sociedad andaluza del siglo XVII. B. Yun Casalilla: «Imagen e ideología social en la Europa del siglo XVII: Trabajo y familia en Murillo y Martínez de Mata», en J. L. Palos y D. Carrió-Invernizzi (dirs.): Historias imaginadas. Construcción visual del pasado y usos políticos de las imágenes en la Europa Moderna, Barcelona, Centro de Estudios Europa Hispánica, 2007.

88. Gutiérrez de los Ríos: Hombre práctico…, p. 186.

89. A este respecto fue revolucionaria en su día la obra de H.-G. Gadamer: Verdad y método (Salamanca, Sígueme, 1977).

90. Gutiérrez de los Ríos: Hombre práctico…, p. 264. Más adelante habla de que cabe al varón sabio «el servicio del príncipe y república en que nace» (p. 264).

91. Gutiérrez de los Ríos: Hombre práctico…, p. 264.

92. Introducción de J. Pérez Magallón y R. P. Sebold a F. Gutiérrez de los Ríos y Góndora: Hombre práctico…

93. Véase la reconstrucción que en el caso de la casa de Medinaceli ha hecho V. Gómez Benito: El ocaso de los dominios valencianos de los Medinaceli. El tránsito del antiguo régimen al liberalismo en los estados señoriales de Segorbe, Dénia y Aitona, Valencia, PUV, 2017.

94. T. Egido: Opinión pública y oposición al poder en la España del siglo XVIII: (1713-1759), Valladolid, Universidad de Valladolid, 2002.

95. Véase la excelente tesis doctoral de I. Sosa Mayor: El noble atribulado. Nobleza y teología moral en la Castilla moderna (c. 1550 - c. 1650), tesis doctoral defendida en el IUE de Florencia, 2011.

LA CREACIÓN DE UN ARCHIVO CENTRAL BAJO JOSÉ I

SU OPOSICIÓN CON EL PROYECTO NAPOLEÓNICO

José Luis Rodríguez de Diego Archivo General de Simancas

INTRODUCCIÓN

Hasta hace unos años los archivos no se habían desprendido de su condición de lacayos de la historia. La archivística, al igual que otras disciplinas afines (biblioteconomía, paleografía, numismática…), se han considerado «ancillae historiae»,1 meros instrumentos al servicio de una ciencia de rango superior. Los estudios, enmarcados en la corriente historiográfica de la cultura escrita, han modificado ese enfoque acólito con el que se han estudiado dichas disciplinas. Han pasado de ser servidoras a constituirse en objetos de la propia historia, agentes y productos de esta. Desde esta nueva perspectiva los archivos no son meros guardianes de documentos, ajenos a la temporalidad en que fueron creados, insensibles a los vaivenes y condicionamientos históricos en que surgieron. «Los archivos, como la memoria, nunca han sido ni serán inocentes».2 En esta novedosa óptica, abierta por la cultura de lo escrito, manuscrito o impreso, los archivos pueden y deben ser considerados como un elemento más del que el poder se apropia y aprovecha, «un mecanismo de condicionamiento suave», en frase certera de A. M. Hespanha.3

Son muy parcas, por no decir nulas, las referencias a los archivos en las obras sobre José I, ya de por sí escasas. Uno de los que más han estudiado su reinado, Juan Mercader Riva, dedica solamente unas líneas a este tema restringiendo los intentos archivísticos del rey bonapartista a los cuidados que el intendente de Burgos tenía sobre los libros de algunos conventos suprimidos burgaleses, y al proyecto de un gran archivo y museo militar a instalar en Madrid.4 Un fondo simanquino, precisamente denominado «Gobierno intruso»,5 nos ha ofrecido la oportunidad de conocer una documentación de interés para valorar de forma más adecuada la política josefina en un campo tan importante para el estudio de la construcción de una historia nacional, que había comenzado a fraguarse en el último tercio del siglo XVIII, y para la propia gobernabilidad del país, para la que el control documental pasado y presente resultaba imprescindible. Por otra parte, lo que añade un elemento de interés mayor a este proyecto de José I, su contemporaneidad con el plan archivístico napoleónico de construir en París el archivo del imperio, proporciona materiales de comparación entre ambos que transcienden el marco de simples reformas administrativas para convertirse en una manifestación de la contraposición de dos visiones o posturas diversas: el proyecto napoleónico, imperial y militar, y el proyecto josefino, nacional e institucional.

En el desarrollo de este trabajo, antes de analizar el contenido y alcance del proyecto de un archivo central por José I, expondremos brevemente la configuración archivística tanto de España como de Francia para valorar convenientemente la novedad y precedentes del plan documental josefino. Señalando a continuación las notas más distintivas del intento por parte de Napoleón de erigir un archivo en el que se recogiesen los fondos documentales más sobresalientes de los reinos de su órbita imperial, destacaremos las diferencias entre ambos, que en el fondo traducen la oposición entre los objetivos políticos del emperador y de su hermano.

Se me permitirán, con la benevolencia de los directores de este volumen dedicado al profesor Carasa Soto, unas consideraciones que corroboran la justificación de la presencia de un archivero en dicho homenaje. Desde sus primeros trabajos de investigación, la obra del profesor Carasa Soto se ha fundamentado en un impresionante acopio documental, cuyo rastreo en muchas ocasiones no ha estado exento de dificultades. Un trabajo que tuviera como núcleo central el análisis de un archivo constituye un humilde reconocimiento a esa laboriosa pero imprescindible tarea de todo investigador serio y riguroso. Que este pequeño estudio sobre un archivo se apoye en documentación simanquina rinde igualmente tributo a una de las últimas y más novedosas líneas de investigación abiertas por el profesor Carasa Soto: la exploración de las corrientes historiográficas y de los usos de la historia a través de los millares de expedientes de investigadores conservados en nuestros archivos de carácter nacional, en especial Simancas, desde su apertura a la investigación en 1844.6

CONFIGURACIÓN ARCHIVÍSTICA ESPAÑOLA EN TIEMPOS DE JOSÉ I

En los inicios del siglo XIX España aún conservaba muchos elementos de la sociedad propia del Antiguo Régimen. Si en los aspectos económicos, sociales y políticos mantenía una estructura que apenas había modificado la consolidada por los Reyes Católicos, con la única innovación de pérdida de territorios y uniformidad legislativa impuesta tras la Guerra de Sucesión y el advenimiento de los Borbones, otro tanto cabría decir de su estructura archivística. Profundamente modelado por la historia, el armazón archivístico estaba constituido por tantos depósitos cuantos reinos habían existido en la Península Ibérica. Dejando aparte el caso de Portugal, los grandes receptáculos documentales españoles obedecían a los momentos históricos por los que había atravesado el devenir de España. Cada reino peninsular medieval creó, desarrolló y conservó su propio archivo (Navarra, Aragón y Castilla),7 este último con características muy singulares que motivaron su casi desaparición. La entrada de la dinastía habsbúrgica a principios del siglo XVI, con su dimensión imperial y con su política de mantenimiento de los fueros y privilegios de los territorios que la conformaban, tuvo dos efectos en el ámbito documental: la creación de un gran depósito donde reunir la ingente documentación producida por sus órganos centrales en Simancas y la permanencia de los restantes depósitos en sus respectivos reinos. Simancas fue recibiendo en remesas, desgraciadamente no periódicas,8 la documentación generada por los doce consejos (el Consejo de las Órdenes remitió siempre sus documentos a su Convento de Uclés) que dirigieron la política imperial. Los restantes archivos, ubicados por regla general en la capital de sus respectivos reinos (Pamplona, Barcelona, Zaragoza, Valencia, Palma de Mallorca), fueron recibiendo la documentación producida por sus respectivas instituciones, principalmente el Virreinato, las Cortes, la Audiencia y los órganos de la Hacienda.

El advenimiento de los Borbones no modificó la estructura archivística heredada de los Austrias con la única salvedad de que Simancas recogió, a partir de la unificación legislativa de los Decretos de Nueva Planta, la documentación procedente de la Corona de Aragón. La nueva estructura administrativa borbónica solo afectó nominalmente al armazón archivístico: Simancas no acogería la documentación de los antiguos consejos sino la de las nuevas secretarías de Despacho.9 Lo que sí introdujeron los Borbones fue la «oficialización» del cargo de archivero, aunque la iniciativa correspondió a Carlos II. Hasta finales del siglo XVII la tarea de organización y conservación de los papeles en los organismos administrativos estuvo confiada a oficiales de estos. En 1691, no por exigencias administrativas, archivísticas o históricas sino económicas, se «criaron» oficios de archiveros en cada uno de los consejos para su posterior venta y obtención de dineros adicionales.10 Aunque tal disposición, repetida en 1696, parece que no llegó a concretarse,11 los nuevos organismos borbónicos contaron ya con personas adscritas a su plantilla, encargadas expresamente de la ordenación y conservación de los papeles.12

Tampoco la creación de un nuevo archivo a finales del siglo XVIII, el Archivo de Indias en Sevilla,13 afectó a la configuración archivística, ya que fue el resultado de la concentración, muy en la línea o acorde con las características del Siglo de la Ilustración, de tres grandes bloques documentales ya existentes: el Consejo de Indias, la Casa de Contratación y los Consulados de Sevilla y Cádiz. Su única novedad residiría en que ingresaría, a partir de entonces, la documentación de la Secretaría de Indias en lugar de hacerlo en Simancas.

En el plano judicial también el mismo desarrollo histórico condicionó la existencia de los depósitos en los que se conservarían los procesos y pleitos. Los máximos tribunales de justicia, las audiencias o chancillerías, ubicadas desde la época de los Reyes Católicos en Valladolid, para la resolución de los pleitos de la parte norte peninsular, y en Granada, para los de la parte meridional, se mantuvieron durante el Antiguo Régimen, ayudadas por las sucesivas audiencias que fueron apareciendo a lo largo de la Época Moderna.

La organización archivística española, pues, a la llegada de José I ofrecía una estructura firmemente asentada en el devenir histórico e institucional del país, que a su vez no era sino un trasunto de las transformaciones económicas, sociales y políticas de mayor transcendencia. Dicha estructura, eminentemente archivística, pues no debía su existencia ni su configuración a un capricho subjetivo sino al lógico y natural desarrollo de los acontecimientos históricos (no es otro el sentido del principio de oro de la archivística, el de procedencia), ofrecía dos inconvenientes. Era el primero su fisonomía claramente descentralizada, disgregadora, heredada de las épocas medieval y moderna. Los grandes depósitos documentales se hallaban repartidos en las ciudades capitales de los distintos reinos, aunque Simancas, por las circunstancias especiales de su creación, ejerciera durante toda la Edad Moderna la función de archivo central. El segundo inconveniente era su profundo carácter administrativo.14 El archivo se consideraba patrimonio del rey, virrey o gobernador; «archivio segreto» lo denomina atinadamente Elio Lodolini.15 A ellos debían asistir, de su voluntad dependía el acceso y a ellos se dedicaba principalmente el trabajo interno, el servicio de la Administración. Este concepto eminentemente patrimonial y administrativo evitó la nefasta organización archivística por materias, muy del gusto de principios científicos ilustrados, pero condujo a una exigua y limitada descripción documental. La función interna de los archiveros y oficiales se reducía primordialmente a satisfacer las peticiones de documentos solicitados por la administración.

CONFIGURACIÓN ARCHIVÍSTICA FRANCESA A COMIENZOS DEL SIGLO XIX

Muy diferente era la organización archivística francesa, de la que sin duda José I y su círculo de afrancesados tenían perfecto conocimiento. En la primera década del siglo XIX, cuando José I es nombrado por su hermano rey de España, Francia contaba con una estructura archivística novedosa y moderna (la famosa ley de messidor del año II fue derogada en 1979, doscientos años después), deudora de los principios y actuaciones dimanantes de la Revolución de 1789. En vísperas de la revolución no existía en Francia un único depósito central de archivos. Un recuento de 1770 había fijado alrededor de 5.700 depósitos documentales, públicos y privados, de los que más de 400 se ubicaban solo en París.16 Ya en los inicios de la revolución, el 29 de julio de 1789, la Asamblea Nacional se dotó de un servicio de archivos, confiado a Arnold Gaston Camus. Desde su nombramiento se aprestó a reagrupar en un gran depósito archivos del Antiguo Régimen y de la antigua monarquía. Por su iniciativa el 29 de julio de 1789 se decretó que pertenecían a la nación diversos depósitos (archivos señoriales, títulos de bienes eclesiásticos, cuerpos judiciales…). Un año más tarde, por decreto de 7 de agosto de 1790, se unifican los depósitos parisinos y los archivos de la Asamblea Nacional (las actas, las leyes…) reciben el nombre de «Archivos Nacionales».

Estos pasos y primeros intentos de reagrupación archivística culminaron en la ley 7 messidor, año II (25 de junio de 1794), dos de cuyos artículos principalmente han sido considerados como el nacimiento de la primera organización archivística moderna.17 Distinguiendo entre archivos antiguos y nuevos, se establece que, en cuanto a los primeros, se conservarían los títulos de propiedad y los documentos judiciales anteriores a la revolución; los documentos pertenecientes a la historia, las ciencias y las artes se depositarían en París, en la Biblioteca Nacional.18 En los Archivos Nacionales se depositarían la documentación de la Asamblea Nacional y de sus comités, los sellos de la República, los tipos de monedas y los modelos de pesas y medidas. De igual modo ingresarían en ellos los tratados con otras naciones, los títulos nacionales de propiedad, los títulos de deuda pública y el registro de nacimientos y defunciones. El artículo 37 se refería a la accesibilidad de los archivos, abiertos a partir de ahora a cualquier ciudadano. Se acababa así con la restricción a los fondos documentales que había imperado hasta entonces en todos los archivos europeos.

La ley de 5 brumario, año V (26 de octubre de 1796), completó y perfeccionó, en cuanto a la centralización archivística, la anterior de 1794, estableciendo la agrupación de archivos en las capitales de los departamentos, los archivos departamentales, consecuentes con la división administrativa introducida en 1789, que debían estar siempre subordinados a la dirección de los Archivos Nacionales.

Tras la muerte de Camus en 1804, Napoleón nombró a Daunou director de los Archivos Nacionales. Vivamente apoyado por el emperador, además de participar muy activamente en el deseo de Napoleón de agrupar en París los archivos del imperio, que luego veremos, desarrolló una impresionante labor de reorganización de la ingente masa documental dotándola de un cuadro de clasificación sistemática, inspirada en su profesión bibliotecaria, que ha perdurado hasta la actualidad. Toda la documentación quedaba encuadrada en seis secciones (legislativa, administrativa, histórica, topográfica, patrimonial y judicial), divididas en series y simbolizadas por las letras del alfabeto.

Aunque no hay que exagerar la transcendencia de la ley de 1794,19 anuncia principios novedosos y perdurables. La centralización o reagrupación de archivos es uno de ellos. No lo es menos, con todos los reparos que se quiera, la accesibilidad de los archivos. Frente a la patrimonialidad de la etapa anterior, que consideraba los documentos propiedad exclusiva del rey o del noble, se establece ahora la apertura de los archivos a todos los ciudadanos. Otro elemento novedoso es el carácter cultural de los documentos. No es que este no haya existido en etapas anteriores, pero estaba clara-mente oscurecido por su fuerte impronta administrativa. De ahí la necesidad de clasificación y ordenación, aunque esta se realizase por materias, de los archivos. A partir de ahora comenzará a primar la concepción de archivo como fuente histórica frente a la patrimonial-administrativa.20 En el fondo de tales principios laten realidades de una nueva época cuya expresión y corolario son los cambios archivísticos. La destrucción de la sociedad estamental, basada en el privilegio, iguala a todos los ciudadanos, convertidos en sujetos de derechos. Los archivos ya no serán patrimonio de unos pocos. El paso al concepto de nación como conjunto de todos los ciudadanos contemplará los archivos no como depósitos administrativos, sino como receptáculos de documentos en que buscar las raíces históricas nacionales, para lo que será imprescindible su previa organización y descripción.

PROYECTO DE CREACIÓN DE UN ARCHIVO CENTRAL

El día 5 de junio de 1810 el ministro del interior, marqués de Almenara, firmaba un informe dirigido a José I exponiendo el «establecimiento de un Archivo general que reunirá todos los de la capital y de las provincias».21 Un proyecto de tal naturaleza no podía ser el resultado de una improvisación o de una ocurrencia. No surge ex nihilo. En este como en otros muchos aspectos, el siglo XIX es deudor de las ideas y los pensadores del siglo XVIII.22 La España de las Luces no solo trasladó a sus sucesores la aspiración de reformar España mediante un modelo absolutista con capacidad de actuar con decisión y con moderación en el gobierno político, en la economía y en la sociedad, sino una aspiración nacionalista mediante una serie de producciones culturales (fundación de la Academia de la Historia, el Diccionario Histórico Crítico, el Diccionario Geográfico, los viajes histórico-arqueológicos, las Sociedades Patrióticas…) entre las que la Historia jugará un papel sobresaliente.23 Figuras como los hermanos Rodríguez Mohedano, Masdeu, Andrés y Morell, Hervás y Panduro, Capmany y Montpalau, Forner y otros24 abordaron trabajos históricos que manifiestan un anticipo de nación que proviene del Estado. En todos ellos, en mayor o menor medida, se aprecia la necesidad y urgencia por basar sus noticias en fuentes archivísticas contrastadas.

«Los afrancesados son los hijos espirituales de la Aufklärung», afirma Artola; con rara unanimidad, prosigue el mismo autor, los ilustrados de Carlos III se enrolaron bajo la bandera de José I, constituyendo el núcleo del partido que se llamaría afrancesado.25 Participaban, pues, de ese ideario ilustrado. Algunos de ellos, políticos de máximo relieve, poseyeron una clara vocación de historiadores. Cabarrús, en sus Cartas… escritas… al señor don Gaspar de Jovellanos, publicadas en 1808, expone su moderna concepción de la historia,26 y Juan Antonio Llorente, consejero de Estado, autor de Noticias históricas de las tres provincias vascongadas, fue nombrado por el Gobierno josefino colector general de archivos, bibliotecas, pinturas y bienes nacionales.27 En este contexto se explica el proyecto de un archivo general.

Evidentemente tampoco era esta la primera propuesta del Gobierno josefino relativa a los archivos. Tras la segunda entrada en Madrid de José Bonaparte (enero de 1809) el rey de inmediato se ocupa en la reforma de la administración central creando los nuevos ministerios previstos en la Constitución de Bayona. Entre sus competencias y entre las personas para ellas nombradas se halla un archivero, a veces figura de especial relieve, como son los casos de Jesús Sanz de Barutell y José Marchena, adscritos a los archivos de los ministerios de Marina e Interior respectivamente.28

No se dejó de lado la documentación de los antiguos consejos tras el decreto de supresión de 18 de agosto de 1809. Unos meses antes (6 de febrero) se habían creado las Juntas Contenciosas, encargadas de entender en los asuntos pendientes de resolución del también fenecido Consejo de Castilla.29 Por un informe de 31 de agosto de Gaspar de Lerín Bracamonte, decano de dichas juntas, en el que expresaba las distintas opiniones entre las Juntas y los secretarios de los consejos suprimidos, conocemos que se mandó «formar un inventario raciocinado de las materias y asuntos pendientes y mantener la documentación en sus respectivos emplazamientos».30 La misma preocupación se mostró en la recogida de los papeles de la Secretaría de la Presidencia del Consejo de Castilla a la muerte de su decano, Arias Mon, según decreto de 14 de febrero de 1809.31

Reproduciendo la clasificación elaborada por Daunou, director de los Archivos Nacionales, una de cuyas secciones se dedicaba a la topografía, el 30 de noviembre de 1809 José Bonaparte decretó el establecimiento «de un depósito general de cartas geográficas, nacionales y extranjeras, que también comprenderá los planos y diseños topográficos», remitidos por los ministros de sus correspondientes departamentos.32

No obstante este, en principio, lógico reagrupamiento de una clase de documentos choca con el artículo tercero del propio decreto, que dispone que «los planos, cartas, libros e instrumentos existentes en los actuales depósitos topográficos continuarán custodiados en los mismos parajes donde se hallan». ¿Se explicaría tan aparente disposición por la negativa de los mariscales franceses a entregar unos documentos de los que tanto dependían sus acciones militares? El artículo segundo, que ordena que los gastos de tal depósito se cargaran al presupuesto de la guerra, induce a pensar su dependencia de este ministerio. Sería una manifestación más de la doble composición y doble poder del Gobierno josefino: los afrancesados y los imperiales, apoyados por los mariscales.33

La iniciativa del proyecto parte de José Martínez de Hervás, marqués de Almenara, ministro de Interior,34 organismo que, entre sus múltiples competencias, derivadas del disuelto Consejo de Castilla, contaba con las relativas a los archivos.35 El informe de Almenara,36 una auténtica exposición de motivos, refleja palpablemente el espíritu ilustrado y la influencia francesa. Comienza afirmando el interés de los hombres por conservar su memoria y transmitirla a la posteridad. Almenara limita esta memoria a los asuntos generales: alianzas de unos pueblos contra otros, tratados de paz, convenciones y leyes de los estados, añadiendo «y todos los negocios de mayor importancia». En España, prosigue el informe, no se preservó adecuadamente esta memoria por tres causas: la diversidad de reinos, la multiplicidad de fueros y privilegios, y la ausencia de una corte fija. Sucinta pero certera explicación histórica. Influenciado sin duda por el informe de Riol,37 pone a la misma altura las concentraciones documentales en el castillo de la Mota y el alcázar de Segovia con los grandes depósitos de Simancas, Indias, Aragón y Navarra.

Presentada la motivación histórica de pérdida y dispersión de papeles y, por tanto, la necesidad de su cuidado y reagrupación, Almenara expone el fundamento político en una frase lapidaria: «Tiempo es ya de que todas las cosas del estado conspiren a la unidad y tengan la debida relación al centro del gobierno, para que de él reciban su movimiento y energía». Difícilmente se podrá expresar con mayor claridad y contundencia («tiempo es ya») uno de los principales objetivos y dificultades de los afrancesados: la independencia y unidad de acción del Gobierno josefino. Se intuyen aquí las circunstancias políticas por las que en las fechas del proyecto atravesaba la administración de José I. El decreto se inscribe en el periodo que Artola denomina «segundo reinado de José I»,38 que comienza en febrero de 1810, después de la conquista de Andalucía, en unos momentos teóricamente favorables a José Bonaparte, pero anulados por los decretos de Napoleón de anexión de las provincias de allende el Ebro. Se rompía la unidad territorial y se minaba la independencia del Gobierno josefino. «El contexto de 1810… no hacía más que exacerbar las contradicciones entre el proyecto josefino y el napoleónico».39 En la serie de decretos (división administrativa, reorganización departamental…) con los que el Gobierno bonapartista intentó contrarrestar la política disgregadora napoleónica encaja un proyecto de archivo con intención indudablemente nacional y unificadora.

Según señala Artola en una nota sobre las fuentes manuscritas de este periodo,40 una de las causas de la pérdida o ausencia de documentación se debió al gobierno de las prefecturas por los mariscales, que consideraron como propios los papeles de las circunscripciones por ellos regidas. La impronta marcadamente militar que el proyecto napoleónico imponía favorecía los abusos de poder por parte de los mariscales. En esta línea la creación de un archivo central, que ejerciera el control de toda la documentación generada por los órganos gubernativos, tanto centrales como prefecturales, constituía un intento más del Gobierno josefino por liberarse de la agobiante intromisión de los mariscales.

Expuestas las motivaciones de la necesidad de un archivo general, el tercer apartado del informe de Almenara (que comienza con las palabras cuasi sacras del ideario ilustrado: «La razón y la economía persuaden…») se refiere al contenido de dicho archivo. Después de proponer que se ubicará «en la capital, en lugar capaz y aislado, libre del riesgo de incendios», va señalando los diferentes depósitos que habrá de albergar. Se limita a los archivos de los organismos administrativos, tanto de la capital41 como de las prefecturas, estableciendo una perfecta jerarquización entre ambos: los provinciales se comportarán «como secciones o depósitos del Archivo general». De igual modo, siguiendo la tradicional organización archivística española, establece un auténtico sistema de control documental administrativo al señalar que «en los archivos de Ministerios y Tribunales quedarán sólo aquellos papeles necesarios para la expedición de los negocios». Se advierte también la herencia revolucionaria francesa de la ley de 1796 que subordinaba los archivos departamentales a los Archivos Nacionales.

Mucha mayor dependencia, pues la sigue al pie de la letra, se aprecia en la determinación de las secciones del Archivo General (legislativa, propiedad, judicial y administrativa) y en la especificación de documentos y objetos que han de guardarse: la constitución de la Monarquía, las leyes y decretos del Estado, los sellos de la Corona, los tipos de moneda, los padrones de pesas y medidas, el estado de la deuda pública y el resultado de los censos de población; todo ello copiado literalmente de la ley de messidor año II, de 1794. Trasladando la legislación y práctica francesas, Almenara aconseja la separación de los documentos pertenecientes «a mera instrucción literaria, científica o de historia», que se guardarán en las bibliotecas públicas; los de planos y cartas geográficas, que se colocarán en el «Depósito Hydrográfico»; las pinturas y grabados irán al Museo de Pinturas, y los tratados o descripciones artísticas se enviarán al Conservatorio de Arte y Oficios.

Finaliza Almenara su informe con la designación de un archivero general, que será el superintendente de todos los archivos y del que dependerán los restantes archiveros. La minuta del decreto, lógicamente más amplia y estructurada, añade puntos de interés: la inclusión de los grandes archivos (Simancas, Corona de Aragón…), la formación de índices y repertorios, la clasificación por «materias, lugares y tiempos», y la apertura al público.

De acuerdo con este informe, el propio Ministerio del Interior redacta una minuta de Real Decreto, que se adjunta a aquel. Según el proceder de la administración josefina los proyectos de decretos debían ser examinados por el Consejo de Estado en una de las secciones en que estaba dividido; en este asunto correspondía a la sección de Interior y Policía General.42 A ella llegó el informe de Almenara y minuta de decreto y a este respondió aquella el 12 de julio de 1810, apenas a un mes de su presentación. El «informe de la Sección de lo Interior del Consejo de Estado sobre el establecimiento de un Archivo general de la Corte» está firmado por el conde de Montarco, Bernardo Yriarte, Francisco Amorós, Jorge Rey, Zenón Alonso, conde de Guzmán, Juan Meléndez Valdés y Benito de la Mata Linares, todas ellas personas muy destacadas en el Gobierno josefino. La comisión ensalza la valoración razonada del informe y la conveniencia de que «se lleve cuanto antes a efecto tan útil establecimiento». Opina que no debe publicarse el decreto antes de proporcionar un edificio, no muy fácil de hallar, de «inmensa extensión que exige el conjunto de tantas masas de legajos». Resulta de especial interés la supresión del artículo en el que se clasificaba toda la documentación en cuatro secciones. La tradición archivística española se impone sobre la francesa. Señala la Comisión que «esta división es incompleta…, que sería confusa… e insegura hasta conocer todos los objetos sobre los que ha de recaer». Acertada reflexión que debería aplicarse no a «archivos nuevos» como en Francia (en la definitiva clasificación de Daunou se amplió la cuádruple división a dos más: histórica y topográfica) sino a depósitos ya centenarios (Corona de Aragón, Simancas…). La segunda modificación era meramente nominativa: los ayudantes del Archivo General no deberán titularse «secretarios» sino «ayudantes».

En sesión del Consejo de Estado de 21 de octubre de 1811 se acordaba «que no eran admisibles, especialmente por ahora, las vastas ideas que abraza el citado proyecto». El regreso de José I a Madrid en julio de ese año, tras entrevistarse inútilmente con Napoleón, marca el inicio de lo que Artola llama «el gobierno provisional», caracterizado «por la inestabilidad de un gobierno que irá perdiendo vigor hasta quedar reducido a una organización municipal, cuyo poder no llegará más allá de las puertas de Madrid».43 El «especialmente por ahora» era toda una declaración de abandono y de impotencia.

El fracaso, predecible, del proyecto no le resta importancia ni significado. Pasarán más de cincuenta años para la culminación de un proyecto semejante. El decreto ya preveía que la documentación de las instituciones eclesiásticas desamortizadas, que constituiría el arranque del Archivo Histórico Nacional,44 formase parte de los fondos del Archivo General. En él se halla igualmente el germen del sistema archivístico español de 1969,45 vinculando documentalmente los archivos de los organismos centrales con el Archivo General, función que será asignada al futuro Archivo General de la Administración como archivo intermedio. Se contempla abiertamente la apertura y accesibilidad al archivo, lo que ocurrirá en el ámbito europeo, a excepción de Francia, como vimos, a mediados del siglo XIX y en España en 1844.46 Se admitió la clasificación y ordenación archivísticas por materias, lugares y tiempos,47 pero se desechó la artificial organización documental francesa de seis secciones abarcadoras de toda la documentación de archivos. No puede sorprender la ausencia de la historia. Ni en los informes de Almenara y de la Comisión del Consejo de Estado ni en el articulado del decreto existe llamada alguna a la consideración del documento como fuente histórica. La concepción de archivo administrativo prima sobre el histórico. El cambio será alcanzado a lo largo del siglo XIX en la conjunción de varios factores: el positivismo, el carácter científico de la historia y el concepto de nación. A este respecto, en ninguno de los documentos del expediente estudiado aparece la palabra nación; siempre las de reyno o estado. Nada más ilustrativo que la inscripción del sello del Archivo (art. 11 del decreto): Archivo general de España. Compárese con el que se impondrá en 1866: Archivo Histórico Nacional.

PROYECTO ARCHIVÍSTICO DE NAPOLEÓN

Simultáneo al proyecto josefino de Archivo General de España se inicia el intento napoleónico de Archivo del imperio. Desde que se invistió como emperador en París en 1804, ante Pío VII, Napoleón se propuso someter a Europa bajo su dominio y llevar a cabo su sueño imperial. Puede decirse que en 1809, tras la segunda ocupación de Viena y la anexión de los Estados Pontificios, el gran imperio napoleónico se había consolidado en el interior y en el exterior. La realidad imperial, sin embargo, no se limitaba a una mera ocupación militar. La reorganización administrativa, judicial, legal y educativa francesa debía ser aplicada en todos los nuevos estados incorporados al imperio. París sería el centro no solo político y administrativo de Europa, sino literario, científico y artístico.

En tan gigantesco plan entraban los archivos. La concentración en París de los monumentos48 archivísticos propagaría la idea de que el devenir histórico de los reinos y estados europeos había confluido en el imperio napoleónico, dando a entender que la legitimación por las armas pareciera una legitimación histórica. Lo primero era buscar ubicación adecuada. En 1808 se ordenaba la adquisición de los palacios Rohan-Soubise y, al comprobar poco después su insuficiencia, se dispuso en 1812 la construcción de un gran edificio comprendido entre el puente de Jena y la Concordia. Los documentos más importantes que llegaron a París pertenecían a los archivos de Bélgica, Estados Pontificios, Turín, Siena, Pisa, Florencia, Austria y España.49 Solo el número de legajos contabilizados por Daunou en París (39.796 procedentes de Viena, 102.435 del Vaticano y 7.861 de Simancas) indica la enormidad del plan archivístico. Los acontecimientos militares de 1813-1814, con la entrada de los aliados en París, pusieron fin al imperio y a su proyecto archivístico.

Llama poderosamente la atención que en los mismos años en los que José I proyectaba concentrar en Madrid el Archivo de Simancas, su hermano, el emperador, intentase trasladarlo a París. Mercader Riba, en las escasas líneas que dedica a este asunto, opina que el Gobierno josefino pareció ignorarlo.50 No cabe la menor duda de que el Gobierno de Madrid y, más en concreto, el marqués de Almenara conocían la importancia documental de Simancas, cuyos fondos se integrarían en el futuro Archivo General de España. Entra en lo razonable que conociesen las intenciones de Napoleón de formar en París el archivo del imperio, del que Simancas formaría parte. En los quince días que pasó Napoleón en Valladolid, en enero de 1809, comenzó a ocuparse del asunto,51 muy probablemente tras visitar el propio Archivo. Existía en Valladolid fundado temor de que los fondos de Simancas corrían serio peligro y no solo por los desmanes de la soldadesca francesa. Lo confirma un escrito que el coronel Francisco Cabello dirige al ministro de Indias, Miguel José de Azanza, y que este, a su vez, en lógica administrativa, traslada al ministro del Interior.52 El escrito lleva fecha de 3 de mayo de 1809, apenas tres meses después del paso de Napoleón por Valladolid. Adjunta al ministro de Indias la copia de otros dos oficios que dos días antes había enviado Cabello al general gobernador francés, Kellermann. Uno de estos escritos urge al gobernador «que selle los libros de Indias a fin de que […] los encargados de la custodia del dicho Archivo no abusen de la confianza en que se les tiene extrayendo por sí o por segundas manos los papeles que tanto importan a todos los potentados de Europa y particulares de esas naciones».53 Es muy significativa la alusión explícita a Europa. El segundo escrito aconseja a Kellermann que «ponga centinela en las puertas del Archivo de tres llaves con solo el objeto de impedir que ningún soldado rompa puertas ni permita que se introduzca en el referido Archivo de papeles».54 Cabello escribe al ministro de Indias adjuntando las copias a Kellermann porque duda del resultado de su aceptación («cuyas resultas ignoro», dice en la carta). La alerta era fundada. Un año después, en abril de 1810, el príncipe de Neufchâtel, mayor general de los ejércitos napoleónicos en España, ordenaba a Kellermann el envío a París de los documentos simanquinos.

CONCLUSIÓN

En la apretada y brillante síntesis con la que Ángel Bahamonde resume los cinco años del Gobierno de José I,55 la idea matriz que dilucida las claves de su comportamiento y desarrollo es la contraposición de dos proyectos, de dos soluciones divergentes y contradictorias: solución imperial frente a solución nacional, solución militar frente a solución negociadora y de concordia, solución universal y uniformista frente a solución estatal y particularista. Los proyectos archivísticos de ambos estadistas trasladan la misma oposición. España se opone a Europa, Madrid a París, lo nacional a lo imperial. Con una diferencia: el proyecto de archivo imperial iba a contrapelo de las corrientes políticas y culturales de la época, en las que el sentimiento nacional comenzaba a marcar su influencia. Por eso, mientras que el proyecto archivístico napoleónico fracasó, el proyecto archivístico josefino resurgiría después,56 cuando las circunstancias políticas, económicas y culturales lo permitieran. Los archivos seguían siendo hijos de su tiempo, testigos y a la vez actores de las distintas situaciones históricas. «… malgré les apparences, les archives ne sont pas de vieux papiers inoffensifs».57

APÉNDICE DOCUMENTAL

I

«Informe del Ministro del Interior al Rey nuestro señor» (5 de junio de 1810, Madrid), Archivo General de Simancas, Gracia y Justicia, leg. 1126, s.f.

Señor. Siempre han procurado los hombres transmitir a sus descendientes y suce-sores los documentos y memorias de su diligencia, de su poder o de su fortuna, y asegurar la conservación de los escritos que podrían interesar a la posteridad; las alianzas y confederaciones de unos pueblos con otros, los tratados de paz, las convenciones, las leyes de los Estados y todos los negocios de mayor importancia se depositaban en templos y edificios públicos, y se custodiaban con esmero. Las ventajas de este cuidado son bien conocidas y han excitado en todos los tiempos el interés de los particulares y la atención de los gobiernos sabios.

En España, como dividida en diferentes estados, sujeta a diversos príncipes y gobernada por tan varias leyes y fueros, estos depósitos o archivos han sido también muchos, casuales y en general muy descuidados; todavía después de la reunión de sus coronas el gobierno con miras impolíticas mantuvo la división de intereses entre sus estados, estableciendo Cuerpos y Tribunales que gobernaban por leyes y fueros peculiares a diferentes provincias del Reyno. Por otra parte, como no había una capital fixa y la corte vagaba por todas las provincias, las cancillerías de los reyes depositaban sus papeles en varios lugares, resultando de aquí el quedar esparcidos, ignorados y, por consequencia, inútiles para el gobierno.

Ya notaron este inconveniente los reyes de España en el siglo quince y diez y seis, y establecieron ciertos depósitos generales como el de la Mota de Medina del Campo, el Alcázar de Segovia, el Archivo de Simancas, el de Indias de Sevilla, además de los de Cataluña, Aragón y Cámara de Navarra; sucesivamente se aumentaron Consejos, Juntas y Comisiones así en la capital como fuera de ella, y se multiplicaron archivos y empleados sin necesidad.

Tiempo es ya de que todas las cosas del estado conspiren a la unidad y tengan la debida relación al centro del gobierno, para que de él reciban su movimiento y energía. Los escritos hacinados en tantos archivos, por lo común sin orden ni clasificación conveniente, escondidos e ignorados por falta de comunicación de sus inventarios, son inútiles y como si no existiesen. Por otra parte, su abandono y descuido está en razón de su mayor distancia de la capital, y la experiencia ha manifestado diferentes veces que los grandes archivos de las provincias no son sino depósitos o almacenes de papeles sin orden ni distribución, en que apenas se halla lo que se busca, aunque sea de la mayor importancia; esto, además de los riesgos continuos a que los más están expuestos de ser robados o quemados, como lo fueron en tiempo de los Comuneros algunos de Castilla.

La razón y la economía persuaden que se adopten los medios más sencillos, fáciles y menos dispendiosos para conseguir el fin que el Gobierno se propone; así que será bien establecer un Archivo general del Reyno en la capital, en lugar capaz y aislado, libre del riesgo de incendios, al qual se trasladen los infinitos archivos de la capital, los de Consejos, Cámaras, Ministerios y demás Tribunales. En él se deberán depositar en quatro secciones principales de legislación, de documentos de propiedad, de transacciones judiciales y de escritos de administración, la constitución de la Monarquía, las leyes y decretos del Estado, los sellos de la Corona, los typos de la moneda, los padrones de pesos y medidas, el estado de la deuda pública, el resultado de los censos de población y quanto el gobierno mande depositar. Se deberán reunir a él todos los archivos y, en tanto que esto pueda verificarse, permanecerán al cuidado de los que al presente los custodian; y en las capitales de Prefecturas y partidos quedarán los archivos necesarios como secciones o depósitos del Archivo general, y los que los cuidan enviarán estados sumarios de quanto en ellos hay, para hacer después el escogimiento y separación de papeles según las instrucciones que les comunicará el Archivero general. No deberán quedar en los archivos de los Ministerios y Tribunales sino aquellos papeles necesarios para la expedición de los negocios.

De los mismos archiveros de la capital y de las provincias elegirá Vuestra Majestad los secretarios y demás dependientes del Archivo general, y servirán este destino sin gravar con nuevos sueldos al tesoro público.

El Archivero general será el Superintendente de todos los archivos y cuidará de reunir efectivamente todos los del Reyno, y entretanto que las circunstancias no lo permiten, procurará saber exactamente quanto existe en todos los de fuera, pedirá relaciones a las escribanías y a las parroquias de los documentos que en ellas hubiere para recoger los que merezcan conservarse en el Archivo general.

De los depósitos de las Prefecturas y Tribunales se deberán enviar notas de los negocios y papeles que cada año resulten. Por estas relaciones y comunicación los escritos de importancia no quedarán ignorados ni serán inútiles. Se deberán hacer oportunamente separaciones de ellos: los pertenecientes a mera instrucción literaria, científica o de historia se destinarán a las Bibliotecas públicas, los planos y cartas puramente geográficas, astronómicas o marinas se colocarán en el Depósito hydrográfico, (tachado: las pinturas y grabados en el Museo de pinturas), los tratados o descripciones artísticas se enviarán al Conservatorio de Artes y Oficios; en suma, cada cosa tendrá su lugar conveniente.

Las precauciones de seguridad, el orden de registros, economía y distribución e trabajos en el Archivo se determinará por reglamento o instrucción particular.

Estas son las ideas más considerables y las principales razones que persuaden la conveniencia y utilidad del proyecto que tengo la honra de presentar a Vuestra Majestad.

Madrid, 5 de junio de 1810.

(Firmado) El Marqués de Almenara

II

Minuta del decreto de crear un Archivo general (julio de 1810, Madrid), Archivo General de Simancas, Gracia y Justicia, leg. 1126, s.f.

Minuta del Real Decreto. Sección de lo Interior del Consejo de Estado. Sumario: Vuestra Majestad establece un Archivo general para reunir en él todos los del Reyno, dando las reglas convenientes.

En nuestro Palacio de Madrid, a… de julio de 1810.

Don José Napoleón, por la gracia de Dios y por la Constitución del Estado Rey de las Españas y de las Yndias. Queriendo asegurar la conservación de los papeles y documentos de importancia, que están esparcidos en diferentes archibos así en la capital como fuera de ella, evitar el extravío y la pérdida de ellos, que se ha experimentado repetidas veces, y facilitar su manejo y conocimiento, visto el informe de nuestro Ministro de lo Interior y oído nuestro Consejo de Estado, hemos acordado y decretamos lo siguiente:

Artículo 1.- Se formará en la capital un Archivo general.

Artículo 2.- En este Archivo se depositarán las actas de la constitución de la Monarquía, sus leyes fundamentales y decretos.

Artículo 3.- Asimismo se colocarán en él los sellos de la Corona, los tipos de la moneda, los padrones de pesos y medidas, el estado de los bienes nacionales, el de la deuda pública, el resultado de los censos de población que se hará cada año y quanto el Gobierno mande depositar sucesivamente.

Artículo 4.- En este depósito central se reunirán los grandes archivos del Reyno: el de Simancas, el de Yndias, los de los Consejos, Ministerios y Tribunales de la Corte y Chancillerías, los de la Corona de Aragón, Cámara de Navarra, etc. Se recogerán también en este Archivo todos los papeles de los Consejos y Tribunales suprimidos, los tumbos o colecciones de privilegios y donaciones de los Monasterios y Órdenes militares, y los de particulares cuyos bienes se hayan confiscado.

Artículo 5.- Los archivos de las Provincias quedarán al cuidado de los que al presente los custodian, en tanto que las circunstancias permitan su traslación y reunión.

Artículo 6.- Todos los archivos de las Provincias serán como secciones esparcidas o depósitos del Archivo general, y sus archiveros formarán un estado sumario de quanto contienen y lo comunicarán al Archivo general, no debiendo quedar en ellos sino los escritos necesarios para la expedición de los negocios.

Artículo 7.- El Archivo general estará encargado a un archivero, que será responsable de los papeles y efectos que se le confíen, y tendrá nueve oficiales.

Artículo 8.- El archivero, los oficiales y demás dependientes serán nombrados por Su Majestad de los que actualmente sirven en diferentes archivos del Reyno.

Artículo 9.- Estos oficiales se ocuparán con el archivero en formar registros y clasificar los papeles, y en comunicar las notas de las actas que allí se depositen.

Artículo 10.- Habrá también en el Archivo algunos escribientes, que se aumentarán o disminuirán según los exigiesen los trabajos que ocurran, y éstos se ocuparán bajo la dirección de los oficiales y del archivero general en formar los índices y repertorios precisos para el uso y conocimiento de los papeles.

Artículo 11.- Los certificados de las actas del Archivo se darán con firma del archivero general y se sellarán con su propio sello, que tendrá esta inscripción: Archivo General de España.

Artículo 12.- Las copias dadas en esta forma serán auténticas y harán fe en juicio y fuera de él.

Artículo 13.- Los oficiales del Archivo cuidarán de entregar y recoger oportunamente las piezas que se pidieren por los Consejos o Ministerios.

Artículo 14.- No se extraerán papeles del Archivo sino en virtud de orden comunicada por alguno de los Ministros del Despacho.

Artículo 15.- Habrá en el Archivo inventarios y repertorios de todos los papeles y efectos existentes. Los libros de registro estarán foliados y numerados todos los artículos que contengan. Cada día se registrarán los papeles que entren en el Archivo y por estos libros dará cuenta el archivero de quanto se le haya confiado.

Artículo 16.- Para que sucesivamente sea más fácil el orden y la distribución de los papeles, se colocarán desde el principio por materias, lugares y tiempos, sin omitir diligencia y exactitud para clasificarlos.

Artículo 17.- Estará abierto al público el Archivo todos los días del año, fuera de las fiestas, desde las nueve hasta las dos de la tarde.

Artículo 18.- Nuestro Ministro de lo Interior queda encargado de la execución del presente decreto.

1. F. Gimeno Blay: Las llamadas ciencias auxiliares de la historia: ¿errónea interpretación? Consideraciones sobre el método de investigación en Paleografía, Zaragoza, Inst. Fernando el Católico, 1986.

2. F. Bouza Álvarez: Corre manuscrito. Una historia cultural del Siglo de Oro, Madrid, Marcial Pons, 2001, p. 286.

3. A. M. Hespanha: Vísperas del Leviatán. Instituciones y poder político (Portugal, s. XVII), Madrid, Taurus, 1989, p. 36.

4. J. Mercader Riba: José Bonaparte, rey de España (1808-1813). Estructura del Estado español bonapartista, Madrid, CSIC, 1983, p. 550.

5. Archivo General de Simancas (AGS). Gracia y Justicia, legs. 1076-1271. Se trata de una documentación no frecuentemente consultada pero ya conocida desde finales del siglo XIX. El primero en señalar su existencia fue el hispanista francés Charles Alexandre Geoffroy de Grandmaison en sus viajes de exploración documental en España en 1895 y 1896; V. Scotti Douglas: «L’Archivio General de Simancas, fonte misconosciuta per la storia del regno di Giuseppe Bonaparte», Spagna Contemporanea, 7, 1995, p. 178.

6. Cito solo, entre los trabajos que Carasa Soto ha dedicado a esta línea de investigación, el que más impacto ha tenido en el ámbito europeo: «Los nacionalismos europeos y la investigación en Simancas en el siglo XIX», en I. Cotta y R. M. Tolu (coords.): Archivi e storia nell’Europa del XIX secolo. Alle radici dell’identità culturale europea, Roma, Ministero per i Beni e le Attività Culturali. Direzione Generale per gli Archivi, 2006, pp. 109-155.

7. J. J. Martinena Ruiz: Guía del Archivo General de Navarra, Pamplona, Gobierno de Navarra, 1997; C. López Rodríguez: ¿Qué es el Archivo de la Corona de Aragón?, Zaragoza, Mira Editores, 2007; R. Conde y Delgado de Molina: Reyes y archivos de la Corona de Aragón. Siete siglos de reglamentación y praxis archivística (siglos XII-XIX), Zaragoza, Inst. Fernando el Católico, 2008; J. L. Rodríguez de Diego: «El archivo real de la Corona de Castilla (siglos XII-XV)», en E. Sarasa Sánchez (coord.): Monarquía, crónicas, archivos y cancillerías en los reinos hispano-cristianos: siglos XII-XV, Zaragoza, Inst. Fernando el Católico, 2014, pp. 277-308.

8. A. de la Plaza Bores: Archivo General de Simancas. Guía del investigador, Madrid, Ministerio de Cultura, 1980, pp. 46-56. Las transferencias obedecían más a circunstancias externas o iniciativas del archive-ro simanquino que a una medida mínimamente reglamentada. El traslado, después de la Guerra de Sucesión, de los consejos desde el Palacio Real al edificio ocupado por Mariana de Austria, que a partir de entonces se denominó «Palacio de los Consejos», motivó la remesa a Simancas de la documentación de los últimos años de los Austrias. Véase ibíd., p. 58.

9. Esto explica la abundante documentación de los consejos suprimidos en el Archivo Histórico Nacional y la documentación borbónica en el de Simancas; véase J. L. Rodríguez de Diego: «El siglo de la Ilustración en Simancas», en J. Martínez Millán, C. Camarero Bullón y M. Luzzi Traficante: La Corte de los Borbones: Crisis del modelo cortesano, vol. I, Madrid, Ediciones Polifemo, 2013, pp. 27-48.

10. F. Andújar Castillo: «La venalidad de los Consejos durante el reinado de Carlos II. De las plazas de consejero al oficio de archivero», en A. Marcos Marín: Hacer historia en Simancas, Valladolid, Junta de Castilla y León, 2011, pp. 73-96.

11. A. Riol: Informe que hizo a Su Majestad en 16 de junio de 1726…, n.º 14.

12. E. Sarrablo Aguareles: «Los archiveros españoles hasta mediados del siglo XIX», Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, 65, 1958, pp. 19-27; J. A. Martínez Bara: «Vicisitudes del Archivo del Consejo de Castilla en los siglos XVIII-XIX», en Actas del III Symposium de Historia de la Administración, Madrid, Ministerio de Administraciones Públicas, 1974, pp. 353-382; J. Pradells y R. Baldaquí Escandell: «Los archiveros de la primera Secretaría de Estado (siglo XVIII)», Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, 6-7, 1986-1987, pp. 117-133; A. Torreblanca López: Tesoros del Archivo del Ministerio de Hacienda, Madrid, Ministerio de Hacienda, 2002, pp. 11-13.

13. P. González García (coord.): Archivo General de Indias, Madrid, Ministerio de Cultura / Lunwerg Ed., 1995.

14. El concepto de archivo como fuente histórica estaba aún lejos de imponerse, lo que no significa que no se recurriese a los archivos para fines históricos. Véase M. Gómez Gómez: «Crítica histórica y archivos», Historia, Instituciones, Documentos, 12, 1985, pp. 199-231.

15. E. Lodolini: Archivistica. Principi e problemi, Milán, Franco Angeli Editore, 1985, p. 208.

16. I. Dion: Les archives, París, La Documentation Française, 1993, p. 17.

17. El contenido de esta ley, su alcance y significado pueden verse en P. Santoni: «Archives et violence. A propos de la loi du messidor an II», La Gazette des Archives, 146-147, 1989, pp. 199-214.

18. Adviértase el carácter cultural que ya han adquirido los archivos, no distinto del de pinturas o estatuas. Véase al respecto E. Lodolini: Lineamenti di storia dell’archivistica italiana. Dalle origini alla metà del secolo XX, Roma, Nuova Italia Scientifica, 1991, pp. 77-83.

19. La Revolución no podía inventar todo ni la ley de 1794 era propiamente una ley de archivos. Se creó un «Bureau du triage des titres» y se quemaron públicamente documentos relativos a familias nobles y títulos nobiliarios; E. Casanova: Archivistica, Siena, Editorial Lazzeri, 1928, pp. 387-389. Auto-res franceses consideran un «véritable mythe» la accesibilidad y publicidad de los archivos; véase R.-H. Bautier: «La phase cruciale de l’histoire des archives: la constitution des dêpots d’archives et la naissance de l’archivistique (XVI-début du XIX siécle)», Archivum, 18-19, 1968-1969, pp. 148-149; P. Desalle: Une histoire de l’archivistique, Québec, Presses de l’Université du Quebec, 1998, p. 155.

20. La evolución en la ambigua concepción de los documentos con valor histórico por la Revolución francesa en B. Galland: «Conserver pour l’histoire: une nouvelle dimension pour les Archives nacionales de France», en I. Cotta y R. M. Tolu (coords.): Archivi e storia nell’Europa…, vol. II, pp. 549-570.

21. AGS, Gracia y Justicia, leg. 1126, s. f. Este expediente incluye el informe de Almenara, borrador de decreto del Ministerio del Interior, informe del Consejo de Estado, borrador de decreto de este e informe del mismo Ministerio en 1811.

22. En este apartado sobre la herencia del siglo XVIII español sigo las amplias y atinadas páginas que a este tema dedica F. de A. López Serrano: De los orígenes a Pelayo. Modesto Lafuente en su contexto historiográfico, tesis doctoral, Universidad de Málaga, 2013, pp. 11-90.

23. «El nacionalismo historiográfico decimonónico siendo, como es, declaradamente distinto al del siglo XVIII, no es más que una parte de la herencia de este con miras, no al reforzamiento de la unidad estatal bajo la égida monárquica (como aspiraban los ilustrados) sino a un progresivo asentamiento y posterior desarrollo de la nación-estado, a cuyo control aspiraba la burguesía» (ibíd., p. 12).

24. Una exposición y significado de sus obras en: ibíd., pp. 54-84.

25. M. Artola: Los afrancesados, Madrid, Alianza, 1989, pp. 28-29 y 44.

26. F. de A. López Serrano: De los orígenes a Pelayo…, pp. 88-90.

27. J. A. Llorente: Noticia autobiográfica, Madrid, Taurus, 1982, p. 114.

28. J. Mercader Riba: José Bonaparte, rey de España…, pp. 79-134, expone las competencias de cada Ministerio y ofrece los datos biográficos de las personas más relevantes.

29. Ibíd., pp. 91-94.

30. AGS, Gracia y Justicia, leg. 1188, s. f.

31. Ibíd.

32. Ibíd.

33. Miguel Artola: Los afrancesados…, pp. 125-132.

34. «Ministro de utopía», lo califica Artola, ibíd., p. 89.

35. J. Mercader Riba: José Bonaparte, rey de España…, pp. 115-134.

36. Apéndice documental, I.

37. A. Riol: Informe que hizo a Su Majestad…, n.º 5.

38. M. Artola: Los afrancesados…, pp. 121 y ss.

39. A. Bahamonde y J. A. Martínez: Historia de España, siglo XIX, Madrid, Cátedra, 1994, p. 49.

40. M. Artola: Los afrancesados…, p. 252.

41. El informe habla de «infinitos archivos de la capital». Continuaba la centenaria costumbre de guardar en casa de ministros y oficiales los papeles de su cargo. En marzo de 1811 Pedro Cuende, escribano de cámara del suprimido Consejo de Hacienda, solicitaba el pago del alquiler de cinco meses de una casa, en la calle del Olivo, n.º 20, «ocupada con los papeles de dicha escribanía, que a él no le producen nada desde el principio de la revolución y son muy interesantes a la Real Hacienda», añadiendo: «Otros escribanos del mismo Consejo y de los demás suprimidos han hecho iguales solicitudes» (AGS, Gracia y Justicia, legs. 1125 y 1128, s. f. En el leg. 1125 se halla idéntica solicitud de otro escribano de Hacienda, Manuel de Estépar).

42. J. Mercader Riba: José Bonaparte, rey de España…, pp. 135-168.

43. M. Artola: Los afrancesados…, p. 177.

44. C. Contel Barea: «El Archivo Histórico Nacional ayer y hoy», en Ciclo de conferencias sobre Archivos Históricos, Málaga, Ayuntamiento de Málaga, 1997, pp. 87-119.

45. P. López Gómez: «El sistema archivístico español anterior a la Constitución de 1978», Boletín de la Anabad, 38, 1988, pp. 149-171.

46. J. L. Rodríguez de Diego: «La apertura de Simancas a la investigación histórica en el año 1844», en I. Cotta y R. M. Tolu (coords.): Archivi e storia nell’Europa…, vol. II, pp. 601-626.

47. Faltaban bastantes años para que se impusiera como norma de clasificación en los archivos el principio de procedencia. Véase M. P. Martín-Pozuelo Campillos: La construcción teórica en Archivística: el Principio de Procedencia, Madrid, Universidad Carlos III, 1996.

48. Término habitual utilizado desde el siglo XVII para referirse a los documentos garantizadores de derechos y privilegios. Véase J. Le Goff: «Documento/monumento», Irargi. Revista de Archivística, 2, 1989, pp. 103-131.

49. Una exposición muy detallada de toda la operación de selección, recogida y envío a París, con especial detenimiento en el caso de Simancas, en L. P. Gachard: «Notice historique et descriptive des Archives Royales de Simancas», en Correspondance du Philippe II sur les affaires des Pays-Bas, t. I, Bruselas, Libraire Ancienne et Moderne, 1848, pp. 20-48. Un resumen de esta en F. Romero de Castilla y Perosso: Apuntes históricos sobre el Archivo General de Simancas, Madrid, Imp. de Aribau y Compañía, 1873, pp. 73-89.

50. J. Mercader Riba: José Bonaparte, rey de España…, pp. 552-553.

51. L. P. Gachard: «Notice historique…», pp. 24-25.

52. AGS, Gracia y Justicia, leg. 1092, s. f. Se trata de Francisco Antonio Cabello y Mesa, escritor y militar que pasó en América largos años. Datos autobiográficos pueden verse en un amplio expediente de 1800 en el que trata de refutar las supuestas injurias que contra él había escrito el virrey de Lima, marqués de Osorno (AGS, Secretaría de Guerra, leg. 7113, 4). Esto explica la alusión específica a los libros de Indias y el envío de su preocupación por Simancas al ministro de Indias, Miguel José de Azanza.

53. AGS, Gracia y Justicia, leg. 1092, s.f.

54. Ibíd.

55. A. Bahamonde y J. A. Martínez: Historia de España, siglo XIX…, pp. 41-49.

56. Con la entronización de un nuevo rey, Fernando VII, volvería a presentarse otro proyecto de Archivo Nacional. M. Ravina Martín: «José Vargas Ponce y la creación de un Archivo Nacional», en J. A. Casquero Fernández (coord.): Homenaje a Antonio Matilla Tascón, Zamora, Inst. Florián de Ocampo, 2002, pp. 537-553.

57. P. Santoni: «Archives et violence…», p. 208.

RELIGIÓN, NACIÓN Y ÉLITES EN LA ESPAÑA DEL SIGLO XIX

Jesús Millán Universitat de València

M.ª Cruz Romeo Universitat de València

La tradición nacionalcatólica en España se ha valorado sobre todo a partir de tesis cada vez más discutidas, como la supervivencia del Antiguo Régimen, las limitaciones en el triunfo del liberalismo o la débil nacionalización. A esta imagen contribuiría el peso de la identidad católica española. La dimensión ecuménica del catolicismo y su rechazo a los «errores modernos» fundamentarían la escasa fuerza movilizadora de la nación. Según una visión lineal, el medio siglo posterior al fin del Antiguo Régimen habría incubado un Estado-nación escasamente firme. ¿Es sostenible esa interpretación lineal? ¿O, como sugiere hoy la historiografía, pudieron reforzarse las identidades nacional y católica? Este trabajo intentará argumentar en este sentido otras posibilidades, teniendo en cuenta la profunda renovación social de la España del Ochocientos y su impacto en la trayectoria de buena parte de las élites surgidas de ese proceso.1

NACIÓN Y RELIGIÓN EN EL ANTILIBERALISMO

Para este debate puede ser ilustrativo discutir el impacto en España de la obra del jesuita Luigi Taparelli d’Azeglio. «Della nazionalità» fue un artículo de este miembro de la aristocracia vinculada al proyecto nacional dirigido por el Piamonte que, tras su publicación en 1846, se adoptaría como doctrina oficiosa de la Iglesia en el sentido de restringir la legitimidad del concepto de nación como criterio rector de la política.2 Este trabajo no tuvo gran eco en España, donde se tradujo más de dos décadas después. El silencio, por tanto, sugiere que esta doctrina de la Iglesia no ejerció un papel determinante en la forma en que se configuró e interpretó la idea de la nación católica en la sociedad española del siglo XIX.3

Aunque Taparelli aludía reiteradamente a España, la acogida tardía puede entenderse por la tácita concentración del autor en peculiaridades italianas, alejadas de la experiencia española. Esto restaba fuerza a las reservas de Taparelli hacia la idea de nación, tal y como se había configurado entre las élites españolas, incluidas las priori-tariamente confesionales.

La nacionalidad era para el jesuita un componente del progreso. Siguiendo a Cesare Balbo, la definía como reunión o fusión de gentes, y todo proyecto nacional está abierto a múltiples posibilidades evolutivas. Sus factores fundamentales serían el idioma y el origen, que podrían ser mantenidos sobre un territorio o bajo regímenes políticos diversos, cuyas alteraciones deben considerarse accidentales. A ello añade una idea no contractual de la política. La nación procede de una ley natural de Dios, plasmada en la historia de cada pueblo. Un contrato puede romperse si una parte no lo observa. Pero en la nación no hay un sinalagma que justifique la rebeldía. No hay un «principio nacional» como derecho supremo. La aspiración a la independencia nacional es lógica, pero «se desarrolla con lentitud entre un conjunto complicadísimo de derechos y deberes civiles, políticos y religiosos» (p. 381). Taparelli la asimila a un componente del entramado histórico de muchas otras situaciones, generadoras también de derecho: «la prioridad de posesión debe ser respetada, si no se quiere trastornar la sociedad» (p. 379).

Esto se concreta –con directa aplicación a la Italia de entonces– en el problema de si una nación puede estar gobernada por soberanos extranjeros. A lo largo del tiempo un pueblo puede necesitar la defensa de un poder político más fuerte, del que «pudiese esperar fusión útil y sólida nacionalidad» (p. 374).

La nación de Taparelli está supeditada a los efectos de situaciones consagradas, incluyendo la fusión de pueblos enemigos vinculados por el dominio de uno sobre otro. Francia, señala, ha «reducido á unidad» de idioma e instituciones a los Estados vecinos que la integraron, algo que «no se ha verificado todavía entre los varios pueblos del imperio austriaco». No es que la nación sea propiedad de las dinastías. El poder político de los soberanos no es patrimonial. Pero su derecho a gobernar sobre sus súbditos sí es patrimonio de los príncipes y la nación no puede ignorarlo. Por tanto, el rango de derechos de la nación es claramente secundario.

Esta problemática no se planteaba, como él mismo reconoce, en otros países de Europa occidental. El paso al estado nacional se había efectuado aquí mediante una fusión, que ha asentado una nación a lo largo de siglos de compartir un mismo poder. Ello ha permitido transferir el complejo poder de la monarquía a una autoridad investida por la nación sobre un territorio y un conjunto humano definidos ahora según el criterio uti possidetis, que establecía un puente con el pasado. Esa había sido la trayectoria de Francia desde 1789 y de España desde 1812, pero no de Italia.4

La perspectiva de Taparelli impedía aplicar la estrategia dominante en la construcción de los Estados nacionales europeos. Esa estrategia atribuía la gestión política a un electorado, más o menos amplio, y a una dinastía adaptada a los tiempos y considerada heredera de un pasado sublime.5 El espacio de la nación italiana estaba distribuido entre diversas dinastías de tradición católica. Los Habsburgo concentraban el rechazo de los patriotas por extranjeros, pero habían instaurado un orden no mal considerado entre los sectores respetables del norte de Italia y eran un puntal del sistema europeo.6 Además, estaba en juego el dominio del papa en los Estados Pontificios.

Taparelli veía arriesgado romper esos vínculos en nombre de la nacionalidad. Olvidarlo implicaría condenar «al orden público á incesantes eventualidades» (p. 382). El interés nacional solo podía ser desarrollado por «hombres inteligentes y virtuosos» (p. 366), nunca por el vulgo que «poco ó nada sabe, […] en cuanto este traspasa la reducida esfera de la ordenada vida en que él se encierra» (p. 365). Ese dirigismo imprescindible le parecía al autor especialmente amenazado en la construcción de Italia. «Guardaos de inspiraros solo en vuestra opinión privada» –advertía Taparelli a las élites patriotas– «al determinar cuál sea el bien nacional hacia que debéis encaminar á la multitud con medios públicos» (p. 383). Esto equivalía a posponer sine die un posible Estado nacional. Si la nacionalidad se definía por el linaje y el idioma, la Iglesia ya protegía el matrimonio y preservaba la lengua del pueblo. La «unidad de espíritu» nacional era aportada por «la unidad de creencias religiosas» (p. 388). Esta supeditación de la nacionalidad aseguraba que no habría involución hacia «el patriotismo idolátrico de los antiguos pueblos gentiles» (p. 394). Taparelli advertía contra el entusiasmo por parte de buenos católicos, que a veces intentaban estimular la identidad nacional al destacar que la religión incluía el «bien sensible» de la patria, al estilo de Chateaubriand en El genio del cristianismo. Para Taparelli «el católico no ama al cielo como medio para alcanzar la tierra» (p. 394). Si la nación debía formar parte del progreso, sus intereses debían defenderse evitando el egoísmo nacional y su derivación hacia la barbarie. De ahí que recomendara el ejemplo de Daniel O’Connell en Irlanda.7

Desde la aparición de la obra de Chateaubriand, el antiliberalismo en Europa occidental había consolidado otra trayectoria. En Francia y España se había desarrollado mediante una reivindicación de la identidad religiosa para movilizar –incluso con las armas– a un «pueblo sano». Para Taparelli, una política nacional no supeditada al conjunto de derechos existentes implicaría a un vulgo que solo conocía las «sublimes ideas contenidas en las enseñanzas de la religión». Esto les bastaba para «vivir ordenadamente», pero «imponerles el deber de trabajar […] por el desarrollo de su nacionalidad, sería intentar un imposible» (p. 366). Taparelli reivindicaba la limitación del conocimiento mínimo de doctrina religiosa por parte de la mayoría de la sociedad, el suficiente para el cumplimiento subalterno de sus funciones, como había prescrito Clemente XIII en su In dominico agro (1761) y como había recordado el obispo absolutista de Vic, Ramon Strauch.8

La movilización antiliberal en España sí había confiado en esa subordinación. Ese populismo conservador era conocido desde que en 1808 el obispo de Orense se enfrentó a las autoridades francesas al recordarles que la nación española conservaba «la independencia y soberanía que la compete».9 El carlismo y Jaume Balmes confiaron en el sentido político del pueblo sencillo, únicamente violento en defensa de la verdadera causa de la nación. Esta trayectoria desarrollaba en España planteamientos próximos a los de Chateaubriand. El noble normando había asentado su legitimismo en la identidad francesa de la dinastía. Ello configuraba un rumbo alejado del de Taparelli. En Chateau-briand se abrían espacios novedosos para el ascenso de la nación política, entendida de forma no contractualista ni liberal. Al fundamentar el legitimismo francés en la nacionalidad de la dinastía, Chateaubriand había reclamado que, si se extinguían sus here-deros, cualquier otro miembro de la nación, incluso de las capas inferiores, debía ser preferible para ocupar el trono. Esto podía complementar la postura legitimista a favor de una ampliación del sufragio en las décadas de 1830 y 1840. Su legitimismo no hacía que Chateaubriand renunciase a las glorias militares obtenidas por el intruso Napoleón. El aristócrata católico se enorgullecía como francés de los triunfos jacobinos. Por esta vía se podía esbozar una cierta plataforma en el modo de considerar la nación, reflejada en las relaciones posteriores entre Napoleón III y el legitimismo francés. Desde 1830, los realistas decían perseguir una «monarchie nationale».10

En la España de la guerra civil, el carlista Lluís M.ª de Moixó celebró la movilización popular en pro de su causa, dirigida por jerarquías naturales, y postuló la monarquía legítima como defensa de una nación española que veía asediada por enemigos poderosos. Este aristócrata compartía con Taparelli el recelo a la violencia antisocial. Pero para él, a diferencia del italiano, el espíritu de la nación estaba por encima de los derechos de los reyes. Moixó estimaba que quienes permanecían fieles a tales esencias eran la «nación verdadera» y podían imponerse por la fuerza. A mediados de siglo, la jerarquía eclesiástica identificaba su función con la identidad católica de la nación, que hacía especialmente suya en sus relaciones con el Estado.11

El claro contraste con Taparelli culminaba en Aparisi y Guijarro y el neocatolicismo. Para Aparisi, la religión era el factor decisivo de la estabilidad social. El político valenciano se mantuvo prolongadamente al margen de la movilización carlista. Nada de esto frenó su discurso de la nación. Para él, España era «la nacionalidad» construida por el catolicismo y había que lograr que «en España todo fuese español». La España ortodoxa y autoritaria sería la «reina de las naciones», que continuaría el espíritu de libertad de la Reconquista, actualizado en África y El Callao. Incluso su defensa del poder territorial del papa no lo alineaba con Taparelli. Aparisi defendía la primacía de la Iglesia; las otras dinastías que se repartían Italia no le importaban. El político valenciano redondeó su actitud profesando admiración a Napoleón III y, finalmente, aceptando el asalto del «pueblo sano» carlista contra el Estado liberal.12

En España había elementos que combinaban el énfasis en el factor religioso de una manera distinta de la que conducía en Taparelli a relativizar los derechos de la nación. La conciliación entre la autoridad real, el mantenimiento del control social de los sectores populares adeptos y la herencia del pasado de las respectivas «monarquías compuestas» hacía que el acento nacional se hiciese sentir en los antiliberalismos de Francia y España.

LA ACULTURACIÓN DEL DOMINIO DE LAS CLASES MEDIAS: LA NACIÓN CATÓLICA EN RODRÍGUEZ DE CEPEDA

Las raíces del nacionalcatolicismo español fueron múltiples. No pueden atribuirse solo a planteamientos antiliberales. Al contrario, se nutrieron en el escenario elitista del liberalismo del Ochocientos, el cual mostraba diversas posibilidades evolutivas. Este no era el germen de una modernidad unilineal, cuyo único horizonte fuera la apertura hacia la democracia. Más bien, a partir de perspectivas liberales, fue posible desarrollar una confluencia con el discurso religioso de la nación.

Este inicio se refleja en el estudio del derecho público de Antonio Rodríguez de Cepeda (1814-1895), editado durante la regencia de Espartero.13 Lo que entonces plan-teaba quien luego sería conocido autor neocatólico –formado en el espíritu doceañista– puede ser representativo por su carácter de texto académico. Se trataba de analizar la Constitución de 1837, que sintonizaría a la sociedad española con el «espíritu de la época».

Los planteamientos de Rodríguez de Cepeda en 1842 eran vigilantes contra una involución absolutista. Con una óptica liberal, el jurista valenciano no entendía la sociedad como extensión de la familia ni la política como emanación de lo privado. Al contrario, denunciaba «la absoluta falta de unos elementos de derecho público español», pese a que este «debe ser mirado como base y fundamento del privado» (pp. 29-30). Ese entronque con el mundo burgués se reflejaba en su presentación del sistema de 1837 como orden de garantías. Una orden anticonstitucional o dictada por una autoridad incompetente implicaba «un vicio de nulidad». Este criterio, en la línea de un Benjamin Constant muy invocado por el autor, justificaba la resistencia de las autoridades subalternas y la tutela de la justicia sobre la ciudadanía.14

Estas garantías apoyaban el desarrollo individual de todos los miembros de la sociedad. Sin duda, Rodríguez de Cepeda defendía la desigualdad de derechos políticos: los «derechos naturales» permiten «la perfeccion de sus facultades» a todos los individuos; los «derechos políticos» corresponden a quienes «ofrecian suficientes garantías de inteligencia y moralidad». El universalismo liberal, sin embargo, no era un mero desideratum, ya que se reforzaba –en consonancia con el progresismo entonces mayoritario en las Cortes– con el principio de resistencia: es un derecho «no obedecer sino á voluntades justas y sábias» (p. 6).15

La óptica del mercado marcaba su visión del orden político parlamentario.16 «La agricultura, la industria y el comercio, obgetos predilectos de la actividad de las naciones […], descansando en la confianza que saca á luz los capitales» requiere «que la direccion de los negocios pase alternativamente de unas manos á otras, siguiendo la fluctuacion de la opinion pública». Su énfasis en el arbitraje del rey –el poder neutro de Constant (pp. 50-51)– complementa el libre desarrollo de una sociedad dinámica, en la que los múltiples puntos de vista experimentan altas y bajas. Las Cortes deben tener una actividad intensa con respecto al gobierno, «para vigilarle, y contener sus estravios cuando se parte de lo que exija la opinion publica, ó para darle apoyo y fuerza moral» (pp. 112-113, 118). La construcción del criterio político vinculante debía hacerse siguiendo las normas de competencia de criterios y publicidad, de modo opuesto a la perspectiva «doméstica» con que los carlistas contemplaban el poder público. No era otra diferencia menor con ellos el decidido apoyo de Rodríguez de Cepeda a la capacidad política de las fortunas no agrarias.17

Para Rodríguez de Cepeda, la Carta de 1837 representaba el consenso liberal entre el radicalismo de 1812 y la inutilidad del absolutismo. Su desarrollo puede analizarse en tres apartados: las concepciones sobre la sociedad y la política, los caracteres del personal político y los factores previstos de cohesión y fortaleza nacional.

El autor rechazaba el contractualismo. Había que atender más a la historia, «para descubrir en ella las leyes» del progreso y la decadencia. La sociedad es un marco natural y moral, no una creación voluntaria. La familia es su célula elemental. Por medio de la razón, otorgada por Dios, las personas pueden llegar a conocer el mejor orden social. Para ello no sirve la simple voluntad, sino que se precisan «la inteligencia y moralidad reunidas» (p. 4). Los regímenes democráticos impiden el buen gobierno: «al dar a la mayoría numérica el derecho de mandar […] destruyen por su base las ideas de justicia y moralidad, y sustituyen la tiranía de muchos á la de uno» (p. 5).18

Las bases sociales para ese régimen equilibrado reflejaban claramente el liberalismo. La razón política es fruto de una indagación humana que debe ser reconocida por una sociedad libre, en la que hay que acoger a una amplia canalización de intereses. Su representación parlamentaria es imprescindible, especialmente de los intereses económicos, lo que aseguraría que «se halla representada exactamente la opinión pública del país». Esta opinión ya no se entiende como la coincidencia universal y militante en el espíritu establecido por el marco legal, en la línea de la voluntad general de Rousseau. Además, admite las oscilaciones permanentes: «Y como esta (la opinión pública) sea de suyo variable […] de aquí la necesidad de renovar periódica y frecuentemente el Congreso de los diputados» (p. 74). Sería posible identificar «la verdadera opinion publica [...] y llamar á los hombres que por su inteligencia y probidad se hayan grangeado la estimacion de sus conciudadanos» (p. 75). Como era típico del liberalismo del Ochocientos, no duda de la eficacia de ese electorado: «el talento y la probidad pronto se hacen lugar en todas partes, y se grangean la publica estimación» (p. 77).

Por último, esa autoorganización liberal era una premisa, no el estadio culminante del edificio político. Sus correcciones a la perspectiva liberal confluyen con un dirigismo nacional inspirado por la religión. Si bien había que vigilar el poder del Estado, era prioritario conservar el orden público (p. 153). La sociedad de intereses múltiples y autoorganizados exigía la adecuada protección política. Y esa defensa requiere una dosis de dirigismo por parte del poder ejecutivo. Son requisitos mínimos que el rey disponga del derecho de veto y la capacidad de disolver el Congreso, ya que el Estado representativo tiende al «exceso de leyes» (p. 140) y hay que evitar la ausencia de debate suficiente o los posibles abusos del parlamentarismo. Citando a Montesquieu, opina que las reuniones de las Cortes no deberían ser autoconvocadas, sino a iniciativa del gobierno. Además, el ejecutivo conoce «mejor que nadie» la mejor ocasión de convocarlas (pp. 113-117). El criterio de autoorganización política de la élite dirigente queda perfilado, por cuanto el rey debía nombrar a un gobierno vinculado por la solidaridad política de sus miembros, como había defendido en Inglaterra Edmund Burke.19

La misión fundamental del nuevo orden es implantar un espacio jurídico e institucional coherente, identificado con el fortalecimiento de la nacionalidad. La homo-geneidad del poder, dirigido por una instancia central, es el remedio contra los excesos populares que suplantan a la élite de la inteligencia y la moral: «cuanto contribuye á cimentar la unidad de la monarquía, la uniformidad de la legislación, sobre todo cuando la diversidad de esta va unida con recuerdos de independencia provincial, que conviene extinguir de raíz para robustecer y fortificar aquella unidad» (p. 256).

La monarquía es clave en esa cohesión. La Corona sostiene «cuantos elementos de órden, de gobierno y aun de organización social cuenta España». El autor le asignaba la continuidad necesaria en una fluctuante sociedad de mercado. A ello agregaba la cohesionadora función del pasado en el conjunto de la sociedad, a la que veía amenazada en España por «leyes, costumbres, intereses, y aun idiomas diferentes», capaces de llevarla a «una guerra perenne é intestina […] como la que devora nuestras anti-guas posesiones de América» (pp. 35-37). Como en Chateaubriand y Moixó, la dinastía «pertenecía» al Estado nacional (p. 46).

En este objetivo, la religión ocupa un lugar definitorio, dado su carácter constituyente de la nación española. Desde los visigodos representa en España el vínculo que une a todos «en una misma nacionalidad» (pp. 14-18). Con una perspectiva próxima a la de Moixó, Rodríguez de Cepeda esbozaba el dilema nacional de España: «Nuestra patria, por un destino singular, ha sido el campo escogido por la Providencia para los grandes combates de la civilización». Como en época de Napoleón, sin la unidad de los españoles, Inglaterra y Francia disputarían sus ambiciones sobre el suelo de España (pp. 36-37).

Los Elementos no contenían una propuesta ideológica, sino una síntesis transaccional basada en la Constitución de 1837. No obstante, el autor destacaba algunas preocupaciones. Pese a su sistemática invocación del doctrinarismo francés, la síntesis liberal de Rodríguez de Cepeda no reproduce las prioridades del juste milieu en el país vecino. Para Constant, el poder del Estado-nación significaba un riesgo que debía limitarse fortaleciendo las instancias locales y la recuperación del monoteísmo cristiano. No se detecta esa prioridad en el jurista valenciano. El poder local y la identidad católica se invocan aquí para reforzar una cohesión nacional que ha recorrido etapas importantes, pero que tiene imprescindibles tareas por resolver. En 1808, la invasión francesa –que hirió «los sentimientos católicos del pueblo español» y el «noble orgullo de la verdadera independencia nacional»– abocó a que ese pueblo hubiese de «crear un gobierno» (pp. 26-27). Esa trayectoria había condicionado la construcción del Estado. Era destacable que aún no hubiera una ley de diputaciones y ayuntamientos y que siguiesen vigentes disposiciones promulgadas en esta materia a partir de la Constitución de Cádiz (p. 233). Más preocupante era la milicia (pp. 242-243). El liberalismo soberanista no había sido para Rodríguez de Cepeda un elemento constructivo del Estado nacional. Para él, la vida de los pueblos era una lucha «entre las tradiciones históricas y las ideas filosóficas».

El autor compendiaba esa trayectoria acudiendo a la historia de Roma. En ella, la dificultad de adoptar decisiones hizo que el poder pasara del rey a la mayoría; la ignorancia y la precipitación de la multitud lo otorgaron a unos pocos. Por fin, los optimates del Senado ocuparon el lugar intermedio, que era el más moderado. Esta cita de Cicerón no era un adorno cultural.20 Rodríguez de Cepeda había insistido en la moderna actividad económica como plataforma de los intereses que debían reflejarse en la política, como si las aspiraciones de los grupos sociales en consonancia con los tiempos garantizasen la estabilidad y el progreso. Era una visión compartida por los liberales más moderados.21 Pero el pasaje ciceroniano citado por Rodríguez de Cepeda se inscribe en un razonamiento más amplio que reclama requisitos morales para el grupo dirigente del buen orden político. Si un pueblo elige a sus gobernantes de forma libre y buscando su bienestar –había escrito el viejo cónsul romano– podría creerse que obtendrá autoridades buenas y estables. Los más débiles también desean beneficiarse de ser dirigidos por los mejores. Con todo, ese resultado no es seguro, ya que la ignorancia hace que se considere como «mejores» a los ricos y nacidos de buena familia. Ese error colectivo permite que la riqueza de unos cuantos, carentes de virtud, se apodere de la autoridad y estos monopolicen la pretensión de ser los mejores gobernantes. Para Cicerón era preciso relegar el criterio de la riqueza y hacer hincapié en la ejemplaridad de la élite. La libertad consistía en dar al pueblo «la potestad de sentirse honradamente agradecido a las personas de bien».22 Rodríguez de Cepeda reclamaba esa aculturación de la política burguesa, que la pusiese a la altura de sus requisitos éticos sin confiar en la actividad económica ni en la posición labrada por el mérito.

En el doctrinarismo francés al que seguía Rodríguez de Cepeda, la política constituía la actividad suprema. A partir de la Revolución francesa, Mme. de Staël había evolucionado hacia un individualismo que necesitaba desarrollarse a través de la nación. La libertad tenía una base moral y solo podía realizarse en una nación adecuadamente configurada.23 En esta perspectiva, proyectista y no restauradora, se inscribía Rodríguez de Cepeda en 1842. Su visión se centraba en los efectos preservadores de una igualdad que debían ser percibidos por los sectores inferiores de la nación; como ideal, necesitaba el impulso que surgiera de la sociedad y no confiaba en la ortopedia política impuesta desde arriba. Su Discurso en la Universidad de Valencia, ocho años después, avanzaba por esa vía, en confluencia con el neocatolicismo.24

La mayor novedad era el escepticismo con respecto a la capacidad de la sociedad moderna para alcanzar por sí misma la estabilidad y el progreso. La fertilidad de las aspiraciones sociales o la energía al reivindicar el gobierno civil son sustituidas por el riesgo de descomposición social (pp. 3-4). Habría surgido «una atrevida cruzada contra la propiedad y la familia, bases cardinales de toda sociedad» (p. 8). Esa «nueva invasión de barbarie» (pp. 27-28), desde 1848, no podía confundirse con la preocupación teórica con que el autor había considerado anteriormente los excesos de la razón individual.

El autor confiaba en la iniciativa del cuerpo social, pero hacía más explícitos los términos del equilibrio adecuado para el dirigismo político. Ya en 1843 había urgido, ante el caos de doctrinas antisociales, a que el gobierno restableciese la Universidad española para equipararla con la alemana (p. 2). Su Discurso de 1851 se centra en la reorganización de unas ciencias morales y sociales al servicio del Estado. En las ciencias de la naturaleza, dice, no supone riesgos el uso del empirismo y la razón individual, puesto que en ellas todo individuo percibe las verdades de forma sensible. Pero el conocimiento de las verdades sociales y morales «desaparece a veces pervertido por la educación y ahogado por las pasiones». En ellas, además, los daños que causa su mal uso son alarmantes en los últimos tiempos.

Había que situar a esas ciencias «bajo la poderosa unidad de una doctrina fecunda, universal», que es el cristianismo (p. 9). ¿Podía conducir el libre desenvolvimiento de la razón y la voluntad individuales a resultados compatibles con la imprescindible cooperación social? ¿O llevaría a dinámicas aniquiladoras de la vida colectiva? Tales problemas tenían una creciente actualidad en Europa. Se hacía necesario mostrar las vías por las cuales la autolimitación cooperativa podría evitar los abusos destructivos del orden social. La inspiración para ello procedía de las teorías biológicas de la evolución o el positivismo de Comte.25

Para Rodríguez de Cepeda, si la libre determinación individual ha de ser el principio supremo, no se podrían conducir las múltiples facetas del conocimiento social y moral hacia resultados complementarios entre sí. La equivalencia de los principios disponibles impediría asegurar un mínimo de sinergias. Se necesita asentar la teología natural, la psicología, la moral, la jurisprudencia o la economía política sobre unas bases comunes, que son incapaces de generar por separado cada una de esas ciencias (pp. 10-11). Ese principio unitario debe ser «el dogma católico» (p. 14) y sus derivaciones prácticas: el pudor y el matrimonio indisoluble («la mutua igualdad de fidelidad y deberes entre los esposos, predicando al uno la dulzura y mansedumbre y á la otra la obediencia y sumisión»), la igualdad («enseñándoles á llamar hermanos á quienes antes solo llamaban enemigos») y, especialmente, la caridad, sobre todo la limosna domiciliaria (pp. 19-22). Esa inspiración religiosa introduciría en el ejercicio del gobierno dos pautas fundamentales. Por un lado, una moralidad imprescindible, que parece desafiada por la búsqueda lícita del interés particular. La habilidad humana para alcanzar fines lícitos implica ese riesgo de «crear crímenes» (pp. 23-24). Algo similar sucede en la economía. El autor se acoge al principio maltusiano para presentar «el terrible misterio del pauperismo», sin considerar ninguna otra fuente de injusta desigualdad económica. Es inútil intentar mitigar la pobreza sin partir de su santificación por parte del cristianismo y del estímulo permanente a la caridad, la esperanza, la moderación, la castidad y la ayuda mutua (pp. 24-27). Las bases del Estado requerían estos referentes: «se engañan tristemente los que esperen el triunfo de la sola fuerza» (p. 28).

En su apoyo, el autor invocaba a Mme. de Staël. Ella había aplaudido «que en Alemania se hubiese hallado el medio de referir todo el sistema filosófico y literario á la religión», lo que potenciaría la cohesión del orden moral. Añadía el jurista que también Saint-Simon, Fourier y Owen habían reconocido que no se podía transformar la sociedad «sin cimentarla sobre un nuevo sistema religioso» (pp. 14-16). Este dirigismo no olvidaba el marco de garantías exigido por la respetabilidad y la autonomía del individuo en el mundo moderno.26

No es irrelevante que la demanda de la unidad religiosa del conocimiento social se apoye en la obra de Mme. de Staël De l’Allemagne. El mensaje de la escritora suiza es coherente con el planteamiento epistemológico de las pasiones y, en definitiva, con el propósito de proyectar hacia el futuro el juego entre la buena administración y el desarrollo de una individualidad ejemplarizante. La joven De Staël había saldado cuentas con la idea optimista del progreso guiado por la libre voluntad individual. La fuerza de la pasión, concluyó, era el principal obstáculo para el desarrollo humano, tanto en el terreno individual como del Estado: el tacticismo del «cálculo» tendría efectos similares al arrebato amoroso. Al modo del Schiller de la «educación estética de la Humanidad», Mme. de Staël insistió como alternativa en el fortalecimiento de la personalidad individual mediante el desarrollo de su mundo interior.27 La Alemania que ella creyó conocer poseería esta virtud, ya extinguida en una Francia dominada por la omnipotencia de la opinión pública.

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9788491343356
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